FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. El abono del importe del servicio, se efectuará por la Universidad Pública xx Xxxxxxx a la presentación mensual de las facturas correspondientes, a períodos vencidos, previa conformidad de la Directora del Servicio Informático, mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, en un plazo no superior a treinta días. Cuando se demore por la Universidad Pública xx Xxxxxxx el pago convenido, se estará a lo establecido en el art. 112 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. El abono del importe del servicio se efectuará por la Universidad Pública xx Xxxxxxx a la presentación mensual de las facturas correspondientes, a períodos vencidos, previa conformidad de la Vicerrectora de Estudiantes, mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, en un plazo no superior a treinta días. En el caso del lote nº 1, el importe anual se prorrateará en 12 mensualidades. En el caso del lote nº 2, la facturación se realizará por horas impartidas mensualmente, con indicación del calendario y horarios de cada actividad. El precio por hora se calculará dividiendo el precio total ofertado por el adjudicatario, entre el número máximo de horas de servicios indicadas en su oferta para cada modalidad. Para la tramitación de los pagos será condición indispensable la presentación de los justificantes del último pago a la Seguridad Social (TC1 y TC2 sellados por el banco donde se haya efectuado el ingreso). En la primera facturación que se produzca, el contratista deberá entregar fotocopia de los TC1 y TC2 correspondientes a los meses transcurridos desde la fecha en que se formuló la oferta. En el supuesto de que el contratista no aportara estos documentos, la Universidad se reserva el derecho de retener el pago de las facturas mientras el contratista no cumpla sus compromisos en esta materia. Cuando se demore por la Universidad Pública xx Xxxxxxx el pago convenido, se estará a lo establecido en el art. 112 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. La empresa adjudicataria emitirá mensualmente una factura por cada Unidad Funcional de Gasto (UFG) de la Universidad en la que constará claramente: copias en blanco y negro, copias en color, DIN A4, DIN A3, el total del importe y el número del expediente contable de este contrato. La Universidad Pública xx Xxxxxxx proporcionará a la empresa adjudicataria los códigos necesarios para la correcta facturación electrónica (Oficina Contable, Órgano gestor, Unidad Tramitadora y el número del expediente contable de este contrato) La empresa adjudicataria suministrará un fichero mensual que incluirá: Unidad Funcional de Gasto, usuario, mes de facturación, importe en blanco y negro, importe color e importe total para que las Unidades Funcionales puedan hacer la imputación de las facturas en su programa contable automáticamente. Toda esta información de consumo y facturación de las Unidades Funcionales de Gasto se podrá consultar mediante un navegador web por parte de los responsables de los diferentes Departamentos, Centros y Servicios de la Universidad. La duración del contrato de 5 años se iniciará con la firma del contrato. No obstante, hasta que la solución no esté completamente implantada en toda la Universidad, la empresa adjudicataria facturará las copias (lo mismo en blanco y negro como en color) al precio que haya fijado en su oferta para las copias en exceso. Sólo cuando se haya completado la implantación, se iniciará la facturación al precio de las copias garantizadas. El plazo de implantación no podrá ser superior a 8,5 meses desde la formalización del contrato. La empresa adjudicataria, una vez completada la implantación, facturará las copias al precio del volumen garantizado y, sólo cuando el número de copias garantizadas anualmente se haya agotado, empezará a facturar el importe por copia al precio de exceso, lo mismo en blanco y negro como en color. La Universidad se compromete a abonar anualmente el importe correspondiente a las copias garantizadas tanto en blanco y negro (4.000.000 copias) como en color (400.000 copias), con independencia de si alcanza esa cifra o no. Este compromiso es anual y comenzará a computar en el momento en que el nuevo sistema de impresión esté totalmente implantado. Si llegado el duodécimo mes de cada anualidad, la Universidad no ha llegado a este límite, la empresa emitirá una factura correspondiente a la diferencia entre las copias garantizadas y las copias efectivamente realizadas. La Universidad realizará este pago en...
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. 9 12. MODIFICACIONES DEL CONTRATO 9 13. SECRETO, CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES_ 10
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. Forma de pago Revisión de Precios
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. El precio se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por el contratista, y una vez aprobada ésta por la CTSS. El precio a abonar al contratista por el mantenimiento preventivo será el que resulte de la oferta final del adjudicatario. El precio a abonar al contratista por el mantenimiento correctivo será el resultante de aplicar a los precio unitarios ofertados por el contratista, el número de horas incurridas por cada tipo de personal en el mes en cuestión en dicho servicio de mantenimiento. La empresa adjudicataria deberá emitir la factura mensual detallada en los diez primeros días naturales del mes siguiente al que se trate y deberá adjuntar los albaranes firmados que tengan el visto bueno de los responsables de la CTSS. La CTSS abonará el precio de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado realizados en el mes en cuestión, en el plazo de 30 días desde la finalización del mes a que corresponden los servicios, siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado y cuente con el visto bueno de la CTSS. No procede revisión de precios.
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. 15 11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO 16
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. El precio del contrato es el conjunto de prestaciones económicas que el Ayuntamiento ha de abonar al contratista a lo largo de la vida del contrato: 16 PC = ∑(Cn ) n=1 Cn : Cuota anual del periodo n La determinación de la cuota del contrato en las sucesivas anualidades, se realizará a partir de las siguientes consideraciones: 1.- Línea base del periodo n se calculará como:
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. 5 11. RÉGIMEN DE IMPUGNACIÓN DE ACTOS 6 12. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN 6 CONDICIONADO TÉCNICO PARA LA CONTRATACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS EQUIPOS INFORMÁTICOS “SUN ORACLE” DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA XX XXXXXXX 7 1. OBJETO 7 2. PRECIO 7 3. RELACIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS “SUN ORACLE” 7
FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS. De acuerdo con la disposición Adicional trigésimo tercera del TR-LCSP: 1. Las facturas se presentarán, preferiblemente, en el Registro General del Ministerio de Fomento, en Madrid, Paseo de la Castellana nº 67 2. Identificación de órganos administrativos a) Con competencia en materia de contabilidad pública: E03064903 Intervención Delegada en el Ministerio de Fomento Pº de la Castellana nº 67 – 28071 Madrid