PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES Cláusulas de Ejemplo

PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Al finalizar cada año calendario y en caso de que se generen utilidades en la administración de este seguro por concepto de experiencia siniestral favorable, el Instituto podrá reconocer un porcentaje por participación de utilidad a los Clientes Estratégicos asegurados, mediante pago en efectivo o rebajo en las primas del siguiente período, según se indique en las Condiciones Particulares. Este reconocimiento opera de la siguiente forma:
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Al finalizar cada año póliza y en caso de que se generen utilidades en la administración de este seguro por experiencia siniestral favorable, el Instituto podrá reconocer un porcentaje por participación de utilidades a los Clientes Estratégicos asegurados, que tengan suscrita la modalidad Colectiva No Contributiva, mediante pago en efectivo o rebajo en las primas del siguiente período, según se indique en la Cláusula Participación de Utilidades de las Condiciones Particulares. La participación no se otorga si el seguro se apega a la Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del INFOCOOP No.4179. Esta liquidación se calculará al final del año póliza respectivo, de la siguiente forma:
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Al finalizar cada año calendario, el Instituto podrá reconocer un porcentaje por participación de utilidades a los clientes estratégicos asegurados que tengan suscritas pólizas de flotilla con un número mínimo xx xxxx (10) riesgos asegurados, los cuales generen utilidades en la administración de este seguro. Este reconocimiento se puede otorgar mediante pago en efectivo o por rebajo de las primas del siguiente período, según se haya establecido en las Condiciones Particulares de la póliza. La participación de utilidades opera de la siguiente forma:
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Al finalizar cada año calendario y en caso de que se generen utilidades en la administración de esta póliza por experiencia siniestral favorable, el Instituto podrá reconocer a los Clientes Estratégicos asegurados, mediante pago en efectivo o rebajo en las primas del siguiente período según se indique en las Condiciones Particulares. Este reconocimiento opera de la siguiente forma:
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Al finalizar cada año póliza y en caso de que se generen utilidades en la administración de este seguro por experiencia siniestral favorable, el Instituto podrá reconocer una participación de utilidades a los Clientes Estratégicos que tengan suscrita la modalidad Colectiva No Contributiva, mediante pago en efectivo o rebajo en las primas del siguiente período según se indique en las Condiciones Particulares. Esta liquidación se calculará al final del año póliza respectivo, de la siguiente forma:
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Anualmente se calculará la utilidad generada por el ramo y ésta se repartirá a los rentistas, siempre y cuando el resultado sea positivo, en caso contrario se llevará al rubro “pérdidas acumuladas de períodos anteriores” correspondiente al siguiente período. Cuando el resultado es positivo se aplicará la fórmula actuarial y la metodología establecida en la nota técnica del producto. El rentista participará, al término de cada ejercicio fiscal, de la utilidad neta distribuible que obtenga Positiva de los planes de pensiones xx Xxxxx Xxxxxxxxx; la participación en las utilidades se hará en proporción a la contribución de esta póliza a dicha utilidad y será devengada por el rentista al final del período siguiente a la fecha de su cálculo.
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. En el caso de la modalidad no-contributiva la Compañía podrá reconocer al Tomador un porcentaje sobre la utilidad de la póliza de ser aplicable lo que se estipule en las Condiciones Particulares de esta póliza.
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Esta póliza no tiene derecho a participación de utilidades.
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Primas menos gastos operativos (40%) menos siniestros pagados y reservados el resultado entre dos.
PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. (Si el Plan cuenta con esta opción y deberá de estar especificado expresamente en la documentación contractual) El Contratante y el Asegurado en la medida de su contribución, podrán participar siempre que se estipule en la Carátula de la Póliza, desde el primer aniversario de esta Póliza, de las utilidades de La Latinoamericana derivadas de la siniestralidad favorable en las Pólizas de Seguro de Accidentes Personales Colectivo, mediante la siguiente opción: La participación de las utilidades se determinan como un porcentaje de la prima neta de riesgo menos los siniestros ocurridos en el periodo de cálculo, tomando como base las primas devengadas en el periodo de cálculo. La base de cálculo es la cartera total de La Latinoamericana que haya estado vigente en el periodo