GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.
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Samples: Contract for Health Services, Contract for Cleaning Services
GARANTÍA. De acuerdo La Garantía que la Compañía ofrece en relación con lo previsto sus productos (los “Productos”) tendrá validez y será exigible únicamente por el período que se menciona en el artículo 7º la tabla del “Anexo No. 2” de las presentes Condiciones Generales de Venta, dependiendo de la Ley 1150 línea de 2007Producto de que se trate (el “Periodo de Garantía”). En todo caso, el Periodo de Garantía comenzará a correr a partir de la fecha en que la Compañía reconozca en sus registros ya sea la entrega o el envío de los Productos, en concordancia con lo establecido en el TITULO III o desde las bodegas de la Compañía, según corresponda. En caso que dentro del Decreto 1082 Periodo de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a Garantía la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción Compañía reciba por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente Comprador una notificación respecto a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla un presunto defecto en los términosProductos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, la Compañía determina que efectivamente el HOSPITAL podrá declarar Producto no se adhiere a la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta garantía ofrecida para el mismo (una vez que el Comprador haya dado plena oportunidad a la Compañía para realizar pruebas de pago funcionamiento sobre el Producto de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara trate) , La Compañía podrá a su elección y exclusiva discreción ya sea reparar el cumplimiento del contratoProducto o bien reemplazarlo, sin cargo para el pago Comprador, excepto en las situaciones estipuladas en las "Exclusiones de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3Garantía". En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor la validez de la garantía estará condicionada a que el Producto se encuentre instalado y combinado correctamente con el equipo o las máquinas del Comprador, mantenido según lo especificado en el manual de mantenimiento proveído por la Compañía y funcionando correctamente, de acuerdo con las condiciones descritas en el catálogo o como se convenga de otra manera escrita entre la Compañía y el Comprador o sus clientes. La Compañía proporcionará, a su libre discreción, la reparación apropiada o el reemplazo del(los) Producto(s). Cabe señalar que para aquellos Productos que se encuentren instalados o integrados en equipos o máquinas del Comprador, la Compañía no reembolsará los costos de su desinstalación y posterior reinstalación, así como tampoco cualquier otro costo fortuito que se produzca, oportunidad pérdida o en daños fortuitos o consecuentes incurridos por el Comprador o sus clientes. En todos los casos que implique devolución por garantía, los cargos por transportación deberán ser pagados por el Comprador, en el entendido que para el caso de reparación la Compañía se reserva el derecho de exigir al Comprador que envíe a su xxxxx y por su cuenta el o los Productos sujetos de garantía a los centros de servicio o bodegas que la Compañía señala. Asimismo, el Comprador expresamente reconoce y acepta, que la Compañía no es responsable de daños, perjuicios, gastos o costos derivados, causados o que pudieren causarse por motivo o consecuencia del uso de los Productos objeto de garantía. Para mayor claridad, la responsabilidad de la Compañía en su caso, relativa a la garantía de los Productos se limita ya sea al remplazo o reparación de éstos a elección de la Compañía y en los términos y condiciones establecidos en el presente documento, en este sentido la Compañía por ningún motivo será responsable por gastos o daños consecuentes, ni por daños o pérdida de productos, posteriores a la entrega de los Productos al transportista encargado del envío de los mismos, a todo lo cual el Comprador expresamente renuncia. En caso de que el Comprador tenga alguna reclamación en contra del transportista, la Compañía ofrece al Cliente su cooperación hasta un punto comercialmente razonable para llegar a una solución respecto a la reclamación del Comprador al transportista, siempre y cuando este se haya visto reducido el Comprador así lo solicite por razón escrito a la Compañía. En caso de que el Comprador incumpla con cualquiera de las reclamaciones y/condiciones aquí estipuladas, o siniestros presentadosbien no permite que la Compañía inspeccione los defectos antes de repararlos, dentro o altera de los cinco (5) días calendario siguiente a cualquier forma el Producto, la notificación del acto que deje en firme Compañía queda completamente liberada de toda responsabilidad derivada de la sanción correspondiente. De igual maneragarantía, en cualquier evento en misma que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso considerará como sin efectos para todo propósito a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaque haya lugar.
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Samples: Condiciones Generales De Venta, Condiciones Generales De Venta
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007(a) El Garante, en concordancia con lo establecido este acto de manera solidaria, incondicional e irrevocable, garantiza al Beneficiario, como obligado principal y no meramente como fiador, el pago total, puntual y completo de cualesquiera cantidades que el Contratista deba pagar al Beneficiario en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor virtud del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como el cumplimiento puntual y oportuno de todas y cada una de las obligaciones del Contratista, de conformidad con el Contrato. Esta Garantía constituye una garantía de pago y de cumplimiento y no otorgarla meramente de cobranza, la cual deberá permanecer en los términospleno vigor y efecto hasta que todas las obligaciones del Contratista garantizadas por la misma, cuantías sean pagadas o cumplidas en su totalidad, sujeto a la cláusula 2 de esta Garantía. Hasta donde sea permitido por la ley aplicable estipulada en la Cláusula 5 de esta Garantía, el Garante renuncia a todas las excepciones o beneficios a que tenga derecho por ley o por cualquier otro medio, en su calidad de fiador o garante.
(b) La garantía de pago y duración establecidos cumplimiento dispuesta en esta cláusulaGarantía constituye una garantía continua, absoluta e incondicional y deberá aplicarse a todas las obligaciones en virtud del Contrato cuando éstas se originen. Sin limitar la generalidad de lo anterior, la garantía del Garante no será liberada, extinguida o de otra forma afectada por: (i) cualesquiera cambios en el nombre, actividades autorizadas, existencia legal, estructura, personal o propiedad directa o indirecta del Contratista; (ii) insolvencia, quiebra, reorganización o cualquier otro procedimiento similar que afecte al Contratista o a sus respectivos activos, o (iii) cualquier otro acto u omisión o retraso de cualquier tipo del Contratista, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima Beneficiario o revocatoria unilateral. cualquier otra persona.
(c) En la póliza deberá constar que medida permitida por la aseguradora renuncia al beneficio ley aplicable estipulada en la Cláusula 5 de excusiónesta Garantía, el Garante conviene que, sin la notificación y sin la necesidad de una confirmación, consentimiento o garantía adicional de su parte, las obligaciones del Contratista aquí garantizadas podrán ser en ocasiones, de conformidad con el Contrato, renovadas, ampliadas, incrementadas, aceleradas, modificadas, reformadas, transigidas, renunciadas, liberadas o rescindidas, todo lo anterior sin impedir o afectar la obligación del Garante conforme a esta Garantía. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara El Beneficiario no estará obligado a ejercitar recurso alguno contra el Contratista antes de tener el derecho a exigir el cumplimiento del contrato, o recibir el pago del Garante de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaobligaciones aquí garantizadas.
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GARANTÍA. De acuerdo con El Proveedor garantiza, durante un período mínimo de un (1) año (o un período mayor según lo previsto en ofrezca el artículo 7º 11. CESIÓN Y SUBCONTRATAS. El Proveedor no cederá la presente OC ni ningún derecho y obligación aquí recogido. Proveedor) a partir de la Ley 1150 fecha de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contratorecepción, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contratoProductos suministrados conforme al presente documento cumplirán totalmente las especificaciones y/o demás descripciones y que cuando se efectúe la entrega, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contratoserán nuevos, cuya vigencia será igual al plazo y de material y 12. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. El Proveedor cumplirá en todo momento a sus expensas todas las leyes vigentes, así ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministradosbuena calidad, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo libre de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1defectos. Si el CONTRATISTA Producto es de software, no contendrá virus ni código dañino y, si se negare basa en o como las ordenanzas, reglamentos, códigos, normativas y órdenes relacionados con el suministro de Productos o Servicios en el área genera datos que dependen de fechas, todos los cálculos realizados o la información facilitada serán precisos. Estas garantías donde hayan de ser entregados o prestados respectivamente; además, identificará y obtendrá los pertinentes permisos, certificados, sobrevivirán a constituir la garantíainspección, así como no otorgarla pruebas aceptación y pago y pasarán a NCR, sus sucesores, cesionarios y clientes. NCR puede licencias, seguros, autorizaciones e inspecciones para la ejecución de la presente OC. Cualquier disposición que sea necesario que optar, a su exclusivo juicio, por un reembolso, un crédito total o solicitar una corrección o sustitución inmediata de los productos forme parte de esta OC en virtud de cualquier ley, reglamento, normativa u orden queda incorporada por referencia. El Proveedor defectuosos o disconformes. La devolución al Proveedor de cualquier producto defectuoso o disconforme correrá por cuenta del conviene en presentar todos los términosinformes, cuantías certificaciones y duración establecidos demás documentos que se requieran. El Proveedor facilitará toda la Proveedor. Los productos corregidos o sustituidos estarán sujetos a esta garantía y a la Sección 4 anterior en esta cláusulala misma medida información relacionada con la manipulación correcta y segura de los Productos que requiera la ley. que los productos originalmente entregados con arreglo al presente Contrato. Si el Producto es para reventa, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.Proveedor
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Samples: Términos Y Condiciones De Compra, Términos Y Condiciones De Compra
GARANTÍA. De acuerdo El Vendedor garantiza que: (a) todos los Bienes entregados y los Servicios prestados en virtud de este documento deberán (i) cumplir exactamente con lo previsto la descripción establecida en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007las Condiciones Comerciales y las especificaciones, los diseños, las capacidades operativas y los dibujos del Comprador, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 su caso; (ii) estar libres de 2015cualquier gravamen, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro carga y derecho prendario; (iii) estar libres de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla defectos en los términos, cuantías materiales y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta mano de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas obra; (iv) ser comercializables y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso más alta calidad en proporción al nivel y la calidad especificados en el CONTRATISTA deberá restablecer el valor presente; (v) ser seguros y no estar sujetos a ningún defecto en virtud de este documento o en virtud de la garantía cuando ley, y (vi) ser aptos y suficientes en todos los aspectos para sus propósitos previstos, los cuales el Vendedor acepta; (b) los Bienes suministrados en virtud de este se haya visto reducido por razón documento no infringen ninguna patente, diseño, derecho de las reclamaciones y/autor, marca comercial u otro derecho de propiedad intelectual con respecto a su uso, venta, distribución, propiedad o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondienteotro tipo. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su términoPor medio de este documento, el CONTRATISTA deberá ampliar Vendedor cede al Comprador todas las garantías proporcionadas por cada fabricante o cada vendedor de productos incorporados en los Bienes y Servicios proporcionados por el valor Vendedor en virtud de este documento, pero tales garantías de terceros no anularán ni reemplazarán las obligaciones de garantía directa del Vendedor para con el Comprador en virtud de este Acuerdo, y el Comprador podrá hacer responsable al Vendedor de la garantía otorgada o ampliar su vigenciaprestación de dichas garantías. TODO INTENTO POR PARTE DEL VENDEDOR DE DESCONOCER, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000EXCLUIR, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaLIMITAR O MODIFICAR LAS GARANTÍAS NO TENDRÁ VIGOR NI EFECTO ALGUNOS.
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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra, Términos Y Condiciones Generales De Compra
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto 9.1 Los Entregables/Servicios o los Bienes de Producción, según corresponda en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007cada caso, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes responderán a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITcalidad acordada, conforme esta última hubiera sido prevista en los correspondientes contratos celebrados entre las Partes. 830.040.256-0 en una compañía El Contratista entregará/prestará o fabricará los Entregables/los Servicios o los Bienes de seguros Producción libres de cualesquiera faltas o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la defectos de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantíacalidad, así como no otorgarla de cualesquiera gravámenes que pudieran existir sobre el título de los mismos, y someterá los Bienes de Producción en dicho estado a KAUTEX para su aceptación. Asimismo el Contratista manifiesta y garantiza que los términosEntregables son aptos para los fines para los que han sido adquiridos, cuantías siempre que el Contratista tuviera constancia de tales fines. Igualmente los Entregables/Servicios o Bienes de Producción responderán a las últimas novedades técnicas y duración establecidos cumplirán cualesquiera disposiciones normativas que les fueran de aplicación, en esta cláusulaparticular en materia de salud y seguridad en el trabajo, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago incluyendo cualesquiera Directivas de la prima Unión Europea que fueran de aplicación.
9.2 Para el caso en que el Contratista incumpliera las obligaciones a su cargo previstas en la Cláusula 9.1 anterior, KAUTEX podrá exigir el cumplimiento específico, o revocatoria unilateralbien optar por cancelar o rescindir el contrato, o exigir una reducción de precio, o cualquier indemnización de daños y perjuicios o reembolso de gastos, que, en cada caso, proceda de conformidad con la legislación aplicable, con sujeción igualmente a cualesquiera plazos de prescripción igualmente aplicables.
9.3 En el caso particular de los Entregables, serán de aplicación las siguientes disposiciones: si el cumplimiento específico no fuera posible o no fuera razonable a efectos de reparar el daño sufrido por KAUTEX, o si el Contratista no procediera inmediatamente al cumplimiento de la obligación inicialmente incumplida, KAUTEX podrá cancelar el pedido en cuestión sin necesidad de previo aviso alguno al respecto así como devolver los Entregables al Contratista por cuenta y riesgo de este último, todo ello sin perjuicio de cualquier reclamación por cualesquiera daños y perjuicios sufridos que reconociera a KAUTEX la legislación aplicable.
9.4 En los supuestos previstos en la Cláusula 9.3, y en caso de urgencia, particularmente a los efectos de prevenir cualquier peligro inminente o evitar mayores daños, y siempre que no fuera posible informar al Contratista del defecto en cuestión y otorgar al mismo un plazo, aun breve, en el que subsanar el mismo, XXXXXX podrá optar por subsanar el defecto directamente por sí o a través de un tercero. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago caso de las multas obras, y para el caso en que hubiera cualquier defecto en la obra en cuestión, KAUTEX podrá, una vez finalizado cualquier plazo razonable que hubiera otorgado al Contratista a efectos de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso subsanar el CONTRATISTA deberá restablecer defecto observado y sin que dicho defecto hubiera sido efectivamente subsanado en dicho plazo, subsanar el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido defecto en cuestión directamente por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro sí y exigir el reembolso de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará gastos incurridos al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellarespecto.
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Samples: Fabricación, Suministro E Instalación De Bienes De Producción Y Compra De Bienes Para Fines Ajenos a La Producción Y Contratación De Servicios, Fabricación, Suministro E Instalación De Bienes De Producción Y Compra De Bienes Para Fines Ajenos a La Producción Y Contratación De Servicios
GARANTÍA. De acuerdo En caso de que las Partes lo acuerden mediante la firma del Anexo 7; con lo previsto fundamento en el artículo 7º los artículos 334, 335, 336, 336 Bis y demás aplicables de la Ley 1150 General de 2007Títulos y Operaciones de Crédito, el Acreditado constituye una prenda en efectivo a favor de la Financiera sobre una cantidad en pesos, moneda nacional, por la cantidad de $[ ], del Crédito que le es otorgado mediante la firma del presente Contrato, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, y en especial la de pago (la “Prenda”). Las Partes convienen que la celebración del presente Contrato constituye el reconocimiento de recibo de los bienes otorgados en prenda en términos del artículo 337 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. El Acreditado está de acuerdo que si por cualquier causa la cantidad entregada en garantía es mayor al del monto señalado en el párrafo anterior, la garantía prendaria se aumentará en dicha proporción. Con fundamento en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 336 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el Acreditado acuerda expresamente en este acto que la cantidad en pesos, moneda nacional otorgada en Prenda, se transfiera en propiedad a favor de la Financiera, para que en caso de incumplimiento del Acreditado a las obligaciones a su cargo conforme al presente Contrato, en concordancia especial la de pago, dicha cantidad otorgada en Prenda sea destinada de manera discrecional por la Financiera a pagar, hasta donde alcance, las cantidades que el Acreditado adeude en la fecha del incumplimiento. Si llegare a existir algún saldo al momento del incumplimiento que no alcance a ser cubierto con lo establecido en la Prenda, el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA Acreditado se obliga a constituir dentro pagar cualquier diferencia. La Prenda constituida en el presente Contrato permanecerá en pleno vigor hasta la fecha en que cada una de los cinco las obligaciones a cargo del Acreditado conforme al presente Contrato, sean íntegramente pagadas y/o cumplidas. Asimismo, en este acto el Acreditado reconoce y acepta que dada la naturaleza de la Prenda constituida en el presente Contrato, las cantidades en efectivo entregadas por el Acreditado en garantía, no generarán ningún tipo de interés en favor del Acreditado. Al término del presente Contrato y de la liquidación del saldo, la Financiera liberará al Acreditado de la Prenda. En caso de que el Acreditado se encuentre en cumplimiento de sus obligaciones conforme a lo señalado en el presente Contrato, con base en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 336 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la cantidad entregada como Prenda podrá ser, a elección de la Financiera, aplicada al saldo del Crédito para su liquidación. En caso de no aplicar la garantía a la liquidación del saldo en su totalidad, el monto de la Prenda le será devuelta al Acreditado en un término de [ ] (5[ ]) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses máshábiles, contados a partir del recibido a satisfacción finiquito por parte del supervisor Acreditado de todas sus obligaciones. En caso de que las Partes hayan acordado la constitución de la Prenda y el Acreditado no entregue a la Financiera el efectivo correspondiente a la Prenda en la fecha de firma del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución presente Contrato y del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusulaAnexo 7, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas Contrato no expirarán surtirá efectos y se dará por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de terminado sin responsabilidad alguna para las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaPartes.
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GARANTÍA. De acuerdo con La Arrendataria constituye una prenda de dinero en efectivo, en primer lugar y grado, a favor de la Arrendadora, hasta por el importe equivalente al porcentaje que se señala en cada de caso de Anexos A, respecto del Monto del Crédito (la “Garantía”), a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, en términos de lo previsto establecido en el artículo 7º los artículos 336 y 336 Bis de la Ley 1150 General de 2007Títulos y Operaciones de Crédito. La Garantía no podrá constituir un límite respecto de las responsabilidades que pudieren derivar a la la Arrendataria, por lo que, en concordancia con caso de que dichas responsabilidades o adeudos excediesen al importe de dicha Garantía, la Arrendadora se reserva el ejercicio de las acciones por la diferencia que en su caso resulte. La Garantía, se constituye para garantizar por el incumplimiento en el pago de:
(i) El Monto del Crédito;
(ii) Cualquier otro importe que la Arrendataria adeude a la Arrendadora conforme al presente Contrato; y
(iii) Los gastos y costas que se causen por cualquier interpelación notarial o judicial, honorarios de agencias de cobranza u otros procedimientos judiciales o extrajudiciales que, en su caso, sean iniciados por la Arrendadora en contra de la Arrendataria, para requerirles el cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. En caso de que la Garantía sea insuficiente para el pago de lo establecido anteriormente, la Arrendataria pagará a favor de la Arrendadora, los saldos insolutos que resulten a su cargo, en el TITULO III su caso la Arrendataria acepta y se obliga, a restituir la Garantía que sea aplicada como consecuencia del Decreto 1082 incumplimiento de 2015las obligaciones a su cargo, EL CONTRATISTA se obliga en un plazo no mayor a constituir dentro de los cinco 3 (5tres) días hábiles siguientes posteriores a la suscripción del contrato una garantía fecha en que la Arrendadora haya notificado a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 la Arrendataria el incumplimiento de pago y en una compañía consecuencia la aplicación de seguros o entidad bancaria legalmente constituida la Garantía en Colombialos términos antes mencionados La Garantía permanecerá vigente durante el tiempo que subsistan las obligaciones que, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor en términos del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente sean a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago cargo de la prima o revocatoria unilateralArrendataria. En La Garantía transmite la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento propiedad del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación dinero en efectivo en términos del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor segundo párrafo del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 336 de la Ley 610 General de 2000Títulos y Obligaciones de Crédito, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso por lo que la misma no generará, a favor de responsabilidad fiscalla Arrendataria, se vinculará al proceso a la compañía de segurosinterés, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal rendimiento o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaganancia alguna.
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Samples: Master Financial Lease Agreement
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto (a) Garantía del producto: El Vendedor le garantiza al Comprador que los Productos se entregarán sin defectos en el artículo 7º material o la mano de obra. Esta garantía comenzará con la entrega de los Productos y vencerá a los 12 meses de la Ley 1150 instalación/uso inicial de 2007los Productos o a los 18 meses de la entrega de estos, lo que ocurra primero ("Período de garantía"). Si los Productos no pueden entregarse a tiempo debido a motivos causados por el Comprador, el Período de garantía de 18 meses comenzará cuando los Productos estén listos para su despacho. Si durante el Período de garantía el Comprador descubre un defecto de material o mano de obra en concordancia con un Producto y se lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir notifica al Vendedor dentro de los cinco 10 días posteriores a tal descubrimiento, el Vendedor podrá, a su criterio, entregarle al Comprador una pieza de recambio, en los mismos términos en los que se realizó la entrega original, según el INCOTERM® acordado, o reparar el defecto. Toda reparación realizada o las partes de reemplazo entregadas de conformidad con esta garantía están garantizadas contra defectos de material y mano de obra durante un período de 12 meses a partir de la finalización de la reparación o la entrega del reemplazo, sin extensiones adicionales. El Vendedor no tendrá obligaciones de garantía para los Productos contemplados en el párrafo 4 (5a): (i) días hábiles siguientes si los Productos no se han usado de conformidad con las prácticas de la industria generalmente aprobadas y con las instrucciones escritas específicas del Vendedor; (ii) si los Productos se usan en conexión con una mezcla, sustancia o condición operativa que no sea aquella para la cual fueron diseñados; (iii) si los Productos son modificados o reparados por alguien que no sea el Vendedor; (iv) en caso de corrosión, erosión, desgaste normal o con respecto a partes que, por su naturaleza, están expuestas a desgaste severo o tienen una vida útil más corta.
(b) El Vendedor garantiza además al Comprador que, en el momento de la suscripción entrega, los Productos fabricados por él no tienen gravámenes. Si existieran gravámenes, el Vendedor hará que se cancelen oportunamente después de que el Comprador notifique su existencia.
(c) Garantía de servicios: El Vendedor garantiza al Comprador que los Servicios prestados no tendrán defectos de mano de obra y cumplirán con las especificaciones acordadas mutuamente. Si se incumple esta garantía dentro de un plazo de seis meses a partir de la fecha de finalización de los Servicios, siempre que el Vendedor reciba oportunamente una notificación por escrito, el Vendedor corregirá el incumplimiento como única obligación prestando nuevamente la porción defectuosa de los Servicios proporcionados. El Vendedor no garantiza la precisión ni los resultados de las conclusiones o recomendaciones provistas. Tampoco garantiza que el Servicio prestado cumplirá con los objetivos deseados.
(d) Garantía de software: Como proveedor de licencia, el Vendedor garantizará el cumplimiento de las especificaciones aplicables en el momento del contrato una garantía a favor suministro del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL software siempre y cuando este se use de conformidad con NIT. 830.040.256-0 los requisitos de instalación y las condiciones de uso aplicables, y siempre que se haya instalado en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada hardware suministrado y autorizado por el Ordenador Vendedor. Los productos de software de otros fabricantes (como Windows) estarán sujetos solo a las condiciones de garantía del Gastofabricante responsable. Todo error se corregirá, indicando como vigencia inicial la a discreción del Vendedor, suministrando nuevo software o modificando el software existente. Todo reclamo de suscripción garantía del contrato, que cubra Comprador con respecto al software se presentará dentro de los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses másdespués de la entrega; de allí en adelante, se prohibirá toda acción. bEl Vendedor no garantiza lo siguiente: (i) Calidad de que las funciones del software cumplen con los bienes suministradosrequisitos del Comprador, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6ii) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será que los programas seleccionados por el plazo Comprador son compatibles, (iii) que los programas funcionan sin interrupción ni fallas, o (iv) que los errores de ejecución software pueden eliminarse. Se excluye toda garantía de mal funcionamiento causada por virus de computadora. La garantía se excluirá si el software o los Equipos para los que el software se usa han sido modificados por el Comprador o un tercero sin el previo consentimiento escrito del contratoVendedor.
(e) LAS GARANTÍAS EXPRESAS QUE HACE EL VENDEDOR EN ESTE PÁRRAFO 4 SON LAS ÚNICAS QUE XXXX. PARÁGRAFO 1NO EXISTEN OTRAS GARANTÍAS ESTATUTARIAS, ORALES, EXPRESAS NI IMPLÍCITAS. Si EN PARTICULAR, NO HAY GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD O APTITUD PARA UN FIN EN PARTICULAR.
(f) Los recursos provistos en el CONTRATISTA se negare a constituir presente párrafo 4 son exclusivos del Comprador en caso de incumplimiento de la garantía. Toda información de desempeño mencionada en el Acuerdo, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas incluidos datos técnicos y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor diseño, son para información del Comprador solamente y no están sujetas a obligaciones de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellagarantía.
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GARANTÍA. De En caso de que se haya concedido al Licenciatario una Licencia comercial u hospitalaria, el Licenciante garantiza, en beneficio del Licenciatario solamente, que el Software funcionará sustancialmente de acuerdo con lo previsto las especificaciones operativas incluidas en la Documentación durante un periodo de noventa días desde la fecha de entrada en vigor del Contrato de licencia en virtud del cual se instaló el artículo 7º Software por primera vez (en adelante, el «Periodo de la Ley 1150 garantía»). No existirá Periodo de 2007garantía para las renovaciones subsiguientes cuando el Licenciatario decida renovar su Licencia anual o su Suscripción. En caso de que, en concordancia durante el Periodo de garantía, suceda que cualquier componente del Software no funcione de acuerdo con lo establecido en sus especificaciones, el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga Licenciatario podrá devolver al Licenciante el Material bajo licencia para que proceda a constituir dentro su sustitución o al reembolso de los cinco (5) días hábiles siguientes importes satisfechos en virtud del presente Contrato de licencia, a la suscripción discreción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITpropio Licenciatario. 830.040.256-0 El Licenciatario acepta que lo anterior constituye su único recurso exclusivo en una compañía caso de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción incumplimiento por parte del supervisor del Licenciante de las garantías otorgadas en virtud de este Contrato. C) Responsabilidad Civil ExtracontractualSin perjuicio de las garantías expresadas anteriormente, equivalente el Material bajo licencia —y, por ende, el Software que en él se incluye— se licencia «tal cual», por lo que el Licenciante declina cualesquiera garantías, ya sean estas explícitas o implícitas, incluidas, entre otras, las garantías implícitas de comerciabilidad o idoneidad para un uso específico. En el caso de Licencias educativas y de investigación, se garantiza que el Software funcionará sustancialmente de acuerdo con sus especificaciones durante un periodo de noventa días a XXXX SMMLV cuya vigencia será por partir de la fecha de entrega del Archivo de licencia (en lo sucesivo, el plazo «Periodo de ejecución garantía»). Durante el Periodo de garantía, las obligaciones del contratoLicenciante en virtud de dicha garantía serán hacer todo lo que esté a su alcance para corregir errores en el Software. PARÁGRAFO 1HASTA DONDE LO PERMITA LA LEGISLACIÓN VIGENTE, EL LICENCIANTE NO SE HACE RESPONSABLE DE NINGUNA GARANTÍA O CONDICIÓN EXPLÍCITA O IMPLÍCITA, INCLUIDAS, A TÍTULO MERAMENTE ENUNCIATIVO, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN DETERMINADO FIN, LA TITULARIDAD Y LA AUSENCIA DE INFRACCIONES O LA COMPATIBILIDAD CON PRODUCTOS DE TERCEROS. Si En el CONTRATISTA caso de las Licencias de evaluación temporales, el Software se negare a constituir la garantíadistribuye y se suministra «TAL CUAL», sin ningún tipo de garantía de ninguna naturaleza, ya sea explícita o implícita, incluidas, entre otras, cualesquiera garantías de comerciabilidad o idoneidad para un uso específico. El Licenciante no garantiza ni asegura el uso del Software, así como no otorgarla en tampoco los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente resultados que se ampara el cumplimiento derivan del contratouso del Software, el pago ni realiza ningún tipo de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje declaración en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad relación con lo dispuesto en anterior. El Licenciante no garantiza que el artículo 44 Software vaya a funcionar de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal modo ininterrumpido o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellasin errores.
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Samples: Software License Agreement
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto Además de las garantías previstas en la Orden de Compra, el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007Vendedor declara y garantiza al Comprador que: (a) los Bienes se ajustan estrictamente a las especificaciones, dibujos, instrucciones, anuncios, declaraciones en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015envases y etiquetas, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros descripciones y muestras suministradas o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada especificadas por el Ordenador del GastoComprador, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis su cliente o el Vendedor; (6) meses más. b) Calidad los Bienes y los materiales se encuentran libres de los bienes suministradosdefectos de mano de obra, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas serán nuevos y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso más alta calidad y los Bienes serán de calidad comercial; (c) los Bienes y materiales que componen los Bienes son originales en todos los aspectos; (d) el CONTRATISTA deberá restablecer Vendedor reconoce que conoce el valor uso que el Comprador pretende darle a los Bienes y que el Comprador confía en la habilidad y juicio del Vendedor para proporcionar Bienes que sean seguros, adecuados y que proporcionen la funcionalidad apropiada para el uso previsto del Comprador; (e) los Bienes no violan, y no se reclama que violen alguna patente, marca registrada, derecho de autor u otro derecho de propiedad intelectual y pueden ser importados adecuadamente a México o a cualquier otro país; (f) por lo que se refiere a los productos que se ordenen y envíen con marcas registradas, el uso de dichas marcas ha sido debidamente autorizado por el titular de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro marca y dichas marcas son válidas y originales; (g) el Vendedor tiene título válido y negociable respecto de los cinco Bienes y todos sus componentes, libre de derechos de garantía, gravámenes y limitaciones; y el Comprador recibirá el título de los Bienes los cuales están libres de cualquier gravamen, garantía o limitación; (5h) días calendario siguiente que el Vendedor subsanará, mediante reparación, reemplazo o de otra manera según sea necesario (pero sólo reemplazará los Bienes al recibir la orden anticipada del Comprador para hacerlo), cualquier incumplimiento de garantía que ocurra durante el período de garantía (ya sea debido a la notificación del acto defectos en los Bienes o debido o derivado de cualquier declaración en esta Sección de Garantía que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, sea falsa o engañosa en cualquier evento en que se aumente momento durante ese período de garantía); y (i) el período de garantía será de al menos 2 (dos) años, excepto que, si el Comprador ofrece una garantía más larga a sus clientes (o adicione usuarios finales de vehículos), aplicará el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaperiodo más largo.
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Samples: Purchase Agreement
GARANTÍA. De acuerdo (a) Equipo de cómputo (“hardware”): El Vendedor garantiza que el equipo de cómputo nuevo que sea suministrado de conformidad con lo previsto en el artículo 7º los presentes términos y condiciones, estará garantizado por defectos materiales, de mano de obra y de diseño, por un período de un (1) año, contado a partir de la Ley 1150 fecha de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada factura expedida por el Ordenador del GastoVendedor o sus distribuidores autorizados, indicando según sea el caso. Los Productos reparados o reemplazados como vigencia inicial la resultado de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo esta garantía estarán asimismo garantizados por un período de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad contados a partir de los bienes suministradosla fecha de embarque al Comprador o bien por el período restante de la garantía original correspondiente al Producto, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y si es que este último fuera superior a seis (6) meses másmeses.
(b) Programas de cómputo (“software”) y “firmware”: Salvo estipulación en contrario en la licencia del Vendedor o de un tercero, el Vendedor garantiza que los programas de cómputo (“software”) y “firmware” regulares que sean suministrados de conformidad con los presentes términos y condiciones, cuando sean usados con el equipo de cómputo (“hardware”) especificado por el Vendedor, funcionarán de conformidad con las especificaciones publicadas, preparadas, aprobadas y expedidas por el Vendedor, por un período de un (1) año contado a partir de la fecha de la factura expedida por el Vendedor o sus distribuidores autorizados, según sea el caso. El Vendedor no garantiza, ni tácita ni expresamente, que la operación del programa de cómputo (“software”) o “firmware” no será interrumpida o estará libre de errores, o que las funciones ahí contenidas satisfacerán el uso pretendido por, o los requisitos del Comprador.
(c) Productos reconstruidos, reparados e intercambiados no garantizados de fábrica: El Vendedor garantiza que los equipos de cómputo reconstruidos, intercambiados o reparados y no garantizados de fábrica, estarán libres de defectos de materiales y de mano de obra, por un período de un (1) año contado a partir de la fecha de la factura expedida por el Vendedor o sus distribuidores autorizados, según sea el caso. Los productos reparados o reemplazados como resultado de esta garantía estarán igualmente garantizados por un período de treinta (30) días contados a partir de la fecha de embarque al Comprador o bien por el período restante de la garantía original, en el supuesto en el que este último período fuera superior a treinta (30) días.
(d) Servicios: El Vendedor garantiza que los Productos relativos únicamente a servicios (v.g. entrenamiento, reparación, ingeniería y servicios de programación de aplicación personalizada) serán proporcionados por personal debidamente cualificado, que será contratado por el Vendedor.
(e) Productos que no estén contenidos en su empaque original (“Open Box”): El Vendedor garantiza que los productos relativos a equipo de cómputo (“hardware”) que no se hallen en su empaque original (“Open Box”), (v.g. devoluciones de clientes o distribuidores, productos reconstruidos o reacondicionados de fábrica, etc.) en relación a defectos de materiales y de mano de obra, por un período de noventa (90) días contados a partir de la fecha de la factura expedida por el Vendedor o sus distribuidores autorizados, según sea el caso. Los Productos que no estén en su empaque original (“Open Box”), mientras sean útiles podrán no reflejar la más reciente serie. Los Productos reparados o reemplazados como resultado de esta garantía, estarán igualmente garantizados por un período de treinta (30) días contados a partir de la fecha de embarque al Comprador, o bien por el período restante de la garantía original del recibido Producto, si este último es superior a satisfacción treinta (30) días.
(f) Especificaciones/Compatibilidad del Comprador: El Vendedor no garantiza, ni será responsable por diseños, materiales, criterios de construcción o bienes que sean proveídos o especificados por el Comprador (incluyendo aquellos que provengan de otros fabricantes o vendedores especificados por el Comprador). Cualquier garantía aplicable a dichos artículos especificados por el Comprador, será aplicable únicamente a la garantía expedida directa o indirectamente al Comprador por el fabricante original o vendedor. El Vendedor no garantiza la compatibilidad de sus Productos con los bienes de otros fabricantes o con la aplicación del Comprador, salvo lo establecido o expresamente declarado en las especificaciones publicadas o en referencias realizadas por escrito por el Vendedor.
(g) Materiales Reciclables: De conformidad con las pólizas y prácticas ambientales, el Vendedor se reserva el derecho a utilizar materiales reciclables en los procesos de fabricación, reparación y reconstrucción de sus productos (v.g. sujetadores, plásticos y similares) o de utilizar partes reconstruidas de similar funcionamiento a las nuevas, o componentes que puedan haber estado sujetos a uso incidental. De cualquier forma, dicho uso no afectará garantía alguna otorgada a los Productos o a las estadísticas de confiabilidad publicadas.
(h) Recursos disponibles: Los recursos disponibles bajo las garantías anteriormente descritas estarán limitados a opción del Vendedor, a la reparación, reemplazo o re-funcionamiento o modificación de, o al otorgamiento de crédito por el precio de compra, de los Productos involucrados, y donde sean aplicables, únicamente después de la devolución de tales Productos de conformidad con las instrucciones del Vendedor. Los Productos reemplazados podrán ser nuevos, remanufacturados, reconstruidos o reacondicionados a elección del Vendedor. La solicitud por parte del supervisor del Contrato. CComprador de una garantía de servicios (que consiste en tiempo, viajes y gastos relacionados con dichos servicios) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA y los gastos que se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago deriven de la prima misma serán a cargo del Comprador. Los recursos anteriormente mencionados serán los únicos recursos disponibles por cualquier vulneración de garantía o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar vulneración del contrato que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor ella surja.
(i) General: La satisfacción de la garantía cuando este se haya visto reducido estará disponible únicamente si (a) el Vendedor recibe notificación por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor escrito de la garantía otorgada reclamada y, (b) si del examen realizado por el Vendedor se desprende que cualquier defecto reclamado no ha sido causado por mal uso, negligencia, instalación inapropiada, operación, mantenimiento, reparación, alteración o ampliar su vigenciamodificación por persona distinta al Vendedor; accidente, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 deterioro o degradación inusual de la Ley 610 los Productos o partes de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos debido al ambiente físico o un ambiente de ruido eléctrico o electromagnético.
(j) LAS GARANTÍAS ARRIBA ESTABLECIDAS SE OTORGAN EN SUSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, YA SEAN TÁCITAS, EXPRESAS O ESTATUTUARIAS, INCLUYENDO GARANTÍAS TÁCITAS MERCANTILES O DE PROPIEDAD DE USO PERSONAL, O GARANTÍAS DE EJECUCIÓN O APLICACIÓN, HASTA DONDE LO PERMITA LA LEY APLICABLE. Los derechos otorgados bajo las garantías (sujetas a las limitaciones establecidas en los presentes términos y facultades condiciones) cubrirán también a los compradores del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto Comprador cuando los mismos sean distribuidores autorizados por el Vendedor de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellasus Productos.
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Samples: General Terms and Conditions of Sale
GARANTÍA. De acuerdo “Las Partes” manifiestan que el “VENDEDOR” previo a la firma del presente Contrato hizo del conocimiento al “COMPRADOR” del contenido de la garantía con que cuenta la “Motocicleta” nueva, misma que no podrá ser inferior a los términos que marca la ley, así como sus alcances y procedimientos para hacerla efectiva, por lo previsto que:
a) El “VENDEDOR” manifiesta que la “Motocicleta” nueva objeto de este Contrato cuenta con garantía expedida por el fabricante, ensamblador o importador, la cual contiene(i) nombre, denominación social y domicilio del “VENDEDOR”, (ii) datos de identificación de la “Motocicleta”, (iii) fecha de entrega de la “Motocicleta” al “COMPRADOR”, (iv) vigencia, cobertura y mecanismos para hacerla efectiva, datos de los establecimientos en la República Mexicana en los que se podrá hacer efectiva la garantía y (v) los datos de la póliza para hacer efectiva dicha garantía, así como el sello y firma del “VENDEDOR”, misma que se entregará al “COMPRADOR" cuando éste reciba la “Motocicleta” nueva.
b) El “VENDEDOR” informa sobre la cobertura de la garantía de la “Motocicleta” nueva objeto de este Contrato, que esta será proporcionada por todas las empresas autorizadas de la marca localizadas dentro de la Republica Mexicana en los términos que se establecen en el artículo 7º punto anterior, en el entendido que dentro del periodo y condiciones de la Ley 1150 garantía y siempre y cuando la motocicleta nueva presente alguna falla o descompostura que le impida su desplazamiento para su reparación, El “VENDEDOR” debe de 2007responder por el costo del traslado correspondiente.
c) El “VENDEDOR” deberá informar por escrito el tiempo estimado de la reparación de la “Motocicleta” nueva.
d) “Las partes” acuerdan que el “VENDEDOR” obligado a cumplir con la garantía, debe informar por escrito, independientemente del medio, al “COMPRADOR” sobre la procedencia o improcedencia de la reparación en un plazo no mayor a 10 días naturales. El “VENDEDOR”, en concordancia con caso de proceder la reparación, asumirá la obligación de remplazar cualquier pieza o componente sin costo adicional al “COMPRADOR”, así como la de costear los gastos inherentes al traslado de la “Motocicleta” nueva, cuando esta no pueda circular debido a una falla o descompostura, desde el lugar donde se encuentre al lugar determinado para su atención y reparación; en caso de no proceder la reparación el “VENDEDOR” informará por escrito al “COMPRADOR” precisando la causa de improcedencia, la que deberá ser originada por uso incorrecto de la “Motocicleta” nueva, contrario a lo establecido en el TITULO III manual del Decreto 1082 de 2015usuario.
e) “Las partes” manifiestan que el tiempo que transcurra desde el momento en que el “COMPRADOR” solicite la garantía hasta que le sea devuelta la “Motocicleta” nueva reparada, EL CONTRATISTA se obliga a constituir no será computado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía vigencia de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.
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Samples: Contrato De Adhesión
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en 8.1. Los Dispositivos adquiridos por el artículo 7º Usuario/Cliente a través de los Canales de Realización de Pedidos disponen de la Ley 1150 garantía legal de 200724 meses desde su entrega. En caso de falta de conformidad del Dispositivo, el Usuario/Cliente podrá ejercitar frente al fabricante del Dispositivo, en concordancia con lo establecido en las condiciones y plazos fijados para ello por la normativa española, el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes derecho a la suscripción reparación del contrato Dispositivo o a la sustitución del mismo, salvo que una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITde estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir Para ejercitar la garantía, así como no otorgarla en el Usuario/Cliente deberá entregar el Dispositivo (junto con todos sus accesorios), y poner a disposición la factura original de compra o justificante de entrega del Dispositivo. La reparación o sustitución del Dispositivo, una vez evaluada y aprobada si procede, conforme a los términos, cuantías y duración establecidos criterios que se indican en esta cláusulacláusula 8 se llevará a cabo en un plazo razonable de conformidad con la normativa aplicable.
8.2. Solo dispone de garantía el Dispositivo que haya sido adquirido a través de los Canales de Realización de Pedidos de DIGI de conformidad con estas Condiciones. Asimismo, salvo que se indique lo contrario, la garantía del Dispositivo es aquella legalmente exigida, y no incluye ninguna otra garantía o compromiso adicional. La reparación o sustitución por avería del Dispositivo o de cualquier pieza del mismo no implicará prórroga de la garantía.
8.3. La garantía no comprende los defectos que se produzcan por (i) manipulación indebida, uso inapropiado, negligencia, sobrecarga o abandono del Dispositivo, inestabilidad de corriente, subidas de tensión, activación o instalación defectuosa, o cualquier causa externa que no sean imputables a DIGI o al fabricante; (ii) daños ocasionados por caídas, golpes, ralladuras, torsiones, entrada de líquidos, humedad o cualquier alteración que evidencie un mal uso del Dispositivo ; (iii) daños causados por acciones atmosféricas o cualquier otra causa de fuerza mayor; (iv) reparaciones o arreglo del Dispositivo por personal no autorizado expresamente por DIGI o el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por fabricante; (v) falta de pago mantenimiento del Dispositivo , o bien que el mantenimiento del mismo se haya realizado de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago una forma incorrecta e inadecuada en contra de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido instrucciones otorgadas por razón de las reclamaciones DIGI y/o siniestros presentadosel fabricante del Dispositivo .
8.4. El Usuario/Cliente podrá encontrar más información sobre la garantía del fabricante del Dispositivo, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual maneray sobre como ejercitarla, en cualquier evento el certificado de garantía que acompañe al Dispositivo, y en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su términocaso, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 Sitio Web de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaDIGI.
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Samples: Condiciones De Venta a Distancia
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto En garantía del principal adeudado, intereses corrientes por todo el plazo xxx Xxxxxxxx, intereses moratorios en el artículo 7º su caso, primas de pólizas de seguros e intereses sobre las mismas, las costas procesales y personales de la Ley 1150 eventual ejecución y de 2007todas las demás obligaciones pecuniarias y no pecuniarias que el Deudor adquiere, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 éste otorga al Banco, la siguiente garantía: Prenda común de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía primer grado a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITBanco, sobre el vehículo , descrito en el capítulo primero de la presente escritura. 830.040.256-0 El vehículo otorgado en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada garantía responderá por el Ordenador monto xxx Xxxxxxxx, intereses, primas de seguros, comisiones y costas de una eventual ejecución. [Aplica para todos los casos excepto para sociedades: Manifiesta el compareciente [nombre de persona física que consiente en el gravamen] de calidades dichas y en su condición personal] [Aplica cuando el propietario es una sociedad: Manifiesta el compareciente [nombre del Gastorepresentante] de calidades dichas, indicando como vigencia inicial en nombre de [nombre de la sociedad] y debidamente autorizado pare este acto según consta en acuerdo de suscripción [indicar tipo de acuerdo] número [indicar número de acuerdo] celebrada el [indicar fecha de celebración del contratoacuerdo], protocolizado en escritura número [indicar número de escritura] otorgada ante el Notario Público [nombre xxx xxxxxxx] de fecha [indicar fecha de otorgamiento de la escritura] visible al folio [indicar número de folio] del tomo [indicar número de tomo] de dicho Notario Público, cuyo testimonio se deja anexo al archivo de referencias del suscrito notario] que cubra los siguientes amparosconsiente en el gravamen impuesto en esta escritura. [En caso de que aplique: a) Cumplimiento Fianza Solidaria: Comparece en este acto [indicar nombre del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo fiador] y manifiesta: que se constituye en fiador solidario de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será la obligación contraída por el plazo Deudor, haciendo al efecto las mismas renuncias y estipulaciones que éste y autorizando la concesión de ejecución prórrogas sin que se les consulte ni notifique. El fiador solidario renuncia en forma irrevocable a favor del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia Banco al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.]
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Samples: Not Specified
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto El PROVEEDOR para respaldar el cumplimiento del presente contrato de prestación de servicios, aplicarán las siguientes garantías:
I) Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, el PROVEEDOR deberá entregar una garantía que deberá constituirse mediante Póliza de Fianza o Cheque certificado a favor del INSTITUTO, por un valor igual al 10% (diez por ciento) del monto señalado en la Cláusula Tercera de este contrato antes del impuesto al valor agregado; la garantía correspondiente deberá ser entregada al INSTITUTO a través de la Subdirección de Servicios Generales, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma de este contrato.
II) Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, el PROVEEDOR deberá entregar una garantía que deberá constituirse mediante Póliza de Fianza o Cheque certificado a favor del INSTITUTO, equivalente al 100% (cien por ciento) del importe del anticipo otorgado, misma que se cancelará al quedar totalmente amortizado dicho anticipo en el artículo 7º ejercicio presupuestal correspondiente. La garantía correspondiente deberá ser entregada al INSTITUTO a través de la Ley 1150 Subdirección de 2007Servicios Generales, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha en concordancia con que el PROVEEDOR haya sido notificado del fallo en el cual se le adjudique este contrato
III) Para garantizar la obligación de responder de los defectos que resulten de los trabajos, vicios ocultos, o de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, previamente a la recepción de los trabajos el PROVEEDOR, a su elección, deberán constituir fianza por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Esta garantía se liberará una vez transcurridos doce meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción física de los trabajos, siempre que durante ese periodo no haya surgido una responsabilidad a cargo del PROVEEDOR. La fianza deberá ser expedida por una institución debidamente autorizada, a nombre del INSTITUTO, la cual deberá consignar lo establecido en el TITULO III artículo 103 del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 Reglamento de la Ley 610 de 2000Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso lo que de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.manera enunciativa comprenderá lo siguiente:
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en 8.1. Los Dispositivos adquiridos por el artículo 7º Usuario/Cliente a través de los Canales de Realización de Pedidos disponen de la Ley 1150 garantía legal de 200724 meses desde su entrega. En caso de falta de conformidad del Dispositivo, el Usuario/Cliente podrá ejercitar frente al fabricante del Dispositivo, en concordancia con lo establecido en las condiciones y plazos fijados para ello por la normativa española, el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes derecho a la suscripción reparación del contrato Dispositivo o a la sustitución del mismo, salvo que una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITde estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir Para ejercitar la garantía, así como no otorgarla en el Usuario/Cliente deberá entregar el Dispositivo (junto con todos sus accesorios), y poner a disposición la factura original de compra o justificante de entrega del Dispositivo. La reparación o sustitución del Dispositivo, una vez evaluada y aprobada si procede, conforme a los términos, cuantías y duración establecidos criterios que se indican en esta cláusulacláusula 8 se llevará a cabo en un plazo razonable de conformidad con la normativa aplicable.
8.2. Solo dispone de garantía el Dispositivo que haya sido adquirido a través de los Canales de Realización de Pedidos de DIGI de conformidad con estas Condiciones. Asimismo, salvo que se indique lo contrario, la garantía del Dispositivo es aquella legalmente exigida, y no incluye ninguna otra garantía o compromiso adicional. La reparación o sustitución por avería del Dispositivo o de cualquier pieza del mismo no implicará prórroga de la garantía.
8.3. La garantía no comprende los defectos que se produzcan por (i) manipulación indebida, uso inapropiado, negligencia, sobrecarga o abandono del Dispositivo, inestabilidad de corriente, subidas de tensión, activación o instalación defectuosa, o cualquier causa externa que no sean imputables a DIGI o al fabricante; (ii) daños ocasionados por caídas, golpes, ralladuras, torsiones, entrada de líquidos, humedad o cualquier alteración que evidencie un mal uso del Dispositivo ; (iii) daños causados por acciones atmosféricas o cualquier otra causa de fuerza mayor; (iv) reparaciones o arreglo del Dispositivo por personal no autorizado expresamente por DIGI o el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por fabricante; (v) falta de pago mantenimiento del Dispositivo , o bien que el mantenimiento del mismo se haya realizado de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago una forma incorrecta e inadecuada en contra de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido instrucciones otorgadas por razón de las reclamaciones DIGI y/o siniestros presentadosel fabricante del Dispositivo .
8.4. El Usuario/Cliente podrá encontrar más información sobre la garantía del fabricante del Dispositivo, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual maneray sobre como ejercitarla, en cualquier evento el certificado de garantía que acompañe al Dispositivo, y en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su términocaso, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 Sitio Web de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.DIGI.
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Samples: Condiciones De Venta a Distancia
GARANTÍA. De acuerdo El Garante incondicional e irrevocablemente:
(a) garantiza a [BBVA/los Acreditantes], el pago puntual y el cumplimiento en debido tiempo y forma por parte del Acreditado de las obligaciones de pago estipuladas en la Línea de Crédito en las fechas programadas sin dar efecto a aceleración o caducidad anticipada alguna (las “Obligaciones Garantizadas” o la “Obligación Garantizada”);
(b) se compromete con lo previsto en [BBVA/los Acreditantes] a pagar el artículo 7º de importe correspondiente a la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir Obligación Garantizada dentro de los treinta (30) días calendario de haber recibido una notificación por escrito a tal efecto de [BBVA/los Acreditantes], siempre que, [BBVA/los Acreditantes] acreditare al Garante simplemente haber cursado al Acreditado intimación al pago por escrito y notificada por medio fehaciente y éste no haya dado cumplimiento dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes Días Hábiles de recibida la misma, sin necesidad de hacer previa excusión de sus bienes, siendo además, a efectos de la ejecución tanto judicial como extrajudicial, que la cantidad neta a pagar por el Garante será el saldo que resulte de dicha notificación emitida por [BBVA/los Acreditantes];
(c) reconoce que, en caso de que el Convenio entre el Xxxxx de España y la República de Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Buenos Aires el 11 xx xxxxx de 2013, dejase de tener pleno vigor y efecto sobre la presente Garantía, todos los pagos que deba realizar bajo esta Garantía se deberán efectuar libres de impuestos, salvo que el Garante venga obligado a deducir o retener importes a cuenta de impuestos, en cuyo caso, tales pagos serán incrementados en un importe igual a aquél que fuera necesario para asegurar que, después de realizar la correspondiente deducción o retención, [BBVA/los Acreditantes] reciban un importe neto igual a la suscripción del contrato suma que hubiera recibido si no hubiera sido obligatorio efectuar la deducción o retención requerida.
(d) se compromete a no repetir contra el Acreditado hasta una garantía vez canceladas las Obligaciones Garantizadas a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITentera satisfacción de [BBVA/los Acreditantes]. 830.040.256-0 en una compañía En consecuencia, toda suma de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la dinero que será aprobada por eventualmente perciba el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción Garante por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente Acreditado en relación a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo la Línea de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones Crédito y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondientepresente Garantía (aunque fuera por vía de compensación), será inmediatamente puesta a disposición de [BBVA/los Acreditantes]. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.4 IF-2018-50564827-APN-SSRFI#MHA
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Samples: Guarantee Agreement
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º La empresa adjudicataria constituirá a favor de la Ley 1150 de 2007UTE LOS HORNILLOS dos garantías económicas, en concordancia forma de aval bancario, con lo establecido en reconocimiento notarial de firma, para el TITULO III del Decreto 1082 cumplimiento de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor las obligaciones derivadas del Contrato. C) Responsabilidad Civil ExtracontractualAlternativamente, equivalente en caso de que la empresa adjudicataria prefiera constituir un depósito a XXXX SMMLV cuya vigencia será favor de UTE LOS HORNILLOS, el aval bancario podrá ser sustituido por un depósito por el plazo mismo importe que el aval bancario, que será entregado a UTE LOS HORNILLOS en garantía de ejecución los pagos derivados del Contrato. La naturaleza del primero de estos depósitos será exclusivamente la de servir de garantía de un eventual incumplimiento de las obligaciones de pago por parte de la empresa adjudicataria con UTE LOS HORNILLOS reflejada en el Contrato, sin que puedan ser considerados, en ningún caso, como un pago anticipado de entrega de bienes o prestaciones de servicios futuros. UTE LOS HORNILLOS no podrá disponer, ni hacer suyas, las cantidades depositadas en garantía salvo en caso de incumplimiento de las obligaciones de pago por parte de la empresa adjudicataria, debiendo proceder, en cualquier otro caso, a su íntegra devolución a los dos meses de la finalización del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor El importe de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón determinará para todos y cada uno de los subproductos como dos meses y medio (2,5) del volumen de facturación previsto (según la tabla de previsiones del apartado 9) en función del precio adjudicado. La naturaleza del otro aval o depósito, será exclusivamente de servir de garantía de un eventual incumplimiento de las reclamaciones y/obligaciones de retirada del residuo por parte de la empresa adjudicataria en los plazos establecidos reflejados en el contrato, sin que puedan ser considerados, en ningún caso, como un pago anticipado de entrega de bienes o siniestros presentadosprestaciones de servicios futuros. En caso de sobrepasar el número xx xxxxxx de residuo almacenado para su retirada, dentro UTE LOS HORNILLS podrá ordenar la retirada del material a través de los cinco (5) días calendario siguiente a otros Gestores que puedan atenderla, y emitirá una factura por incumplimiento de obligaciones de retirada, que se cuantificará multiplicando la notificación cantidad por el diferencial de precio de venta del acto que deje residuo retirado. UTE LOS HORNILLOS no podrá disponer, ni hacer suyas, las cantidades depositadas en firme garantía, salvo en caso de impago de las facturas emitidas por incumplimiento de las obligaciones de retirada de la sanción correspondiente. De igual maneraempresa adjudicataria, debiendo proceder, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor otro caso, a su íntegra devolución a los dos meses de la finalización del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor contrato. El importe de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 se determinará mediante una cantidad fija para cada uno de los subproductos que será la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá siguiente: PAPEL/CARTÓN 12.000 € CHAPAJO 3.600 € BOTE FÉRRICO 15.000 € BOTE ALUMINIO 2.000 € BOTE ALUMINIO FRACCIÓN ORGÁNICA 1.000 € PEAD 4.000 € PEAD CAJAS 500 € PET 15.000 €
1.- DATOS DEL OFERTANTE (para todos los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.subproductos)
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GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. XXXXXXXXXXXX PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.
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Samples: Licitación Pública
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Este contrato ofrece una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses másse extiende durante días, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por de la fecha en que el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1candidato seleccionado inicia sus labores. Si durante este período, el CONTRATISTA candidato deja el puesto de manera voluntaria o es despedido por insuficiencia en su desempeño, la garantía entrará en vigencia. Una vez se negare a constituir activa la garantía, así como INTERFELL asume el compromiso de buscar y presentar al CLIENTE, un mínimo xx xxxx (10) candidatos sustitutos aptos dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días contados desde la notificación de la rescisión del contrato del candidato original. Si EL CLIENTE contrata a uno de estos candidatos, se entenderá que INTERFELL ha cumplido plenamente con su garantía. En caso de que INTERFELL cumpla con la presentación de los diez (10) candidatos aptos dentro del plazo establecido, pero EL CLIENTE opta por no otorgarla en contratar a ninguno, la garantía se considerará ejecutada, puesto que INTERFELL habrá satisfecho su responsabilidad de ofrecer alternativas viables. Si INTERFELL no logra presentar al menos diez (10) candidatos aptos dentro del período de sesenta (60) días, o si EL CLIENTE rechaza todos los términoscandidatos propuestos y no se logra un acuerdo de contratación, cuantías y duración las partes acordarán una medida comercialmente justa. Esta solución puede contemplar, pero no se limita a, un reembolso parcial de la suma abonada por EL CLIENTE para los servicios de reclutamiento, la cual no excederá el 50% del total pagado, o una extensión del período de reclutamiento para considerar más candidatos.. A pesar de las condiciones de garantía mencionadas anteriormente, el cobro de los honorarios establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas Cláusula V no expirarán por falta de pago está vinculado a la activación de la prima o revocatoria unilateralgarantía. En situaciones en las que EL CLIENTE haya seleccionado a un candidato y este haya comenzado a trabajar en la póliza deberá constar que empresa, INTERFELL tiene derecho a recibir los honorarios según lo establecido en la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contratoCláusula V, el pago de las multas y independientemente de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor activación de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón garantía. Si EL CLIENTE no ha cubierto los honorarios y decide terminar la contratación del candidato antes de las reclamaciones y/o siniestros presentadoscompletar el pago, dentro de INTERFELL conserva su derecho a recibir los cinco (5) días calendario siguiente honorarios adeudados y a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor ejecución de la garantía otorgada o ampliar su vigenciagarantía, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con conforme a lo dispuesto establecido en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellalas secciones previas.
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Samples: Recruitment Services Agreement
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto (insertar aquí cláusulas según las garantías aprobadas por el Banco, ver "cláusulas garantías"). XII) HONORARIOS Y GASTOS: Serán por cuenta del (la, los) (sociedad) Xxxxxx (a, es) y/o fiador(a, es) y codeudor(a, es) solidario(s) todos los gastos, tales como registrales ó impositivos, y los honorarios de este instrumento. Es entendido que todos los gastos en que el Banco tenga que incurrir, por causas imputables al El (la, los) (sociedad) Deudor (a, es) y/o fiador(a, es) y codeudor(a, es) solidario(s), serán asumidos por éstos, para efectos de inscripción y/o cancelación de las garantías reales que garanticen el presente crédito en el artículo 7º Registro de la Ley 1150 Propiedad Raíz e Hipotecas, Registro Social respectivo o Registro de 2007Comercio, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 tales como derechos de 2015registro, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro certificaciones extractadas o literales, nuevas anotaciones preventivas, cancelaciones de los cinco (5) días hábiles siguientes cualquier naturaleza, de conformidad a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 Ley de Procedimientos Uniformes para la Presentación, Trámite y Registro ó Depósito de Instrumentos en una compañía los Registros de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombiala Propiedad Raíz e Hipotecas, Social de Inmuebles, de Comercio y de Propiedad Intelectual y demás Leyes vigentes; quedando entendido que la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la anterior enumeración no es de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantíacarácter taxativa sino ejemplificativa, así como no otorgarla cualquier otro acto o gasto que se considere necesario para cumplir con el fin antes indicado, para lo cual El (la, los) (sociedad) Deudor (a, es) y/o fiador(a, es) y codeudor(a, es) solidario(s) autoriza (n) al Banco para que éste pueda cargar en la cuenta de depósitos especificada adelante en este instrumento , los gastos efectuados en tal concepto, lo cual acepta (n) El (la, los) (sociedad) Deudor (a, es) y/o fiador(a, es) y codeudor(a, es) solidario(s) previa y expresamente en éste acto, durante todo el plazo del presente crédito, en los términostérminos que más adelante se expresan. Así también, cuantías serán por cuenta de El (la, los) (sociedad) Deudor (a, es), los honorarios y duración establecidos en esta cláusulagastos para la cancelación de este instrumento, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad así como también los impuestos ó tributos de los documentos que deban otorgarse como consecuencia del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán crédito y cuantos otros hiciere el Banco en el cobro de esta deuda, inclusive las costas procesales y personales si hubiere condena judicial ó si El (la, los) (sociedad) Deudor (a, es) aceptare por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer escrito el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón dichas costas en caso llegare a un arreglo extrajudicial de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione pago con el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor Banco aún antes de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellasentencia definitiva.
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Samples: Préstamo Mercantil
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en 8.1. Los Dispositivos adquiridos por el artículo 7º Usuario/Cliente a través de los Canales de Realización de Pedidos disponen de la Ley 1150 garantía legal de 200724 meses desde su entrega. En caso de falta de conformidad del Dispositivo, el Usuario/Cliente podrá ejercitar frente al fabricante del Dispositivo, en concordancia con lo establecido en las condiciones y plazos fijados para ello por la normativa española, el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes derecho a la suscripción reparación del contrato Dispositivo o a la sustitución del mismo, salvo que una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITde estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir Para ejercitar la garantía, así como no otorgarla en el Usuario/Cliente deberá entregar el Dispositivo (junto con todos sus accesorios), y poner a disposición la factura original de compra o justificante de entrega del Dispositivo. La reparación o sustitución del Dispositivo, una vez evaluada y aprobada si procede, conforme a los términos, cuantías y duración establecidos criterios que se indican en esta cláusulacláusula 8 se llevará a cabo en un plazo razonable de conformidad con la normativa aplicable.
8.2. Solo dispone de garantía el Dispositivo que haya sido adquirido a través de los Canales de Realización de Pedidos de DIGI de conformidad con estas Condiciones. Asimismo, salvo que se indique lo contrario, la garantía del Dispositivo es aquella legalmente exigida, y no incluye ninguna otra garantía o compromiso adicional. La reparación o sustitución por avería del Dispositivo o de cualquier pieza del mismo no implicará prórroga de la garantía.
8.3. La garantía no comprende los defectos que se produzcan por (i) manipulación indebida, uso inapropiado, negligencia, sobrecarga o abandono del Dispositivo, inestabilidad de corriente, subidas de tensión, activación o instalación defectuosa, o cualquier causa externa que no sean imputables a DIGI o al fabricante; (ii) daños ocasionados por caídas, golpes, ralladuras, torsiones, entrada de líquidos, humedad o cualquier alteración que evidencie un mal uso del Dispositivo ; (iii) daños causados por acciones atmosféricas o cualquier otra causa de fuerza mayor; (iv) reparaciones o arreglo del Dispositivo por personal no autorizado expresamente por DIGI o el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por fabricante; (v) falta de pago mantenimiento del Dispositivo , o bien que el mantenimiento del mismo se haya realizado de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago una forma incorrecta e inadecuada en contra de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido instrucciones otorgadas por razón de las reclamaciones DIGI y/o siniestros presentadosel fabricante del Dispositivo .
8.4. El Usuario/Cliente podrá encontrar más información sobre la garantía del fabricante del Dispositivo, dentro y sobre como ejercitarla, en el certificado de garantía que acompañe al Dispositivo, y en su caso, en el Sitio Web de DIGI.
9.1. Sin perjuicio de las medidas que se exponen a continuación, el Usuario/Cliente se compromete a utilizar los Canales de Realización de Pedidos de manera correcta y diligente y de conformidad con la Ley, las presentes Condiciones de Venta a Distancia, la moral y buenas costumbres. No utilizará estos canales con fines ilícitos, fraudulentos, lesivos de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual maneraderechos e intereses de terceros o de DIGI, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaprohibidos.
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Samples: Condiciones De Venta a Distancia
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas de este convenio, el FUNCIONARIO a más de comprometer su responsabilidad personal deberá otorgar una Póliza de Garantía de Cumplimiento por una cuantía igual al cincuenta por ciento (50%) del monto total de los gastos que se ocasionen por causa de la comisión de estudios y de la beca otorgada y por un término igual al doble del tiempo que dure la comisión de estudios más un mes. El valor de la Póliza de Garantía de Cumplimiento en el artículo 7º presente Contrato, será de Trece Millones de Pesos ($ 13.000.000.oo). La póliza se hará efectiva en todo caso de incumplimiento del contrato por causas imputables al FUNCIONARIO, o cuando éste se retire del servicio antes del cumplimiento del término señalado en la cláusula tercera, mediante Resolución expedida por el Contralor General de la Ley 1150 República". Analizado el convenio de 2007contraprestación de servicios, en concordancia con lo establecido en nos complace indicarle el TITULO III del Decreto 1082 procedimiento que esa División de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro Cooperación Técnica debe seguir:
1° En los casos de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción incumplimiento por parte del supervisor funcionario del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractualconvenio, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será la Contraloría General deberá emitir un acto administrativo, debidamente motivado, declarando el incumplimiento del convenio por el plazo parte del señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir conformidad con lo señalado en la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago parte final de la prima o revocatoria unilateral. En la cláusula sexta que estipula: " La póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En hará efectiva en todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía incumplimiento del contrato por causas imputables al FUNCIONARIO, o cuando este se haya visto reducido retire del servicio antes del cumplimiento del término señalado en la cláusula tercera, mediante Resolución expedida por razón el Contralor General de las reclamaciones y/o siniestros presentadosla República".
2° En la resolución se deben consignar los recursos que proceden en contra de la misma, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual maneraademás se debe notificar, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor los términos señalados por los artículos 44 y 45 del contrato o se prorrogue su términoCódigo Contencioso Administrativo, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso interesado y a la compañía de seguros, en calidad que para nuestro caso es la Previsora S.A.
3° Una vez enterado el exfuncionario del acto administrativo que declara el incumplimiento del convenio, éste debe cancelar el valor del mismo, pero si no lo hace, la compañía de seguros lo debe cancelar.
4° Si la compañía ni el interesado cancelan, la Contraloría General puede hacer efectiva la póliza por jurisdicción coactiva, de acuerdo con la Ley 6 xx xxxxxxx civilmente responsablexxxxx 30 de 1992 y el artículo 112 del Decreto 2174 del 30 de diciembre de 1992, en cuya virtud tendrá concordancia con el numeral 4 del artículo 68 del Código Contencioso Administrativo, que prescribe: "Definición de las obligaciones a favor del Estado que presten mérito ejecutivo:0 4° Los contratos, las pólizas de seguros y las demás garantías que otorguen los mismos derechos contratistas a favor de entidades públicas que integraran título ejecutivo con el acto administrativo de liquidación final del contrato, o la resolución ejecutoriada que decretó la caducidad, o la terminación según el caso. Firma doctor XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX., Proyectó: doctora XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX.
1.1 El Fondo Mixto para la Promoción de la Cultura y facultades las Artes del principal implicadoGuanía es una persona jurídica, sin ánimo de lucro, de carácter privado, de la especie de las fundaciones, regido por las normas del derecho privado, conforme lo establecen sus estatutos. El patrimonio del Fondo según oficio calendado el 11 xx xxxxxx del año que avanza, suscrito por la doctora Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Gerente (E), está constituído así: Aportes de Colcultura: CIENTO CINCUENTA MILLONES ($ 150.000.000.oo) Aportes de Gobernación del Guanía: DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.oo) Aportes del Sector Privado: SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 600.000.oo) Total patrimonio: CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 160.600.000.oo) El Estado posee más del 50% del capital del Fondo. El Fondo, en materia de contratación, como el Estado posee más del 50% de su capital social, se debe regir por lo estipulado en la Ley 80 de 1993. La vinculación se surtirá mediante administración del Fondo está a cargo del gerente, quien es nombrado de terna que le presente el Consejo Departamental de Cultura del Guanía, a la comunicación del auto Junta Directiva de apertura del proceso al dicho Fondo. De conformidad con los estatutos, para efectos de la contratación, el representante legal (en éste caso es el gerente), tiene la calidad de servidor público. Así las cosas y estudiados los antecedentes que reposan en esta Oficina, pudimos observar que existe un contrato de prestación de servicios, suscrito entre el Fondo Mixto para la Promoción de la Cultura y las Artes del Guanía y el señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, cuyo objeto es que el señor Xxxxxx Xxxx asumiera la Gerencia del Fondo. En este orden de ideas, aún así, los estatutos del Fondo señalen que el Gerente del Fondo es su representante legal y por ende, se considera un servidor público, en el caso de estudio, no se le puede considerar un servidor público, porque la vinculación que éste tiene con el Fondo es la de un contrato de prestación de servicios según se aprecia en la fotocopia del contrato de prestación de servicios, número 002 del 17 de enero de 1997, suscrito entre el Fondo Mixto para la Promoción de la Cultura y las Artes del Guainía y el señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxx y en consecuencia, se le debe considerar como un contratista.
1.2 El artículo 128 de la Constitución Política de 1991 (antes 64 de la anterior Constitución), consagra una incompatibilidad que consiste en la prohibición de desempeñar simultáneamente más de un empleo público y de recibir más de una asignación que provenga xxx xxxxxx público o de empresas o instituciones en que tenga parte principal del Estado, además autoriza a la ley para fijar los casos en que no opera dicha prohibición. Tal incompatibilidad está redactada en los siguientes términos, de acuerdo con el artículo 18 del Tratado Normativo Constitucional. "Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga xxx xxxxxx público, o de empresas o de Instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, salvo los casos expresamente determinados por la ley. Entiéndese por tesoro público el de la nación, el de las entidades territoriales y el de las descentralizadas." La Constitución Política de 1991, amplió el campo de cobertura en relación a la Carta de 1886, al apoderado designado por ésteextender la definición xx xxxxxx público, con también al patrimonio correspondiente a las entidades descentralizadas. En desarrollo del artículo 128 de la indicación del motivo Codificación Superior, el Legislativo expidió la Ley 0x. xx xxxx 00 de procedencia 1992, estableciendo algunas excepciones al artículo 128, cuando estipula en el artículo 19 lo siguiente: "Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de aquellaun empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga xxx xxxxxx público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las siguientes asignaciones:
a. Las que reciban los profesores universitarios que se desempeñen como asesores de la Rama Legislativa.
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Samples: Ley 80 De 1993
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto (a) El Vendedor garantiza que, en el artículo 7º momento de su expedición desde las instalaciones del Vendedor, los Productos cumplen las especificaciones establecidas en las Fichas Técnicas de Producto del Vendedor. NO EXISTE NINGUNA GARANTÍA EXPRESA NI IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD, APTITUD O IDONEIDAD DEL PRODUCTO PARA NINGÚN FIN CONCRETO NI NINGUNA OTRA QUE TRASCIENDA LA DESCRIPCIÓN NI LAS ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO.
(b) La presente garantía es extendida en sustitución y con exclusión de todas las demás condiciones, garantías u otros compromisos contractuales expresos o implícitos se refieran a:
(i) el estado o la Ley 1150 calidad de 2007los productos;
(ii) la idoneidad para un fin concreto; o
(iii) su cumplimiento de cualquier descripción que pudieran nacer en virtud de cualquier ley consuetudinaria o escrita.
(c) Si se demuestra que el Producto no se ajusta a las especificaciones recogidas en las Fichas Técnicas de Producto del Vendedor, en concordancia con lo establecido este último, a su libre arbitrio, puede sustituirlo en el TITULO III del Decreto 1082 siguiente puerto conveniente para ambas partes donde se puedan entregar razonablemente suministros o reintegrar importes pagados por el Comprador por el Producto. El Comprador deberá aceptar dicha sustitución o reembolso como desagravio por cuantas reclamaciones tenga derecho a presentar por todos los defectos existentes.
(d) Ninguna de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes las Partes será responsable frente a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en ColombiaParte contraria, la que será aprobada ni por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contratoni en acto ilícito civil, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contratoni por negligencia, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción ni por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago incumplimiento de las multas y de la penal pecuniaria convenidasleyes, etc. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/pérdidas, daños, costes o siniestros presentados, dentro gastos de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento naturaleza en que se aumente incurra o adicione el valor del contrato que contraiga la Parte contraria y cuya naturaleza sea indirecta o se prorrogue su términoemergente, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor incluso, sin limitaciones, las pérdidas económicas u otras pérdidas de la garantía otorgada facturación, beneficios, negocio o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 fondo de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellacomercio.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
GARANTÍA. De acuerdo El Titular, de forma irrevocable, afecta los saldos a su favor existentes en todo momento en cualquier depósito de efectivo, a la vista o a plazo, de su titularidad individual, entre si o con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007terceros, en concordancia con lo establecido CaixaBank, S.A. (en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015adelante, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro “CaixaBank”), así como de los cinco valores de su titularidad, depositados en dicha entidad, al pago de las obligaciones vencidas, ordinaria o anticipadamente, y no satisfechas, derivadas de este/os Contrato/s xx Xxxxxxxx Mercantil y de Cuenta de Crédito suscrito/s. Para ello, el Titular autoriza expresa e irrevocablemente a CaixaBank para que: (5i) días hábiles siguientes facilite a TCF la suscripción del contrato una garantía información necesaria para identificar los depósitos y valores de su titularidad y conocer la situación de cada uno de ellos y (ii) pueda disponer, en su nombre, de dichos saldos, cuando se produzca el impago y por el importe de este, para imputar la cantidad obtenida al pago de las referidas obligaciones incumplidas, así como a TCF a realizar cuantas actuaciones sean necesarias con este fin y, en especial, para la comunicación de esta Condición General pactada a aquella (CaixaBank). A estos solos efectos, pues, el Titular autoriza expresamente a CaixaBank para que, previo requerimiento de TCF en este sentido, pueda identificar los saldos existentes, así como gestionar la transferencia a esta por orden suya y en su interés del/de los importe/s adeudado/s. De todos estos saldos a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 Titular existentes en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombiacada momento, la CaixaBank deberá transferir a TCF el importe que será aprobada por el Ordenador corresponda y que menos perjudique los intereses del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3Titular. En todo caso caso, esta afectación estará vigente (i) hasta el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón íntegro y exacto cumplimiento de las reclamaciones obligaciones asumidas por el Titular en el/los contrato/s de financiación incluidos en este documento suscrito/s y (ii) solamente se ejercitará sobre los depósitos y valores titularidad del Titular en CaixaBank en la medida que tenga facultad suficiente para disponer de los mismos. La adhesión o el voto favorable de TCF a un convenio concursal (de uno o de alguno de los Titulares, si fueren varios), cualquiera que fuese el contenido de tal convenio, incluso si implicase quitas y/o siniestros presentadosesperas, dentro hasta el máximo legal, no obstará, en modo alguno, a la plena e inalterada subsistencia de los cinco (5) días calendario siguiente derechos de aquella frente al/ a los Titular/es no concursado/s, el/los cual/ es consiente/n expresamente dicha adhesión o voto favorable y no podrán invocar la notificación aprobación y tampoco los efectos del acto que deje convenio en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor perjuicio de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaTCF.
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Samples: Préstamo Mercantil
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º El Vendedor garantiza que, durante un período de dos (2) años a partir de la Ley 1150 fecha de 2007entrega de un Producto al Comprador, dicho Producto estará libre de cualquier defecto de diseño, material y mano de obra, dicho Producto estará en concordancia conformidad con cualquier plano y especificación aplicable, y la titularidad de dichos Productos estará libre de gravámenes, cargas o cualquier hipoteca. El pago de los Productos no constituirá la aprobación o aceptación de los Productos o Servicios por parte del Comprador; el derecho de inspección del Comprador subsistirá después del pago. El Comprador se reserva el derecho a devolver, x xxxxx del Vendedor, cualquier Producto defectuoso o no conforme o cualquier envío recibido en contra de lo establecido dispuesto en la presente Orden. Si el TITULO III Comprador lo solicita, el Vendedor, a elección del Decreto 1082 Comprador, reembolsará el precio de 2015compra de los Productos, EL CONTRATISTA se obliga o corregirá o sustituirá, a constituir cargo del Vendedor, los Productos defectuosos o no c o n f o r m e s en un plazo xx xxxx (10) días tras la notificación del Comprador al Vendedor. Todos los costes relacionados con o resultantes de dichos Productos defectuosos o no conformes, incluyendo, sin limitación, los gastos de importación, el coste de transporte de los Productos del Comprador al Vendedor y el envío de vuelta al Comprador, correrán a cargo del Vendedor. Esta garantía continuará vigente para los Productos corregidos o sustituidos durante dos (2) años a partir de la fecha de entrega de los Productos corregidos o sustituidos al Comprador. Si el Vendedor no repara o sustituye el Producto dentro de los cinco plazos aquí establecidos, el Comprador podrá reparar o sustituir los Productos defectuosos o no conformes a cargo del Vendedor. Los Productos rechazados o no conformes no se considerarán entregados a tiempo a menos que los Productos corregidos o sustituidos se entreguen dentro del plazo de entrega aplicable a esta Orden. El Vendedor garantiza que (5i) días hábiles siguientes tanto él como todos los Subcontratistas prestarán todos los Servicios de f o r m a correcta y profesional, (ii) todos los Servicios, incluidos todos los materiales y equipos suministrados en virtud de la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 presente, cumplirán todos los requisitos y especificaciones identificados en una compañía esta Orden o proporcionados de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada otro modo al Vendedor por el Ordenador Comprador y todos los estándares industriales establecidos por quienes se dedican a un negocio similar al del GastoVendedor, indicando como vigencia inicial la y (iii) todos los Servicios estarán libres de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo defectos de ejecución del contrato cualquier tipo en materiales y seis (6) meses más. b) Calidad mano de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaobra.
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Samples: Condiciones Generales De Compra
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto 6.1 El Comprador se compromete a inspeccionar posibles vicios en la mercancía suministrada por el Vendedor inmediatamente tras su recepción.
6.2 Las pequeñas discrepancias en cuanto a calidad, color y diseño exterior no facultarán al Comprador a la reclamación por vicios.
6.3 Las reclamaciones por xxxxxx únicamente tendrán validez cuando se hagan valer ante el Vendedor sin demora tras la recepción de la mercancía en el artículo 7º lugar de destino acordado por contrato, a más tardar en el plazo de ochos días. Para el cumplimiento del plazo será determinante la recepción por el Vendedor de la Ley 1150 reclamación por escrito. En las reclamaciones por vicios se deberán indicar los vicios concretos según su naturaleza y su extensión. Para una reclamación por vicios válida será requisito previo otorgar al Vendedor la oportunidad suficiente de 2007inspeccionar la mercancía defectuosa.
6.4 En el caso de que la mercancía fuera defectuosa por una causa imputable al Vendedor, este último podrá, en concordancia con lo establecido un plazo razonable y según su criterio, repararla o sustituirla. El Comprador podrá solicitar el cambio cuando, en tres ocasiones, le haya dado al Vendedor la oportunidad de reparar o sustituir la mercancía durante el periodo de garantía. En cualquier caso, queda excluido el derecho a una reducción del precio por parte del Comprador.
6.5 Queda excluido cualquier otro derecho del Comprador, en concreto, el derecho a indemnización por daños materiales y personales, daños resultantes por vicios y beneficios perdidos siempre y cuando sea admisible por ley.
6.6 Quedan excluidos los derechos de garantía del Comprador en tanto que este último no indique sin demora y por escrito un vicio de una mercancía suministrada y aguarde la decisión del Vendedor. La garantía se extinguirá en el TITULO III del Decreto 1082 supuesto de 2015, EL CONTRATISTA se obliga que el Comprador o un tercero lleve a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cabo una intervención en la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombiamercancía suministrada, la utilice de forma inadecuada o la sobrecargue, también en el caso de que será aprobada se dañe la mercancía por influencia externa o se utilicen o se hayan utilizado accesorios o piezas ajenas. Esto se aplicará de forma análoga cuando se atribuya el vicio al hecho de que el Comprador o un tercero no ha cumplido las instrucciones de uso indicadas por el Ordenador del GastoVendedor.
6.7 Si no se llegara a un acuerdo amistoso con respecto al vicio reclamado, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra el Comprador deberá hacer valer judicialmente los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al derechos alegados por él en el plazo de ejecución 12 meses. El plazo comenzará en la fecha de la transmisión del riesgo.
6.8 Quedarán excluidos expresamente los derechos no permitidos expresamente en las presentes Condiciones de venta y suministro, en concreto, derechos por daños y perjuicios, por imposibilidad, demora, violación positiva de las obligaciones, deudas en el momento de celebración del contrato y seis (6) acción ilícita y cuando sea admisible por ley.
6.9 Hasta que transcurran 12 meses más. b) Calidad desde la fecha de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX transmisión del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por riesgo se presume que cualquier vicio emergente existía en el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago momento de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y entrega de la penal pecuniaria convenidasmercancía. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este No se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual maneraaplicará para piezas desgastadas, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su términoconcreto, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor pack de la garantía otorgada o ampliar su vigenciaacumuladores, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000Safety Cords, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscalORDERMAN-touch pen, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaetc.
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GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º Todo deudor de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III crédito hipotecario “Afiliado” o “Beneficiario del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga Fondo” está obligado a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía hipoteca a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 xxx XXXX en una compañía primer grado, abierta y sin límite de seguros cuantía, sobre el inmueble objeto de compra, construcción o entidad bancaria legalmente constituida en Colombiamejora, la que será aprobada otorgada por el Ordenador propietario del Gastoinmueble, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por sea el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones servidor público y/o siniestros presentadossu cónyuge o compañero(a) permanente. Esta hipoteca deberá constituirse sobre el ciento por ciento (100%) del inmueble y cubrirá el monto total de la deuda durante toda la vigencia del crédito; para estas modalidades de crédito sólo se permitirá la constitución de hipoteca en segundo grado a favor xxx XXXX cuando el primer grado haya sido o vaya a ser constituido a favor de una entidad financiadora de vivienda legalmente constituida y cumpla con los requisitos establecidos en la presente resolución. En los créditos para liberación de gravamen hipotecario el SENA aceptará la hipoteca en segundo grado a favor xxx XXXX, dentro hasta tanto se libere la de primer grado. Los créditos para vivienda que otorgue el SENA en todas sus modalidades serán garantizados también con un pagaré en blanco otorgado a favor xxx XXXX, firmado por el beneficiario del crédito hipotecario y un (1) aval que a juicio de la Entidad pueda garantizar la obligación, el cual podrá ser su cónyuge o compañero(a) permanente, junto con la carta de instrucciones debidamente firmada. Parágrafo. Para créditos individuales se entenderá por “vivienda de propiedad del afiliado(a)” aquella en la que él y su cónyuge o compañero(a) permanente, sea o se haga propietario del ciento por ciento (100%) del inmueble. Para los créditos conjuntos, ambos deben ser o hacerse propietarios del ciento por ciento (100%) del inmueble adquirido con el crédito. Tratándose de liberación de gravamen hipotecario el solicitante o uno de los cinco solicitantes, deberá ser propietario del ciento por ciento (5100%) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellavivienda.
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Samples: Reglamento Del Funcionamiento Del Fondo Nacional De Vivienda Del Sena
GARANTÍA. De acuerdo 19.1 A los efectos de garantizar el fiel cumplimiento del presente contrato y de todas las obligaciones aquí establecidas, la Beneficiaria otorga un vale a favor de ANII que la Beneficiaria suscribe conjuntamente con el presente (en adelante el “Vale”). El Vale tiene el capital, la fecha de vencimiento y la tasa de interés xx xxxx en blanco. El vale no devengará intereses compensatorios. Se acuerda expresamente que el incumplimiento de cualquier obligación por parte la Beneficiaria hará caducar los plazos de las demás obligaciones asumidas bajo el presente, aun las que se encontraran en plazo, haciendo exigible todo lo previsto adeudado por cualquier concepto relacionado con el presente a ANII. Ante el incumplimiento de este contrato, ANII efectuará el cobro, judicial o extrajudicial, del Vale completando los blancos conforme se establece a continuación: (a) el capital será el importe de la penalidad o penalidades que apliquen a los incumplimientos acaecidos de conformidad a la cláusula DECIMOSEXTO del contrato, así como cualquier importe por daños y perjuicios, es decir, el monto total que el Beneficiario adeude a ANII, al día siguiente en que la Beneficiaria incurra en cualquier incumplimiento de sus obligaciones bajo el artículo 7º presente; (b) la fecha de vencimiento será la fecha en que la Beneficiaria incurra en cualquier incumplimiento de sus obligaciones bajo el presente o el día siguiente a la Fecha Límite, la que ocurriere antes; y (c) la tasa de intereses moratorios se fijará en base al máximo legal permitido, entendida en este caso como que la tasa de interés implícita de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco No. 18.212 no podrá ser superior al 80% (5ochenta por ciento) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.tasas medias de
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Samples: Fondo Sectorial Hidrógeno Verde
GARANTÍA. De acuerdo El PROVEEDOR garantiza el correcto cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con la (registrar el tipo de garantía otorgada), a la orden de (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el siete por ciento (7%) del valor del Contrato que corresponde a (registrar el monto en forma numeral y literal). El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el PROVEEDOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento. Si se procediera a la recepción definitiva de los BIENES objeto de la adquisición, dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, se hará constar mediante el Acta de recepción definitiva, suscrita por ambas partes contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, por el 7% del monto total de contrato, cuantas veces lo previsto requiera la ENTIDAD por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El PROVEEDOR entregará a la ENTIDAD, una (registrar el tipo de garantía requerida en el artículo 7º Documento Base de Contratación), por el cien por cien (100%) del monto del anticipo solicitado por el PROVEEDOR que corresponde a (registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá exceder del 20% del monto total del contrato), con vigencia hasta la amortización total del anticipo, a la orden de (registrar el nombre o razón social de la Ley 1150 ENTIDAD). El PROVEEDOR, tiene la obligación de 2007mantener actualizada la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El importe de esta garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en concordancia con lo establecido caso de que el PROVEEDOR no invierta el mismo en la adquisición de los BIENES, dentro del plazo de (registrar en forma literal y numérica, el TITULO III del Decreto 1082 de 2015plazo que prevea al efecto la ENTIDAD). El PROVEEDOR, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro una (registrar el tipo de garantía requerida en el Documento Base de Contratación), a la orden de (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el (La Entidad deberá registrar el monto de la garantía, que no exceda el uno y medio por ciento (1.5%) del monto del contrato) que avalará el correcto funcionamiento y/o mantenimiento de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción BIENES objeto del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del presente contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya con una vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por La Entidad deberá registrar el plazo de ejecución vigencia de la garantía en literal y numeral que deberá exceder en treinta días el plazo de garantía de los bienes) computable a partir de la Recepción Definitiva de los bienes. El importe de esta garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que los bienes adquiridos por la entidad no presenten buen funcionamiento y/o el PROVEEDOR no hubiese efectuado el mantenimiento preventivo dentro del contrato. PARÁGRAFO 1plazo de vigencia de la garantía. Si el CONTRATISTA se negare a constituir dentro del plazo previsto por la garantía, así como no otorgarla en ENTIDAD los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad BIENES objeto del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas , no expirarán por falta de pago de presentasen fallas en su funcionamiento y tuvieran el mantenimiento adecuado, dicha garantía será devuelta una vez concluida la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor vigencia de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellabienes.
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Samples: Contratación Directa
GARANTÍA. De El Proveedor garantiza que ninguno de los productos o servicios tiene defectos materiales y representa de forma expresa que todos los productos o servicios requeridos tienen la capacidad de proveer o llevar a cabo la función para el que fueron diseñados o adquiridos. El Proveedor aceptar transferir todas las garantías del fabricante a ACDI/VOCA. Al punto que ACDI/VOCA es financieramente responsable de toda deficiencia en los servicios desarrollados por el Proveedor, el Proveedor acepta resolver dichas deficiencias exclusivamente x xxxxx suya. El Proveedor acepta proveer o entregar los productos o servicios que constituyen el objeto de esta Orden de Compra a ACDI/VOCA libre de todo derecho de retención, pretensión o gravamen. El Proveedor representa y garantiza a ACDI/VOCA que: (i) no tiene conflicto de interés en relación a los Servicios a desarrollar para ACDI/VOCA en esta Orden de Compra, (ii) no ha pactado ningún acuerdo ni firmado ningún documento con lo previsto personas u organizaciones que puedan prevenir (a) la divulgación o asignación de propiedad intelectual en productos o labores exclusivas para ACDI/VOCA, ni (b) el artículo 7º desempeño de ninguna obligación bajo esta Orden de Compra, (iii) no pactará ningún acuerdo ni firmará ningún documento que pueda generar conflictos de interés o que le evitará llevar a cabo de manera libre cualquier obligación incluida en esta Orden de Compra, y (iv) no incorporará a sabiendas información confidencial de ninguna persona o entidad que no haga parte de esta Orden de Compra en materiales provistos a ACDI/VOCA sin previa notificación escrita a ACDI/VOCA. El Proveedor continuará representando y proveyendo garantías a ACDI/VOCA de la Ley 1150 siguiente manera: (i) ninguna comisión ilegal, soborno, gratificación ni transferencia de 2007ningún artículo de valor será ofrecido, acordado, realizado ni pretendido realizar en concordancia aras o para el beneficio de ningún empleado ni representante de ACDI/VOCA a cambio o en relación a la concesión de esta Orden de Compra, (ii) el Proveedor no ha participado en manipulación de licitaciones ni otros acuerdos colusorios ni comportamientos similares con lo establecido en competidores actuales o posibles para esta Orden de Compra o con ninguna otra persona, cuyo comportamiento podría tener el TITULO III del Decreto 1082 efecto de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro reducir la competencia para la concesión de esta Orden de Compra o de aumentar los precios de los cinco Productos o Servicios a entregar, y (5iii) días hábiles siguientes todas las declaraciones de hecho relevante incluidas en cualquier propuesta, respuesta, certificado o cuestionario enviado por el Proveedor o alguno de sus representantes en relación a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía solicitud, concesión o negociación de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la esta Orden de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente Compra han sido honestas y lícitas al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo momento de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellarealizarse.
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Samples: Requerimiento De Propuesta (Rdp)
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contratoXXXXXXX. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella.
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Samples: Suministro De Insumos Odontológicos
GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º Cada proceso de selección pactado mediante la firma del correspondiente CONTRATO tiene un periodo de garantía de seis meses a contar desde la fecha de inicio de la Ley 1150 puesta a disposición del candidato finalista, salvo que en EL CONTRATO se establezca un periodo de 2007garantía distinto. En el caso de que la duración del periodo de garantía sea inferior a la duración de El CONTRATO, ésta quedará limitada a la duración de EL CONTRATO. Esta garantía consiste, en concordancia que si dentro del citado periodo finalizara de forma anticipada el contrato de puesta a disposición, sea por no considerarle apto el CLIENTE para el puesto para el que fue seleccionado, sea por instar su finalización el propio candidato, RANDSTAD repetirá el proceso de selección sin coste alguno para el CLIENTE, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones que se enumeran a continuación:
a) El CLIENTE deberá estar al corriente de pago de cualesquiera facturas emitidas por RANDSTAD o por cualquier otra empresa del GRUPO RANDSTAD (xxx.xxxxxxxx.xx)
b) La finalización del contrato a instancia del candidato no deberá ser consecuencia del incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las obligaciones que a éste correspondan legal o contractualmente. La garantía conlleva la repetición, por una sola vez, del proceso de selección. La garantía en ningún caso confiere al CLIENTE el derecho a que le sea devuelto el importe del precio pagado, sino única y exclusivamente a la repetición del proceso de selección en los términos aquí establecidos, ni la obligación de asumir por parte de RANDSTAD ningún coste más allá del implicito al proceso de selección realizados con los medios habituales de RANDSTAD. En el supuesto de que el trabajador puesto a disposición por RANDSTAD cause baja voluntaria por cualquier motivo, y/o se produzca la resolución-extinción de un contrato de puesta a disposición, en una fecha posterior a la finalización de la garantía, RANDSTAD comenzará un nuevo proceso de selección, por el cual facturará al CLIENTE, un nuevo coeficiente según lo establecido en el TITULO III del Decreto 1082 de 2015la TABLA DE COEFICIENTES DE NUEVA SELECCIÓN, determinado en EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaCONTRATO.
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GARANTÍA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 7º El adjudicatario acreditará haber constituido a disposición de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo establecido en el TITULO III GISPASA una garantía definitiva por importe del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles por ciento (%) del importe de la adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido. Esta garantía se constituirá por cualquiera de los medios previstos en los artículos 96 y 98 del TRLCSP, en las condiciones previstas en su artículo 97, con las siguientes a salvedades: • En efectivo o en valores de Deuda Pública: Se podrá constituir mediante el ingreso en la suscripción cuenta bancaria indicada por GISPASA de la cantidad correspondiente; su constitución se acreditará mediante un ejemplar del resguardo de la operación, en el que debe constar su objeto (“garantía del contrato una de ……..”). Las garantías consignadas en efectivo se constituirán en moneda nacional y no devengarán interés. • Mediante aval: El aval debe ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y pagadero al primer requerimiento de GISPASA El aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que GISPASA resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval. • Mediante contrato de seguro de caución: Se podrá constituir la garantía por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que se establecen en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de GISPASA, en los términos establecidos en la Ley. La garantía se acreditará mediante la entrega a favor GISPASA en sus oficinas centrales, del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NITresguardo expedido por esos órganos. 830.040.256-0 en una compañía La acreditación de seguros la constitución de la garantía definitiva no podrá hacerse mediante medios electrónicos, informáticos o entidad bancaria legalmente constituida en Colombiatelemáticos. Cuando se constituya mediante aval o seguro de caución, la garantía deberá ser autorizada por apoderados de la entidad avalista o aseguradora que será aprobada tengan poder suficiente para obligarla. Estos poderes deberán ser bastanteados previamente y por una sola vez por GISPASA. En el texto del aval o del certificado de seguro de caución se hará referencia al cumplimiento de este requisito, debiendo ser verificado por el Ordenador del Gastodepartamento jurídico de GISPASA previo a su presentación. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, indicando este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando, como vigencia inicial la consecuencia de suscripción una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que cubra guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. La garantía responderá de los siguientes amparosconceptos: a) Cumplimiento • De las penalidades impuestas al adjudicatario conforme al artículo 196. • De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a GISPASA por la demora del adjudicatario en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. • De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX de acuerdo con lo que en él o en esta Ley esté establecido. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla en los términos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, el HOSPITAL podrá declarar la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contratotrate, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3. En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones y/o siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente. De igual manera, en cualquier evento en hasta que se aumente o adicione el valor declare la resolución de éste sin culpa del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquellaadjudicatario.
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Samples: Mantenimiento De Puertas Automáticas Y Portones Automáticos
GARANTÍA. De acuerdo La Garantía que la Compañía ofrece en relación con lo previsto sus productos (los “Productos”) tendrá validez y será exigible únicamente por el período que se menciona en el artículo 7º la tabla del “Anexo No. 2” de las presentes Condiciones Generales de Venta, dependiendo de la Ley 1150 línea de 2007Producto de que se trate (el “Periodo de Garantía”). En todo caso, el Periodo de Garantía comenzará a correr a partir de la fecha en que la Compañía reconozca en sus registros ya sea la entrega o el envío de los Productos, en concordancia con lo establecido en el TITULO III o desde las bodegas de la Compañía, según corresponda. En caso que dentro del Decreto 1082 Periodo de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a Garantía la suscripción del contrato una garantía a favor del LA NACIÓN- HOSPITAL MILITAR CENTRAL con NIT. 830.040.256-0 en una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente constituida en Colombia, la que será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente al XXXXXXXXXXX del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados, equivalente al XXXXXXXXXXXXX del valor del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del recibido a satisfacción Compañía reciba por parte del supervisor del Contrato. C) Responsabilidad Civil Extracontractual, equivalente Comprador una notificación respecto a XXXX SMMLV cuya vigencia será por el plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía, así como no otorgarla un presunto defecto en los términosProductos, cuantías y duración establecidos en esta cláusula, la Compañía determina que efectivamente el HOSPITAL podrá declarar Producto no se adhiere a la caducidad del presente contrato. PARÁGRAFO 2. Las pólizas no expirarán por falta garantía ofrecida para el mismo (una vez que el Comprador haya dado plena oportunidad a la Compañía para realizar pruebas de pago funcionamiento sobre el Producto de la prima o revocatoria unilateral. En la póliza deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. PARÁGRAFO 3. En la póliza deberá constar expresamente que se ampara trate) , La Compañía podrá a su elección y exclusiva discreción ya sea reparar el cumplimiento del contratoProducto o bien reemplazarlo, sin cargo para el pago Comprador, excepto en las situaciones estipuladas en las "Exclusiones de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. PARÁGRAFO 3Garantía". En todo caso el CONTRATISTA deberá restablecer el valor la validez de la garantía estará condicionada a que el Producto se encuentre instalado y combinado correctamente con el equipo o las máquinas del Comprador, mantenido según lo especificado en el manual de mantenimiento proveído por la Compañía y funcionando correctamente, de acuerdo con las condiciones descritas en el catálogo o como se convenga de otra manera escrita entre la Compañía y el Comprador o sus clientes. La Compañía proporcionará, a su libre discreción, la reparación apropiada o el reemplazo del(los) Producto(s). Cabe señalar que para aquellos Productos que se encuentren instalados o integrados en equipos o máquinas del Comprador, la Compañía no reembolsará los costos de su desinstalación y posterior reinstalación, así como tampoco cualquier otro costo fortuito que se produzca, oportunidad pérdida o en daños fortuitos o consecuentes incurridos por el Comprador o sus clientes. En todos los casos que implique devolución por garantía, los cargos por transportación deberán ser pagados por el Comprador, en el entendido que para el caso de reparación la Compañía se reserva el derecho de exigir al Comprador que envíe a su xxxxx y por su cuenta el o los Productos sujetos de garantía a los centros de servicio o bodegas que la Compañía señala. Asimismo, el Comprador expresamente reconoce y acepta, que la Compañía no es responsable de daños, perjuicios, gastos o costos derivados, causados o que pudieren causarse por motivo o consecuencia del uso de los Productos objeto de garantía. Para mayor claridad, la responsabilidad de la Compañía en su caso, relativa a la garantía de los Productos se limita ya sea al remplazo o reparación de éstos a elección de la Compañía y en los términos y condiciones establecidos en el presente documento, en este sentido la Compañía por ningún motivo será responsable por gastos o daños consecuentes, ni por daños o pérdida de productos, posteriores a la entrega de los Productos al transportista encargado del envío de los mismos, a todo lo cual el Comprador expresamente renuncia. En caso de que el Comprador tenga alguna reclamación en contra del transportista, la Compañía ofrece al Cliente su cooperación hasta un punto comercialmente razonable para llegar a una solución respecto a la reclamación del Comprador al transportista, siempre y cuando este se haya visto reducido el Comprador así lo solicite por razón escrito a la Compañía. En caso de que el Comprador incumpla con cualquiera de las reclamaciones y/condiciones aquí estipuladas, o siniestros presentadosbien no permite que la Compañía inspeccione los defectos antes de repararlos, dentro o altera de los cinco (5) días calendario siguiente a cualquier forma el Producto, la notificación del acto que deje en firme Compañía queda completamente liberada de toda responsabilidad derivada de la sanción correspondiente. De igual maneragarantía, en cualquier evento en misma que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el CONTRATISTA deberá ampliar el valor considerará como sin efectos para todo propósito a que haya lugar. En caso de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, cuando con ocasión del presente contrato se origine un proceso de responsabilidad fiscal, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad xx xxxxxxx civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, existir algún problema con la indicación del motivo interpretación de procedencia las condiciones generales de aquellaventa, esto se solucionará mediante una conciliación, de no ser posible dicho arreglo se utilizará un arbitraje de consumo.
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Samples: Condiciones Generales De Venta