MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. Los pagos que realice el Cliente deberán acreditarse de acuerdo al medio de pago que el Cliente utilice, conforme a lo siguiente: I. Si es en efectivo: Se acreditará el mismo día. II. Si es en cheque: A. Del Banco, se acreditará el mismo día.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. Los pagos que realice EL CLIENTE se aplicarán de acuerdo con el medio de pago utilizado de conformidad con la tabla siguiente: Medios de pago: Fechas de acreditamiento del pago:
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. “LA ACREDITADA” podrá efectuar los pagos del CRÉDITO y sus accesorios en efectivo, cheques y órdenes de transferencia de fondos, en el entendido de que: (i) los cheques podrán ser librados por “LA ACREDITADA” o por un tercero, incluyendo aquellos que hayan sido expedidos a cargo de otra institución de crédito, en el entendido de que se entenderán recibidos por “LA ACREDITANTE” invariablemente “salvo buen cobro”; y (ii) las órdenes de transferencia de fondos podrán ser enviadas a solicitud de “LA ACREDITADA” o por un tercero y la emisora podrá ser otra institución de crédito. Lo anterior, siempre y cuando quienes libren los cheques o soliciten las órdenes de transferencia de fondos respectivos, tengan en las cuentas que correspondan recursos suficientes. Los pagos que realice “LA ACREDITADA” de conformidad con lo establecido en el presente Contrato se acreditarán de acuerdo al medio de pago que utilice, de la siguiente manera: a) Si el pago se realiza en efectivo en días y horas hábiles, se acreditará el mismo día; b) Si el pago se realiza con cheque en donde “LA ACREDITANTE” sea librada se acreditará el mismo día, y si es de otro Banco depositado antes de las 16:00 dieciséis horas, se acreditará a más tardar el Día Hábil siguiente y después de las 16:00 dieciséis horas, se acreditará a más tardar el segundo Día Hábil siguiente, en ambos casos, siempre que hubiera fondos suficientes; c) Si el pago se realiza a través del servicio de domiciliación, se acreditará en la fecha señalada para el pago del CRÉDITO que corresponda; d) Si el pago se realiza a través de transferencias electrónicas de fondos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), se acreditará el mismo día si es a través de “LA ACREDITANTE” y si es a través de otro banco, se acreditará a más tardar el Día Hábil siguiente. En caso de que “LA ACREDITADA” convenga con “LA ACREDITANTE” que el pago de este Crédito se realice mediante el servicio de domiciliación, “LA ACREDITADA” deberá otorgar su autorización en los formatos y conforme el procedimiento que establezca el Banco de México mediante disposiciones de carácter general. Dicha autorización subsistirá hasta en tanto “LA ACREDITADA” no solicite la cancelación del servicio, la cual podrá solicitar en cualquier momento y sin ningún costo a su cargo. La cancelación surtirá efectos en el plazo que establezca el Banco de México mediante disposiciones de Carácter General.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. Los pagos que el CLIENTE realice respecto de las disposiciones del crédito, serán acreditados conforme al medio de pago que se utilice de la siguiente manera: a) En el caso de efectivo, el pago se acreditará el mismo día en que se realice dicho pago. b) Tratándose de cheques de INVEX, el pago de que se trate se acreditará el mismo día en que se realice dicho pago. En el caso de cheques a cargo de otra institución de crédito distinta a INVEX, el pago se acreditará el día hábil siguiente bancario de que se realice el mismo, siempre y cuando éste se haya recibido antes de las 16:00 horas del día en que se realice el pago, de lo contrario el pago se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario. c) En el caso de domiciliación, el pago que se realice conforme a las instrucciones del CLIENTE. d) Tratándose de transferencias electrónicas de fondos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios, el pago se acreditará el mismo día siempre y cuando el pago se realice a través de INVEX, y a más tardar el día hábil bancario siguiente si el pago se realice a través de otra institución de crédito.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. INVEX aceptará como medios de pago del principal, intereses y Comisiones del crédito por parte del CLIENTE los siguientes; efectivo, cheques salvo buen cobro, órdenes de transferencias de fondos y domiciliaciones interbancarias. Los pagos que el CLIENTE realice respecto de las disposiciones del crédito serán acreditados conforme al medio de pago que se utilice de la siguiente manera: a) En el caso de efectivo, el pago se acreditará el mismo día en que se realice dicho pago. b) Cheques: i) Si el cheque es a cargo de INVEX, se acreditará el mismo día en que lo reciba. ii) Si el cheque es a cargo de otra Institución de Crédito, se acreditará a más tardar el Día Hábil siguiente si el pago se hace antes de las 16:00 horas, o a más tardar el segundo Día Hábil siguiente si el pago se hace después de las 16:00 horas.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. El Banco acreditará los pagos que realice el Cliente de acuerdo al medio de pago que utilice, conforme a lo siguiente: I. En efectivo, el mismo día. II. Mediante cheque del Banco, el mismo día. III. Mediante cheque de otro banco presentado antes de las 16:00 horas, a más tardar el Día Hábil siguiente. IV. Mediante cheque de otro banco presentado después de las 16:00 horas, a más tardar el segundo Día Hábil siguiente. V. Por Domiciliación, cuando el cliente lo solicite en los formatos que el Banco le proporcione para tal efecto, se acreditará en la fecha en que el Banco acuerde con el Cliente o en la Fecha Límite de Pago de la Tarjeta de Crédito. En ambos casos, el Banco retendrá el monto del pago domiciliado de la cuenta de depósito de dinero a la vista a cargo del Banco y que el Cliente hubiese señalado para dicho efecto, el Día Hábil inmediato anterior a la fecha acordada o a la Fecha Límite de Pago, para su respectiva aplicación en términos de lo señalado en el presente numeral.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. 23 DÉCIMA NOVENA.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. Los pagos que realice el Acreditado se aplicarán de acuerdo con el medio de pago utilizado de conformidad con la tabla siguiente: MEDIOS DE PAGO: FECHAS DE ACREDITAMIENTO DEL PAGO: Efectivo: [*] Cheque: [*] Domiciliación/Cargo directo a cuenta: [*] Transferencias electrónicas de fondos: [*]
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. Los pagos que el CLIENTE realice respecto de las disposiciones del crédito serán acreditados conforme al medio de pago que se utilice de la siguiente manera: a) En el caso de efectivo, el pago se acreditará el mismo día en que se realice dicho pago. b) Tratándose de cheques de INVEX, el pago de que se trate se acreditará el mismo día en que se realice dicho pago. En el caso de cheques a cargo de otra institución de crédito distinta a INVEX, el pago se acreditará el día hábil siguiente bancario de que se realice el mismo, siempre y cuando éste se haya recibido antes de las 16:00 horas del día en que se realice el pago, de lo contrario el pago se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario. c) En el caso de domiciliación, cuando el CLIENTE lo solicite en los formatos que INVEX le proporcione para tales efectos, se acreditará de la siguiente manera: i. En la fecha en que INVEX acuerde con el CLIENTE, o; ii. En la Fecha Límite de Pago del Número de Cuenta. d) Tratándose de transferencias electrónicas de fondos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), el pago se acreditará el mismo día siempre y cuando el pago se realice a través de INVEX, y a más tardar el día hábil bancario siguiente si el pago se realice a través de otra institución de crédito.
MEDIOS DE PAGO Y FECHAS DE ACREDITAMIENTO. Los pagos que realice “EL CLIENTE” se aplicarán de acuerdo con el medio de pago utilizado de conformidad con la tabla siguiente: Efectivo Se acreditará el mismo día. Cheque a) De “EL BANCO” se acreditará el mismo día. b) De otro banco, depositado antes de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente; y después de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente. Domiciliación Se acreditará: a) En la fecha que se acuerde con “EL CLIENTE”, o b) En la fecha límite de pago.