Common use of CONSIDERANDO Clause in Contracts

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

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Samples: Contrato De Locación De Obra

CONSIDERANDO. QueLa necesidad de prorrogar contrato de comodato a favor del CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA' respecto del inmueble ubicado en calle Xxxxxx Xxxxxxx N O 2846, Sitio N X 00-X Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx , xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Q ue mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio Exenta NO 3548 de Desarrollo Social25 de octubre de 2017, se creo dispuso la confección de contrato de comodato respecto del inmueble singularizado precedente en el Programa de Ingreso Social con Trabajoconsiderando letra al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA , Social de la Nación y la Municipalidad comuna de la Ciudad Antofagasta; debidamente representado por su presidenta xxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx. La prorroga contrato de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705comodato, de fecha 8 1 xx Xxxxx xxxxx de 20102017, suscrito entre SERVICI Región de Antofagasta y el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA, de la comuna de Antofagasta, protocolizado ante Notario Público Titular xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, XXXXXXXX 0 0 XXXXXXXXX xx xxxxxxxx de contrato de comodato 1 xx xxxxx de 2018, suscrito entre SERVICI Región de Antofagasta y el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA , de la comuna de Antofagasta; el cual se autoriza transcribe íntegramente: EN ANTOFAGASTA, ade 2018 entre el incremento SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA, rol único tributario N O persona jurídica de las partidas solicitadas derecho público, debidamente representado por un monto total xxxx XXXXXX XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXXX chilena, casada, constructor Civil, cédula nacional de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta identidad N O en su calidad de Directora Regional de dicho Servicio, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N O 355 de 1976, que establece el Reglamento Orgánico de los SERVIO el Decreto Ley N O 1,305 que reestructura y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre regionaliza el Ministerio de Desarrollo Social Vivienda y Urbanismo; y el Decreto TRA N O 272-22015 de 5 de enero de 2015, que me designa Directora titular xx XXXXXX Región de Antofagasta, ambos con domicilio el pasaje La Frontera número 11C). Conjunto Habitacional SOQUIM de la Nación y la Municipalidad ciudad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. QueAntofagasta, en razón de todo lo expuesto anteriormente, adelante indistintamente "el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudadSERVIU", por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»)como comodante; y por la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXXotra, Mat. Nac. Nº 38.207 como comodataria, "CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA, POBLACIÓN TOCOPILLAU, en adelante EL Club Social y Deportivo, persona jurídica, representada, por su presidente xxx XXXX XXXX XXXXXXX, chileno, cédula nacional de identidad NO ambas con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:calle Xxxxxx

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CONSIDERANDO. QueQue por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo SocialNota N° 174/2015, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, señalando que las condiciones técnicas re- queridas son las establecidas en el Convenio «Programa suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NA- CIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCy- MI N° 9963 de Ingreso Social con Trabajo»fecha 16 xx Xxxxxx de 2012. Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO GÉNESIS LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución Nº 705, Reso- lución SCyMI N° 2264 de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 20102011. Que obra la actualización del precio por el servicio de confección de guardapolvos realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA IN- DUSTRIAL (INTI), promulgada consignando el costo por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal mano de obra para la confección de cada guardapolvo que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($47,80.-). Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el día 27 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 20102014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 xx Xxxx de 2014. Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N° 246/2015 - Letra DGA/ DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx de la Gestión mencionado precedentemente, solicita se aprueba informe si los servicios de industria —corte, confección y terminación de guardapolvos— se encuentran contemplados en el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social precitado. Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la Nación y la Municipalidad SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010Resolución SIGEN N° 122/2010, en concor- dancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco. Que, el objetivo principal con fecha 11 xx Xxxx de 2015, se procedió al acto de apertura del Convenio de Cooperación es sobre presentado por la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de CorrientesCOOPERATIVA DE TRABAJO GÉNESIS LIMITADA. Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en razón función de todo lo expuesto anteriormenteen el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el día 4 xx Xxxxx Dictamen de 2010Evaluación N° 249/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente. Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 249/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial. Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014. Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 249/2015 precitado. Que atento la naturaleza de dicho servicio, se suscribió con tramita la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207Contratación Directa N° 179/2015, un Contrato enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios. Que la Dirección General de Locación Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de Obrasu competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro sin perjuicio de la Ciudad aplicación supletoria de Corrientes; todo los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- QueBs. As., conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:10/06/2015

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CONSIDERANDO. QueQUE el CETAC y el Gobierno de Costa Rica (“GCR”) desean mejorar la seguridad, el desempeño, la eficiencia y la calidad del servicio en el Aeropuerto Internacional Xxxx Xxxxxxxxxx (en adelante “AIJS” o el “Aeropuerto), fomentar un crecimiento sostenido del comercio y el turismo, y mantener niveles tarifarios competitivos, maximizando los ingresos comerciales y optimizando los costos de operación del Aeropuerto. QUE, de conformidad con la legislación costarricense, corresponde al Poder Ejecutivo, actuando por medio del CETAC y la DGAC, la regulación de la aviación civil y la administración de los aeropuertos nacionales y que, en consecuencia, el CETAC y la DGAC son los titulares de los derechos sobre el AIJS. QUE el CETAC desea desarrollar y ampliar el AIJS de acuerdo con el Plan Maestro para lograr las metas mencionadas y para convertirlo en un aeropuerto de categoría internacional y en el aeropuerto líder de la región, todo de conformidad con los objetivos establecidos en la Sección I.E. del Cartel de la Licitación Pública. QUE para tales propósitos el Poder Ejecutivo promulgó, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio Decreto Ejecutivo No. 26801-MOPT, de Desarrollo Social19 xx xxxxx de 1998, se creo el Programa “Reglamento para los Contratos de Ingreso Social con TrabajoGestión Interesada de los Servicios Aeroportuarios”, Social el cual había sido previamente sometido a la consideración y consulta de la Nación y la Municipalidad Contraloría General de la Ciudad República, órgano que, mediante oficios No. 1580, de Corrientes18 de febrero de 1998 y DGCA 162-98, de 23 de febrero de 1998, emitió criterio preceptivo afirmativo. QUE con base en la LCA y en el indicado Reglamento, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo»CETAC promovió la Licitación Pública Internacional No. Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social 1-98 para la contratación de la Nación y la Municipalidad gestión interesada de los servicios aeroportuarios prestados en el Aeropuerto Internacional Xxxx Xxxxxxxxxx. QUE, en respuesta al cartel de la Ciudad de Corrientes de licitación, el Adjudicatario presentó una oferta con fecha 15 de Febrero diciembre de 20101998, para administrar, operar y mantener el AIJS, así como para financiar, diseñar y construir las obras del Plan Maestro (la “Propuesta”). QueQUE, en virtud de la Propuesta, el objetivo principal Consorcio AGI Xxxxx Rica resultó Adjudicatario en el señalado concurso público mediante acto de adjudicación acordado por el CETAC, según se establece en los artículos 2 y 3 de la sesión ordinaria número 61- 99 del Convenio día 2 de Cooperación es julio de 1999, acto que fue publicado en el diario oficial La Gaceta No. 133 del día 9 xx xxxxxx de 1999 y que quedó firme en sede administrativa al resultar confirmado mediante resolución de la activa participación Contraloría General de la República número R- DAGJ-69-99, de las partes para la implementación quince horas del Programa día 3 de Ingreso Social con Trabajo noviembre de 1999. QUE el Poder Ejecutivo, mediante Acuerdo No. 152, publicado en el territorio Alcance No. 49 a La Gaceta No. 133, de 9 de julio de 1999, ratificó y convalidó el acto de adjudicación y el procedimiento de la Ciudad Licitación Pública Internacional No. 01-98. La eficacia de Corrientesdicho Acuerdo estuvo condicionada a la eventualidad de que sobreviniera un vicio de incompetencia en caso de prosperar la acción de inconstitucionalidad que fue luego declarada sin lugar por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. QUE el 24 de diciembre de 1999 el Gestor y los miembros del Adjudicatario rindieron la Garantía de Cumplimiento requerida por el Cartel de la Licitación Pública. QUE el Gestor ha cumplido debidamente con los requerimientos exigidos en las cláusulas II.D.6 y II.D.7 y con los demás requisitos del Cartel de la Licitación, Provincia según acordó el CETAC mediante los artículos 8 a 12 de Corrientesla Sesión 58-2000 del 7 de julio del 2000. QueQUE en su Propuesta, el Adjudicatario designó como líder del consorcio Adjudicatario a GAI. Además, en razón la Propuesta se indicó que (a) el capital social de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con GAI pertenece en su totalidad a la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11firma estadounidense Airport Group International Holdings LLC (“AGI”), una sociedad de la Carta Orgánica Municipalresponsabilidad limitada establecida y vigente de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad Estados Unidos de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parteAmérica, (b) el capital social de DDAB pertenece en adelantesu totalidad a las firma estadounidense Bechtel Enterprises Holdings, el «Ente Ejecutor»Inc. (antes llamada Bechtel Enterprises, Inc.); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»“Bechtel Enterprises”), por la otra parte; han convenido celebrar una sociedad establecida y vigente de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, (c) el presente Contratocapital social de TAG pertenece en su totalidad x Xxxxxxx Corporation (“Bechtel Corporation”), el que se regirá por una sociedad establecida y vigente de conformidad con las siguientes cláusulas y condiciones:leyes del Estado de Nevada, Estados Unidos de América,

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Samples: Contrato Para La Gestión Interesada

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 I. Hechos Probados. Para la resolución del Ministerio recurso se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Instituto de Desarrollo SocialRural (INDER), promovió la Licitación Pública No. 2015LN-000001-01, para los “Servicios de seguridad y vigilancia en la Sede Central y Regionales del INDER”, según invitación a participar publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 113 xxx xxxxxxx 12 xx xxxxx del 2015 (folio 586 del expediente administrativo). 2) Que de acuerdo con el Acta de Apertura de Ofertas de las diez horas con siete minutos del día diecisiete de julio del dos mil quince, se creo el Programa presentaron las siguientes ofertas: Oferta No. 2 Agencia Xxxxxxxx Huertas S.A. y Servicios Mava S.A., Oferta No. 4 Seguridad y Vigilancia XXXXX Ltda. y Oferta No. 6 Consorcio de Ingreso Social con TrabajoSeguridad Alfa S.A. y Seguridad Alfa S.A. (folios 836-837 del expediente administrativo). 3) Que mediante acuerdo en firme tomado por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), Social artículo 3 de la Nación Sesión Ordinaria No. 37, celebrada el trece de octubre del dos mil quince, se declaró infructuosa la presente Licitación Pública No. 2015LN-000001-01 (folio 2624 del expediente administrativo). 4) Que mediante oficio No. ASC- 1034-2015 del 9 de octubre del 2015, el Área de Contratación Administrativa del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), recomendó declarar infructuosa la presente licitación y al respecto se indicó: “(…) En conclusión, se evidencia que solo dos empresas cumplen a saber: Seguridad y Vigilancia Xxxxx Ltda. y Consorcio de Seguridad ALFA S.A. y Seguridad ALFA S.A., con lo solicitado en el cartel y en la Municipalidad Ley de Telecomunicaciones, por lo que todas las demás quedan fuera en la primera etapa de análisis de ofertas. / Sin embargo, el Área de Servicios Generales aclara que el acuerdo Ejecutivo del permiso de frecuencia dado a la empresa Alfa, indica claramente que tiene imposibilidad de uso en algunas zonas de acción del INDER. De esta información se concluye que no todas las líneas ofertadas tendrían comunicación mediante el sistema de radiocomunicación, como se solicita en el punto 8.11.1 inciso a) esto por cuanto el sistema de repetidora o equipo de portátil no los incluye. Su acción es limitada. / (…) SE RECOMIENDA DECLARAR INFRUCTUOSO (…)” (folios 2611 y 2614 del expediente administrativo). 5) Que mediante oficio ASG-378-2015 del 6 de octubre del 2015, el Área de Servicios General, indicó: “(…) No omitimos indicar, que en el caso de la Ciudad empresa Consorcio de CorrientesSeguridad Alfa S.A. & Seguridad Alfa S.A., presento (sic) el Convenio «Programa acuerdo Ejecutivo No. 105-2015, pero posterior a nuestra participación en el informe técnico. Valorar las ofertas posteriores a nuestras consideraciones técnicas sería incurrir en condición beneficiosa, dado que este trámite fue iniciado por ésta empresa desde el año 2012, lo cual demuestra que es un trámite muy lento de Ingreso Social con Trabajo»formalizar por parte de la institución estatal correspondiente, además de que no corresponde a una condición invariable. QueFinalmente debe indicar que el acuerdo Ejecutivo del permiso de frecuencia dado a la empresa Alfa, indica claramente que tiene que tiene imposibilidad de uso en algunas zonas de acción del INDER. De esta información se concluye que no todas las líneas ofertadas tendrían comunicación mediante el sistema de radiocomunicación, como se solicita en el punto 8.11.1 inciso a) esto por Resolución Nº 705, cuanto el sistema de fecha 8 xx Xxxxx repetidora o equipo de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 portátil no los incluye. Su acción es limitada.(Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta…)” (folio 2603 del expediente administrativo). Que6) Que visible a folios 2569 a 2586 del expediente administrativo, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en consta el Acuerdo Ejecutivo No. 105- 2015-TEL-MICIT de fecha 15 xx Xxxxx xxxx del 2015, emitido por el Ministro de 2010Ciencia, promulgada Tecnología y Telecomunicaciones, aportado por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx Consorcio de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:Seguridad Alfa S.A. & Seguridad Alfa S.A.

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CONSIDERANDO. Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria N.º 30220 Comisión Organizadora señala que “Aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora, tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705Viceministerial N° 025-2020-MINEDU, de fecha 8 xx Xxxxx 24 de 2010enero de 2020, se autoriza resuelve: RECONFORMAR la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, integrada por: Xx. Xxxxxxxxx Xxxx Dávila, en el incremento cargo de las partidas solicitadas por un monto total Presidente; Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, en el cargo de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta Vicepresidente Académico; y Dos Mil Cuarenta)Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Lon Kan Xxxxx, en el cargo de vicepresidente de Investigación; Que, por Ordenanza Nº 5247mediante Resolución de Comisión Organizadora N.º 184-2021-UNTELS, sancionada en de fecha 15 xx Xxxxx 09 de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx diciembre de 20102021, se aprueba el Convenio Programa dispone: ENCARGAR la Presidencia al Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, a partir del 14 de Ingreso Social con Trabajo entre diciembre de 2021, hasta que el Ministerio de Desarrollo Social Educación designe al reemplazante del Xx. Xxxxxxxxx Xxxx Dávila, en razón a su renuncia voluntaria e irrevocable por motivos de salud, ante el MINEDU; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 043-2022-UNTELS, de fecha 17 de febrero de 2022, se designó al CPC. Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, en el cargo de confianza de Jefe de la Nación y la Municipalidad Unidad de Abastecimiento de la Ciudad Universidad Nacional Tecnológica de Corrientes Lima Sur; Que, según Carta N° 004-2022-UNTELS-CO-P-DGA-UA, de fecha 15 00 xx xxxxx xx 2022, el CPC. Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, remite al Presidente (e) de Febrero la Comisión Organizadora su renuncia irrevocable al cargo de 2010. confianza como Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la UNTELS; Que, conforme al Oficio N° 00279-2022-UNTELS-CO-P-DGA, de fecha 13 xx xxxxx de 2022, el objetivo principal del Convenio Director (e) de Cooperación es la activa participación Dirección General de las partes Administración remite al Presidente (e) de la Comisión Organizadora la propuesta para la implementación designación en cargo de confianza del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio Licenciado Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. como Jefe de la Ciudad Unidad de CorrientesAbastecimiento de la UNTELS; Que, Provincia mediante Memorándum N° 036-2022-UNTELS-CO-P, de Corrientes. fecha 00 xx xxxxx xx 2022, el Presidente (e) de la Comisión Organizadora traslada al Secretario General la propuesta para la designación del Licenciado Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx como Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la UNTELS, a ser evaluada y aprobada en sesión de la Comisión Organizadora; Que, en razón uso a las atribuciones conferidas por la Resolución Viceministerial N° 025-2020-MINEDU de todo lo expuesto anteriormentefecha 24. 01.2020, Ley Universitaria N° 30220, de fecha 09.07.2014 y el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro Estatuto de la Ciudad de Corrientes; todo elloUniversidad, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), al Presidente de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad Comisión Organizadora de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:UNTELS;

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CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, cuyo objeto es la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, con generación de nuevos puestos de trabajo genuino con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario.- Que, como consecuencia de la implementación de dicho Programa, trae aparejado el mejoramiento de la calidad de vida de los territorios mediante la activa presencia del Estado y la participación productiva de Cooperativas de Trabajo del mismo ámbito local.- Que, con fecha 15 de Febrero de 2010, se celebro, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Trabajo».- Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Cuarenta).- Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. 2010.- Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendenteel señor Intendente Municipal, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 25.876.742 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

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Samples: Contrato De Locación De Obra

CONSIDERANDO. QueQue por Expediente N° E-DEPO-265-2014 se tramitó la Licitación Privada N° 19/2014, mediante Resolución Nº 3182/ 09 llevada a cabo para la contratación de un (1) servicio de control de instalaciones eléctricas y equipos de combustión del Ministerio Centro Nacional de Desarrollo SocialAlto Rendimiento Deportivo (Ce.N.A.R.D.), se creo el Programa del Centro Recrea- tivo Nacional (Xx.Xx.Xx.) y la Pista Nacional xx Xxxx y Canotaje, emitiéndose la Orden de Ingreso Social con TrabajoCompra N° 583/2014, Social a favor de la Nación firma FIDENT S.A., por un período de doce (12) meses, con opción a prórroga a favor de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado. Que la SECRETARÍA DE DEPORTE solicita prorrogar la Orden de Compra aludida en el Con- siderando precedente a partir de su vencimiento. Que consecuentemente se procede a realizar la prórroga solicitada por dicha Secretaría. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo»Resolución MDS N° 574/2010. Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo Por ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condicionesEL SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:

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CONSIDERANDO. Que, con fecha 00 xx xxxx xx 2008 mediante Decreto Legislativo Nº 1014 se estableció que, los montos por derecho de tramitación, para los procedimientos de acceso o conexión domiciliaria de servicios públicos, no podrá exceder del 1% de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, mediante Resolución Decreto Supremo 3182/ 09 209-2007-EF de fecha 21 de diciembre del Ministerio 2007, se fijó en S/. 3,500.00 (Tres Mil, Quinientos con 00/100 Nuevos Soles), la UIT para el año 2008, consecuentemente los montos por derecho de tramitación, para los procedimientos de acceso o concesión domiciliaria de Servicios Públicos, no podrán excederse de S/. 35.00 (Treinta y cinco Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 285-2008-GDESUR-MVES, la Gerencia de Desarrollo SocialUrbano, señala que el Procedimiento Nº 74 xxx XXXX de esta Municipalidad, establece en S/. 110.83 (Ciento Diez con 83/100 Nuevos Soles) la tasa administrativa por la autorización para las conexiones domiciliarias de servicios públicos, cantidad que indiscutiblemente, necesita adaptarse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1014; Que, debe tenerse en cuenta que conforme establece el Art. 38 inciso 38.5 “Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos; incremento de derechos, de tramitación o requisitos, se creo debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución según el Programa nivel de Ingreso Social con Trabajogobierno respectivo”. Consecuentemente al no encontrarse inmerso el caso de análisis en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo en mención, Social corresponde emitirse la adecuación del procedimiento Nº 74 al Decreto Legislativo Nº 1014, únicamente mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 337-2008-MVES-GDESUR, la Gerencia de Desarrollo Urbano, sugiere se establezca la máxima tasa administrativa permitida, para cubrir los costos operativos de atención al procedimiento Nº 74 de nuestro TUPA, consecuentemente constituye ser dicha cantidad de S/. 35.00 Nuevos Soles (Treinta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, conforme establece el Decreto Legislativo Nº 1014, en sus artículos 5 y 6, debe así mismo modificarse el procedimiento Nº 74, en cuanto al silencio administrativo como “Positivo” estableciéndose el plazo de 30 días hábiles, contados desde la presentación de la Nación y solicitud. Así mismo deberá señalarse que, la Municipalidad entidad podrá observar una sola vez la solicitud de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes autorización para la implementación del Programa realización de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. obras; Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, aplicación del artículo 20 numeral 6 concordante con el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro artículo 39 segundo párrafo de la Ciudad Ley Orgánica de Corrientes; todo elloMunicipalidades Ley 27972, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), 38 numeral 38.5 de la Carta Orgánica MunicipalLey de Procedimientos Administrativos Generales Ley 27444; SE RESUELVE: Regístrese, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAGcomuníquese y cúmplase. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:XXXXX XXX XXXX

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CONSIDERANDO. QueQue por el expediente citado en el Visto, se tramita la codificación del cepaje denomi- nación varietal Bonarda. Que al respecto, mediante la Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio N° C.24 de Desarrollo Socialfecha 30 xx xxxxx de 2000, se creo auto- rizó el Programa uso en forma oficial del listado de Ingreso Social va- riedades de vid con Trabajosu correspondiente de- nominación, Social sinónimos y codificación, entre las cuales se encontraba dicha variedad. Que los antecedentes aportados por la Fa- cultad de Ciencias Agrarias de la Nación y la Municipalidad UNIVER- SIDAD NACIONAL DE CUYO, a través de la Ciudad Cátedra de CorrientesViticultura y del Laboratorio Biomolecular de la Cátedra de Fisiología Vegetal, pusieron de manifiesto que el culti- var conocido como Bonarda es la variedad Corbeau. Que a través de la Resolución N° C.5 de fe- cha 15 xx xxxxx de 2008, se dio respuesta a la inquietud planteada en cuanto a la verda- dera identidad de la variedad conocida en nuestro país como Bonarda, sustituyendo dicha denominación por la de Bonarda Ar- gentina - Sinónimo Corbeau - Douce Noire. Que sobre el particular, el Convenio «Programa de Ingreso Social vino elaborado con Trabajo»el mencionado cepaje ha adquirido prestigio y reconocimiento internacional de- xxxx a las características por él alcanzadas en nuestro medio. Que, por Resolución lo expresado, surge la necesidad de diferenciar el Cultivar Bonarda propia- mente dicho xxx Xxxxxxx con el que estuvo 7052747/2008; Nº 2937/2008; Nº 3129/2008; Nº 3370/2008; Nº 3369/2008; Nº 3371/2008; y el apoyo a la práctica de la lactancia materna por considerarse una estrategia eficaz para la confundido, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010adjudicándole a cada uno un código diferencial. Nº 1167/2009; Nº 1876/2009; Nº 534/2009; Nº 1354/2009; y Nº 1532/2009, se autoriza el incremento por interme- dio de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta)cuales se dispusieran las respec- tivas recompensas. Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Queotra parte, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de artículo 6 precitado permite prorrogar las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientesrecompensas cuyo ofrecimiento se encontrara vigente. Que, en razón ejercicio de todo la habilitación legal mencionada, y en atención a que se man- tiene el interés en la obtención de informa- ción determinante para la detención de XX- XXXX, Xxxxxxx Xxxxxx; XXX XXXX, Xxxxxxx Xxxx; AMIGO, Xxxxxx Xxxxx; XXXXX, Xxxxx- ro Xxxxxx; XXXXXXX XXXXX, Xxxxxxxx Xxx- gio; y XXXXXXXXX, Xxx Xxxxx; resulta pro- cedente prorrogar por el término de DOCE (12) meses a partir de la fecha de su res- pectivo vencimiento, las recompensas que fueran establecidas, respecto de los nom- brados y en ese orden, por las Resoluciones ex MJSyDH Nº 1820/2010; Nº 1822/2010; Nº 1826/2010; Nº 1823/2010; Nº 904/2010; y Nº 938/2010. Que el Decreto Nº 1472/2008 asigna los re- cursos para el financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia. Que ha tomado la intervención de su com- petencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta cartera ministerial. Que la presente se dicta en ejercicio de lo expuesto anteriormentedispuesto en la Ley Nº 26.375 y la Ley de Ministerios. Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE: Bs. As., 9/11/2011 VISTO expediente Nº 2002-15975/11-5 del re- gistro del MINISTERIO DE SALUD, el día 4 Tra- tado xx Xxxxx Xxxxxxxx del 26 xx xxxxx de 20101991, se suscribió con aprobado por la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Ley 38.20723.981 y el Proto- colo de Ouro Preto del 17 de diciembre de 1994, un Contrato aprobado por la Ley Nº 24.560, y CONSIDERANDO: Que el proceso de Locación integración del Mercosur es de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa mayor importancia estratégica para la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- REPUBLICA ARGENTINA. Que, conforme a los artículos 2º, 9º, 15, 20, 38, 40 y 42 del Protocolo de Ouro Pre- to, las normas Mercosur aprobadas por el Consejo xxx Xxxxxxx Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio del Mercosur, son obligatorias y deben ser incorporadas, cuando ello sea necesario, al ordenamiento jurídico nacional de los Es- tados Partes mediante los procedimientos previstos en su legislación. Que conforme a los artículos 3º, 14 y 15 de la Decisión 20/02 del Consejo xxx Xxxxxxx Común, las normas Mercosur que no re- quieran ser incorporadas por vía aprobación legislativa podrán ser incorporadas por vía administrativa por medio de actos del Poder Ejecutivo. Que el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución citada Decisión esta- blece que las normas Mercosur deberán ser incorporadas a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes en su texto integral. Que la DIRECCION GENERAL DE XXXX- TOS JURIDICOS del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete. Que el descripto precedentemente.- Municipalidad presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en función de lo dispuesto en el artículo 23 ter incisos 28) y 16) de la Ciudad Ley de Corrientes PAGMinisterios, Texto Ordena- do Decreto Nº 438/92. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de CorrientesPor ello, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: disminución de la Ciudad morbimortalidad infantil con énfasis en el componente neonatal. Que es una prioridad disponer de Corrientesleche hu- mana en cantidad y calidad que permitan la alimentación de los lactantes imposibilitados de ser amamantados directamente a pecho o con la leche de su propia madre, representada como así también para otras situaciones en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condicionesconsidere necesaria la utilización de leche humana. Que los Estados Partes han consensuado la importancia de asegurar el acceso gratuito a la leche humana, sus subproductos y/o derivados. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

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Samples: Convenio Sobre Regimen De Horas Extras Acordadas

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Que la Ley 3182/ 09 del Ministerio 25.054 en su artículo 8º es- tablece que la autoridad de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social aplicación de la Nación norma es la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, o el Organismo que en el futuro la reemplace. Que el Decreto Nº 1067/2004 transfirió la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus estructuras organizativas y funciones. Que de acuerdo con las misiones y funcio- nes aprobadas en la Municipalidad estructura organizativa contemplada en el Decreto Nº 1697/2004, corresponde a la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL de la Ciudad SUBSECRE- TARIA DE SEGURIDAD, regular y fiscalizar la actividad de Corrientesbomberos voluntarios en los términos de la Ley Nº 25.054 y sus modifi- catorias. Que la Ley Nº 25.054 en su artículo 9º es- tablece que la autoridad de aplicación de la norma deberá controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 7º del mismo cuerpo legal, y las disposiciones que se establezcan a efectos de otorgar, suspender o retirar el reconocimiento de las Entidades de Bomberos Voluntarios. Que la Resolución del entonces MINISTE- RIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERE- CHOS HUMANOS Nº 420/2003 ha creado el REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBE- ROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter vo- luntario y de servicio gratuito, que posean personería jurídica a nivel nacional o provin- cial y tengan por objeto desarrollar activida- des relacionadas con la protección civil de la población. Que el informe producido por la DIREC- CION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNA- MENTALES (ONGs), dependiente de la DI- RECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, da cuenta de que los anteceden- tes reunidos en las actuaciones respecto de la entidad denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS CARDALES PARTIDO DE EXALTACION DE LA XXXX”, DE LA PROVINCIA DE BUE- NOS AIRES, satisfacen los requisitos for- males dándose cumplimiento a las dispo- siciones contenidas en el artículo 4º de la mencionada Resolución, en cuanto a que la institución tiene personería jurídica a ni- vel nacional, habiendo acompañado, asi- mismo, el Convenio «Programa documento de Ingreso Social constitución, el estatuto reglamentario de la organización y acta de asamblea de elección de autori- dades con Trabajo»mandatos vigentes. Que, en consecuencia, la institución debe ser reconocida con ajuste al contenido del artículo 9º de la Ley Nº 25.054. Que la DIRECCION GENERAL DE XXXX- TOS JURIDICOS de este Ministerio ha to- mado la intervención que le compete. Que la medida que se dispone encuadra en la Ley Nº 25.054 y sus modificatorias. Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE: nocimiento de sus miembros, el contenido de la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUS- TICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Nº 420/2003. CIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx. Bs. As., 21/3/2012 VISTO el Expediente ENRG N° 18.793 xxx Xxxxx- tro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en la Reso- lución ENARGAS N° I-2087 del 20 xx xxxxx de 2012 y el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Xxxxxxx X° 0000/00 (x.x. 0000), x XXXXXXXXXXXX: Que por Resolución Nº 705, ENARGAS N° I/2087 este Organismo dispuso implementar un procedimiento —conforme a las instruccio- nes impartidas por la Secretaría de Energía mediante Resolución S.E. N° 55 de fecha 8 xx Xxxxx xxxxx de 20102012— destinado a que las Prestatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por redes ingresen en forma di- recta al Fondo Fiduciario creado por la Ley 26.020 las sumas que perciban y no confor- men su giro comercial. Que en dicha Resolución se ha incurrido en un error material al expresar que dicho Fondo Fiduciario fue creado por la Ley N° 24.076, cuando en realidad el mismo fue creado por la Ley N° 26.020. Que conforme el Artículo 101 del Regla- mento de Procedimientos Administra- tivos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), la Administración puede, en cualquier mo- mento, rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión. Que la rectificación supone que la sustancia del acto es la misma y que sólo se autoriza subsana un error material deslizado en su emisión o instrumentación. Sus efectos son retroactivos y se consi- dera el incremento acto corregido como si desde su nacimiento se lo hubiera emitido correcta- mente. Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 2°, 41 de la Ley N° 24.076 y su reglamentación, el Artículo 101 del Re- glamento de Procedimientos Administrativos Xxxxxxx X° 0000/00 (x.x. 0000), x xxx Xxxxxxxx X.X.X. Xxxx. 000/0000, 1646/2007, 953/2008, 2138/2008, 616/2009, 1874/2009, 1038/2010, 1688/2010, 692/2011 y 262/2012. la actividad de bomberos voluntarios en los términos de la Ley Nº 25.054 y sus modifi- minada “ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUN- TARIOS DE LOS CARDALES PARTIDO DE EXAL- Por ello, catorias. Que la Ley Nº 25.054 en su artículo 9º es- tablece que la autoridad de aplicación de la norma deberá controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 7º del mismo cuerpo legal, y las disposiciones que se establezcan a efectos de otorgar, suspender o retirar el reconocimiento de las partidas solicitadas por un monto total Entidades de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta Bomberos Voluntarios. Que la Resolución del entonces MINISTE- RIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERE- CHOS HUMANOS Nº 420/2003 ha creado Bs. As., 21/3/2012 VISTO el Expediente Nº S02:0015468/2011 del registro de este Ministerio; la Ley Nº 25.054; el Decreto Nº 159 del 5 xx xxxxx de 2003 y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza su modificatorio el Decreto 5247, sancionada en fecha 15 del 6 de enero de 2004; el Decreto Nº 1067 del 20 xx xxxxxx de 2004; el Decreto Nº 1697 del 1º de diciembre de 2004; la Resolución Nº 420 del 15 xx Xxxxx xxxx de 20102003 del entonces MI- NISTERIO DE JUSTICIA, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 2034 del 17 de la Ciudad noviembre de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que2005, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientesy XXXXXX XX XX XXXX”, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo elloDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica MunicipalResolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, es atribución SEGU- RIDAD Y DERECHOS HUMANOS Nº 420/2003, asignándose el Legajo Nº 723 del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter voluntario y servicio gratuito para desarrollar actividades relacionadas con la pro- tección civil de la Ciudad de Corrientes PAGpoblación. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE: en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), forma directa al Fondo Fiduciario creado por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el Ley 26.020 las sumas que se regirá por las siguientes cláusulas perciban y condiciones:no con- formen su giro comercial”.

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CONSIDERANDO. Que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó el 8 de noviembre de 2017 el financiamiento para el Programa Multifase de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Públicos – Fase I, en adelante el “Programa”, por un monto hasta el equivalente de US$237.600.000; Que el 7 de septiembre de 2018 se firmó el contrato xx xxxxxxxx Xx. 0000/XX-XX, xxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx y el Banco Interamericano de Desarrollo, en adelante el “Contrato xx Xxxxxxxx”, para financiar el Programa; Que, a solicitud del Prestatario, entre otros aspectos, se reasignaron recursos del Componente 2 al Componente 3 para incorporar nuevas actividades en este último Componente del Programa, con el fin de fortalecer la capacidad del Gobierno de responder a la emergencia sanitaria relacionada con el COVID-19, y las Partes suscribieron el correspondiente contrato modificatorio, en adelante “Contrato Modificatorio No.1”, el cual entró en vigencia el 13 xx xxxxx de 2020; Que, mediante Resolución memorando 3182/ 09 MEF-SFP-2020-0639-O del Ministerio 19 xx xxxxx de Desarrollo Social2020, el Prestatario solicitó la autorización para que se creo apliquen las medidas especiales del Banco a las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras y las Política para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el Programa Banco, para fortalecer la capacidad de Ingreso Social con Trabajo, Social respuesta del Gobierno ante la emergencia sanitaria por COVID-19 (“Propuesta para la Respuesta de Gobernanza del Grupo BID Frente al Brote Pandémico de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil CuarentaCOVID-19” - Documento GN-2996). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- las actividades previstas en el Componente III para las actividades descritas en el párrafo 2.06(iii) instalación o adecuación de áreas de cuidados intensivos, intermedios y/o básicos en hospitales en respuesta a la emergencia sanitaria por COVID-19; incluyendo equipamiento, climatización o sistemas de gases, dispositivos y/o insumos. Que, conforme la República del Ecuador y el artículo 43Banco, inciso 11)en adelante conjuntamente las “Partes”, de la Carta Orgánica Municipalcomún acuerdo, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por desean introducir las siguientes cláusulas modificaciones al Contrato xx Xxxxxxxx, así: Se introducen las siguientes modificaciones al Contrato xx Xxxxxxxx No. 4364/OC-EC suscrito entre el Prestatario y condicionesel Banco:

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Samples: Contrato Modificatorio

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, cuyo objeto es la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, con generación de nuevos puestos de trabajo genuino con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario.- Que, como consecuencia de la implementación de dicho Programa, trae aparejado el mejoramiento de la calidad de vida de los territorios mediante la activa presencia del Estado y la participación productiva de Cooperativas de Trabajo del mismo ámbito local.- Que, con fecha 15 de Febrero de 2010, se celebro, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Trabajo».- Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Cuarenta).- Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. 2010.- Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- que en copia certificada se adjunta a la presente Resolución como Anexo I.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 Municipalidad de la Ciudad de Corrientes En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendenteel señor Intendente Municipal, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio PAG. 68 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1324 Nº 1324 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 13 en calle 25 xxxxx 00 xx Xxxx 1178 0000 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 38.180, con domicilio en XXXXXX, 0000 XXXXXX XXXXXX 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXPIPET XXXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 28.198.850 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

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Samples: Contrato De Locación De Obra

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 Que el Directorio Ejecutivo del Ministerio Banco aprobó el 8 de Desarrollo Social, se creo noviembre de 2017 el financiamiento para el Programa Multifase de Ingreso Social con Trabajo, Social Mejora de la Nación y Calidad en la Municipalidad Prestación de la Ciudad de Corrienteslos Servicios Públicos – Fase I, en adelante el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que“Programa”, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total hasta el equivalente de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta US$237.600.000; Que el 7 de septiembre de 2018 se firmó el contrato xx xxxxxxxx Xx. 0000/XX-XX, xxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx y Dos Mil Cuarenta). Queel Banco Interamericano de Desarrollo, por Ordenanza Nº 5247en adelante el “Contrato xx Xxxxxxxx”, sancionada en para financiar el Programa; Que con fecha 15 xx Xxxxx 2 de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre enero 2020 el Ministerio de Desarrollo Social Economía y Finanzas emitió el Acuerdo Ministerial No.001, mediante el cual dispone a las entidades del Gobierno Central que están ejecutando programas y proyectos de inversión con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento público y donaciones, realizar la optimización y reprogramación de los costos de los componentes, a efecto de garantizar que el pago del IVA se efectúe con recursos de la Nación y la Municipalidad misma fuente, observando los actuales montos de la Ciudad endeudamiento o cooperación técnica no rembolsable; Que mediante memorando Nº MEF-SFP-2020-0326-O, del 2 xx xxxxx de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que2020, el objetivo principal Prestatario, por intermedio del Convenio Ministro de Cooperación es Economía y Finanzas, solicitó al Banco la activa participación de las partes para la implementación modificación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 Contrato xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de ObraXxxxxxxx para: (i) reducir los US$9.393.000 del aporte local, a fin de encomendar dar cumplimiento con el Acuerdo Ministerial No. 001; y (ii) solicitar la reasignación de recursos del Componente 2 al Componente 3 para incorporar nuevas actividades en este último Componente del Programa, con el fin de fortalecer la capacidad del Gobierno de responder a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de emergencia sanitaria relacionada con el COVID-19; Que la Ciudad de Corrientes; todo elloRepública del Ecuador y el Banco, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11)adelante conjuntamente las “Partes”, de la Carta Orgánica Municipalcomún acuerdo, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por desean introducir las siguientes cláusulas modificaciones al Contrato xx Xxxxxxxx, así: Se introducen las siguientes modificaciones al Contrato xx Xxxxxxxx No. 4364/OC-EC suscrito entre el Prestatario y condicionesel Banco:

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Samples: Contrato Modificatorio

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo Que el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social artículo 287 de la Nación Constitución Política de Colombia, señala expresamente que “Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la Municipalidad ley. En tal virtud tendrá los siguientes derechos: (...) 3) Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones...” Que la Constitución Política de Colombia autoriza en su artículo 311 a los municipios como entidad fundamental de la Ciudad división político administrativa del estado, prestar los servicios públicos que determine la Ley, construir las obras que represente el progreso local, ordenar el desarrollo de Corrientessu territorio, promover la participación comunitaria, mejoramiento social y comunitario y cumplir las demás funciones que le asigne la Constitución y las leyes. Que de acuerdo con lo previsto en el Convenio «Programa numeral 1 del literal a del artículo 91 de Ingreso Social la Ley 136 de 1994, es función xxx Xxxxxxx en relación con Trabajo»el Concejo Municipal, presentar los Proyectos de Acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del Municipio. QueQue es competencia de los Concejos Municipales, conforme al artículo 313 ordinal 4º de la Constitución Política, “decretar de conformidad con la ley, los tributos y los gastos locales”, competencia que debe ejercer en forma armónica con lo previsto en el artículo 338 ibídem. Que el artículo 313 ibídem establece que “Corresponde a los Concejos: 1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio. 2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas. (...) 10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen.” Que el inciso b del artículo 233 del Decreto 1333 de 1986 establece: “Artículo 233º.- Los Concejos Municipales y el Distrito Especial de Bogotá, pueden crear los siguientes impuestos, organizar su cobro y darles el destino que juzguen más conveniente para atender a los servicios municipales: b) Impuesto de delineación en los casos de construcción de nuevos edificios o de refacción de los existentes”. Que el artículo 338 ibídem establece que “En tiempo xx xxx, solamente el Congreso, las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos deben fijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables y las tarifas de los impuestos. (...) Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un período determinado, no pueden aplicarse sino a partir del período que comience después de iniciar la vigencia de la respectiva ley, ordenanza o acuerdo.” Que el numeral 6 del artículo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por Resolución Nº 705el artículo 18 de la Ley 1551 de 2012, dispone: (…) 6. Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas, de fecha 8 xx Xxxxx conformidad con la ley (…)”. Que el Concejo Municipal tiene la responsabilidad de 2010reformar y ajustar el régimen tributario a las actuales exigencias legales y hacer de esta manera más eficiente la Administración Territorial y acorde con el ordenamiento legal vigente. Que el Alcalde Municipal, presento debidamente motivado a la secretaria de esta Corporación la respectiva solicitud para que se autoriza el incremento estudie, de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta trámite y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientesapruebe este Acuerdo Municipal. Que, en razón mérito de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:anteriormente expuesto,

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CONSIDERANDO. QueQue los Estados Partes del MERCOSUR fir- xxxxx, mediante Resolución Nº 3182/ 09 el 15 xx xxxxx de 1994, el Acta Final de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comer- ciales Multilaterales, aprobando los Acuerdos para la constitución de la Organización Mun- dial de Comercio (OMC), los cuales fueron posteriormente ratificados e incorporados al ordenamiento jurídico interno de los Estados Partes. Que el Artículo 22 del Ministerio Entendimiento Relativo a las Normas y Procedimientos por los cuales se rigen la Solución de Desarrollo SocialDiferencias en la OMC prevé la suspensión de concesiones u otras obligaciones en caso de no cumplirse en plazos razonables las recomendaciones y resoluciones del Organo de Solución de Diferencias. Que el GATT de 1994 prevé, en su Artículo XXVIII, que los Miembros de la OMC que hayan negociado originalmente concesiones, o que hayan obtenido el reconocimiento de su interés de principal abastecedor, tendrán la posibilidad de retirar concesiones sustancialmente equiva- lentes que hayan sido negociadas originalmente con el Miembro que pretenda modificar o retirar concesiones. Que el Artículo XXIV:6 del GATT 1994 dispo- ne que en los casos en que la Unión Aduanera aumente un derecho de forma incompatible con las disposiciones del Artículo II del GATT 1994, se creo aplicará el Programa procedimiento establecido en el Artículo XXVIII. EL CONSEJO XXX XXXXXXX COMUN DECIDE: acompañados por la documentación detalla- da en la Circular del Secretario Legal y Técnico mún, el Grupo Mercado Común y la Co- misión de Ingreso Social con TrabajoComercio del MERCOSUR, Social son de la Nación PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02. Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo es- tablecido en el referido artículo 6º del De- Bs. As., 14/11/2011 VISTO el Expediente Nº S01:0011002/2010 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y la Municipalidad obligatorias y deben ser incorporadas, cuando ello sea necesario, al ordenamien- to jurídico nacional de la Ciudad los Estados Partes mediante los procedimientos previstos en su legislación. mún, por un plazo máximo inicial de Corrientesdos años, el Convenio «Programa derecho de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705importación extrazona que aplica a terceros países, de fecha 8 xx Xxxxx manera consistente con sus obligaciones en la Organización Mundial de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. QueCo- mercio, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condicionessituaciones:

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Samples: Convenio Sobre Regimen De Horas Extras Acordadas

CONSIDERANDO. QueI. Hechos probados: 1) Que en el contrato para la gestión interesada de los servicio aeroportuarios prestados en el Aeropuerto Internacional Xxxx Xxxxx Xxxxx, mediante Resolución Nº 3182/ 09 suscrito el día 18 de octubre del Ministerio de Desarrollo Social2000, se creo el Programa establece en la cláusula 4.8 denominada explotación de Ingreso Social con Trabajo, Social áreas comerciales: a) “4.81 Derecho a explotar las áreas comerciales. En virtud de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el CETAC explotará los Servicios Comerciales, a través del Gestor, quien tendrá el derecho exclusivo a operar, directa o indirectamente, las áreas comerciales designadas como tales en el Plan de Distribución de Areas (sic) y de conformidad con el Plan Comercial aprobado por el CETAC.” b) “4.8.3 Subcontratación: El Gestor podrá explotar las Areas (sic) Comerciales a través de subcontratistas.” (ver copia del contrato anexo al expediente de refrendo contralor otorgado por esta Contraloría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxx Xx. 00000 (DI-AA-794) del 04 de diciembre del año 2000). 2) Que en el apéndice A del contrato se establece en el apartado 7.E.8. Servicios Comerciales que: a) “iii) Formalización de los contratos de explotación de servicios comerciales en los locales y áreas comerciales, según el objeto, los plazos, arreglos financieros, y demás especificaciones contractuales presentadas por el Gestor en su Plan Comercial debidamente aprobado por el CETAC (…) El Gestor cumplirá en todo momento con los principios de publicidad y las oportunidades comerciales de promoción establecidos por el gobierno para garantizar una competencia abierta, justicia e igualdad de oportunidades.” b) (…) 2 Servicios específicos (…) Los servicios específicos son aquellos que prestará el Gestor según se regirá establece a continuación: (…) D. Servicios de Transporte de Equipaje dentro de las Terminales El Gestor deberá explotar el servicio de transporte de equipaje en el aeropuerto, de manera que los pasajeros puedan transportar su equipaje dentro del área de Gestión, mediante, por ejemplo, carritos portaequipajes o similares, en cantidad y tipo suficientes para las siguientes cláusulas necesidades del Aeropuerto.” (ver copia del contrato y condiciones:su apéndice A, anexos al expediente de refrendo contralor otorgado por esta Contraloría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxx Xx. 00000 (DI-AA-794) del 04 de diciembre del año 2000). 3) Que en el documento “Sistema de Gestión de Calidad/ Contratación de servicios comerciales en el AIJS, Código: MA-650”, se establece: “VI. PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y SELECCIÓN DE PROVEEDORES

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CONSIDERANDO. QueQue las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por la señora Liliana Enriqueta VASCHETTO (D.N.I. Nº 11.568.892), mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa adjudicación directa de Ingreso Social con Trabajo una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en el territorio la localidad de la Ciudad SAN GENARO NORTE, provincia de CorrientesSANTA FE, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo elloCategoría “E”, en el marco del Programa Régimen de Ingreso Social con Trabajo.- Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto Nº 310/98 modificado por sus similares Nº 883/01 y Nº 2/99, reglamentado por Resolución Nº 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06. Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dicta- do de la Resolución Nº 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa. Que posteriormente, por el artículo 2º de la Resolución Nº 1366-COMFER/06, se dispuso la con- vocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4° inciso d) del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas. Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de SAN GENARO NORTE, provincia de SANTA FE, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento. Que, conforme el artículo 43, inciso 11)del análisis efectuado por las áreas competentes de este organismo, de la Carta Orgánica Municipalpropuesta presentada por la peticionante, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad para la adjudicación directa de la Ciudad licencia de Corrientes PAGla estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecua a las exigencias impuestas por el Pliego de Bases y Condiciones respectivo. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Que por NOTCNCGI 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG93/11 la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, procedió a asignar la frecuencia, canal y señal distintiva, respecto de la solicitud de licencia de marras. 35 En Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la Ciudad localización en estudio para sa- tisfacer la demanda de Corrientesfrecuencias, a fin de resolver todos los 4 días del mes xx Xxxxx pedidos efectuados por el sistema de 2010adjudicación directa, entre Municipalidad en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto. Que el organismo técnico referido procedió a asignarle el canal 264, frecuencia 100.7 MHz, categoría “E”, señal distintiva “LRS 773”, para la Ciudad localidad de CorrientesSAN GENARO NORTE, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 provincia de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:SANTA FE.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

CONSIDERANDO. QueI. Hechos probados: Para el dictado de la presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) a. Que en la oferta del consorcio adjudicatario AVAHUER-SERMO se lee lo siguiente: “El suscrito Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, mediante Resolución Nº 3182/ 09 […], en mi calidad de representante y apoderado generalísimo sin límite de suma de las compañías AGENCIA XXXXXXXX HUERTAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 0-000-000000 y SERVICIOS DE MONITOREO SERMO SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número 0-000-000000, que de aquí en adelante se denominarán “CONSORCIO AVAHUER - SERMO” en forma respetuosa, respondo a su atenta invitación para participar en la Licitación Pública Nacional 2014LN-000001-0006100001, “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA FÍSICA Y ELECTRÓNICA PARA EL PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA”.(Ver CD adjunto a folio 252 del Ministerio expediente de Desarrollo Socialapelación, Carpeta DOCUMENTOS ENVIADOS A LA CONTRALORIA LIC. SEGURIDAD, Carpeta OFERTA AVAHUER, Archivo pdf Respuestas a cartel avahuer página 1). b. Que en la oferta del consorcio adjudicatario AVAHUER-SERMO, en cuanto a la póliza de riesgos de trabajo, se creo lee lo siguiente: “Entendido y aceptado. Consorcio Avahuer-Sermo adjunta: / Detalle de salarios desglosados, para cada una de las jornadas de trabajo (diurna, mixta o nocturna). / Detalle de cargas Sociales para cada una de las jornadas de trabajo (diurna, mixta o nocturna). / (Ver anexos en el Programa Sistema de Ingreso Social con TrabajoMer-Link).” (Ver CD adjunto a folio 252 del expediente de apelación, Social Xxxxxxx DOCUMENTOS ENVIADOS A LA CONTRALORIA LIC. SEGURIDAD, Carpeta OFERTA AVAHUER, Archivo pdf Respuestas a cartel avahuer página 12). c. Que en la oferta del consorcio adjudicatario AVAHUER-SERMO se aporta el documento denominado “ANEXOS OFERTA ECONÓMICA Y DETALLE DE PRECIOS” en donde se cotizó la póliza de riesgos de trabajo para todas las partidas de la Nación y 1 a la Municipalidad 10, donde se indica, lo siguiente: “Total Líneas […] Cargas sociales / Pani / […] Pólizas de la Ciudad Riesgos de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

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CONSIDERANDO. QueI. HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente caso se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la oferta del Consorcio DENN- HG-XXXXXX, fue excluida del concurso de conformidad con lo indicado en el Análisis de Ofertas de fecha 26 xx xxxxx de 2019, que indicó: (…) “Análisis de la oferta presentada por el consorcio DENN-HG-XXXXXX. 1-Las empresas Heliconia Griego S.A., Constructora Xxxxxx S. A. y Constructora y Consultora DENN Ltda, presentan su oferta en consorcio, existe el respectivo acuerdo consorcial. 2- No cumple con el requerimiento técnico de presentar Declaración Jurada sobre el CR 2010 (ver Apartado 15 del Cartel). Requisito incumplido. 3- Tal como lo establece el cartel de participación, y fue debidamente aclarado mediante Resolución Nº 3182/ 09 la Enmienda 1, que forma parte del Ministerio de Desarrollo Socialmismo, junto con la oferta, se creo debió aportar el Programa INFORME DE RESULTADOS DE ENSAYO DE LA FUENTE DE MATERIAL, requisito que tampoco cumple el consorcio DENN-HG-XXXXXX. Requisito incumplido. 4- En la declaración Jurada del señor Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx de Ingreso Social Constructora Heliconia Griego S.A expresa lo siguiente “no se encuentra en ninguno de los casos de imposibilidad para contratar con Trabajo, Social de la Nación y la Municipalidad de Buenos Aires”. Lo que nos indica que la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social declaración de la Nación y misma no tiene validez ya que no pertenece a la Municipalidad de Puriscal. 5- En la Ciudad declaración Jurada del señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx de Corrientes Constructora Xxxxxx S.A expresa lo siguiente “no se encuentra en ninguno de los casos de imposibilidad para contratar con la Municipalidad de Buenos Aires”. Lo que nos indica que la declaración de la misma no tiene validez ya que no pertenece a la Municipalidad de Puriscal. 6- La oferta económica del consorcio DENN-HG- XXXXXX, excede del monto del presupuesto existente de la Administración para la totalidad de los proyectos, según se advierte en el cuadro que se muestra a continuación. 7- El cartel establece como requisito de admisibilidad en el apartado 27.4 que la oferente deberá estar incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos xx Xxxxx Rica como empresa constructora/consultora o como profesional independiente en ingeniería, y deben estar habilitados para ejercer y tener al menos cinco (5) años de incorporados, aportando la respectiva certificación actualizada al 2019. Analizada la certificación aportada por el consorcio, DENN-HG- XXXXXX, se observa que con respecto a las empresas XXXXXX y DENN, ambas en su condición de integrantes de dicho consorcio, incumplen tal requisito de admisibilidad, lo anterior debido a que según lo indican dichas certificaciones, la empresa XXXXXX, se registró ante el Colegio Federado el 17 de enero de 2019 como Constructora y Consultora, y en relación con la empresa, DENN, su registro data del 20 de febrero del 2018, por lo que en ambos casos, las integrantes del consorcio oferente, incumplen con el requisito de admisibilidad, antes descrito.” (ver expediente administrativo en la dirección xxxx://xxx.xxxxx.xx.xx/xxxxx.xxx / Expediente/ Apertura de las ofertas/Estudio técnicos de las ofertas/consultar/Resultado final del estudio de las ofertas/CONSTRUCTORA Y CONSULTORA DENN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA/ingresando en la casilla No cumple/ archivo adjunto/Análisis de Ofertas). 2) Que el apelante presentó oferta al concurso bajo la figura de Xxxxxxxxx, el cual se encuentra compuesto por las empresas Constructora y Consultora Denn Ltda., Heliconia Griego S.A. y Constructora Xxxxxx S.A., según Acuerdo Consorcial suscrito por Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en representación de la empresa Constructora y Consultora Denn Ltda; Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en representación de la empresa Heliconia Griego S.A. y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx en representación de la empresa Constructora Xxxxxx S.A. (ver expediente administrativo en la dirección xxxx://xxx.xxxxx.xx.xx/xxxxx.xxx / Expediente/ Apertura de las ofertas/ Apertura Finalizada/Consultar/ 2019LA-000002-0020200001-Partida1-Oferta 2 / Acuerdo Consorcial). 3) Que el Consorcio apelante en su oferta aporta las certificaciones requeridas en las que se indica que la empresa Heliconia Griego S.A. se registró ante el CFIA el 18 xx xxxxxx de 2006, la empresa Constructora XXXXXX S.A. se registró ante el CFIA el 17 de enero de 2019 como Constructora y Consultora, y la empresa Constructora y Consultora Denn Ltda, se registró ante el CFIA el 20 de febrero del 2018. (ver expediente administrativo en la dirección xxxx://xxx.xxxxx.xx.xx/xxxxx.xxx / Expediente/ Apertura de las ofertas/ Apertura Finalizada/Consultar/ 2019LA-000002- 0020200001-Partida1-Oferta 2). 4) Que el 02 xx xxxxx de 2019, mediante oficio DENN- 0059-2019 el Consorcio DENN-HG-XXXXXX presentó de forma voluntaria un subsane de información, aportando lo siguiente: -Declaración jurada de conocer y aceptar las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2010, de las empresas Heliconia Griego S.A. y Constructora Xxxxxx S.A. -Informe de resultados de ensayo de la fuente de material. -Declaración jurada no tener prohibición para contratar con la Municipalidad de Puriscal, suscrita por las empresas Constructora y Consultora Denn Ltda., Heliconia Griego S.A. y Constructora Xxxxxx S.A. (ver expediente administrativo en la dirección xxxx://xxx.xxxxx.xx.xx/xxxxx.xxx / Expediente/ Apertura de las ofertas/ Apertura Finalizada/Consultar/ 2019LA-000002- 0020200001-Partida1-Oferta 2 / Consulta de subsanación /aclaración de la oferta/ Listado de subsanación /aclaración de la oferta/ Consultando el rango de Fecha y hora del 01/04/2019 al 4/04/2019 /Oficio XXXX-0000-0000 Subsane de Información). 5) Que la Administración declaró desierto el procedimiento de licitación abreviada 2019LA- 000002-0020200001, mediante Acuerdo 011-216-2019, adoptado por el Concejo Municipal de Puriscal en sesión ordinaria N° 216 celebrada el 00 xx xxxxx 0000, que indica: “Se acuerda que se declare Desierta la Licitación 2019LA-000002-0020200001. ACUERDO 011-216-2019. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.” (ver expediente administrativo en la dirección xxxx://xxx.xxxxx.xx.xx/xxxxx.xxx / Expediente /Información de Adjudicación/Acto de Adjudicación/Consultar/Archivo Adjunto/1 Acuerdo del Concejo Municipal 154 Licitación Diserta.pdf). 6) Que el Consorcio DENN-HG- XXXXXX mediante oficio DENN-0079-2019 de fecha 15 12 xx xxxxx de Febrero de 2010. Que2019, se ajustó al disponible presupuestario establecido por la Administración en los caminos que originalmente sobrepasaba el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio presupuesto de la Ciudad siguiente forma: -Bacheo en Xxxxxx Xxxxxx 0-00-00, Xxxxxxxx (Xxxxxxx-Xxxxxx Charcon) de Corrientes¢5.426.978,38 a ¢ 5.000.000.00. -Bacheo en Xxxxxx Xxxxxx 0-00-000, Provincia Xxxxxxxxxxxxxx (Xxxx Xxxxxxx) de Corrientes¢3.337.105,14 a ¢3.000.000.00. Que-Bacheo en Lastre Camino 1-04-104, Desamparaditos (Calle a Piedras Negras) de ¢4.063.044,48 a ¢3. 717.176,00. -Bacheo en razón Xxxxxx Xxxxxx 0-00-000, Xxxxxx (Xxxxxxxx-Xxxx Xxx Xxxxx) de todo lo expuesto anteriormente¢5.801.683,61 a ¢4.999.999,99. -Bacheo en Xxxxxx Xxxxxx 0-00-000, el día 4 xx Xxxxx Xxxxxx (Xxx Xxxxxxx) de 2010¢7.330.829,23 a ¢6.999.999,99. - Xxxxxxxx Xxxxxx 0-00-000, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207Xxxxxx (Xxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx) de ¢5.523.909,49 a ¢ 4.999 999,96. -Bacheo en Xxxxxx Xxxxxx 0-00-000, un Contrato Xxxxxx (Xxxxxxxx-Xxxxxxxx Xxxxx) de Locación ¢18.109.574,13 a ¢ 15.000.000.00. -Bacheo en Xxxxxx Xxxxxx 0-00-000, Xxxxxxxx Xxx (Xxxxxxxxxx-Xxxx Xxxxx) de Obra¢18.061.922,65 a ¢15.000.000.00- Bacheo en Xxxxxx Xxxxxx 0-00-000-000 x 000, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de CorrientesXxxxxxxx Xxx (Xxxxxxxxxx-Xxxxxxx-Xxx Xxxxxx; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Cruce Quivel-Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa»Xxxxxx, y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»Xxxxx Xxxxxxx-Escuela) de ¢26.614.958,38 a ¢22. 289.202,90. (ver folios del 059 al 062 de expediente de apelación), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:.

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CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio Que el Departamento de Desarrollo Social, se creo el Programa Casanare-Dirección Administrativa de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de CorrientesPlaneación-DAP-, el Convenio «Programa día 8 de Ingreso Social febrero de 2013, suscribió con Trabajo»XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con Cédula de Ciudadanía NO.79.519.686 de Bogotá D.C, el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No.0931-08/02/13, tendiente a ejecutar el siguiente Objeto "REALIZAR ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACiÓN EN LA ELABORACiÓN DE LOS PLANES Y/O ESQUEMAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS MUNICIPIOS PORE, SAN XXxx DE PALENQUE Y TRINIDAD EN EL DEPARTAMENTO DE CASANARE". Que, por Resolución Nº 705, Que para la Celebración del Contrato se habían expedido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal NO.130606 de fecha 29 de enero de 2013 y el Registro Presupuestal NO.130931 de fecha 8 de febrero de 2013. Que el día 00 xx Xxxxx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxx Administrativa de 2010Planeación-DAP- suscribió con XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con Cédula de Ciudadania. NO.79.519.686 de Bogotá D.C, el Acta de Inicio del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 0931 del 8 de febrero de 2013. Que en la CLÁUSULA SÉPTIMA del Contrato se había pactado un Plazo de ejecución de Seis (6) Meses. Que revisada la Carpeta Contentiva del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 0931 del 8 de febrero de 2013, no se encontró informe de actividad alguno que dé cuenta de la ejecución del mismo. Que consultada la base de datos Fínanzas Plus de la Secretaría de Hacienda y en la ventanilla de pago de la Dirección Técnica de Tesorería del Departamento, no se reporta Carrera 19 N~ 6-100, Cód. Postal 850001, Tel. 0000000, Ext. 309 y 317, Yapal, Casanare xxx.xxxxxxxx.xxx.xx-xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx 1 de4 GOBERNACION DE CASANARE NIT. 892099216-6 RESOLUCiÓN No O O O 2 DE 2014 "Por medio de la cual se declara la Terminación Unilateral de un Contrato Estatal y se ordena su liquidación en el estado en que se encuentre" Orden de Pago alguna a nombre de XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de Ciudadanía No. 79.519.686 de Bogotá D.C. Que existe un saldo no ejecutado a favor del Departamento de Casanare, por valor de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS ($18.000.000,00) MCITE, el cual debe ser liberado por la Secretaría de Hacienda. Que mediante carta de fecha 16 xx xxxxx de 2013 con radicado No. 05890 del 24 xx xxxxx de 2013, carta de fecha 00 xx xxxx xx 2013 con radicado No. 06338 y carta de fecha 6 xx xxxxx de 2014 con radicado NO.03514, se autoriza el incremento había requerido por escrito a XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, para que se acercara a la Dirección Técnica de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 Política Sectorial del Departamento Ejecutivo Municipal Administrativo de Planeación, a presentar los informes de actividades correspondientes al Contrato de Prestación de Servicios Profesionales NO.0931 del 0 xx Xxxxxxx 0000 y proceder a la liquidación del mismo sin obtener respuesta alguna por parte del contratista. Que dos requerimientos fueron recibidos por el día 27 xx Xxxxx Contratista y que el último se le envió por correo certificado a último domicilio consignado en la hoja de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social vida de la Nación y función pública, sin que hasta la Municipalidad fecha se haya pronunciado sobre sus obligaciones pactadas en el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 0931 del 8 de febrero de 2013. Que pese a los requerimientos antes mencionados, el Contratista no presentó los informes de actividades descritos en el Numeral 9) de la Ciudad Cláusula Segunda e incumplió con las obligaciones contra idas en los Numerales 1) al 9) de Corrientes la Cláusula Tercera del Contrato de fecha 15 Prestación de Servicios Profesionales NO.0931 del 8 de Febrero de 20102013. QueQue la Cláusula Décima Octava del Contrato en mención, estableció que la Supervisión y vigilancia del Contrato está en Cabeza del Jefe del Departamento Administrativo de Planeación o quien delegue. Que el objetivo principal del Convenio Artículo 11 de Cooperación es la activa participación Ley 1150 de las partes 2007 reza: Del Plazo para la implementación del Programa liquidación de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:contratos.

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CONSIDERANDO. QueQue para el cumplimiento de estos objetivos, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio el Ayuntamiento de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social Fuenlabrada y la LEECP-Liga Española de la Nación Educación y la Municipalidad Cultura Popular desean firmar un convenio de la Ciudad duración anual cuyo periodo se establece desde el 1 de Corrientesenero de 2021 hasta 31 de diciembre de 2021. En Fuenlabrada, el Convenio «Programa junio de Ingreso Social con Trabajo». Que2021 De una parte, por Resolución Nº 705X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Ayala Ortega, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de fecha 8 xx Xxxxx Fuenlabrada (Madrid), nombrado en sesión Plenaria de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 20102019, promulgada por Resolución Nº 1059 actuando en nombre y representación del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínolamismo, con domicilio a efecto de notificaciones en calle 25 Fuenlabrada, Xxxxx xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una xx Xxxxxxxxxxxx xx 0. De otra parte, (en adelanteXxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, el «Ente Ejecutor»); Presidente de la Liga Española de la Educación y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXXCultura Popular, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio a estos efectos en XXXXXXMadrid, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxcalle Vallehermoso número 54, representada en nombre y representación de la entidad aludida cuyo Código de Identificación Fiscal es G- 00000000 y que se encuentra inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Fuenlabrada. partidas e importes que más adelante se relacionan, así como establecer las condiciones y compromisos que asume el beneficiario. El ámbito de aplicación del presente Convenio comprenderá la totalidad del municipio de Fuenlabrada. El AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Y LA LIGA ESPANOLA DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA POPULAR (a partir de ahora “LA LIGA”) están interesados en continuar las experiencias que esta última viene desarrollando en la ciudad de Fuenlabrada y que son objeto del presente convenio, contando con los medios técnicos y humanos adecuados para su desarrollo: Es un espacio de intercambio y encuentro con los iguales y las familias y en él se fomenta, a través del juego, la convivencia y socialización para el desarrollo integral de los menores. Se creará una Comisión Técnica de seguimiento y control de desarrollo del proyecto, compuesto por un/a representante de cada una de las Administraciones firmantes que velará por el cumplimiento de los fines establecidos en el presente Convenio. En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos en el presente Convenio, La Liga se obliga al reintegro de la subvención más los correspondientes intereses legales. El Ayuntamiento atenderá el pago de las citadas subvenciones dentro del presente ejercicio y contra los programas presupuestarios de las correspondientes Concejalías, mediante pagos anticipados con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones contempladas en este acto Convenio. No podrá hacerse el pago de la subvención en tanto la Entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o sea deudor por su Presidenteresolución de procedencia de reintegro, XXXXXXXXo cuando no esté al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (o no haya justificado las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Fuenlabrada. El abono de las subvenciones se materializará mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), documentación entregada por la otra parte; han convenido celebrar asociación o entidad beneficiaria. No se exige la presentación de garantías en base a lo establecido en el presente Contrato, el que se regirá por art. 34.7.d) de las siguientes cláusulas y condiciones:Bases de Ejecución del presupuesto al tratarse de una entidad sin ánimo de lucro.

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CONSIDERANDO. QueQue en atención a lo dispuesto por la Resolución de Directorio del Banco Central de Bolivia Nº 015/96, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio en fecha 1º xx xxxxx de Desarrollo Social1996 el BCB y el BBA firmaron una Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos por $us. 53.526.729.77, cuya ejecución y cumplimiento ineludible estaba prevista en 15 años, incluidos tres xx xxxxxx, computables a partir de la fecha de su suscripción. Que en el addendum a la Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos, se creo acordó modificar el Programa plazo del pago de Ingreso Social con Trabajolas prestaciones sucesivas del 1º xx xxxxx al 29 de dicho mes. Que asimismo, Social por medio del instrumento antes citado y en tanto se cumplan los pagos correspondientes al rescate, el BCB encomendó al BBA la administración de la Nación y la Municipalidad cartera cedida en Depósito Irregular Mercantil (DIM). Que en aplicación de la Ciudad Ley 1977, Modificatoria de CorrientesDisposiciones del Sistema Financiero, la SBEF emitió la Resolución SB Nº 053/99 disponiendo la intervención del BBA para su venta forzosa. Que el Decreto Supremo 25681, Reglamentario de la Ley 1977, norma la conclusión del proceso de intervención del BBA autorizando al Intendente Vendedor de dicho Banco para que, en un plazo de 12 meses computables desde la fecha de dictación del mencionado decreto, cancele los pasivos y contingentes remanentes con cesiones de créditos o daciones en pago de otros activos, hasta la total extinción de la personalidad jurídica de la entidad intervenida. Que mediante nota IV-FCU-070/2000 de 23 de febrero de 2000, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social BBA propone la devolución de la Nación y cartera entregada en Depósito Irregular Mercantil con los créditos que figuran en el listado adjunto a la Municipalidad presente Resolución. Que el BBA contrató los servicios de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010Empresa Auditora KPMG Marwick SRL para realizar una auditoría legal, técnica y financiera del Depósito Irregular Mercantil, cuyo informe establece que la cartera a ser restituida al BCB por el DIM asciende a $us.52.626.304. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, Que en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), lo dispuesto en la Cláusula Séptima de la Carta Orgánica MunicipalMinuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos, es atribución el BBA canceló al BCB la distribución correspondiente a las dos terceras partes de las recuperaciones efectivas del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad Anexo 2 de la Ciudad citada minuta, cubriendo de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En esta manera en efectivo la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, diferencia entre Municipalidad el valor de la Ciudad cartera cedida y el flujo de Corrientespagos sucesivos. Que en su informe Nº 045/2000, representada la Gerencia de Entidades Financieras señala que la propuesta del BBA cumple con las condiciones del contrato sobre la restitución de una cartera de créditos igual en este acto género, calidad, calificación y cantidad. Que en opinión de la Gerencia de Asuntos Legales, contenida en su Comunicación Interna GAL 100/2000, la intervención del BBA para su venta forzosa creó una imposibilidad sobrevenida para que esta entidad pueda honrar sus obligaciones pactadas en la Minuta de 1º xx xxxxx de 1996, razón por su Intendentela que corresponde al Directorio del BCB autorizar la recepción de la cartera de créditos del DIM, el Xxasí como la resolución del Contrato respectivo. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínolaacuerdo al listado adjunto que forma parte de la presente Resolución, con domicilio en calle 25 fecha xx Xxxx 1178 xxxxx al 31 de esta ciudadenero de 2000, por una parte$us.52.626.304.40. Toda recuperación de capital e intereses posterior a la fecha xx xxxxx será a favor del BCB. entre el BCB y el BBA el 1º xx xxxxx de 1996. La Paz, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 29 xx xx xxxxx de 2000 Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:X. Xxxx Xxxxxxxxxx X.

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CONSIDERANDO. QueQue el Reglamento Interior de esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes en su artículo 21 fracción XVI, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio establece la facultad que ésta tiene para elaborar las Normas Oficiales Mexicanas en las que se establezcan las especificaciones de Desarrollo Social, se creo los clavos xx xxxxx para vías férreas. Que el Programa Transporte Ferroviario es columna vertebral en actividad comercial de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación servicios y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo»bienes a nivel nacional. Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta Que es indispensable y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió prioritario contar con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obracorrecta fijación Riel - Durmiente, a fin de encomendar proporcionar mayor seguridad a dicha Cooperativa los usuarios de las vías generales de comunicación y disminuir el número de accidentes ocurridos por falla en estos elementos de vía, por el alto costo económico que representa, además del impacto ecológico que se produce por la construcción realización de distintos Módulos Constructivos dentro maniobras. Que habiendo dado cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley sobre Metrología y Normalización para la expedición de Normas Oficiales Mexicanas, el Subsecretario de Transporte, ordenó la publicación del proyecto de la Ciudad de Corrientes; todo ello, Norma Oficial Mexicana NOM-047/1-SCT-1995 publicada en el marco del Programa Diario Oficial de Ingreso Social con Trabajo.- Quela Federación el día 8 de noviembre de 1995. - Que en el plazo de noventa días, conforme los estudios a que se refiere el artículo 43, inciso 11), 45 de la Carta Orgánica MunicipalLey Federal sobre Metrología y Normalización, es atribución estuvieron a disposición del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como público para su consulta. - Que durante el descripto precedentemente.- Municipalidad plazo de la Ciudad noventa días naturales, contado a partir del día 8 de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad noviembre de Corrientes1995, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada fecha en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:publicó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana, no se recibieron comentarios del público en general. - Que previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Transporte Terrestre, he tenido a bien expedir la siguiente: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM -047/1 -SCT2-1995 PARA FIJACION DE XXXX XX XXXXX SOBRE DURMIENTE DE CONCRETO Y MADERA. - PARTE 1. ANCLAS XX XXXXX PARA VIAS FERREAS - ESPECIFICACIONES.

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Samples: Convenio De Colaboracion

CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio I.-Hechos probados: Para el dictado de Desarrollo Socialla presente resolución, se creo tienen como demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Consta en la oferta presentada por el Programa consorcio integrado por empresas Xxxxxxxx EBI de Ingreso Social Costa Rica S.A. e Inversiones Xxxxx xxx Xxxxx S.A., Acuerdo de Constitución de Consorcio, el cual en la cláusula tercera indica: "OBJETO DEL CONSORCIO: El consorcio se constituye con Trabajola finalidad de participar como oferente y como eventual adjudicatarios en el procedimiento de licitación promovido por la Municipalidad xx Xxxx, Social concretamente en el cartel de la Nación LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS ORDINARIOS, DE MANERA AMIGABLE CON EL AMBIENTE PARA EL XXXXXX XX XXXX." Asimismo la cláusula sexta de dicho acuerdo indica: "ASPECTOS OPERATIVOS DEL CONSORCIO. Las partes aportarán al Consorcio su patrimonio, experiencia y conocimiento en los aspectos propios de la Contratación y se establece que la EMPRESA XXXXXXXX EBI DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, aportará toda la experiencia y operación en el transporte, recolección de los desechos sólidos así como la flotilla de camiones para la oferta principal y la Municipalidad oferta alternativa. INVERSIONES XXXXX XXX XXXXX SOCIEDAD ANONIMA, aportará la experiencia y logística en la operación de recolección de desechos sólidos, además de la Ciudad flotilla de Corrientesrecolectores para que sean ofrecidos como flotilla complementaria para la recolección y transporte de desechos y será la encargada de la recolección y transporte de los desechos sólidos; todo ello en caso de resultar adjudicada la oferta que en este caso presenta el consorcio." (ver folio 302 y 303 del expediente de contratación). 2) Consta en la oferta presentada por Consorcio EBI Inversiones Xxxxx Xxxxx la siguiente oferta económica: "Oferta Económica para la Contratación del Servicio de Recolección, el Convenio «Programa Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705Residuos Sólidos Ordinarios, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente manera amigables con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar ambiente para el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:xxxxxx xx Xxxx. ------------

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CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 Que el Departamento Ejecutivo solicita la homologación del Ministerio Contrato de Desarrollo Social, se creo el Programa Concesión de Ingreso Social con Trabajo, Social de la Nación y Espacio Público suscripto entre la Municipalidad de Gualeguaychú y el Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx sobre el predio denominado “La Xxxxxxx”, ubicado en el Parque Unzué cuyos límites y linderos son : Norte: linda con Río Gualeguaychú; Este: linda con Xxxxxx Zapallo; Sur: linda mediante tres rectas a los siguientes rumbos y distancias: S. 69º 27´ O de 50,20 m, S 78º 33´ O de 87,20 m y N 82º 03´O de 123,50 m, todas con Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx: linda mediante tres rectas a los siguientes rumbos y distancias: N 19º 22´O de 77,20 m; N 39º, 37´O de 47,49 m y N 47º 30´O de 81,50 m, todas con calle pública del Parque Unzué, para el funcionamiento del Museo Arqueológico Xxxxxx Xxxxxxx y la Ciudad ejecución de Corrientes, el Convenio «Programa actividades conexas al objeto del Centro de Ingreso Social con Trabajo»Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx. Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de Que en autos obra también un Acta Intención suscripta entre las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada mismas partes en fecha 15 xx Xxxxx 6 de 2010noviembre de 2002 en la que se exponen los objetivos y actividades que desarrolla el Centro de Estudios Arqueológicos y se explica la conveniencia y necesidad de emplazar el Museo Arqueológico “Xxxxxx Xxxxxxx” en el referido predio. Que “La Xxxxxxx” constituye un espacio perfectamente adaptable a las necesidades del Centro de Estudios Arqueológicos, promulgada ya que por Resolución Nº 1059 una parte cuenta con un edificio que brinda la posibilidad de exponer las piezas rodeadas de un hábitat similar al que tuvieron en su origen, realizar charlas, conferencias y audiovisuales y por la otra, en el resto del Departamento Ejecutivo Municipal predio, permite el día 27 xx Xxxxx desarrollo de 2010actividades conexas a los objetivos del Centro como visitas guiadas y campamentos educativos, se aprueba el Convenio Programa todo ello dentro del concepto de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social defensa de la Nación ecología y medio ambiente y rescate de nuestras raíces autóctonas identificatorias. ORDENANZA Nº 10627/2003.- Que no escapa a este Honorable Concejo Deliberante que el Museo Arqueológico “ Xxxxxx Xxxxxxx” ha sido producto del tesonero esfuerzo de más de cuarenta años de trabajos, que logró reunir un sinnúmero de piezas y monumentos pertenecientes a indígenas que habitaron esta zona y merece el incondicional apoyo de esta Municipalidad en virtud de constituir un valiosísimo patrimonio histórico que legaremos a las futuras generaciones. Que el Museo Arqueológico “Xxxxxx Xxxxxxx” fue inaugurado el 12 de octubre de 1992 y ha funcionado hasta hace poco tiempo en la “Casa de la Cultura”, ubicada en 00 xx Xxxx 000, habiendo sido donado dicho inmueble a la Municipalidad de Gualeguaychú por el Superior Gobierno de la Ciudad Provincia de Corrientes Entre Xxxx con el cargo de fecha 15 creación de Febrero dicho museo. Por tal razón el Centro de 2010. Que, Estudios Arqueológicos “Xxxxxx Xxxxxxx” ha manifestado en el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación Acta Intención que resigna el uso de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio instalaciones de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro Casa de la Ciudad Cultura en virtud de Corrientes; todo ellosu traslado al predio del Parque Unzué denominado “La Xxxxxxx”, traslado que en los hechos ya se ha producido, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipalmás estrecha confianza, es amistad y acogimiento que la Municipalidad otorga al Centro de Estudios Arqueológicos y especialmente a la persona del Profesor Xxxxxxx. Que siendo atribución de este Honorable Concejo Deliberante otorgar concesiones sobre uso de los bienes del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como dominio público (art.11 inc. E, Ley 3001) y no existiendo objeciones que formular al convenio suscripto en fecha 7 de febrero de 2003, deviene procedente su homologación. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN XXXX DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE ART.1º.- HOMOLOGAR el descripto precedentemente.- Contrato de Concesión de Espacio Público suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de CorrientesGualeguaychú, representada en este ese acto por su Intendente, el Xx. Presidente Municipal Doctor Xxxxxx Xxxxxxxx EspínolaXxxxxxx, con domicilio asistido por su Secretario de Gobierno Doctor Xxxxxx ORDENANZA Nº 10627/2003.- Xxxxxx Xxxxxxx y el Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx (Resolución D.I.P.J Nº 134/97) en calle 25 fecha xxxxx xx xxxxxxx xx 0000. ART.2º.- ACEPTAR la renuncia al uso de las instalaciones de la “Casa de la Cultura”, ubicada en xxxxx 00 xx Xxxx 1178 Xx 734 de esta ciudad, efectuada por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx a favor de la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:Municipalidad de Gualeguaychú.

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CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio Nº002-2023-CU-R-UNAS de Desarrollo Socialfecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, se creo plazas orgánicas para el Programa Departamento Académico de Ingreso Social con Trabajo, Social Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Nación y la Municipalidad Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Ciudad Universidad Nacional Agraria de Corrientesla Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el Convenio «Programa anexo, que forma parte de Ingreso Social con Trabajo»dicha resolución. Que, por mediante Resolución Nº 705Nº004-2023-CU-R-UNAS, de fecha 8 xx Xxxxx Tingo María, 06 de 2010enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros xxx Xxxxxx del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, se autoriza el incremento Departamento Académico de las partidas solicitadas por un monto total Ciencias en Conservación de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta Suelos y Dos Mil Cuarenta)Agua. Que, por Ordenanza Nº 5247mediante documento del visto, sancionada en fecha 15 los Miembros xx Xxxxx Xxxxxx del Concurso Público para Contrato de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 Docentes 2023 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx Académico de 2010Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, se aprueba el Convenio Programa declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio Facultad de Desarrollo Social Recursos Naturales Renovables, a través de la Nación y la Municipalidad plataforma virtual de la Ciudad Universidad Nacional Agraria de Corrientes la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 15 18 de Febrero enero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que2023, en razón uso de todo lo expuesto anteriormentesus atribuciones, tomo el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condicionessiguiente acuerdo:

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CONSIDERANDO. QueI.-Hechos probados: Para el dictado de la presente resolución, se tienen como demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Con vista en la oferta de Consorcio Gestionadora Internacional - IT Servicios Infocomunicación, respecto al punto D. Condiciones Especiales, 1. Experiencia mínima de la empresa oferente, se indica: "Nos damos por enterados, aceptamos y cumplimos a cabalidad con lo descrito en este punto. Ver Anexo Número Cuatro (N°4) Información Técnica: Norma ISO 9001." Conforme a lo indicado, con vista en el Anexo 4, se tiene Certificación ISO 9001:2008 que indica: "Certificación otorgada a ITS INFOCOMUNICACIÓN S.A.S - ITS S.A.S. Xxxxxxxxx Xxxxx X° 000- 00 xxxx0, Xxxxxx X.X. Este es un certificado multi- sitio- Detalles Adicionales de cada Sucursal están relacionados en el anexo de este certificado. BVQI Colombia Ltda. certifica que el Sistema de Gestión de Calidad de la organización mencionada ha sido evaluado y se muestra acorde con los requerimientos de la norma detallada a continuación. NORMA ISO 9001:2008 Alcance del Sistema. Comercialización, Gerencia de Proyectos, entrega y soporte de servicios integrados de Infocomunicación... certificado N° CO16.00597", el cual aporta como Anexo una referencia que indica: "Sitio 1. Sede Medellín Xxxxxxx 00X X° 0 Xxx-00 Xxxxx 9 y 13, Torre Norte, El Poblado/ Centro de Negocios Las Villas. Comercialización, Gerencia de Proyectos, Entrega y Soporte de Servicios Integrados de Infocomunicación... certificado N° CO16.00597" (ver folios 1624 y 1511 y 1510 del expediente de contratación). 2) Consta en la oferta presentada por el Consorcio Gestionadora Servicredito- IT Servicios de Infocomunicación que respecto al punto 2.7.5. relativo a adjuntar con su oferta la política de control de las comunicaciones no autorizadas, la siguiente indicación: "Nos damos por enterados, aceptamos y cumplimos a cabalidad con lo descrito en este punto. Ver Anexo Numero Uno (N° 1) Documentos legales: Contratos de Confidencialidad", siendo que con vista en el Anexo 1 se adjunta la siguiente documentación: * Convenio de Consorcio suscrito entre IT Servicios de Infocomunicación S.A. y Gestionadora Internacional Servicrédito S.A. del 21 xx xxxxxx del 2017. * Borrador sin firmas de Contrato de confidencialidad entre empleador y colaborador. * Borrador de Acuerdo de Confidencialidad y Secreto de los empleados de IT Servicios de Infocomunicación S.A. * Borrador de Acuerdo de Confidencialidad para protección de Información de IT Servicios de Infocuminicación S.A (ver folio 1627 y 155 al 154 del expediente de contratación). 3) Consta oficio N° L-03819-2017 del 05 de setiembre del 2017, mediante Resolución Nº 3182/ 09 el cual se plantea la solicitud de subsanación del Ministerio Banco Nacional dirigido a Consorcio ITS - GISSA, a efectos de Desarrollo Socialaportar las Políticas de control de comunicaciones no autorizadas, se creo establecidas en el Programa punto C. 2.7.5 y Subsanar certificación de Ingreso Social con Trabajonormas de gestión para operar centros de contacto, Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación que acredite a alguna de las partes que conforman el consorcio, en cualquiera de las formas que establece el apartado D. 1. (ver folio 1712 del expediente de contratación). 4) Consta oficio del 5 de setiembre del 2017, suscrito por Xxxxx Xxxxxxxx de Consorcio ITS- GISSA por medio del cual se atiende la nota L-3819-2017 del BNCR indicando: "ii. Subsane 2: La política de control de comunicaciones no autorizadas se encuentra visible a folios 117 al 127 de nuestra oferta. iii. Subsane 3: Se adjunta Certificación ISO 9001 de ITS, visible a folios 155 y 156 de nuestra oferta." (ver folio 1729 A del expediente de contratación). 5) Consta que en atención a la audiencia especial concedida por parte de este Despacho, la empresa apelante mediante oficio del 05 de febrero del 2018, aporta con el anexo 1 la impresión de un pliego denominado NORMA DE GESTION BUSINESS CONTACT CENTER, que indica CAL- MAN-07 Versión 4 Revisado por Coordinador de Calidad, Aprobado por Gerente General, Fecha de aprobación enero 20 de 2017, Lugar Medellín, Colombia, que señala que es desarrollado en ITS InfoCom con sede en Medellín para establecer los lineamientos gestión de calidad y que al pie de página indica: "Toda copia impresa de este documento no autorizada por el Coordinador de Calidad será una Copia No Controlada", documento del cual no se desprende sello o firma alguna, ni referencia o vínculo alguno con certificación de normas de gestión para operar centros de contacto (ver folios 180 al 198 del expediente de apelación). 6) Que respecto a la implementación presentación de las políticas de control de las comunicaciones no autorizadas, punto 2.7.5 del Programa cartel, fue cumplido por: Consorcio CBP- Centricom (Políticas de Ingreso Social con Trabajo en el territorio Seguridad de la Ciudad Información), Consorcio Netcom (Políticas de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro Seguridad de la Ciudad Información) Cuentame (llamadas Políticas de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»uso no aceptable); en tanto que no fueron presentadas por Consorcio ITS- GISSA (presenta borradores de acuerdos de confidencialidad) y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXXGECAM Tecnología S.A. (que del todo no lo presentó y por varios incumplimientos adicionales no le fue requerida subsanación) (ver folios 1055, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX969, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx1274, representada en este acto por su Presidente1550, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»1432 del expediente de contratación), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:.

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CONSIDERANDO. Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 I.- Hechos probados: Para la resolución del Ministerio de Desarrollo Socialpresente asunto, se creo tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que en el Programa acuerdo número 4661, tomado por la Junta Directiva de Ingreso Social SENARA, en sesión ordinaria No. 638-13, celebrada el 07 de octubre de 2013, se indicó lo siguiente “…con Trabajo, Social base en los informes de la Nación Dirección Jurídica No. DJ-OF-316-2013, Técnico No. DDRAT-OF-1006-2013 y DDRAT- OF-1221-2013, Administrativo No. SA-PROGIRH-OF-595-2013 y Certificación No. 014 Presupuestaria: Se adjudica la Municipalidad Licitación Pública No. 2012LN-000006-DDRAT “Reconstrucción de 14 kilómetros de caminos en los subdistritos Piedra y Cabuyo” a la Ciudad de Corrientesoferta No. 6, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, presentada por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas la empresa: JR AJIMA DEL OCCIDENTE S.A. / Esta adjudicación es por un monto total de $ 22.762.040,00 ¢ 125.845.421.66. / Un plazo de ejecución de 15 días naturales…”. (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarentaver folio 1292 del expediente administrativo). Que2) Que según documentación certificada por el Licenciado Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, por Ordenanza Nº 5247respecto a los vehículos placas 11354, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 201022277, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 201079846 y 5256, se aprueba el Convenio Programa extrae la siguiente información: a)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio Marchamo. Tipo de Desarrollo Social Vehículo Carga Pesada. / Número de la Nación Placa 11354. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: MACK. / Modelo: 1975. / Períodos a pagar: 3. / Monto a cancelar al día xx xxx: 135.678.00. / Descripción de Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 52.689.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 3.591.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 24.299.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 554.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 24.000.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 19.110.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 600.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 312.00 LEY 7088 Y REF 3.673.0 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 6.850.00 b)- 11/12/2013. / Consulta y la Municipalidad Pago de la Ciudad Marchamo. Tipo de Corrientes Vehículo Carga Pesada. / Número de fecha 15 Placa 22277. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: MACK. / Modelo: 1971. / Períodos a pagar: 11. / Monto a cancelar al día xx xxx: 181.068.00. / Descripción de Febrero Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 62.958.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 4.777.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 27.688.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 945.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 32.000.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 30.367.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 2.200.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 892.00 LEY 7088 Y REF 11.056.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 8.185.00 c)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de 2010Marchamo. Que, el objetivo principal Tipo de Vehículo Carga Liviana. / Número de Placa 79846. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Convenio Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: ISUZU. / Modelo: 1980. / Períodos a pagar: 11. / Monto a cancelar al día xx xxx: 283.152.00. / Descripción de Cooperación es la activa participación Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 51.154.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 4.062.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 26.846.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 849.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 93.540.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 85.778.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 2.200.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 902.00 LEY 7088 Y REF 11.171.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 6.650.00 d)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de las partes para la implementación Marchamo. Tipo de Vehículo Particular. / Número de Placa 5256. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Programa Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: DAIHATSUN. / Modelo: 1979. / Períodos a pagar: 12. / Monto a cancelar al día xx xxx: 321.679.00. / Descripción de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 65.810.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 5.083.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 28.601.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 1.051.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 98.820.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 88.866.00 ESTACIONOMETROS (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 PARQUIMETROS) 6.000.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 1.440.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 912.00 LEY 7088 Y REF 14.141.00 IMPUESTO DE VENTAS (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:13%) 8.555.00

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CONSIDERANDO. QueHechos Probados: 1) Que el Banco Nacional xx Xxxxx Rica promovió la Licitación Pública No. 2007LN-001885-01, mediante Resolución Nº 3182/ para suministro e instalación de 182 grabadores digitales en sus agencias y sucursales del Banco Nacional xx Xxxxx Rica y equipo de CCTV Digital, para uso de la oficina de mantenimiento de ATM. 2) Que participaron en el concurso dos oferentes: Edintel S.A. y Consorcio Protección Electrónica S.A., Grupo Almo y Servicio Internacional de Alarmas S.A. (folio 558) 3) Que en La Gaceta número 202 del 22 de setiembre de 2007 se declaró infructuosa la Licitación Pública No. 2007LN-001885-01. 4) Que el cartel en lo que interesa dispone: A.-Condiciones Especiales. Punto 4: “El oferente deberá presentar un documento ,emitido por la empresa fabricante, en donde se garantice que el oferente es distribuidor autorizado de todo el equipo ofertado en la propuesta, este documento debe haber sido emitido como máximo dentro de los tres(3) meses anteriores a la fecha propuesta para la apertura de ofertas. No se aceptarán firmas de vendedores o encargados de cuenta”. (folio 060). 5) Que en la oferta de Edintel S.A. se adjuntó una carta de 28 de febrero de 2007, que en lo que interesa se lee: “Por medio de la presente confirmamos y certificamos a Edintel como Canal de Venta Autorizado de productos Pelco de Circuitos Cerrados de Televisión(CCTV). Como Canal de Venta Autorizado Edintel está habilitado para revender y distribuir dichos productos de acuerdo a los estándares comerciales de Pelco”. (Folio 202). 6) El artículo 5 de la Sesión Ordinaria N° 888-2007, celebrada por el Comité de Licitaciones el 09 de octubre del Ministerio de Desarrollo Social2007, se creo dice textualmente: “Oferta N°1, Edintel 1. Incumple con el Programa punto número 4 de Ingreso Social las Condiciones Especiales...c) Recomendación: En virtud de los incumplimientos indicados anteriormente, recomiendo declarar infructuoso dicho proceso, ya que ninguno de los oferentes cumple con Trabajo, Social lo establecido en el cartel de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 licitación supracitada...” (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:folios 556,557)..-------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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CONSIDERANDO. QueBASE LEGAL APLICABLE: Con base en los Decreto No. 30597-H publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 145 del 30 de julio del 2002, Decreto No. 30640-H, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 166 del 30 xx xxxxxx del 2002 y sus reformas, artículo 2 bis inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa No. 7494, artículo 138 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, procede esta Proveeduría Institucional a resolver. Según lo que establece el Articulo 138 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, la Contraloría General de la República podrá autorizar, mediante Resolución Nº 3182/ 09 resolución motivada, la contratación directa o el uso de procedimientos sustitutivos a los ordinarios en otros supuestos no previstos, cuando existan razones suficientes para considerar que es la mejor forma de alcanzar la debida satisfacción del interés general, o de evitar daños o lesiones a los intereses públicos. De ese modo por considerarse que la compra de licencias adicionales se enmarca en la contratación de servicio para el desarrollo e implementación de un Modelo Integral de gestión Tributaria Digital y la Solución Tecnológica que lo soporte para la Dirección General de Tributación, la compra de las mismas es un caso de interés nacional por el positivo impacto que de él se espera en el control y mejora de la recaudación tributaria, así como la inversión de recursos públicos que implica. Que la compra directa a la empresa SAP México y Centroamérica representa un ahorro importante para la Administración, por tratarse del fabricante y por los descuentos que como tal puede ofrecer, ofreciendo un precio de $1,294,176.00, mientras que la Empresa Bearing Point brinda un precio de $2,342,400.00, y así cumplir con la autorización otorgada por la Contraloría General de la República según oficio 00562 (DCA-0289) de fecha 23 de enero del 2009, emitido por la División de Contratación Administrativa. POR TANTO De conformidad con las consideraciones de hechos y de derecho expuestas; así como del Xxxxxxx Xx. 00000-X publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 145 del 30 de julio del 2002, Decreto No. 30640-H, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 166 del 30 xx xxxxxx del 2002 y sus reformas, artículo 2 bis inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa No. 7494, artículo 138 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; los términos y parámetros de las bases del concurso y la respectiva oferta, se procede a adjudicar la Contratación Directa N° 2009CD-001451-13402 de la siguiente manera: 1 800,000 Licencias Business Partner SAP Tax and Revenue Management for Public Sector (SAP TRM): Todas las licencias son del tipo usuario business partner y se licencian 16 bloques de 50,000 business partner cada bloque. Xxxxx que deberá ser cancelado contra entrega. Pago Usual de Gobierno. $1,060,800.00 Mantenimiento Anual (22%) Enterprise Support vigente actualmente en la oferta de mantenimiento de SAP: Este mantenimiento incluye la capacidad de bajar y aplicar a partir de un sitio predefinido, parches, actualizaciones y nuevas versiones del producto liberadas por el fabricante en un período de 12 meses contados a partir del licenciamiento, prorrogable automáticamente hasta cumplir 48 meses (4 años), además incluye los derechos de actualización del software, conforme el esquema actual de soporte y mantenimiento del Ministerio de Desarrollo SocialHacienda. Pago que se cancelará trimestralmente, se creo el Programa Pago Usual de Ingreso Social Gobierno. $233,376.00 Un millón doscientos noventa y cuatro mil ciento setenta y seis dólares con Trabajo, Social 00/100. PLAZO DE ENTREGA: 15 días naturales a partir de la Nación firma del contrato de licencia de Derecho de Uso entre SAP y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de Hacienda. GARANTÍA DEL PRODUCTO: Durante los 6 meses siguientes a la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Queentrega del software, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación cuando sea usado sin alteración material de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo unidades designadas y en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo ello, en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo.- Que, conforme el artículo 43, inciso 11), de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como el descripto precedentemente.- Municipalidad de la Ciudad de Corrientes PAG. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad de Corrientes, a los 4 días del mes xx Xxxxx de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:sitios designados.

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CONSIDERANDO. QueQue a fojas 14 del Expediente Nº 1.609.788/14 obra la escala salarial pactada entre la UNION PER- SONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, Social de por la Nación parte sindical y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo». Que, por Resolución Nº 705, de fecha 8 xx Xxxxx de 2010, se autoriza el incremento de las partidas solicitadas por un monto total de $ 22.762.040,00 (Pesos Veintidós Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta). Que, por Ordenanza Nº 5247, sancionada en fecha 15 xx Xxxxx de 2010, promulgada por Resolución Nº 1059 del Departamento Ejecutivo Municipal el día 27 xx Xxxxx de 2010, se aprueba el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes de fecha 15 de Febrero de 2010. Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes. Que, en razón de todo lo expuesto anteriormente, el día 4 xx Xxxxx de 2010, se suscribió con la Cooperativa CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX – Matrícula Nº 38.207, un Contrato de Locación de Obra, a fin de encomendar a dicha Cooperativa la construcción de distintos Módulos Constructivos dentro de la Ciudad de Corrientes; todo elloempresa PROSEGUR SO- CIEDAD ANONIMA, en el marco del Programa Convenio Colectivo de Ingreso Social con Trabajo.- QueTrabajo de Empresa Nº 1337/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte, en calidad de Anexo, del acuerdo homologado por la Reso- lución S.T. Nº 899/14 y registrado bajo el Nº 809/14, conforme surge de fojas 129/131 y 134, respectiva- mente. Que el segundo párrafo del artículo 43, inciso 11), 245 de la Carta Orgánica MunicipalLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, es atribución le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el prome- dio de las remuneraciones del Departamento Ejecutivo celebrar contratos como cual surge el descripto precedentemente.- Municipalidad tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina tripli- cando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la Ciudad escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 142/145 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Corrientes PAGRegulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. 78 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo 1326 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35 En la Ciudad 357 del 21 de Corrientesfebrero de 2002, a los 4 días del mes xx Xxxxx modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, entre Municipalidad de la Ciudad de Corrientesrespectivamente. Por ello, representada en este acto por su Intendente, el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Espínola, con domicilio en calle 25 xx Xxxx 1178 de esta ciudad, por una parte, (en adelante, el «Ente Ejecutor»); y la Cooperativa «CORRIENTES 45 LTDA XXXXXX XXXXXX, Mat. Nac. Nº 38.207 con domicilio en XXXXXX, 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Presidente, XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 28.201.246 (en adelante, la «Cooperativa», y conjuntamente con el Ente Ejecutor, las «Partes»), por la otra parte; han convenido celebrar el presente Contrato, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condicionesLA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

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