Sistema selectivo Cláusulas de Ejemplo

Sistema selectivo. 1. El sistema de selección será el de concurso-oposición. La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, que consistirán en un ejercicio tipo test y en una prueba o supuesto de carácter práctico relacionado con las funciones del grupo profesional al que se accede. Podrá acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, se valorará la experiencia profesional y los méritos académicos únicamente de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En la fase de concurso serán objeto de valoración los méritos acreditados por los aspirantes de acuerdo con lo que se establezca en la convocatoria. En dicha fase, en la valoración de los servicios efectivos prestados por año completo de trabajo se podrá primar el haber desempeñado dichos servicios en la misma área de actividad que la que corresponda a la convocatoria. Igualmente, podrán valorarse de manera diferenciada los méritos de los aspirantes en una misma convocatoria, en función del grupo profesional desde el que los trabajadores participen. A efectos de cómputo de servicios efectivos se tendrán en cuenta todos los contratos que, individualmente considerados o en conjunto, sumen periodos completos de un año. 2. La calificación global de los aspirantes se determinará mediante la suma ponderada de las puntuaciones obtenidas en la fase oposición y en la fase de concurso, correspondiendo a aquélla el cincuenta y cinco por ciento del total, y a ésta el cuarenta y cinco por ciento. 3. En caso de empate en la calificación final del proceso, tendrán preferencia los aspirantes que participen por el cupo de discapacidad, si los hubiera. De persistir el empate o si éste no se produce con ningún aspirante del cupo de discapacidad o no existiera dicho cupo, se dirimirá atendiendo a los siguientes criterios:
Sistema selectivo. El proceso de selección tendrá diferentes fases: • Fase de criba curricular para validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. • Fase de valoración de méritos. En función del número de candidaturas que superen la fase anterior, el Tribunal de Selección podrá determinar una puntuación mínima en la valoración de méritos para determinar el número de candidaturas que serán convocadas a la siguiente fase. Esta puntuación mínima será igual o superior al promedio de puntuaciones obtenidas por todas las personas que han presentado su candidatura en el proceso. • Fase de pruebas: realización de prueba/s de idiomas, conocimientos y/o competencias, Excel. Así mismo, el Tribunal del Selección, podrá determinar una nota xx xxxxx en la prueba de conocimientos, para determinar el número de candidaturas que serán convocadas a entrevista. Esta puntuación mínima será igual o superior al promedio de puntuaciones obtenidas por todas las personas que han presentado su candidatura en el proceso. En el caso de las pruebas de Excel, el resultado será de apto / no apto. • Fase de entrevistas: cuya finalidad es valorar la adecuación general del perfil al puesto, valorando el ajuste de la candidatura con el nivel de competencias técnicas y profesionales requeridas en la posición. En el caso de las pruebas de idiomas, tanto si son requisitos como méritos, quedarán • Aquellas candidaturas que hayan realizado un proceso de selección con FIIAPP en los cinco años anteriores a la fecha de la presente convocatoria, siempre que la prueba de idiomas se haya realizado con el proveedor externo y que se hayan superado los niveles requeridos conforme a esta convocatoria. • Las candidaturas que aporten Certificados oficiales de idiomas, con fecha máxima anterior a cinco años, a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria. No son considerados oficiales los certificados obtenidos en el desarrollo de cursos o formaciones del idioma. SOLO se repetirán pruebas de nivel cuando, habiendo realizado una en el marco de un proceso selectivo de FIIAPP y no habiendo alcanzado el nivel requerido, haya transcurrido un mínimo de un año desde la anterior prueba o se justifique documentalmente, que la persona ha tenido una estancia de al, menos tres meses en el país cuyo idioma se evalúa, o haya realizado una formación intensiva (60h) en el idioma. Aquellas candidaturas que hayan realizado un proceso de selección con FIIAPP en los cinco años anteriores a la fecha d...
Sistema selectivo. El sistema de selección será mediante convocatoria pública que promoverá el Ayuntamiento debiendo cumplir los requisitos legales exigidos por la normativa vigente en materia de contratación laboral y la Diputación Provincial colaborará en el proceso, cumpliendo con su competencia de asistencia a municipios mediante la aportación de técnicos en la materia y que formarán parte de los tribunales de selección. 4.1.- En el plazo de 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos 4.2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4.3.- A la solicitud deberá acompañarse fotocopia del DNI así como copia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria. 4.4.- Terminado el plazo de presentación de instancias, se dictará Resolución, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que será de cinco días hábiles. Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del ejercicio teórico que, en todo caso, se realizará transcurrido un mínimo de cinco días naturales desde la publicación. De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior. 4.5.- Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer, el recurso potestativo de reposición previsto en el art. 123 LPACAP, o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos del articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sistema selectivo. El sistema selectivo para la contratación del PDI laboral tendrá carácter abierto y garantizará la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). El sistema será el concurso público, en el que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, al que se dará la necesaria publicidad y su convocatoria será comunicada con la suficiente antelación al Consejo de Universidades para su difusión en todas ellas.
Sistema selectivo. La selección de aspirantes se realizará mediante el sistema de concurso-oposición. 9.1. Fase de oposición.
Sistema selectivo. El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso oposición por las siguientes causas: a) La operatividad de los puestos de trabajo exige su desempeño por personal que acredite una formación y experiencia ya adquirida al objeto de contribuir a la agilización del funcionamiento de los servicios así como al objeto de evitar paralizaciones indebidas en el desarrollo de su actividad, lo que afectaría globalmente al desarrollo de esta Corporación. b) Contribuir a la consolidación de empleo temporal o interino por un empleo definitivo, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 50/98, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Dicho precepto literalmente trascrito reza como sigue: " Procesos selectivos de consolidación de empleo temporal: La convocatoria de procesos selectivos para la sustitución de empleo interino o consolidación de empleo temporal estructural y permanente se efectuará de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y mediante los sistemas selectivos de oposición, concurso o concurso-oposición; en este último caso, en la fase de concurso podrán valorarse, entre otros méritos, la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria".
Sistema selectivo. 3.1. El sistema selectivo será el concurso. La puntuación máxima que se podrá otorgar por la valoración de los méritos será de 100 puntos y vendrá dada por la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados a valorar. Será necesario obtener un mínimo de 50 puntos en la puntuación final para superar el proceso selectivo.
Sistema selectivo. El sistema de selección será el de concurso-­‐oposición. La puntuación máxima alcanzable será de 13 puntos. Se valorará con un máximo de 10 puntos la fase de oposición y con un máximo de 3 puntos la fase de concurso. Los aspirantes deberán obtener una calificación mínima de 5 puntos, en cada uno de los ejercicios, para acceder a la siguiente fase. La puntuación del ejercicio para cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal Calificador asistente a la sesión. La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la nota media de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados que integran dicha fase. No tendrá carácter eliminatorio. La valoración de los méritos solo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los/as candidatos que hayan superado dicha fase. Los méritos alegados deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, disponiendo de un plazo de 5 días naturales para acreditarlos, a partir de la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición. * Experiencia: en puestos de trabajo que conlleven el desempeño de las funciones a realizar. (Máximo: 2,00 puntos). -­‐ En el mismo o similar puesto, en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,50 puntos por año completo de servicios (o la parte proporcional si fuese inferior) -­‐ En el mismo o similar puesto, en cualquier otra Entidad o Empresa privada: 0,30 puntos por año completo de servicios (o la parte proporcional si fuese inferior) La experiencia se podrá acreditar a través de los siguientes medios: -­‐ Certificado emitido por la Administración Pública correspondiente, con indicación de los periodos de tiempo de trabajo y las funciones o tareas profesionales desempeñadas. -­‐ Informe original de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que conste expresamente los períodos en alta en el sistema de la Seguridad Social y los grupos de cotización, así como copia compulsada de cada contrato de trabajo. * Formación: cursos relacionados con las funciones a desarrollar (máximo: 1,00 punto), a razón de 0,010 puntos por cada hora lectiva. La formación se acreditará mediante la presentación del original o fotocopia compulsada de la certificación, título o diploma correspondiente. No se valorarán los cursos en que no se especifique el número de horas de duración del mismo. A los efectos de tener en cuenta cada uno de los mé...
Sistema selectivo. Tanto para el turno de promoción interna como de acceso libre, el sistema selectivo será el concurso-oposición. La fase de oposición tendrá un peso del 60% en el conjunto de la convocatoria. Por su parte la fase de concurso tendrá un peso en la convocatoria del 40%.
Sistema selectivo. El sistema de selección será el CONCURSO-OPOSICIÓN. La puntuación máxima alcanzable será de once (11) puntos. Se valorará con un xxxxxx xx xxxx (10) puntos la fase de oposición y con un máximo de un (1) punto la fase de concurso.