Gestión de Compras Cláusulas de Ejemplo

Gestión de Compras. En el periodo 2001–2004 los Centros deberán conseguir realizar el 80% de sus compras por procedimientos reglados. Para ello deberán plantear un plan de reducción de las distancias entre su posición a 31–12–2000 y el objetivo marcado, que en todo caso en el 2001 será de un 25%. En el ejercicio 2001, los presidentes de las mesas de contratación realizarán un segui- miento exhaustivo del funcionamiento de las mismas estableciendo los objetivos de opti- mización de la eficiencia y calidad de las actuaciones tanto del proceso de toma de deci- siones como de los subprocesos de información técnica que se requieran. La consecución de dichos objetivos se programará para el periodo 2001 a 2004. Con t r ato P r og r a m a de Di s t r i tos 2001–2004 • 2001 A partir del año 2001, el Servicio Andaluz de Salud no autorizará la publicación de expe- dientes de contratación que no se ajustan a la normativa específica de normalización en general y aplicación de Pliegos Tipos en aquellos expedientes en los que se disponga de ellos, salvo que se cuente con la autorización expresa de la Dirección General de Gestión Económica, emitida en virtud de la argumentación que se haga por los responsables de los Centros. Por el Servicio Andaluz de Salud se realizarán Contratos de Determinación de Tipo para el material fungible de uso en los Centros de su ámbito que represente un alto y frecuente consumo, considerable valor económico y sean de fácil descripción técnica. Dichos con- tratos representan la regulación de las condiciones técnicas y de calidad de los productos y la fijación los precios máximos a los que el SAS está dispuesto a adquirirlos. Esta regulación se realizará a través de Acuerdos y Contratos Marco para aquellos grupos de materiales cuya definición como tipo no sea necesaria al estar determinada por Organismos Nacionales o Internacionales de homologación. Tanto en unos casos como en otros, los Centros que hayan de adquirir productos inclui- dos en dichos Contratos lo harán sobre las ofertas seleccionadas en los mismos durante su periodo de vigencia. Las compras a realizar se llevarán a cabo por los centros median- te la tramitación de Procedimientos Negociados sin Publicidad. En el ejercicio 2001 se comunicarán todas las adjudicaciones que se realicen relativas a material fungible incluido el Catálogo del Servicio Andaluz de Salud, con expresión de pre- cios unitarios y proveedores adjudicatarios. Dicha comunicación se llevará a cabo por correo electrónico mediante el ...
Gestión de Compras. (MM-PUR)
Gestión de Compras. 1. El software deberá permitir el control y seguimiento integral de los distintos procesos de compras dentro de la entidad desde la solicitud hasta la recepciones de bienes y servicios
Gestión de Compras. Cuando lo determine el Director de Obra, y se solicite la adquisición de algún material necesario para realizar un trabajo específico que no esté previsto dentro del contexto de la Memoria el adjudicatario deberá suministrarlo cobrando por ello los siguientes porcentajes de recargo: * Compras menores de $ 1000 – 10 % * Compras entre $ 1000 y $ 2000 – 8 % * Compras mayores de $ 2000 – 6 % En este caso el Director de Obra podrá exigir la presentación de por lo menos dos ofertas del material a adquirir como también la factura correspondiente luego de la adquisición. ANCAP se reserva el derecho de pagar un precio justo por el suministro de considerarse el del adjudicatario demasiado alto. Este recargo se mide sobre el precio en el momento de la adquisición por lo que para incluir la compra en la facturación mensual deberá dividirse el precio más el recargo por el ajuste paramétrico vigente. Los precios de los materiales no serán afectados por el recargo descripto en el punto anterior. (ítem 27). El contratista entregará factura por los insumos adquiridos para los trabajos, a excepción del ítem 14, donde el insumo está incluido en el precio. Luego, en la factura del contratista se facturará el ítem 27 como pago por gestión de compra. ANCAP se reserva el derecho de verificar si los precios facturados por insumos son los xx xxxxxxx. Para ello podrá solicitar al adjudicatario la presentación de dos o más presupuestos de proveedores de los insumos. En caso de advertirse repetidas discrepancias en perjuicio de ANCAP, podrá rescindirse el contrato. En los ítems donde dice “desmontaje y sustitución”, se solicita cotizar la mano de obra. Los elementos sustituidos se proveerán y pagarán de acuerdo al ítem 27. El cableado de sensores en sala de máquinas incluye el cable, no la termocupla, cotizada por separado. Control total de equipos. A pedido de ANCAP, el contratista realizará un relevamiento de la totalidad de los equipos eléctricos. Este relevamiento consistirá en recorrer todos los equipos, comprobando en sitio su funcionamiento. Se deberán indicar los equipos cuyo funcionamiento presente anomalías visibles. Este trabajo debe terminarse con una planilla de informe que detalle qué equipos presentan una operación adecuada, y cuáles presentan desperfectos visibles. La medición de aislaciones de motores y generadores del buque no integra este trabajo, sino un ítem aparte. En principio, ANCAP solicitará que este trabajo se realice trimestralmente, pero esta frecuencia p...
Gestión de Compras. En este ítem se establece un monto fijo porcentualque se abonará por gestión de compra de suministros. Cuando lo determine el director de obra de ANCAP y se solicite la adquisición de algún material necesario para realizar un trabajo específico que no esté previsto dentro de los ítems de la Memoria, el adjudicatario deberá suministrarlo cobrando por ello los siguientes porcentajes de recargo: Hasta $ 5.000 se pagará el 10 % Mas de $ 5000 y hasta $ 15.000 se pagará el 8 % Más de $15.000 y hasta $ 30.000 se pagará el 5 % Más de $ 30.000 se pagará el 3% En caso de tratarse de varios suministros incluidos en una misma factura de un proveedor, o de varias facturas de un mismo proveedor con la misma fecha, este recargo se calculará sobre el monto total facturado, sin IVA. El contratista deberá presentar la copia de las facturas de la compra de los suministros. En caso de tratarse de compras en moneda extranjeras se pagará según la cotización interbancaria del Banco Central del Uruguay al día de la fecha de facturación de la empresa contratista. En este caso el director de obra de ANCAP podrá exigir la presentación de por lo menos dos ofertas del material a adquirir como también la factura correspondiente luego de la adquisición. ANCAP se reserva el derecho de pagar un precio justo por el suministro de considerarse el del adjudicatario demasiado alto. Este recargo se mide sobre el precio en el momento de la adquisición. Por tratarse de precios actualizados no se pagará ajuste paramétrico. No se aplicarán los recargos descriptos en el punto anterior (urgencias, emergencias o días feriados) en los precios por el suministro de los materiales. Con la facturación mensual se pagarán al Contratista los gastos por estos conceptos, los que serán facturados en forma separada.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.