Destino del Crédito Cláusulas de Ejemplo

Destino del Crédito. El Estado se obliga a destinar los recursos del Crédito precisamente a los conceptos descritos en la Cláusula Tercera del presente Contrato.
Destino del Crédito. Destinar los recursos del Crédito exclusivamente a los conceptos señalados en la Cláusula Tercera del presente Contrato.
Destino del Crédito. El Municipio se obliga a destinar los recursos del Crédito precisamente a los conceptos descritos en la Cláusula Tercera del presente Contrato.
Destino del Crédito. El Cliente manifiesta que los recursos obtenidos del Crédito serán utilizados de manera exclusiva para los fines que se establezcan en la Solicitud del presente Contrato.
Destino del Crédito. El(los) CLIENTE(S) se obliga(n) a destinar el importe del CRÉDITO para la adquisición de bienes de consumo, que siempre deberán ser productos o servicios lícitos, o bien, para capital de trabajo.
Destino del Crédito. Las partes acuerdan en que el importe del crédito será aplicado precisamente para que IBM efectúe por cuenta y orden de EL ACREDITADO el cumplimiento de las obligaciones de pago a los proveedores de los bienes y/o servicios y/o software financiados al amparo del presente CONTRATO de crédito. EL ACREDITADO manifiesta expresamente que la marca, capacidad, funcionalidad, tipo, modelo, calidad, precio, comerciabilidad, fechas de entrega y demás especificaciones de los bienes objeto de este CONTRATO y sucesivos SUPLEMENTOS, son de su entera conformidad, en el entendido de que ha elegido dichos bienes, al proveedor (fabricante, constructor y/o distribuidor) de acuerdo con sus propios intereses y especialmente manifiesta que el precio de adquisición de los bienes ha sido acordado directamente entre EL ACREDITADO y el proveedor sin la intervención de IBM, razón por la cual EL ACREDITADO libera a IBM de cualquier responsabilidad presente o futura sobre el particular.
Destino del Crédito. El “TRABAJADOR” se obliga a destinar, en la fecha de firma de esta escritura, el importe dispuesto del Crédito Otorgado a la adquisición en propiedad del inmueble que es objeto de la compraventa convenida en esta escritura y al pago de los demás conceptos de Xxxxxx estipulados en el presente contrato.
Destino del Crédito. EL CLIENTE”, queda obligado a destinar el importe del crédito que se le otorga, precisamente para cubrir el importe total, hasta el límite del crédito, de cada uno de los sobregiros que llegue a tener en su cuenta de Depósito Bancario de Dinero a la Vista cuyo número de cuenta ha quedado señalado en la Carátula de Activación (en adelante la Cuenta de Cheques). Entendiendo que los sobregiros se derivan entre otros conceptos, por la insuficiencia de fondos de la cuenta antes mencionada para cubrir los cheques librados así como cualquier disposición o cargo que se efectúe, inclusive por “EL BANCO”, ya sea para pago de pasivos y servicios a cargo de la “EL CLIENTE” o por cualquier otro concepto con la excepción de aplicar el crédito al pago del mismo o a los intereses que este genere, incluidos en la excepción el pago de comisiones. 3.-DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO.-“EL CLIENTE” dispondrá del crédito establecido en su favor en forma automática, es decir que, desde este momento y con la firma de la carátula de activación del presente Capítulo, faculta y autoriza a “ “EL BANCO” para que con el importe del crédito concedido cubra de inmediato los sobregiros que llegue a tener la “EL CLIENTE” en la Cuenta de Cheques conforme a lo pactado en la cláusula precedente, siempre y cuando esté al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones que contrae mediante este capítulo, sirviendo éste como el recibo más eficaz de la disposición del importe del crédito en los términos de esta cláusula . La disposición del crédito estará sujeta a la aprobación de EL BANCO”.
Destino del Crédito. Las Partes convienen que el Monto del Crédito será destinado para el pago del Bien conforme a lo establecido en la Carta de Instrucción de Pago a Tercero, y en su caso para el Seguro conforme a la Carta Instrucción de Pago a la Aseguradora.
Destino del Crédito. Las Partes convienen que el Monto del Crédito será destinado para cubrir lo siguiente: (i) el valor del Vehículo; (ii) el Costo del Servicio de LVA; (iii) el pago del Seguro, en caso de ser aplicable; (iv) el pago del costo de la garantía mecánica, en caso de ser aplicable; y (v) el pago de las Comisiones a que se refiere la cláusula Décima Segunda del Contrato. Las Partes acuerdan que el monto que se designe a conforme a los puntos (i) a (iv) se harán constar de forma expresa mediante la firma de las Cartas de Instrucción de Pago a Tercero, y en su caso la Carta de Instrucción de Pago a la Aseguradora que el Acreditado firme y entregue al Acreditante.