DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. La presente póliza ha sido concertada sobre la base de las declaraciones formuladas por el Tomador del Seguro de acuerdo con el cuestionario que le haya sometido el Asegurador las cuáles han motivado la aceptación del riesgo por éste, la xxxxxxxx por su parte de las obligaciones para él derivadas del contrato y la fijación de la prima. La solicitud-cuestionario cumplimentada por el Tomador del Seguro, así como la proposición del Asegurador en su caso, en unión de esta póliza, constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, los bienes y riesgos en la póliza especificados. Si el contenido de la póliza difiere de la proposición del seguro o de las cláusulas acordadas, el Tomador del Seguro podrá reclamar a la Entidad Aseguradora, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza.
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. La presente Xxxxxx se ha establecido con base en las declaraciones formuladas por el Tomador del Seguro en el cuestionario que le ha efectuado la Aseguradora y recogidas en la presente Póliza, motivando la aceptación del riesgo, así como la xxxxxxxx por su parte de las obligaciones derivadas del contrato y la fijación de la prima. El cuestionario efectuado por el Tomador del Seguro, así como la presente Póliza, constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, a los bienes y riesgos en la misma especificados. Si el contenido de la Póliza difiere de lo declarado en el cuestionario, el Tomador del Seguro podrá reclamar a la Aseguradora, en el plazo de un mes a partir de la entrega de la Póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin reclamar se aplicará lo dispuesto en la Póliza. La Aseguradora podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida al Tomador del Seguro, en el plazo de un mes, a contar desde el conocimiento de la reserva o inexactitud del Tomador del Seguro. Desde el momento mismo en que la Aseguradora haga esta declaración, pasarán a ser de su propiedad las primas correspondientes al período en curso, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte. Si el siniestro sobreviene antes de que la Aseguradora hubiere hecho la declaración a que se refiere el párrafo anterior, la prestación de éste se reducirá en la misma proporción existente entre la prima convenida en la Póliza y la que corresponda, de acuerdo con la verdadera entidad del riesgo. Cuando la reserva o inexactitud se hubiere producido mediante dolo o culpa grave del Tomador del Seguro, la Aseguradora quedará liberado del pago de la prestación, salvo en las correspondientes a la cobertura de aseguramiento obligatorio en que podrá repetir su pago contra aquél.
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. AL FORMALIZAR EL SEGURO Y DURANTE SU VIGENCIA
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. LIBERTYACCIDENTES La solicitud y el cuestionario cumplimentados por el tomador del seguro, así como la proposición del asegurador en su caso, en unión de esta póliza, constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, que solo alcanza, dentro de los límites pactados, los riesgos en la misma especificados. Si el contenido de la póliza difiere de la solicitud de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar al asegurador, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación se estará a lo dispuesto en la póliza. El contrato de seguro y sus modificaciones deberán estar formalizados por escrito.
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. La presente Xxxxxx se ha establecido con base en las declaraciones formuladas por el Tomador del Seguro en el cuestionario que le ha efectuado Direct y recogidas en las Condiciones Particulares facilitadas junto con esta Póliza, motivando la aceptación del riesgo por él, así como la xxxxxxxx por su parte de las obligaciones derivadas del contrato y la fijación de la prima. El cuestionario efectuado por el Tomador del Seguro, así como las Condiciones Particulares, en unión de esta Póliza, constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, a los bienes y riesgos en la misma especificados. Si el contenido de la Póliza difiere de lo declarado en el cuestionario, de las Condiciones Particulares o de las cláusulas pactadas, el Tomador del Seguro podrá reclamar al Asegurador, en el plazo de un mes a partir de la entrega de la Póliza, para que subsane la divergencia existente. El Tomador del Seguro o el Asegurado, en su caso, tiene el deber de informar al Asegurador de la naturaleza y circunstancias del riesgo, así como del acontecimiento de cualquier hecho, conocido por el mismo, que pueda agravarlo o variarlo.
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. El tomador del seguro tiene el deber, antes de la perfección del Contrato, de declarar al Asegurador, de acuerdo con el cuestionario que este le someta telefónicamente o por vía telemática, todas las circunstancias por él conocidas que puedan infuir en la valoración del riesgo. Las declaraciones formuladas por el tomador en respuesta al cuestionario realizado por teléfono o por vía telemática, quedan recogidas en el documento de las Condiciones Particulares que forman parte de la Póliza. En caso de constatarse un error en la Póliza, el tomador dispone del plazo de un mes a contar desde la entrega de la misma, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido este plazo sin reclamar, se estará a lo dispuesto en la Póliza. Artículo
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. A. Al concertar el seguro y durante su vigencia:
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. 11.1. Al contratar el seguro y durante su vigencia
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. 13.1. AL EFECTUAR EL SEGURO Y DURANTE SU VIGENCIA La póliza ha sido concertada sobre la base de las declaraciones formuladas por el Tomador del seguro, que han motivado la aceptación del riesgo por el Asegurador, la xxxxxxxx por su parte de las obligaciones para él derivadas del contrato y la fijación de la prima. El Tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al Asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo.
DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO. La solicitud y el cuestionario de salud del animal, cumplimentados por el tomador del seguro o asegurado, así como la proposición del asegurador en su caso, en unión de esta póliza, constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, los riesgos en la misma especificados. LIBERTYMASCOTAS Si el contenido de la póliza difiere de la solicitud de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar al asegurador, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación se estará a lo dispuesto en la póliza. El contrato de seguro y sus modificaciones deberán estar formalizados por escrito.