LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN Cláusulas de Ejemplo

LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. La Compañía, hará el pago de la indemnización en sus oficinas en el curso de los 30 -treinta- días siguientes a la fecha en que haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación, así como la determinación de pérdidas en los términos de Procedimiento en Caso de Siniestro.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. LA ASEGURADORA HARÁ EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN EN LAS OFICINAS DEL ASEGURADO O EN CUALQUIER OTRO DOMICILIO CUANDO MEDIANTE ESCRITO EL ASEGURADO ASÍ LO SOLICITE, EN EL CURSO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE HAYA RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. GNP hará el pago de cualquier indemnización en sus oficinas, en el curso de los 30 días siguientes a la fecha en que haya recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación en los términos de la Cláusula “Procedimiento en caso de siniestro” de esta póliza.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. El licitante hará el pago de la indemnización en la Subgerencia de Presupuesto de Precios de Garantía y Administración de Riesgos, en el curso de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer o sustentar el fundamento de la reclamación presentada.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. Las indemnizaciones procedentes serán pagaderas al Asegurado o Beneficiario en el domicilio de la Compañía o vía transferencia electrónica en el curso de los 30 días siguientes a la fecha en que haya recibido todos los documentos e información solicitados por la Compañía y/o el ajustador que le permitan conocer el fundamento de la reclamación, en los términos de la “Cláusula 22.-Procedimiento en Caso de Siniestro”.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. 18 Cláusula 19. Competencia 18 Cláusula 20. Interés Moratorio 18 Cláusula 21. Comunicaciones 18 Cláusula 22. Prima 18
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. La “ASEGURADORA” hará el pago de la indemnización, en el domicilio que para tal fin señale el “ASEGURADO”, a través de la Dirección de Administración, en el curso de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que hayan recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación presentada.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. EL LICITANTE GANADOR HARÁ EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DE “LICONSA”, EN EL CURSO DE LOS TREINTA DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE HAYA RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE LE PERMITAN CONOCER O SUSTENTAR EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. La Compañía, hará el pago de cualquier Indemnización en sus oficinas en el curso de los 30 días siguientes a la fecha en que haya recibido la totalidad de los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación en los términos de la Cláusula de Procedimiento en Caso de Siniestro pactada en esta Póliza.
LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN. LA COMPAÑÍA HARÁ EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN DE CADA SINIESTRO, EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, O DONDE EL MISMO SEÑALE.