Delegación y desconcentración Cláusulas de Ejemplo

Delegación y desconcentración. 1. Sin perjuicio de que la delegación del ejercicio de las facultades contractuales en órganos centrales o territoriales disponga otra cosa, la facultad para celebrar contratos lleva implícita la de aprobación del proyecto, la de aprobación de los pliegos, la de adjudicación del contrato, la de formalización del mismo y la de las restantes facultades que la Ley y este Reglamento atribuyen al órgano de contratación. La delegación de competencias no conllevará la aprobación del gasto salvo que se incluya de forma expresa.
Delegación y desconcentración. El Representante legal de la entidad territorial, podrá delegar la competencia para la celebración de contratos en los funcionarios del nivel directivo, y asesor o sus equivalentes, en los términos establecidos en los artículos 9, 10, 11 y 12 de la ley 489 de 1998; en concordancia con lo establecido en el artículo 92 de la ley 1551 de 2012, expresando en el acto de delegación las funciones específicas cuya competencia se transfiere. La realización de todas las actividades requeridas para la contratación de bienes, obras y servicios, estará delegada en la Secretaría General y/o en otra dependencia a cuyo cargo se encuentre delegada la competencia para la celebración de contratos, área (s) que asumirá(n) la responsabilidad de realización de todas las actividades, tareas y procedimientos requeridos, para lo cual deberá organizarse y ajustarse en su estructura interna de acuerdo a las necesidades que se evidencien para tal fin. En ejercicio de la delegación, le corresponderá al Delegatario expedir todos los actos propios de la actividad contractual y post contractual de los procesos de contratación y de la etapa precontractual; a excepción del estudio previo y los documentos o anexos que lo conforman los cuales serán elaborados por la secretaria generadora de la necesidad. El (la) Gobernador (a) podrá en cualquier momento, reasumir la competencia sobre los asuntos delegados y revisar los actos expedidos por el delegatario. El delegado para la contratación es el competente para la aprobación de las garantías únicas y cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, así como las modificaciones a que hubiere lugar, sin importar su cuantía, siempre y cuando se ajuste a lo requerido por la entidad. Esta aprobación deberá hacerse a través del sello que para el efecto se utilice o resolución en caso que así lo considere. Corresponde al Grupo de Contratación y/o Asesores de la Secretaría General verificar que la garantía aportada por el contratista cumpla con las normas legales y las condiciones establecidas en el contrato Cada Secretaría, Subsecretaría o Gerencia designará un funcionario de su dependencia, que será el encargado del trámite del proceso de contratación, el cual podrá ser de planta o contratista. Así mismo cada Secretaría, Subsecretaría o Gerencia deberá designar un funcionario o contratista que sea el enlace entre la secretaría encargada de desarrollar el proceso de contratación y la dependencia que genera la necesidad de contratación. La delegación p...
Delegación y desconcentración. 1. Sin perjuicio de que la delegación del ejercicio de lac facultadec contractualec en órganoc centralec o territorialec dicponga otra coca, la facultad para celebrar contratoc lleva implícita la de aprobación del proyecto, la de aprobación de loc pliegoc, la de adjudicación del contrato, la de formalización del micmo y la de lac rectantec facultadec que la Ley y ecte Reglamento atribuyen al órgano de contratación. La delegación de competenciac no conllevará la aprobación del xxxxx xxxxx que ce incluya de forma expreca.
Delegación y desconcentración. 2.4.1 ACTORES – DELEGACIÓN – DESCONCENTRACIÓN.
Delegación y desconcentración. Nada obsta, aunque quien tiene la competencia para decidir y dirigir los procesos de contratación es el Gerente, que éste, mediante la figura de la delegación pueda descongestionar y delegar parcial o totalmente en los servidores públicos que desempeñen cargos de nivel directivo, asesor, o ejecutivo la realización de los procesos que suponga cada operación contractual. Los actos expedidos por el delegatario estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por el Gerente de la empresa. PARÁGRAFO PRIMERO: Para los efectos del presente Manual, se entiende por desconcentración la distribución adecuada del trabajo que realiza el Gerente de la empresa, sin que ello implique autonomía administrativa para su ejercicio. En