DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En virtud de este seguro de vida, el monto asegurado se pagará al o a los beneficiarios, inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, si éste ocurre durante el período de vigencia de la póliza. El monto asegurado a pagar se determinará según la opción que entre las dos siguientes, haya elegido el contratante y que aparece indicada en la Condiciones Particulares de la póliza.
Opción A: Bajo esta opción, el monto asegurado a pagar en caso del fallecimiento del asegurado, será el mayor valor entre, el capital asegurado por fallecimiento que aparece en las Condiciones Particulares de la póliza y el Valor de la Póliza a la fecha del siniestro incrementado en un 10% del capital asegurado por fallecimiento.
Opción B: Bajo esta opción, el monto asegurado a pagar en caso del fallecimiento del asegurado, será el capital asegurado por fallecimiento que aparece en las Condiciones Particulares de la póliza, más el Valor de la Póliza a la fecha del siniestro.
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. Este producto ofrece al Asegurado dos coberturas:
1) Gastos Médicos Preventivos y
2) Gastos Médicos Correctivos
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En los términos de la presente póliza, el capital asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza será pagado por la compañía de seguros a los beneficiarios, una vez acreditado el fallecimiento del asegurado, titular o dependiente, si éste ocurre durante la vigencia del contrato de seguro y por causa no excluida en este contrato. La Compañía Aseguradora podrá, a petición expresa del Contratante, limitar la aplicación de esta cobertura en relación al ámbito temporal y territorial de la póliza sin que ello afecte la vigencia de ésta, la cual deberá constar por escrito en las Condiciones Particulares. Es decir, podrá definir horarios, días y zonas geográficas específicas en las que regirá la cobertura así como aquellas en las que no operará esta cobertura. La prima respecto de cada asegurado se devengará hasta la fecha de vencimiento de la póliza, establecida en las Condiciones Particulares, o hasta la fecha de fallecimiento del asegurado, si esto ocurre antes.
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En virtud de este seguro de vida, el monto asegurado se pagará al o a los beneficiarios, inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, si éste ocurre durante el período de vigencia de la póliza. El monto asegurado a pagar se determinará según el Plan seleccionado por el contratante, que aparece indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. Plan A: Bajo este Plan, el monto asegurado a pagar en caso del fallecimiento del asegurado, será el mayor valor entre: (i) el capital asegurado por fallecimiento que aparece en las Condiciones Particulares de la póliza y (ii) el Valor de la Póliza a la fecha del siniestro incrementado en un 10% del capital asegurado por fallecimiento.
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En virtud de este seguro la cobertura de asistencia jurídica que otorga la compañía aseguradora, siempre y cuando esté indicada en las Condiciones Particulares de esta póliza, puede comprender las materias que se especifican en las siguientes subsecciones:
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En virtud de este seguro de vida, el monto asegurado se pagará al beneficiario inmediatamente después del fallecimiento del Xxxxxxxxx, si éste ocurre durante el período de vigencia de la póliza. El monto asegurado a pagar se determinará según el Plan seleccionado por el Contratante, que aparece indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. Plan A: Bajo este Plan, el monto asegurado a pagar en caso del fallecimiento del Asegurado, será el mayor valor entre: el capital asegurado por fallecimiento que aparece en las Condiciones Particulares de la póliza; y el Valor de la Póliza a la fecha del siniestro incrementado en un 10% del capital asegurado por fallecimiento.
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. La compañía aseguradora procede a otorgar cobertura para el riesgo de fallecimiento del asegurado titular o dependiente conforme se señala en la presente póliza de seguro colectivo de vida temporal. De esta forma, en los términos expresados en la presente póliza, el capital asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza será pagado por la aseguradora a el o los beneficiarios expresados en este contrato o en declaración especial efectuada por el asegurado para estos efectos, una vez ocurrido el fallecimiento del asegurado, titular o dependiente, si éste ocurre durante el plazo de vigencia de la cobertura de esta póliza, el que comienza luego de transcurrido un plazo de carencia de sesenta (60) días corridos desde la fecha de incorporación de los asegurados a la póliza.. La prima respecto de cada asegurado se devengará hasta la fecha de vencimiento de la póliza, establecida en las Condiciones Particulares, o hasta la fecha de fallecimiento del asegurado, si esto ocurre antes. La presente póliza, sujeta a las exclusiones, estipulaciones y otros términos de la póliza, cubre al asegurado en cualquier parte del mundo.
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En virtud de este seguro de vida, la compañía de seguros pagará el monto asegurado al o a los beneficiarios indicados en el artículo N° 15, después del fallecimiento del asegurado, si éste ocurre durante el período de vigencia de la póliza. El monto asegurado a pagar será el capital asegurado en riesgo a la fecha del fallecimiento, más el saldo del Valor Póliza determinado a la fecha del denuncio del fallecimiento del asegurado a la compañía de seguros.
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. Este beneficio es pagadero al asegurado si después de haber estado cubierto bajo este Addendum al menos por 60 días consecutivos, se le diagnostica una enfermedad terminal. Para considerar el pago de este beneficio se requiere que:
(a) El Asegurado lo solicite por medio de una Comunicación Escrita; y
DESCRIPCION DE LA COBERTURA. En los términos de la presente póliza, el capital asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza será pagado por la aseguradora a los beneficiarios, una vez ocurrido el fallecimiento del asegurado, titular o dependiente, si éste ocurre durante la vigencia de esta póliza y por causa no excluida en este contrato de seguro. Si el asegurado sobrevive a la fecha de vencimiento del contrato de seguro, no tendrá derecho a indemnización alguna.