Naturaleza de las condiciones pactadas Cláusulas de Ejemplo

Naturaleza de las condiciones pactadas. Las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo constituyen un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente.
Naturaleza de las condiciones pactadas. Las condiciones pactadas cons- tituyen un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.
Naturaleza de las condiciones pactadas. Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, será considerado en su totalidad.
Naturaleza de las condiciones pactadas. Las mejores condiciones que vengan disfrutando los trabajadores afectados por el presente Convenio, podrán ser absorbidas por los beneficios que el mismo concede, pero subsistirán las condiciones más beneficiosas que ahora existen en lo que rebase a lo acordado en el Convenio. Se respetarán las situaciones personales que globalmente sean del pacto en su contenido económico, manteniéndose estrictamente «ad personam».
Naturaleza de las condiciones pactadas. Artículo 6º Inviolabilidad de la persona del trabajador Artículo 7º Publicación del Convenio.
Naturaleza de las condiciones pactadas. Las condiciones pactadas constituyen un todo or- gánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.
Naturaleza de las condiciones pactadas. Las condiciones pactadas en el presente Convenio Colectivo constituyen un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica serán consideraras globalmente. En consecuencia, si la jurisdicción social declarase nulo en su actual redacción algunos de los pactos del mismo, quedará nulo y sin valor ni efecto en su totalidad este Convenio Colectivo, comprometiéndose ambas partes a renegociarlo de nuevo.
Naturaleza de las condiciones pactadas. Las condiciones pactadas en el presente Convenio, forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación y práctica serán consideradas globalmente. El Convenio Colectivo ha sido negociado al amparo del artículo 84.1 y 84.2 del Estatuto de los Trabajadores y articula la negociación colectiva para el sector de Cueros, Repujados, Marroquinería y Similares a través de la estructura negociadora siguiente:
Naturaleza de las condiciones pactadas. Artículo 4. Vinculación a la totalidad.-
Naturaleza de las condiciones pactadas. —El presente Convenio Colectivo forma un todo orgánico e indivisible quedando nulo en su totalidad si la autoridad competente en esta materia no lo aprobara íntegramente, o un órgano judicial declarase que algún aspecto del convenio no se ajustase a derecho. Si tal circunstancia ocurre, la Comisión Negociadora estará obligada a renegociarlo en su totalidad.