Sistema selectivo. 1. El sistema de selección será el de concurso-oposición. La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, que consistirán en un ejercicio tipo test y en una prueba o supuesto de carácter práctico relacionado con las funciones del grupo profesional al que se accede. Podrá acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, se valorará la experiencia profesional y los méritos académicos únicamente de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En la fase de concurso serán objeto de valoración los méritos acreditados por los aspirantes de acuerdo con lo que se establezca en la convocatoria. En dicha fase, en la valoración de los servicios efectivos prestados por año completo de trabajo se podrá primar el haber desempeñado dichos servicios en la misma área de actividad que la que corresponda a la convocatoria. Igualmente, podrán valorarse de manera diferenciada los méritos de los aspirantes en una misma convocatoria, en función del grupo profesional desde el que los trabajadores participen. A efectos de cómputo de servicios efectivos se tendrán en cuenta todos los contratos que, individualmente considerados o en conjunto, sumen periodos completos de un año.
Sistema selectivo. El proceso de selección tendrá diferentes fases: • Fase de criba curricular para validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. • Fase de valoración de méritos. En función del número de candidaturas que superen la fase anterior, el Tribunal de Selección podrá determinar una puntuación mínima en la valoración de méritos para determinar el número de candidaturas que serán convocadas a la siguiente fase. Esta puntuación mínima será igual o superior al promedio de puntuaciones obtenidas por todas las personas que han presentado su candidatura en el proceso. • Fase de pruebas: realización de prueba/s de idiomas, conocimientos y/o competencias, Excel. Así mismo, el Tribunal del Selección, podrá determinar una nota xx xxxxx en la prueba de conocimientos, para determinar el número de candidaturas que serán convocadas a entrevista. Esta puntuación mínima será igual o superior al promedio de puntuaciones obtenidas por todas las personas que han presentado su candidatura en el proceso. En el caso de las pruebas de Excel, el resultado será de apto / no apto. • Fase de entrevistas: cuya finalidad es valorar la adecuación general del perfil al puesto, valorando el ajuste de la candidatura con el nivel de competencias técnicas y profesionales requeridas en la posición. En el caso de las pruebas de idiomas, tanto si son requisitos como méritos, quedarán • Aquellas candidaturas que hayan realizado un proceso de selección con FIIAPP en los cinco años anteriores a la fecha de la presente convocatoria, siempre que la prueba de idiomas se haya realizado con el proveedor externo y que se hayan superado los niveles requeridos conforme a esta convocatoria. • Las candidaturas que aporten Certificados oficiales de idiomas, con fecha máxima anterior a cinco años, a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria. No son considerados oficiales los certificados obtenidos en el desarrollo de cursos o formaciones del idioma. SOLO se repetirán pruebas de nivel cuando, habiendo realizado una en el marco de un proceso selectivo de FIIAPP y no habiendo alcanzado el nivel requerido, haya transcurrido un mínimo de un año desde la anterior prueba o se justifique documentalmente, que la persona ha tenido una estancia de al, menos tres meses en el país cuyo idioma se evalúa, o haya realizado una formación intensiva (60h) en el idioma. Aquellas candidaturas que hayan realizado un proceso de selección con FIIAPP en los cinco años anteriores a la fecha d...
Sistema selectivo. El sistema selectivo para la contratación del PDI laboral tendrá carácter abierto y garantizará la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). El sistema será el concurso público, en el que se garantizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, al que se dará la necesaria publicidad y su convocatoria será comunicada con la suficiente antelación al Consejo de Universidades para su difusión en todas ellas.
Sistema selectivo. El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso oposición por las siguientes causas:
Sistema selectivo. 1. El sistema de selección para el personal funcionario de nuevo ingreso será el de oposición. No obstante, para el acceso a cuerpos y escalas de Administración Especial, y en atención a la cualificación singularizada que se requiere en los mismos, podrá hacerse uso, excepcionalmente, del sistema de concurso-oposición.
Sistema selectivo. 1. El sistema de selección será el de concurso-oposición. La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, que consistirán en un ejercicio tipo test y en una prueba o supuesto de carácter práctico relacionado con las funciones del grupo profesional al que se accede.
Sistema selectivo. 3.1. El sistema selectivo será el concurso. La puntuación máxima que se podrá otorgar por la valoración de los méritos será de 100 puntos y vendrá dada por la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados a valorar. Será necesario obtener un mínimo de 50 puntos en la puntuación final para superar el proceso selectivo.
Sistema selectivo. 4.1 El sistema selectivo consistirá en la valoración del currículo de los aspirantes por la comisión evaluadora que figura en el anexo III, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo II. Los méritos alegados en el currículo que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.
Sistema selectivo. 5.1. Los aspirantes a formar parte de las listas de sustitución deberán ostentar la condición de personal laboral fijo de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en situación de servicio activo o bien en situación de excedencia o suspensión de contrato, en ambos supuestos con derecho a reserva de puesto de trabajo, y reunir los requisitos de titulación o capacidad probada en relación con el puesto de trabajo, requeridos por el Convenio Colectivo para el acceso a la categoría y especialidad a la que corresponda la lista respectiva.
Sistema selectivo. 7.1 El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de concurso–oposición. La elección del citado proceso selectivo se fundamenta en la especialidad de la plaza, en la naturaleza de las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo, y porque permite valorar de forma limitada y proporcionada la experiencia profesional previa, ajustándose por ello a lo establecido en el artículo 61 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.