Evaluación Ambiental Cláusulas de Ejemplo

Evaluación Ambiental. El Consultor tramitará con el Ministerio del Ambiente (MAE) el certificado de Intersección dando a conocer al Administrador del contrato, Fiscalizador del contrato y al Coordinador del PAS-EE, el resultado del mismo. Complementariamente el Consultor tramitará el registro ambiental o la licencia ambiental, según corresponde, en los casos de categoría I o II. (SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN AMBIENTAL-SUIA). xxx.xxxx.xxxxxxxx.xxx.xx Cuando la categorización es III y IV, el Consultor dará a conocer al Administrador del contrato, Fiscalizador del contrato y al Coordinador del PAS-EE, y asesorará al GAD Municipal correspondiente, quien deba continuar con el trámite de obtención de licencia ambiental. En este caso al GAD Municipal corresponderá contratar un consultor (calificado en el MAE) que debe preparar Términos de Referencia (TDR), para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el mismo que debe ser puesto a consideración de la autoridad competente del MAE, hasta su aprobación.
Evaluación Ambiental. Se deberá efectuar la Evaluación Ambiental con base en lo establecido en la “Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales” del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (2010)o el que se encuentre vigente. Se debe emplear una metodología de identificación y valoración de impactos para las situaciones sin proyecto y con proyecto, con base en matrices causa efecto, que emplean indicadores de tipo cualitativo y cualitativo para valorar los impactos ambientales y que permitan presentar la evaluación en términos de valores relativos de calidad ambiental. El Consultor deberá plasmar las recomendaciones efectuadas por la Corporación Autónoma Regional respec- to a las obras y acciones formuladas para mitigar los impactos negativos que genere el proyecto, de acuerdo a las obligaciones impuestas en la Licencia Ambiental, si es el caso, o al plan de manejo ambiental determi- nado para el desarrollo del proyecto, tanto en su fase de construcción como en la de operación del sistema. Por otra parte se debe realizar una revisión de posibles sitios para ubicación de infraestructura (Redes y Plan- tas de Tratamiento), desde la fase del diagnóstico. Una vez definidas las áreas que ocuparán los diferentes componentes del proyecto, el Consultor deberá realizar una evaluación de los derechos de propiedad de dichas áreas y establecer la necesidad de la compra de algunas de ellas y definir su costo, o en su defecto establecer las acciones de legalización de los derechos y servidumbres que sean necesarios para la cons- trucción y operación del proyecto. En caso de ser necesario que el municipio adquiera algunos terrenos, su costo deberá incluirse en el plan de inversiones del proyecto.
Evaluación Ambiental. 4.01 Con el fin de evaluar los posibles impactos ambientales de las actividades financiadas con recursos del Programa, éstas se clasificarán de la siguiente manera:
Evaluación Ambiental. Se deberán evaluar los impactos ambientales que podría generarse por la realización de las actividades de Dragado, así como por la disposición del material proveniente de los Dragados, identificando los cambios que puedan sufrir los elementos del medio, comparando el escenario en el que no se desarrolla el Dragado del Proyecto y otro en el que sí. Por lo que se requiere realizar dos escenarios de evaluación así: ◼ En el análisis de los impactos previos al desarrollo del el Dragado del Proyecto se deberán identificar las actividades que mayor incidencia han tenido en los cambios que ha sufrido el Área de Influencia. Por tanto, se requieren identificar las interacciones de las actividades que se desarrollan en la región, y calificar los impactos generados sobre los componentes, grupos de componentes o medios. ◼ En la identificación y valoración de impactos para el escenario con el Dragado del Proyecto se deberán identificar, describir y valorar los impactos que generaría el Proyecto sobre el entorno y que resultan de la interacción entre las actividades del mismo y los factores de cada componente ambiental. Durante el proceso de evaluación se deben considerar todo tipo de impactos ambientales, incluyendo los directos, los indirectos, los sinérgicos y los acumulativos que podría generar el Dragado del Proyecto. Si bien las obras de Dragado fluvial con un alcance menor al de construcción no requieren de licencia ambiental, se deberá tomar como referencia para identificar los impactos la lista de Impactos Ambientales Específicos en el Marco del Licenciamiento Ambiental de la Dirección de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (2020), así como los incluidos en la guía ambiental de proyectos sector marítimo fluvial identificado en el Apéndice Técnico 6. En cuanto al método de evaluación a ser utilizado, éste debe propender por un análisis integrado, global, sistemático y multidisciplinario e incluir una discusión sobre las relaciones causales que pueden ocurrir no solo entre actividades e impactos, sino también entre diferentes tipos de impactos. Con el fin de establecer las limitantes que el medio puede imponer para la realización de las actividades de Dragado, se debe realizar la zonificación ambiental para el Área de Influencia, identificando la sensibilidad del medio, desde el punto de vista, abiótico, biótico, social y cultural. Con base en la sensibilidad del área, se identifican las restricciones que el me...
Evaluación Ambiental. Se deberá realizar la identificación y valoración de impactos generados por el desarrollo de las actividades de Dragado con base en lo cual se identifican los programas de manejo ambiental a implementar.
Evaluación Ambiental. Este capítulo contiene la evaluación ambiental del área sin proyecto, en donde se presenta una descripción de la situación actual de la zona, e incluye la evaluación con los impactos derivados del desarrollo constructivo del proyecto Xxxxxx Xxxxx.
Evaluación Ambiental. La tecnología y materiales de construcción determinan parte del impacto del proyecto en el entorno ambiental, sin embargo, la ubicación y extensión territorial en conjunto con la ejecución y operación del proyecto determinan en mayor medida la relación con el medio ambiente que lo rodea. Este estudio de evaluación ambiental, determina el tipo de impacto, positivo o negativo, que el proyecto tendrá en el área de influencia, así como establece las medidas y acciones a implementar para prevenir o mitigar aquellos efectos negativos que el proyecto tenga con el medio ambiente.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.