Conflictos. En caso de cualquier conflicto entre estos Términos y los términos de la Orden de Compra, los términos de la Orden de Compra regirán y prevalecerán.
Conflictos. En el supuesto de existir un conflicto sobre la atribución de un nombre de dominio, el Cliente se compromete a seguir la Política de Disputa establecida, en su caso, en las condiciones particulares de cada una de las extensiones contratadas. acens se reserva el derecho de no actuar como árbitro para resoluciones de disputas entre el Cliente y terceras partes por el uso del nombre de dominio. En el caso de que el nombre de dominio se registre en nombre de aquella persona que actúa como agente del Cliente (por ejemplo, un proveedor de servicios de Internet, un empleado, etc.), este último estará obligado, como mandante, a todos los términos y condiciones mencionados en el contrato, incluyendo la Política de Disputa. El Cliente será el único responsable de la custodia, uso y cesión de su nombre de usuario, claves y contraseñas de acceso a la página web para la gestión de los nombres de dominio.
Conflictos. Esta promoción está sujeta a las leyes y regulaciones aplicables en la República de Colombia, para cualquier conflicto derivado o a consecuencia del mismo se elige como domicilio especial a la ciudad de Bogotá, D.C. y a la jurisdicción de sus tribunales declaran las partes someterse.
Conflictos. Los eventuales conflictos que puedan surgir en el desarrollo del Proyecto formativo serán objeto de estudio y resolución por parte de los tutores o tutoras. Las dudas en la interpretación, desarrollo y aplicación del presente Convenio se resolverán por la Comisión Mixta recogida en la cláusula séptima.
Conflictos. En la medida en que los términos del presente contrato contradigan los términos de cualquier otro acuerdo entre el Banco Receptor y el Cliente, las partes acuerdan que prevalecerán los términos del presente contrato en todas las instancias.
Conflictos. Todos los conflictos que se susciten en el Distrito Federal, con motivo de la interpretación, cumplimiento, y ejecución de este Contrato y en general de todos los asuntos relacionados con la prestación del servicio, se tratarán, en primera instancia, por los Delegados del Departamento o de Sección de Departamento, con el Jefe del Departamento o Sección de Departamento, quienes deberán estar debidamente facultados para resolver el asunto tratado, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 13 y demás relativas del presente Contrato. De no llegarse a un acuerdo, el Delegado recurrirá a la representación de superior jerarquía del Sindicato para ser tratado el asunto con la Empresa.
Conflictos. El presente Pliego de Condiciones se leerá e interpretará a la luz del Reglamento y, subsidiariamente, por las leyes de la República Dominicana, debiendo cualquier incumplimiento, interpretación y controversia resolverse por ante los tribunales del Distrito Nacional de la República Dominicana, por lo que los oferentes renuncian a la jurisdicción de su domicilio respecto del presente proceso.
2.1. Ámbito de Participación en la Subasta
1. Que tengan socios, accionistas o gerentes hayan sido condenadas por sentencia con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por alguna de estas causas:
a) Participación en una organización delictiva;
b) Corrupción;
c) Fraude; y
d) Blanqueo de capitales
2. Que estén embargados, en estado de quiebra o en proceso de liquidación; sus negocios no han sido puestos bajo administración judicial, y sus actividades comerciales no han sido suspendidas ni se ha iniciado procedimiento judicial en su contra por cualquiera de los motivos precedentes.
3. Que hayan realizado prácticas corruptas o fraudulentas de las comprendidas en el Código Penal de la República Dominicana o en la Convención Interamericana contra la corrupción.
4. Que hayan hecho declaraciones falsas, al proporcionar las informaciones exigidas en este Pliego de Condiciones.
5. Las personas jurídicas que se encontraren inhabilitadas en virtud de cualquier ordenamiento jurídico.
6. Las personas jurídicas que tengan o hayan tenido socios o accionistas que hayan incurrido en prohibiciones contenidas en el numeral 2.
7. Las personas jurídicas cuyos gerentes o directivos hayan sido condenados por delitos contra la administración pública o delitos contra la fe pública.
8. Sea miembro del Consejo Directivo, autoridad, funcionario o empleado de PROINDUSTRIA, (aplica para oferentes que sean accionistas y miembros del Consejo de Administración de personas jurídicas); Las limitantes a que se refiere este numeral, aplican hasta el primer y segundo grado de consanguinidad y afinidad de la persona de que se trate.
2.2. Reglas Particulares, Reconocimientos y Declaraciones
1. El Oferente/Proponente debe demostrar que la adquisición del inmueble se realiza con fines industriales y que poseen los recursos financieros para asumir las obligaciones derivadas de este Pliego de Condiciones.
2. La presentación de la propuesta económica implica que el Oferente/Proponente conoce y acepta todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Pliego de Condiciones, el estado físico y legal del (l...
Conflictos. Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho a través de un árbitro único, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. Conforme a lo expresado, las partes suscriben el presente Contrato por triplicando en la ciudad………….. del ………………..a los........................... (.....) días del mes de del año 2,009. Chiclayo,………………………………………….. Señores Presente.- ……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… , debidamente representado por (nombre del representante legal de la persona jurídica), identificado con DNI Nº ……………….tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0017- 2009-SPHI-CORPAC SA., a fin de acreditar a nuestro apoderado: ……………………………. (nombre del apoderado) identificado con DNI. Nº quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.13 Este formato sólo deberá ser consignado en las Bases cuando la presentación de propuestas se efectúe en acto público, caso contrario no deberá ser incluido.
Conflictos. Salvo donde esté prohibido, cada participante acepta que todas y cada una de las disputas, reclamos y causas de acción que surjan del Concurso o se relacionen con él, o cualquier premio otorgado, serán resueltas individualmente, sin recurrir a ninguna clase de acción colectiva , Y exclusivamente por un estado o una corte federal de la Commonwealth de Kentucky. Todas las cuestiones y cuestiones relativas a la construcción, validez, interpretación y cumplimiento de las Reglas Oficiales, los derechos y obligaciones del participante, o los derechos y obligaciones del Patrocinador en relación con el Concurso, se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de Guatemala, El Xxxxxxxx, Honduras, Nicaragua, Xxxxx Rica, Panamá y República Dominicana únicamente, sin dar efecto a ninguna elección xx xxx o conflicto xx xxxxx que resultaría en la aplicación de las leyes de cualquier jurisdicción que no sea San Xxxx, Xxxxx Rica.
Conflictos. Cómo ponerse en contacto con el Concesionario.