DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art. 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización la documentación administrativa en aquellos contratos NO sujetos a regulación armonizada se efectuará mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (está incluido el cumplimiento de la solvencia o clasificación exigida en el pliego). La aportación de estas documentaciones o declaraciones deberán ir acompañadas inexorablemente de: . Si se presenta ROLECE o el Registro autonómico acompañar también la dirección electrónica a efectos de notificación. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que el licitador aporte documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Declaración responsable, ROLECE o Registro autonómico debidamente cumplimentados. Dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica (si se aporta ROLECE o Registro autonómico).
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art, 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización , la documentación administrativa en aquellos contratos no sujetos a regulación armonizada se efectuara mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, acompañada de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad de apoderado. La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberá ir acompañada inexorablemente de: - La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica. - La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art. 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización, la documentación administrativa en aquellos contratos NO sujetos a regulación armonizada se efectuará mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (está incluido el cumplimiento de la solvencia o clasificación exigida en el pliego). La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberán ir acompañadas inexorablemente de: GESTION DE LA RECOGIDA, TRANSPORTE Y CUSTODIA DE LA RECAUDACION DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES XX XXXXXXXXXX. - Si se presenta ROLECE o el Registro autonómico acompañar también la dirección electrónica a efectos de notificación, declaración de que el documento no ha sufrido variaciones y declaración responsable relativa a la solvencia exigida en la cláusula correspondiente de este pliego. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. - Declaración responsable, ROLECE o Registro autonómico debidamente cumplimentados. - Dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica,declaración de que el documento no ha sufrido variaciones y declaración responsable relativa a la solvencia exigida en la cláusula correspondiente de este pliego (si se aporta ROLECE o Registro autonómico).
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Se deberá aportar con carácter previo a la adjudicación del contrato la documentación administrativa que se indica en la cláusula 19 xxx Xxxxxx.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Se deberá aportar con carácter previo a la adjudicación del contrato la documentación administrativa.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4, tras la modificación efectuada por el art, 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización , la documentación administrativa en aquellos contratos no sujetos a regulación armonizada se efectuara mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, acompañada de fotocopia del Documento Nacional de Identidad del apoderado. La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberá ir acompañadas inexorablemente de: La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 de TRLCSP y en la Directiva 2014/24EU, para los contratos sujetos a regulación armonizada, la documentación administrativa deberá acreditarse a elección del licitador con el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC, publicado en el DOUE del 7/01/2016) y cuyo PDF se encuentra expuesto en el perfil del contratante así como en el anexo 6 a estos pliegos, donde figuran también de forma íntegra las Recomendaciones de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado aprobadas por Resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de fecha 6 xx xxxxx de 2016 o mediante declaración responsable, según modelo anexo a estos pliegos. En este último caso aportaran así mismo: La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, En cualquier caso, deberá de constar La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podr...
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Se incluirá la documentación exigida en la cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas que rige este contrato, acompañada de una hoja índice en la que se relacionen numeradamente todos los documentos presentados.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. 1.) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. ESCRITO FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE DONDE MANIFIESTE SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN, POR SI O EN REPRESENTACIÓN DE UN TERCERO, DEBIENDO MANIFESTAR LOS DATOS GENERALES DEL INTERESADO Y, EN SU CASO DEL REPRESENTANTE. ORIGINAL Y COPIA O COPIA CERTIFICADA SIMPLE PARA SU COTEJO DE LA IDENTIFICACION OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DE LA PERSONA QUE FIRMA LAS PROPUESTAS Y QUE CUENTE CON FACULTADES PARA ELLO EN DONDE APAREZCA SU RÚBRICA, ASI COMO DE LA PERSONA QUE ASISTA AL EVENTO. FORMATO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN PAPEL MEMBRETEADO DE LA EMPRESA ANEXO 8 PRESENTAR MANIFESTACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE QUE POR SU CONDUCTO, NO PARTICIPAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEY, PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX QUE SE ENCUENTREN INHABILITADAS EN LOS TÉRMINOS DEL PÁRRAFO ANTERIOR, CON EL PROPÓSITO DE EVADIR LOS EFECTOS DE LA INHABILITACIÓN, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN, ENTRE OTROS, LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 50 FRACCIÓN IV DE LA LEY ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA MEDIANTE MANIFESTACION POR ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE QUE CUENTA CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA CONTRATAR DERECHOS Y OBLIGACIONES, SUSCRIBIR LA PROPUESTA Y DEMÁS DOCUMENTACION DE ESTE PROCESO A NOMBRE DE SU REPRESENTADA, EN PAPEL MEMBRETEADO DE LA EMPRESA ANEXO 3 COPIA Y ORIGINAL PARA COTEJO O COPIA CERTIFICADA DEL ACTA CONSTITUTIVA Y SUS REFORMAS EN LAS QUE CONSTE QUE CONSTITUYO CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS Y QUE TIENE SU DOMICILIO EN EL TERRITORIO NACIONAL. PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN DEBERÁ MANIFESTAR EL LICITANTE MEDIANTE ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL, SI SE ENCUENTRA O NO DENTRO DEL SECTOR DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS NACIONALES. ANEXO 17 MODELO DE CONTRATO FIRMADO DE CONOCIMIENTO EN TODAS SUS HOJAS, POR EL REPRESENTANTE LEGAL. ANEXO 12 ESCRITO EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA FIRMADA POR QUIEN ESTE LEGALMENTE FACULTADO UNA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD, EN LA QUE MANIFIESTEN QUE POR SÍ MISMOS O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, SE ABSTENDRÁN DE ADOPTAR CONDUCTAS, PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES PARA EL CASO DE ...
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art. 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización, la documentación administrativa en aquellos contratos NO sujetos a regulación armonizada se efectuará mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (está incluido el cumplimiento de la solvencia o clasificación exigida en el pliego).