PERFILES PROFESIONALES Cláusulas de Ejemplo

PERFILES PROFESIONALES. El Equipo multidisciplinario requerido para este trabajo debe cumplir el siguiente perfil profesional y experiencia: Especialista Social Licenciada/o en Trabajo Social, Sociología, Gestión Social y afines Por lo menos 5 años de experiencia específica en proyectos de desarrollo comunitario en agua y saneamiento en comunidades rurales. Especialista en Educación Sanitaria Licenciada/o en Pedagogía, Saneamiento ambiental, Psicología Educativa y afines. Por lo menos 5 años de experiencia específica en procesos de capacitación en proyectos de desarrollo comunitario en agua y saneamiento en comunidades rurales.
PERFILES PROFESIONALES. De acuerdo con los objetivos establecidos en el presente pliego, se ha estimado una posible composición de equipo de trabajo para llevar a cabo su realización, sobre la cual el ofertante debe apoyarse para la elaboración de su oferta, pudiendo realizar las modificaciones sobre esta estimación que considere oportunas de forma motivada. También se incluyen unas tablas con las habilidades y cualificaciones requeridas para los componentes del equipo de trabajo. Jefe de Proyecto 120 Arquitecto de Alfresco 320 A continuación se especifican, para los perfiles profesionales arriba indicados, los conocimientos específicos y cualificaciones que van asociados a los citados recursos. A continuación se especifican, para los perfiles profesionales arriba indicados, los conocimientos específicos y cualificaciones que van asociados a los citados recursos. Desempeñará las siguientes funciones: Responder del equipo de trabajo ante el Director Técnico. Supervisar los trabajos realizados por el equipo de trabajo. Asegurar los conocimientos del equipo de trabajo y dar soporte. Elaborar actas de reunión e informes de gestión y seguimiento. Organizar el trabajo y la disponibilidad de los técnicos. Garantizar el cumplimiento de las metodologías establecidas y del plan de calidad del servicio. Conocimientos y cualificaciones requeridas: Titulación universitaria. 5 años mínimo de experiencia en proyectos TIC. 5 años mínimo de experiencia en dirección de equipos de trabajo de desarrollo software. 5 años mínimo de experiencia en elaboración de especificaciones de requisitos mediante técnicas que involucren a los usuarios. Experiencia en el uso de herramientas de gestión y planificación (p. ej.: Microsoft Project). Conocimientos y cualificaciones valorables: Formación en gestión y dirección de equipos de trabajo y proyectos, acreditable mediante certificaciones personales vigentes y adecuadas al perfil. Experiencia en proyectos con Alfresco. Desempeñará las siguientes funciones: Realizar el diseño funcional de la arquitectura. Instalar y configurar Alfresco en los diferentes entornos. Elaborar informes de pruebas, rendimiento, etc. de las instalaciones. Documentar la instalación. Conocimientos y cualificaciones requeridas: Titulación en formación profesional de grado superior o universitaria. 5 años mínimo de experiencia en proyectos TIC. 3 años mínimo de experiencia en diseño de arquitectura de Alfresco. Certificación Alfresco Certified Engineer. Conocimientos y cualificaciones valor...
PERFILES PROFESIONALES. 4.2.1 Jefe de Proyecto
PERFILES PROFESIONALES. Los miembros del equipo de trabajo propuesto por el licitador deberán cumplir los siguientes requisitos de titulación, formación y experiencia mínimos: El jefe de proyecto debe de tener el conocimiento técnico y la experiencia profesional suficientes en metodologías de gestión y prestación de servicios de soporte, gestión de grupos humanos y administración de proyectos, para dirigir de manera eficaz a los miembros del equipo de trabajo y establecer la adecuada relación con el personal técnico y directivo del CSN. Deberá de cumplir los siguientes requisitos mínimos: - Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero Superior, Grado o Ingeniero Técnico en tecnologías de la información. - Formación avanzada en sistemas operativos de servidor (Windows, Linux), correo electrónico, sistemas de virtualización y sistemas de redes y comunicaciones. - Experiencia: ocho años de experiencia mínima en un puesto similar. Sus funciones serán: - Responsabilizarse de la organización, desarrollo y control de las actividades del equipo de trabajo, desarrollar el plan de trabajo y elaborar informes periódicos de seguimiento de las actividades. - Coordinar al equipo de trabajo de la empresa adjudicataria, directamente o a través de un “responsable del servicio”, y servir de interlocutor con los responsables del proyecto del CSN. - Dirigir los proyectos de actualización y mejora de los sistemas. - Analizar los cambios que vayan a sufrir las infraestructuras tecnológicas. - Identificar problemas, desarrollar soluciones y recomendar acciones. - Proponer al CSN cuantas mejoras considere oportunas en los sistemas soportados. - Garantizar la calidad de todos los servicios objeto del contrato. - Las demás atribuidas en este documento al jefe de proyecto (apartado 6.1). Se valorará la posesión efectiva por parte del jefe de proyecto de cualificaciones profesionales en ITIL y Project Management Professional (PMP).
PERFILES PROFESIONALES. Para este proyecto se requiere un grupo de Especialistas Docentes con formación, cono- cimientos y experiencia profesional sobre las tecnologías y sus respectivas aplicaciones sobre las que girarán las actividades que se propongan. Deberán poseer conocimientos actualizados de la Iniciativa Urbana URBAN desarrollada en el barrio xxx Xxxxxxxx Xxxxx de Espinardo y nociones suficientes sobre cómo trabajar en procesos de participación ciudadana como el que nos ocupa. También serán capaces de interrelacionar estrechamente la eficiencia medioambiental, la innovación tecnológica en in- formación y conocimiento, y la creación y consolidación de mecanismos estables de partici- pación social y ciudadana en todo el proceso de diseño, desarrollo y evaluación del proyec- to, reforzando en las diferentes fases la perspectiva de igualdad en todos los ámbitos. Los Administradores de Aula deberán ser competentes tanto en resolver problemas técnicos relacionados con el uso del hardware y el software como en la atención personalizada a los usuarios en los términos antes descritos. En caso de ser personas distintas a los docentes, de- berán estar suficientemente informados de los programas formativos que impartan sus com- pañeros. Existirá la figura de un responsable o Coordinador del Programa que vele por el correcto cumplimiento del mismo en todos sus distintos aspectos y se encargue de las tareas de coor- dinación con los Servicios Municipales.
PERFILES PROFESIONALES. 2.1 Ambas partes acuerdan que el salario del OPI 3/24 será el que corresponde al nivel D1 de las tablas salariales vigentes y el salario del TX 3/24 será el que corresponde al nivel E. La diferencia con el nivel D que tienen actualmente se pagará en concepto de Complemento de puesto de trabajo.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.