EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Cláusulas de Ejemplo

EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La evaluación de las propuestas se realiza en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. El puntaje de calificación se obtiene de la suma de los puntajes de la propuesta técnica y económica de cada Entidad Privada Supervisora, el cual tendrá una ponderación mínima de 80% para la propuesta técnica y máxima de 20% para la propuesta económica, de conformidad al numeral 75.4 del Artículo 75 del Reglamento de la Ley N° 29230. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La Universidad realizará la evaluación jurídica, técnica y económica de las ofertas y adjudicará el contrato referente a esta negociación, dentro de los treinta (30) días calendario posterior a la fecha de recepción de las mismas. Dentro de este plazo la Universidad podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables para la respectiva evaluación, para lo cual les fijará un término perentorio y en caso de no atenderlas, la oferta se rechazará. En todo caso, las propuestas son inmodificables. Durante el estudio de las propuestas no se permitirá injerencia alguna de los oferentes. Cualquier oferente que trate de injerir, influenciar o informarse individualmente sobre el análisis de las ofertas, será descalificado y su oferta rechazada.
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. El Comité de evaluación realizará la verificación de los requisitos habilitantes, la evaluación y calificación de las propuestas de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos, financieros y aquellos específicos que se hayan establecido en las Reglas del Proceso / Invitación. El informe de evaluación será presentado al COMITÉ FIDUCIARIO con los resultados y recomendaciones respectivas y será potestad de dicho Comité seleccionar la propuesta más favorable con base en el mencionado informe. El referido comité estará integrado por las personas que determine la ERU y deberá ser avalado por el COMITÉ FIDUCIARIO.
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La evaluación de las propuestas, estará a cargo de la Comisión de Calificación y se realizará de acuerdo a los procedimientos internos de la Universidad Católica Boliviana “San Xxxxx”. La calificación de las propuestas se efectuará considerando factores de Calidad y orden en la presentación, así como la oferta más competitiva tanto en términos técnicos y económicos.
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La evaluación de las propuestas, estará a cargo de la Comisión de Calificación y se realizará de acuerdo a los procedimientos internos del convocante. Se aclara que la verificación de los documentos presentados y su posterior evaluación, será realizada en forma reservada por parte del BANCO. La calificación de las propuestas se efectuara considerando factores de Calidad y orden en la presentación, Estructura de la organización, Número de oficinas a nivel Nacional, Experiencia General y Específica. Por otro lado, al ser el convocante una entidad con recursos propios para la ejecución de sus adquisiciones, se reserva el derecho de calificar las propuestas de la manera más conveniente para el cumplimiento de sus objetivos e intereses. El proponente, al presentar su propuesta acepta esta condición, renunciando a todo derecho que le permita realizar cualquier reclamo o a solicitar algún reembolso por cualquier gasto en el que haya incurrido en la preparación de su propuesta. Los Proponentes reconocen y aceptan que el BANCO UNIÓN S.A. y SUS FILIALES no tiene la obligación de hacer públicos sus cálculos de evaluación, ni de prestar aclaraciones o explicaciones de ningún tipo respecto a tales cálculos.
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La evaluación y calificación de las propuestas será realizada por CAF (una vez finalizado el plazo para recepción de propuestas) hasta el 08 xx xxxx de 2019. La calificación de propuestas comprende las siguientes fases:
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Se realizará la evaluación y calificación de las ofertas, sobre un total de CIEN (100) puntos, de la siguiente manera: PRECIO Menor Propuesta Económica 50 GARANTIA TECNICA ADICIONAL Garantía Técnica adicional a la mínima requerida en la Planta eléctrica 15 Garantía Técnica adicional a la mínima requerida en el aire acondicionado 15 APOYO A INDUSTRIA NACIONAL Apoyo a la industria nacional 20 La Evaluación Económica se realizará entregando un puntaje máximo (50 puntos) a la propuesta económica con el precio más bajo ofertado, de acuerdo con el VALOR TOTAL DE LA OFERTA, presentado en la propuesta económica conforme al ANEXO No. 3 del Documento de Condiciones de Participación, de la oferta realizada para la prestación del servicio y/o bienes a suministrar, el cual debe incluir todos los costos DIRECTOS E INDIRECTOS e IMPUESTOS XX XXX, y la adecuación, adquisición, instalación y puesta en funcionamiento, en forma integral de conformidad con las especificaciones técnicas y a los demás en forma descendente de acuerdo con la siguiente formula: P= (40*A)/B A= Oferta económica con el precio más bajo. B= Oferta hábil a evaluar Seis (6) meses adicional al mínimo requerido 8 Un (1) año adicional al mínimo requerido 15 Dicho ofrecimiento deberá ser acreditado mediante documento firmado por el representante legal o apoderado, o representante autorizado en caso de consorcios o uniones temporales.
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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.