DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art. 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización, la documentación administrativa en aquellos contratos NO sujetos a regulación armonizada se efectuará mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (está incluido el cumplimiento de la solvencia exigida en el pliego). La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberán ir acompañadas inexorablemente de: - Si se presenta ROLECE o el Registro autonómico acompañar también la dirección electrónica a efectos de notificación. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. - Declaración responsable, ROLECE o Registro autonómico debidamente cumplimentados. - Dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica (si se aporta ROLECE o Registro autonómico). En este sobre deberá introducirse la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada, así como la proposición económica que figura en el Anexo I del presente pliego. El licitador deberá indicar aquella parte de la documentación que es confidencial a efectos de posibles impugnaciones en la licitación. La proposición económica conforme al modelo recogido al final xxx Xxxxxx.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art, 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización , la documentación administrativa en aquellos contratos no sujetos a regulación armonizada se efectuara mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, acompañada de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad de apoderado. La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberá ir acompañada inexorablemente de: La documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, - La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. En este último caso aportaran así mismo: - La documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.2, tras la modificación efectuada por el art, 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización , la documentación administrativa efectuara mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de conformidad con el Art. 44.2 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores (desde ahora L.E.) que modifica el art. 146 del TRLCSP. La aportación de esta certificación deberá ir acompañada de: - La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica. - La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4, tras la modificación efectuada por el art, 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización , la documentación administrativa en aquellos contratos no sujetos a regulación armonizada se efectuara mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, acompañada de fotocopia del Documento Nacional de Identidad del apoderado. La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberá ir acompañadas inexorablemente de: La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 de TRLCSP y en la Directiva 2014/24EU, para los contratos sujetos a regulación armonizada, la documentación administrativa deberá acreditarse a elección del licitador con el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC, publicado en el DOUE del 7/01/2016) y cuyo PDF se encuentra expuesto en el perfil del contratante así como en el anexo 6 a estos pliegos, donde figuran también de forma íntegra las Recomendaciones de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado aprobadas por Resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de fecha 6 xx xxxxx de 2016 o mediante declaración responsable, según modelo anexo a estos pliegos. En este último caso aportaran así mismo: La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, En cualquier caso, deberá de constar La dirección a efectos de notificaciones: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax, señalando que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico como preferente. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podr...
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Se deberá aportar con carácter previo a la adjudicación del contrato la documentación administrativa.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Se deberá aportar con carácter previo a la adjudicación del contrato la documentación administrativa que se indica en la cláusula 19 xxx Xxxxxx.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. 1.) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Se incluirá en el sobre A la declaración responsable, debidamente cumplimentada conforme al modelo que figura como Xxxxx XX al presente pliego. LA NO INCLUSIÓN EN EL SOBRE A DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA MISMA SUPONDRÁ LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA.
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. 1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 de TRLCSP y en la Directiva 2014/24EU, para los contratos sujetos a regulación armonizada, la documentación administrativa podrá acreditarse, a elección del licitador, con el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC, publicado en el DOUE del 7/01/2016) y cuya descarga se puede obtener en el siguiente enlace: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx o bien mediante la declaración responsable. mailto:xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/ mailto:xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx Aprobado por decreto de la Concejal Delegada nº 2003 de fecha 20/02/2018 RESPONSABLE JURIDICO RESPONSABLE TECNICO DEPARTAMENTO DE CONTRATACION xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx PLAZA MAYOR Nº 1 xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx TEL: 00-000-00-00 15/36 En este último caso aportaran así mismo: - Si se presenta ROLECE o Registro autonómico acompañar la dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica. El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Resumen de documentación a incluir en el sobre nº 1: - DEUC, ROLECE, Registro autonómico o declaración responsable debidamente cumplimentados. - Dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica (si se aporta ROLECE o Registro autonómico). Sobre 2. PROPOSICIÓN. CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR: En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. Será motivo de rechazo de la oferta la inclusión en este sobre de cualquier dato que se refiera a los criterios de aplicación mediante fórmula, así como a la propuesta económica. La oferta técnica se presentará en papel, firmado por el representante legal de la licitadora y en formato digital (DVD o Pendrive) declarando que la versión impresa y la digital coinciden plenamente. El licitador deberá indicar aquella parte de la documentación que es confidencial a efectos de posibles impugnaciones en la licitación. Sobre 3. PROPOSICIÓN. CRITERIOS APLICABLES MEDIAN...