FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.
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Samples: Professional Services, Contrato De Arrendamiento De Bienes Muebles, Contrato De Prestación De Servicios
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en por un plazo término igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismascircunstancias. La parte contratante que resulte afectado afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al de manera inmediata, tanto el surgimiento y a como la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstanciacircunstancias. Dentro de un plazo no mayor de veinte xx xxxx (2010) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la situación de la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.
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Samples: Suministro, Consulting Agreement
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso Las partes establecen que si durante el plazo de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el duración del presente contrato, el plazo acontecen circunstancias de cumplimiento naturaleza imprevisible o causas de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando o que no fuera posible ejecutar total o parcialmente el documento mismo, acordarán por mutuo acuerdo, adoptar cualquiera de las estipulaciones siguientes: (a).- Convenir en la autoridad competente extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento estado en que se trate encuentren, lo cual no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos a favor de hechos notorios cualquiera de público conocimientolas partes firmantes; (b).- Prorrogar el Contrato por un tiempo igual a la demora; (c).- Establecer nuevas obligaciones contractuales a partir del momento del suceso. Durante No obstante, la parte afectada dentro del término de cuarenta y ocho horas de acontecido el período en que persistan suceso, notificará por escrito a la otra, acreditando inmediatamente las circunstancias arriba mencionadasdel hecho, las partes están obligadas a tomar recomendando además las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente hacerle frente a la otra parte sobre situación enfrentada. A ambas partes le corresponderá apreciar en su caso en el estado en que está transcurriendo la término de veinticuatro horas después de notificado lo acontecido, si dichas circunstancias obedecen o no a fuerza mayor o caso fortuito y/o determinar si se trata de una simple dificultad o imposibilidad absoluta. Se entenderán como causas de Fuerza Mayor y/o Caso Fortuito, las establecidas en la legislación civil nicaragüense. En la apreciación se valorará si la parte afectada adoptó las medidas de seguridad pertinentes para evitar el caso fortuitosuceso. Si estas circunstancias duran más acontece cualquiera de seis (6) mesesesas circunstancias, las partes deberán ponerse la cláusula décima del presente contrato no tendrá aplicación, siempre que el retraso e incumplimiento de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato EL PROVEEDOR sean atribuibles a las nuevas situaciones que se presentenesas causas.
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Samples: Suministro, Contrato De Suministro
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso LAS PARTES quedarán relevadas del cumplimiento de surgir hechos imprevistos sus obligaciones por circunstancias imprevisibles e irresistibles ajenas a los cuales no se pueda resistirellas, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte la ejecución de las obligaciones contraídas por el presente estipuladas en este contrato, el plazo quedando obligada la parte incursa en la circunstancia de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito fuerza mayor o caso fortuito a avisar a la otra parte, inmediatamente al surgimiento dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la terminación de dichas condicionessu ocurrencia y desde tal momento se suspenderán las obligaciones del contrato para ambas partes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por entregará a la otra todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito y la documentación certificada que dicha parte pueda requerir. En caso de desaparecer tal circunstancia, LAS PARTES continuarán la ejecución de sus obligaciones en la forma estipulada anteriormente. Para efectos del presente contrato, constituyen eventos de fuerza mayor o caso fortuito entre otros, pero sin que se entienda que se están limitando, los siguientes acontecimientos: actos o acciones terroristas, sabotajes, guerra, insurrección civil, terremotos, vientos huracanados, avalanchas, deslizamientos de tierras, huelgas generalizadas o disputas de orden general que no tengan como origen una actividad culposa de LAS PARTES contratantes y, en general, cualquier otra circunstancia imprevista que se escapa al control de cualquiera de LAS PARTES y ante la cual sea imposible resistir. En todo caso quien alegue la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presentendemostrarlo.
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Samples: Contrato De Conexión
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.más
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Samples: Professional Services
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En Las partes no serán responsables ni se considera que han incurrido en incumplimiento de sus obligaciones, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistirconformidad con las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890. Éste caso fortuito o fuerza mayor, que impidan total o parcialmente en el cumplimiento por una u otra parte evento de las obligaciones contraídas por el presente contratopresentarse, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismasdeberá ser debidamente probado. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractualesllegare a alegar fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar estará obligada a comunicar por escrito a la otra partetales circunstancias, inmediatamente al surgimiento y a acompañando la terminación exposición de dichas condicioneslos motivos correspondientes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, notificación se presentará como máximo dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguientes a partir la ocurrencia de las posibles causas que las originaron. Asimismo, se acompañará a la fecha del comienzo mencionada comunicación todos los documentos de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde soporte debidamente legalizados que acrediten o justifiquen la fecha de tal aviso, la parte afectada demora ocasionada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando fortuito, manifestando el documento tiempo dentro del cual cumplirá su obligación. En caso de persistencia de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, causal de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito, la parte que alega tales hechos informará dicha circunstancia o circunstancias al ordenador del gasto, para que si es procedente y de común acuerdo, se suspenda temporalmente la ejecución del contrato. Si estas circunstancias duran más las causas de seis fuerza mayor o caso fortuito, superna los sesenta (660) mesesdías calendario se podrá dar por terminado el contrato por medio de un acto administrativo de terminación, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato cual será debidamente notificado sin que haya lugar a las nuevas situaciones que se presentensanción alguna para la contraparte.
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Samples: Contrato No. 106 Apoyologistico 2019
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso Las partes han convenido en considerar como fuerza mayor, la imposibilidad sustentada de surgir hechos imprevistos a LA MUNICIPALIDAD de seguir financiando los cuales no se pueda resistirpagos, los fenómenos naturales o actos del hombre, que impidan se encuentran fuera del control de las partes contratantes y que no pudieran ser evitadas, tales como guerra, terremoto, incendios, explosiones, disturbios, actos de sabotaje, etc. Si cualquiera de las parles contratantes estuviera temporalmente incapacitada, debido a fuerza mayor o caso fortuito, para cumplir total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contratocontraídas, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse notificará a la otra parte por comunicación escritaescrito tal circunstancia, dentro tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los diez (10) días siguientes a partir detalles del mismo. Producido y notificado el evento determinante de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento fortuito, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la autoridad competente en parte afectada, sólo por el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, tiempo que dure la incapacidad causada. Si la paralización de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate La entrega del suministro por fuerza mayor subsistiese por un periodo de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadastreinta (30) días calendarios, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación de los perjuicios provocados por las mismasservicios, reajustando los términos del Contrato de común acuerdo. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la No se considerará fuerza mayor ningún hecho provocado por la negligencia o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más intención de seis (6) meses, cualquiera de las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones y ningún hecho que se presentenhubiera sido predecible.
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FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En Las partes no serán responsables ni se considera que han incurrido en incumplimiento de sus obligaciones, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistirconformidad con las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890. Éste caso fortuito o fuerza mayor, que impidan total o parcialmente en el cumplimiento por una u otra parte evento de las obligaciones contraídas por el presente contratopresentarse, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismasdeberá ser debidamente probado. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractualesllegare a alegar fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar estará obligada a comunicar por escrito a la otra partetales circunstancias, inmediatamente al surgimiento y a acompañando la terminación exposición de dichas condicioneslos motivos correspondientes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, notificación se presentará dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguientes a partir la ocurrencia de las posibles causas de la fecha del comienzo demora. Así mismo, se acompañará a la mencionada comunicación todos los documentos de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde soporte debidamente legalizados que acrediten o justifiquen la fecha de tal aviso, la parte afectada demora ocasionada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando fortuito, manifestando el documento tiempo dentro del cual cumplirá su obligación. En caso de persistencia de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, causal de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito, la parte que alega tales hechos informará dicha circunstancia o circunstancias cada quince (15) días calendario hasta por un término máximo de sesenta (60) días calendario; vencidos los cuales se podrá dar por terminado el contrato por medio de un acto administrativo de terminación, el cual será debidamente notificado sin que haya lugar a sanción alguna para la contraparte. Si estas Cuando las circunstancias duran más de seis fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas no excedieren de sesenta (660) mesesdías, se levantará un acta suscrita por las partes deberán ponerse de acuerdo contratantes con el fin de adecuar las condiciones suspender los términos del contrato a y desaparecida la causal de fuerza mayor o caso fortuito, se reiniciará la ejecución del contrato mediante acta suscrita entre las nuevas situaciones que se presentenpartes.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en por un plazo término igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismascircunstancias. La parte contratante que resulte afectado afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al de manera inmediata, tanto el surgimiento y a como la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstanciacircunstancias. Dentro de un plazo no mayor de veinte xx xxxx (2010) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento, en cuyo caso no deberá realizarse la notificación aquí mencionada. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la situación de la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más , salvo cuando se trate de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.hechos
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Samples: Contract
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la un evento de fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando según lo establecido en la ley, quedará eximida de su deber de cumplir sus obligaciones en virtud del contrato y de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios o de cualquier otra penalización contractual por incumplimiento del contrato, desde el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento momento en que el impedimento haya provocado la incapacidad para cumplirlo, siempre que preavise de ello sin demora y por escrito. Si la notificación no se trate efectúa sin demora, la exención de hechos notorios de público conocimiento. Durante responsabilidad será efectiva desde el período momento en que persistan las circunstancias arriba mencionadasla notificación llegue a la otra parte. Cuando el efecto del impedimento o hecho invocado sea temporal, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados consecuencias mencionadas se aplicarán solo mientras el impedimento invocado impida el cumplimiento por las mismas. La la parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las de sus obligaciones contractuales. Cuando el efecto del impedimento o hecho invocado sea temporal, deberá informar periódicamente las consecuencias mencionadas se aplicarán solo mientras el impedimento invocado impida el cumplimiento por la parte afectada de sus obligaciones contractuales. Cuando la duración del impedimento invocado tenga el efecto de privar sustancialmente a LAS PARTES de lo que razonablemente tenían derecho a esperar en virtud del contrato, cualquiera de las partes tendrá derecho a resolver el contrato mediante una notificación dirigida a la otra parte sobre con un preaviso razonable. Salvo acuerdo en contrario, LAS PARTES acuerdan expresamente que el estado en que está transcurriendo contrato podrá ser terminado por cualquiera de ellas si la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más duración del impedimento excede de seis ciento veinte (6120) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presentendías calendario.
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Samples: Servicio De Pago
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En Las partes no serán responsables ni se considera que han incurrido en incumplimiento de sus obligaciones, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistirconformidad con las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890. Éste caso fortuito o fuerza mayor, que impidan total o parcialmente en el cumplimiento por una u otra parte evento de las obligaciones contraídas por el presente contratopresentarse, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismasdeberá ser debidamente probado. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractualesllegare a alegar fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar estará obligada a comunicar por escrito a la otra partetales circunstancias, inmediatamente al surgimiento y a acompañando la terminación exposición de dichas condicioneslos motivos correspondientes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, notificación se presentará como máximo dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguientes a partir la ocurrencia de las posibles causas que las originaron. Asimismo, se acompañará a la fecha del comienzo mencionada comunicación todos los documentos de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde soporte debidamente legalizados que acrediten o justifiquen la fecha de tal aviso, la parte afectada demora ocasionada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando fortuito, manifestando el documento tiempo dentro del cual cumplirá su obligación. En caso de persistencia de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, causal de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito, la parte que alega tales hechos informará dicha circunstancia o circunstancias al ordenador del gasto, para que, si es procedente y de común acuerdo, se suspenda temporalmente la ejecución del contrato. Si estas circunstancias duran más las causas de seis fuerza mayor o caso fortuito, supera los sesenta (660) mesesdías calendario se podrá dar por terminado el contrato por medio de un acto administrativo de terminación, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato cual será debidamente notificado sin que haya lugar a las nuevas situaciones que se presentensanción alguna para la contraparte.
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Samples: Annex to Contract
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.las
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En EL CONTRATISTA no será responsable ni se considera que ha incurrido en incumplimiento de sus obligaciones por cualquier demora en la entrega de los elementos objeto del presente contrato a EL ICETEX, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas conformidad con la definición del artículo 64 del Código Civil subrogado por el presente contrato, el plazo artículo primero de cumplimiento la Ley 95 de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas1890. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá EL CONTRATISTA se obliga a notificar por escrito a EL ICETEX, las circunstancias que constituyen fuerza mayor o caso fortuito, acompañando la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación exposición de dichas condicionesmotivos correspondiente. Tal aviso deberá enviarse notificación se presentará a la otra parte por comunicación escritaEL ICETEX, dentro de los diez cinco (105) días calendario siguientes a partir la ocurrencia de las posibles causas de la fecha del comienzo de dicha circunstanciademora. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal avisoAsí mismo, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarloEL CONTRATISTA, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente acompañará a la otra parte sobre el estado en mencionada notificación todos los documentos de soporte que está transcurriendo acrediten o justifiquen la demora ocasionada por la fuerza mayor o el caso fortuito, manifestando el tiempo estimado dentro del cual cumplirá su obligación. Si estas En caso de persistencia de la causal, EL CONTRATISTA informará por escrito a EL ICETEX dicha circunstancia o circunstancias duran más cada quince (15) días calendario, hasta por un término máximo de seis treinta (630) mesesdías calendario, las partes deberán ponerse de acuerdo con vencido el fin de adecuar las condiciones cual, se procederá a la liquidación del contrato a de común acuerdo entre las nuevas situaciones que partes, para lo cual se presentenlevantará el acta respectiva, en el Manual de Contratación (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX No. 030 del 17 de septiembre de 2013).
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FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente 16.1 Ni el cumplimiento CLIENTE ni FLENDER tendrán responsabilidad alguna por una u otra parte el incumplimiento de las obligaciones contraídas que contraen, cuando tal incumplimiento total o parcial se produzca por el presente contratocausas o circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, el plazo calificadas de cumplimiento conformidad con la ley
16.2 Las penalidades o sanciones que eventualmente pudieran acordar ambas partes por incumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar no se aplicarán cuando la falta de cumplimiento se derive de un caso fortuito o fuerza mayor.
16.3 Las obligaciones afectadas por escrito un evento de caso fortuito o fuerza mayor quedarán suspendidas hasta la fecha en la que el evento de caso fortuito o fuerza mayor haya sido removido, sin responsabilidad de la parte a quien correspondía dar cumplimiento a dichas obligaciones.
16.4 Si ocurriera un evento de caso fortuito o fuerza mayor que (i) no fuera remediable; o (ii) no fuera remediado en un plazo de noventa (90) días calendarios consecutivos, cualquiera de las Partes estará facultada para resolver el contrato unilateralmente, bastando para ello el envío de una comunicación escrita a la otra parte. En tal caso, inmediatamente al surgimiento y ninguna de las partes tendrá obligación o responsabilidad alguna frente a la terminación otra, no correspondiendo reclamar indemnización o penalidad alguna, salvo por el derecho xx XXXXXXX de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse percibir los montos correspondientes a los conceptos previstos en la otra parte por comunicación escrita, dentro Cláusula 10.2 de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presentenCondiciones Generales.
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Samples: Condiciones Generales De Servicios
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en por un plazo término igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismascircunstancias. La parte contratante que resulte afectado afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al de manera inmediata, tanto el surgimiento y a como la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstanciacircunstancias. Dentro de un plazo no mayor de veinte xx xxxx (2010) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período periodo en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la situación de fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.
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Samples: Service Agreement
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Únicamente serán aceptados como constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor toda situación, hecho o acto imprevisto fuera del control del CONTRATANTE o de la EMPRESA, tales como la falta de obtención de las licencias y permisos de exportaciones relevantes en el país de producción de los equipos, terremotos, inundaciones, guerras, disturbios populares, guerracivil, tormentas climáticas, incendios y los demás que la ley contempla como tales, quedando cualquiera de las PARTES en la obligación de probar los hechos. En caso de surgir hechos imprevistos ocurrir cualquier situación o causa constitutiva de fuerza mayor o caso fortuito se notificara a la otra Parte de inmediato y por escrito todos los cuales no detalles de dicho incidente o cambio. Así mismo se pueda resistirnotificará cualquier otro cambio en las condiciones, o en el caso de ocur.rir cualquier evento que impidan total pudiera interferir, o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte amenazar con interferir la ejecución de las obligaciones contraídas por el presente este contrato, el plazo . El aviso incluirá los pasos propuestos a seguir incluyendo cualquier otro medio alternativo razonable para la ejecución de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos los servicios aquí pactados y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada estaba contemplado por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando fortuito. Al recibir el documento aviso requerido en esta cláusula se considerará esta acción, incluyendo el hecho de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente otorgar a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la agraviada una extensión de tiempo razonable para realizar sus obligaciones bajo los términos de este contrato. Los incumplimientos ocasionados por circunstancias de fuerza mayor y/o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones fortuito no se considerarán causales para la terminación anticipada del contrato a las nuevas situaciones que se presentencontrato.
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Samples: Contract for the Supply of Non Intrusive Inspection Services
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.estas
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Samples: Professional Services
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En Las partes no serán responsables ni se considera que han incurrido en incumplimiento de sus obligaciones, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistirconformidad con las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890. Éste caso fortuito o fuerza mayor, que impidan total o parcialmente en el cumplimiento por una u otra parte evento de las obligaciones contraídas por el presente contratopresentarse, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismasdeberá ser debidamente probado. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractualesllegare a alegar fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar estará obligada a comunicar por escrito a la otra partetales circunstancias, inmediatamente al surgimiento y a acompañando la terminación exposición de dichas condicioneslos motivos correspondientes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, notificación se presentará dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguientes a partir la ocurrencia de las posibles causas de la fecha del comienzo demora. Asimismo, se acompañará a la mencionada comunicación todos los documentos de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde soporte debidamente legalizados que acrediten o justifiquen la fecha de tal aviso, la parte afectada demora ocasionada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando fortuito, manifestando el documento tiempo dentro del cual cumplirá su obligación. En caso de persistencia de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, causal de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito, la parte que alega tales hechos informará dicha circunstancia o circunstancias cada quince (15) días calendario hasta por un término máximo de sesenta (60) días calendario: vencidos los cuales se podrá dar por terminado el contrato por medio de un acto administrativo de terminación, el cual será debidamente notificado sin que haya lugar a sanción alguna para la contraparte. Si estas Cuando las circunstancias duran más de seis fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas no excedieren de sesenta (660) mesesdías, se levantará un acta suscrita por las partes deberán ponerse de acuerdo contratantes con el fin de adecuar las condiciones suspender los términos del contrato a y desaparecida la causal de fuerza mayor o caso fortuito, se reiniciará la ejecución del contrato mediante acta suscrita entre las nuevas situaciones que se presentenpartes.
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Samples: Contrato De Compraventa
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en por un plazo término igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismascircunstancias. La parte contratante que resulte afectado afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al de manera inmediata, tanto el surgimiento y a como la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstanciacircunstancias. Dentro de un plazo no mayor de veinte xx xxxx (2010) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento, en cuyo caso no deberá realizarse la notificación aquí mencionada. Durante el período periodo en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar toma las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la situación de la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más , salvo cuando se trate de seis (6) meses, las partes deberán ponerse hechos notorios de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presentenpúblico conocimiento.
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FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En Las partes no serán responsables ni se considera que han incurrido en incumplimiento de sus obligaciones, si se presentaren durante su ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistirconformidad con las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890. Éste caso fortuito o fuerza mayor, que impidan total o parcialmente en el cumplimiento por una u otra parte evento de las obligaciones contraídas por el presente contratopresentarse, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismasdeberá ser debidamente probado. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractualesllegare a alegar fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar estará obligada a comunicar por escrito a la otra partetales circunstancias, inmediatamente al surgimiento y a acompañando la terminación exposición de dichas condicioneslos motivos correspondientes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, notificación se presentará como máximo dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguientes a partir la ocurrencia de las posibles causas que las originaron. Asimismo, se acompañará a la fecha del comienzo mencionada comunicación todos los documentos de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde soporte debidamente legalizados que acrediten o justifiquen la fecha de tal aviso, la parte afectada demora ocasionada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando fortuito, manifestando el documento tiempo dentro del cual cumplirá su obligación. En caso de persistencia de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, causal de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito, la parte que alega tales hechos informará dicha circunstancia o circunstancias al ordenador del gasto, para que si es procedente y de común acuerdo, se suspenda temporalmente la ejecución del contrato. Si estas circunstancias duran más las causas de seis fuerza mayor o caso fortuito , superna los sesenta (660) mesesdías calendario se podrá dar por terminado el contrato por medio de un acto administrativo de terminación, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato cual será debidamente notificado sin que haya lugar a las nuevas situaciones que se presentensanción alguna para la contraparte.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso LAS PARTES quedarán relevadas del cumplimiento de surgir hechos imprevistos sus obligaciones por circunstancias imprevisibles e irresistibles ajenas a los cuales no se pueda resistirellas, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte la ejecución de las obligaciones contraídas por el presente estipuladas en este contrato, el plazo quedando obligada la parte incursa en la circunstancia de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito fuerza mayor o caso fortuito a dar aviso a la otra parte, inmediatamente al surgimiento dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la terminación de dichas condicionessu ocurrencia y desde tal momento se suspenderán las obligaciones del contrato para ambas partes. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por entregará a la otra todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito y la documentación certificada que dicha parte pueda requerir. En caso de desaparecer tal circunstancia, LAS PARTES continuarán la ejecución de sus obligaciones en la forma estipulada anteriormente. Para efectos del presente contrato, constituyen eventos de fuerza mayor o caso fortuito entre otros, pero sin que se entienda que se están limitando, los siguientes acontecimientos: actos o acciones terroristas, sabotajes, guerra, insurrección civil, terremotos, vientos huracanados, avalanchas, deslizamientos de tierras, huelgas generalizadas o disputas de orden general que no tengan como origen una actividad culposa de LAS PARTES contratantes y, en general, cualquier otra circunstancia imprevista que se escapa al control de cualquiera de LAS PARTES y ante la cual sea imposible resistir. En todo caso quien alegue la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presentendemostrarlo.
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Samples: Contrato De Conexión
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En Las partes han convenido en considerar como fuerza mayor y caso fortuito la definición contenida en el articulo1315 del Código Civil peruano. Si cualquiera de surgir hechos imprevistos las partes contratantes estuviera temporalmente incapacitada debido a los cuales fuerza mayor o caso fortuito o, en general, por cualquier hecho no se pueda resistir, que impidan imputable a las partes para cumplir total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contratocontraídas, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse notificará a la otra parte por comunicación escritaescrito tal circunstancia, dentro tan pronto como sea posible, proporcionando todos los detalles del mismo. Producido el evento determinante de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento o, en general, por cualquier hecho no imputable a las partes, sea comunicado o no, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la autoridad competente parte afectada, así como la obligación de pago correspondiente, sólo por el periodo en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La la parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las se encuentre impedida de ejecutar sus obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a debiéndose actuar de modo que la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo causa o los efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible. Si la paralización de los servicios por fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) mesesfortuito o, en general, por cualquier hecho no imputable a las partes deberán ponerse subsistiese por un período mayor a sesenta (60) días calendario, OSITRAN o EL SUPERVISOR mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la continuación de acuerdo con los servicios reajustando los términos del Contrato de común acuerdo, mediante Acta de Acuerdo entre OSITRAN y el fin Representante de adecuar las condiciones EL SUPERVISOR. En cualquier caso de resolución del contrato Contrato, EL SUPERVISOR entregará a las nuevas situaciones OSITRAN bajo responsabilidad, toda la información y documentación que se presentenhaya obtenido como consecuencia de la prestación del servicio materia del presente Contrato.
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FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectado por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstancia. Dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.el
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Samples: Professional Services
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir, que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en por un plazo término igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismascircunstancias. La parte contratante que resulte afectado afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al de manera inmediata, tanto el surgimiento y a como la terminación de dichas condiciones. Tal aviso deberá enviarse a la otra parte por comunicación escrita, dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha del comienzo de dicha circunstanciacircunstancias. Dentro de un plazo no mayor de veinte xx xxxx (2010) días desde la fecha de tal aviso, la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente, excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento, en cuyo caso no deberá realizarse la notificación aquí mencionada. Durante el período en que persistan las circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo la situación de la fuerza mayor o el caso fortuito. Si estas circunstancias duran más de seis (6) meses, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.
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