Derechos y obligaciones del Usuario Cláusulas de Ejemplo

Derechos y obligaciones del Usuario. 1. El Usuario se compromete a:
Derechos y obligaciones del Usuario. 8.1 Los derechos del Usuario son los siguientes:  El Usuario tendrá a su disposición los Reglamentos de las distintas modalidades de lotería y productos en “La Web de juego” (xxx.xxxxxxxxxx.xx).  El Usuario podrá Identificarse de modo seguro conforme a los procedimientos establecidos por la ONCE.  El Usuario dispondrá de una cuenta virtual de carácter confidencial y accesible solamente por el Usuario y la ONCE.  El Usuario podrá consultar en su cuenta virtual los ingresos efectuados por el propio Usuario para la compra de los productos de juego de la ONCE, las participaciones adquiridas y los premios obtenidos.  El Usuario tendrá un registro en su cuenta virtual con la confirmación de que su orden de compra o participación se encuentra realizada.  El Usuario podrá visualizar su compra o participación en las áreas de registro habilitadas para ello dentro del perfil del Usuario, así como en sus extractos de compa, las cuales podrá imprimir y tendrán plena validez como comprobantes de su participación, siempre que los datos registrados coincidan exactamente con el extracto impreso.  El Usuario tendrá en todo momento acceso a través de “La Web de juego” a la información sobre participaciones adquiridas pendientes de sorteo.  El Usuario tendrá derecho al cobro de los premios que le puedan corresponder de acuerdo con lo establecido en las presentes “Condiciones del contrato de juego” y en los Reglamentos reguladores de las modalidades de lotería y de los productos de la ONCE.  El Usuario podrá presentar en los Centros de la ONCE o en el correo electrónico o teléfono del Servicio de Atención al Cliente que se le facilite al efecto cualquier reclamación sobre las deficiencias en la prestación del servicio  El Usuario podrá formular reclamación ante el Director General de la ONCE contra los actos de la Organización en relación con los sorteos de los productos de lotería de la ONCE, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación del acto. Las reclamaciones deberán contener la identificación del código de control representativo del boleto o participación correspondiente.  Contra la resolución del Director General, los Usuarios podrán interponer recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE, cuando la cuantía de la reclamación sea igual o inferior a treinta mil euros (30.000 €), o, ante el Consejo de Protectorado en caso contrario; recursos que agotarán la vía administrativa previa a la jurisdiccional. El plazo má...
Derechos y obligaciones del Usuario a) El Usuario está obligado a aceptar estos Términos y Condiciones y a dar su consentimiento para el procesamiento de datos personales (en adelante, "Consentimiento"). Sin aceptar los Términos y otorgar el Consentimiento, no se puede completar el registro del Usuario en el sitio web.
Derechos y obligaciones del Usuario. Los derechos y obligaciones del Usuario se encuentran estipulados en las presentes Condiciones Generales, en el contrato del suministro que se firme con el Permisionario al contratar el servicio así como todo aquello que estipule el Reglamento y la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Derechos y obligaciones del Usuario. El Usuario de transmisión y/o distribución tendrá los siguientes derechos: El Usuario de transmisión y/o distribución tendrá las siguientes obligaciones:
Derechos y obligaciones del Usuario. 7.1. Todos los materiales disponibles en la Plataforma Xxxxxx Music, incluyendo, pero no limitado a imágenes, software, textos, vídeos y canciones en formato digital, sólo están disponibles para el uso personal del Usuario. El usuario se obliga a: a. no fingir ser alguna persona y/o utilizar los datos personales de un tercero para acceder a la Plataforma Xxxxxx Music y/o sus servicios; b. violar alguna ley municipal, departamental o nacional a través del, o en el Servicio; c. causar molestias o perturbar a terceros a través del, o en el Servicio; d. recopilar o almacenar datos de terceros; e. utilizar algún aparato o software para interferir o intentar interferir en el funcionamiento adecuado del Servicio; f. tomar alguna medida que implique una carga irrazonable o desproporcionadamente grande sobre la infraestructura del Servicio; g. utilizar algún robot, spider, algún otro dispositivo electrónico, automático, o proceso manual para controlar o copiar algún contenido del Servicio; h. reproducir, duplicar, copiar, vender, revender o explotar con algún fin comercial alguna parte del Servicio, uso del Servicio o acceso al Servicio; i. utilizar el Servicio para publicitar sus productos o Servicios, enviar correo en cadena o para realizar la distribución masiva de correo no solicitado; o j. utilizar términos o expresiones injuriosas, intimidatorios, falsas o contrarias a las buenas costumbres, o transmitir información o material que pueda, concreta o eventualmente, violar derechos de un tercero o que contenga virus o cualquier otro componente dañino.
Derechos y obligaciones del Usuario. User rights and obligations
Derechos y obligaciones del Usuario. 12.1. Los derechos del Usuario son los siguientes:

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: