DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS. Carta de presentación firmada por el representante legal del proponente, de acuerdo al Formulario A-1, en original. Identificación del proponente, de acuerdo al Formulario A-2, en original. Fotocopia simple de los siguientes documentos *Para Sociedad Anónima y de Responsabilidad Limitada: Testimonio de Constitución Social de la empresa y la última modificación realizada (si la hubiere), registrada en FUNDEMPRESA. Testimonio de Poder registrado en FUNDEMPRESA, que faculte al o los representantes legales a presentar propuestas y suscribir contratos.
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS. Formulario A-1 Identificación del Proponente para Empresas. Formulario A-2 Identificación del Proponente para Asociaciones Accidentales Formulario C-1 Presentación de Propuesta. Formulario C-2 Propuesta Económica.
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS. Escrito mediante el cual se acredita la existencia y personalidad jurídica del Licitante, firmado por su representante legal, en el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la proposición correspondiente (Anexo V). Presentar copia clara y legible de identificación personal oficial vigente, del representante legal que incluya firma y fotografía. Escrito preferentemente en papel membretado del Licitante, en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los supuestos de los artículos 50, antepenúltimo y penúltimo párrafo del 60 de la Ley y 8,fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (Anexo VI). Escrito preferentemente en papel membretado del licitante (Anexo VII), en el que manifieste que conoce, está conforme y acepta el contenido y alcance legal de: El contenido de esta convocatoria y sus anexos, incluyendo: las especificaciones y el modelo de contrato; así como el haber considerado en la preparación de la proposición cualquier modificación efectuada por la convocante, ya sea por escrito o derivada de la(s) junta(s) de aclaraciones. Los criterios de evaluación y de adjudicación señalados en el numeral 10. Que el costo de preparación de las proposiciones de la presente licitación es con cargo para los licitantes. Las Leyes, reglamentos y las normas aplicables a esta licitación. La obligatoriedad de entregar la totalidad de los documentos requeridos y cumplir con todos los requisitos fijados en la presente convocatoria. Que es su responsabilidad cumplir con todos y cada uno de los requisitos solicitados en la convocatoria. Escrito de declaración de integridad, bajo protesta de decir verdad, mediante el cual los Licitantes manifiesten que, por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos del Colegio de Bachilleres induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes (Anexo VIII). Escrito mediante el cual acepta que cuando se comprueben deficiencias o vicios ocultos en los bienes entregados o en los servicios proporcionados, así como cualquier otra responsabilidad imputable al proveedor, estos deberán de ser subsanados en su totalidad dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir d...
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS. Formulario A-1. Carta de presentación de la propuesta y declaración jurada. Formulario A-2. Identificación del proponente. Formulario A-3. Resumen de Información Financiera Formulario A-4. Experiencia General y Específica del Proponente (con fotocopias simples de los documentos de respaldo para cada proyecto presentado). Formulario A-5. Experiencia Específica del Personal Principal Propuesto (solo para el Gerente del Proyecto y líderes de frente, uno por cada persona, firmado por el experto y el representante legal). Fotocopia Simple de Documento de Constitución o su equivalente en el país de origen (si no estuviese en idioma español, adjuntar una traducción simple al idioma español firmada por el Representante Legal). Fotocopia Simple del documento que acredite el Poder del Representante Legal o documento que acredite la representación legal (si no estuviese en idioma español, adjuntar una traducción simple al idioma español firmada por el Representante Legal). Fotocopia simple del documento de identificación personal y/o del Pasaporte del Representante Legal o de los representantes legales. Fotocopia simple de los Estados Financieros con el respectivo Dictamen de Auditoría Externa Independiente o documento equivalente en el país de origen (caso contrario las empresas deberán adjuntar a su propuesta el documento legal vigente que acredite que no se encuentran obligados por la legislación de su país a tener estados financieros auditados por externos), Notas a los Estados Financieros y sus Anexos correspondiente a la Gestión 2013. (cuando corresponda, adjuntar una traducción simple al idioma español firmada por el Representante Legal).
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS a) Copia simple del certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), del Capitulo de Consultor de Obras , en la especialidad de Obras de saneamiento y afines
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS. 1. Carta de presentación de propuesta, firmada por el representante legal.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.