Método de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Método de trabajo. Los trabajos a realizar se efectuarán conforme a la metodología, reglas y procedimientos que se determinen por el CSN, y a las instrucciones que éste proporcione. El equipo de trabajo que el adjudicatario aporte para dar cumplimiento al objeto del contrato podrá integrarse, a juicio del director de proyecto, en un grupo de trabajo mixto en el que también podrá participar personal propio de las unidades organizativas usuarias. Las tareas, funciones y competencias de cada uno de los integrantes del grupo mixto se determinarán en todo momento a criterio del director de proyecto. La compañía adjudicataria proveerá a sus técnicos de los equipos informáticos y las herramientas necesarios para llevar a cabo eficazmente los trabajos a desarrollar, considerando las medidas de seguridad del apartado 7.4. El CSN facilitará al equipo de trabajo el lugar adecuado al personal externo, así como las conexiones y uso de las infraestructuras corporativas.
Método de trabajo. Descripción detallada del puesto o grupos de puestos de trabajo, máquinas, dispositivos, herramientas, etc. Acopio de materiales y retirada de trabajo realizado, atención a máquinas y herramientas; interrupciones normales del proceso y cualquier otra circunstancia que le afecte.
Método de trabajo. Será necesario que la Consultora revise, analice y obtenga la información de todos los documentos que sean de utilidad para el estudio. Algunos de estos documentos se mencionan a continuación: Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012 Programa Nacional Hídrico 2007-2012 Programas Hidráulicos Estatales (en caso de contarse con ellos) Programas Hídricos Visión 2030 de los Organismos xx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx x Xxx Xxxxx. Estadísticas del Agua en México; la última edición Planes Estatales de Desarrollo Información general que proporcione cada Organismo xx Xxxxxx. Estrategia de gran visión para el abastecimiento y manejo del agua en las ciudades y cuencas de la frontera norte en el período 1999 – 2025. Prioridades de conservación en el Delta del Río Colorado. Tratados, convenciones, convenios, actas y otros acuerdos sobre aguas internacionales y límites suscritos con Estados Unidos. Acuerdo de La Paz; en el marco de la planeación binacional de agua y medio ambiente Documentos relacionados con las mejores prácticas sobre Gestión Integrada de Recursos Hídricos en Cuencas Transfronterizas. Criterios Ramsar para la Identificación de Humedales de Importancia Internacional (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxx_xxxxxxxx_0x.xxx). La Convención Ramsar en México, Criterios RAMSAR para la designación de sitios (xxxx://xxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx_xxxxxx.xxxx). Programa de manejo para la Reserva del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, así como de todas aquellas Áreas Naturales que, en la región fronteriza, requieran de la presencia de un flujo constante de agua para su mantenimiento. Programa Ambiental México-Estados Unidos, Frontera 2012 Este listado de documentos a consultar es de carácter indicativo, no limita la posibilidad de consultar otros documentos que puedan contribuir a enriquecer los procesos del estudio, particularmente de las instancias federales de México y Estados Unidos, Agencias binacionales como la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza, Banco de Desarrollo de América del Norte, la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos, Organizaciones no Gubernamentales, Universidades, Centros de Investigación, etc. La Consultora revisará estos documentos con el fin de obtener la información que sea de utilidad a los objetivos del estudio en sus diferentes apartados. Dicha información no deberá ser tomada en forma textual, sino que...
Método de trabajo. SELLADO: POSTERIOR A LA INSPECCIÓN OCULAR SE DEBE PROCEDER AL SELLADO DE VENTANAS, PUERTAS Y DUCTOS DE VENTILACIÓN CON PLIEGOS DE POLIURETANO Y MASKING TAPE O CINTA CANELA. ENCAPSULADO: DE EQUIPO DE CÓMPUTO, ENFRIADORES DE AGUA, CONMUTADORES, TELÉFONOS Y TODO TIPO DE APARATOS ELECTRÓNICOS EN BOLSAS DE PLÁSTICO PARA EVITAR LA ADHESIÓN DE RESIDUOS EN DICHOS APARATOS Y LA CONTAMINACIÓN DE LÍQUIDOS. SE DEBEN FORMAR CÁPSULAS POR SEPARADO, APILANDO CAJAS Y EXPEDIENTES EVIDENTEMENTE CONTAMINADOS POR HONGOS Y ÁCAROS CUBRIENDO LOS PLIEGOS DE PLÁSTICO PARA LA APLICACIÓN DE GAS FOSFINA DE MANERA CONCENTRADA Y LOGRAR UN ATAQUE EFICAZ DE DICHOS MICROORGANISMOS. SEÑALIZACIONES: ANTES DE LA APLICACIÓN DEL GAS FOSFINA SE DEBEN INSTALAR CARTELES CON LOS AVISOS DE RIESGO, RESTRICCIÓN DE ACCESO, VENTILACIÓN Y REINGRESO A LAS ÁREAS TRATADAS, ADEMÁS DE ENTREGAR UN INSTRUCTIVO PARA EL PERSONAL QUE LABORA EN “LA CDMX” RESPECTO DE LAS PRECAUCIONES QUE DEBEN TOMARSE DURANTE LAS 48 (CUARENTA Y OCHO) HORAS SIGUIENTES DEL SERVICIO.
Método de trabajo. Una vez entregados los Planos constructivos por parte del Supervisor, el Contratista será responsable de la correcta ubicación del eje, de la localización, alineamiento, nivel y dimensiones de todas y cada una de las partes de la obra que cuente con levantamientos topográficos, como también de la provisión de instrumentos topográficos y personal requerido para dicho trabajo. Todo trabajo referente a este ítem será iniciado previa notificación y autorización del Supervisor. El Contratista deberá coordinar todos los trabajos de replanteo con las entidades del Centro de estudio, Municipales y Supervisor y otras afines, de tal manera que no se vea afectada la programación de los trabajos, asimismo deberá conseguir los permisos pertinentes. La verificación de los niveles, bancos de nivel, y otros datos constructivos por parte del personal del Supervisor, no releva al Contratista de su responsabilidad del correcto replanteo y nivelación de la obra. El Contratista deberá efectuar el trazado y la nivelación, indicando las cotas de donde serán implantadas las estructuras, éste debe ser entregado al El Ingeniero en un formulario específico sometido a aprobación, antes de iniciar la obra. En el perfil levantado deberán constar todos los accidentes del terreno encontrados y serán acotados. Dicha nivelación será utilizada en el cómputo de excavación de las diferentes estructuras En el caso de existir la necesidad de retirar y/o reponer estructuras o instalaciones, estos trabajos serán realizados por cuenta exclusiva del Contratista. A tiempo de efectuar la nivelación, el Contratista deberá pedir que el Supervisor acompañe a su personal y al final de la actividad se firmará una planilla topográfica en la que se certifiquen los resultados de la nivelación. El Contratista, deberá conservar todos los puntos de control hasta la finalización de la obra, y los debe referenciar convenientemente a objeto de restituirlos en cualquier momento en caso de destrucción y cuyo costo correrá por cuenta del Contratista. No estará autorizado el comienzo de ningún trabajo, sea de excavación o de construcción, sin la aprobación escrita del replanteo por parte del Supervisor.
Método de trabajo. El establecimiento de métodos de trabajo y medición de tiempos de producción basados en el cronometraje y en la apreciación de actividad es un sistema superado técnicamente en la actualidad por el uso de otros sistemas más fiables y adecuados denominados genéricamente de Tiempos Predeterminados. Es decisión impulsada por BSH como grupo la de evolucionar hacia la implantación y utilización efectiva de estos sistemas en sus plantas productivas. Por este motivo la Planta xx Xxxxxxxxx ya implantó el sistema MTM.
Método de trabajo. El sistema de trabajo establecido en Fábrica Cornellá y CTS Getafe Producción es la REFA; no obstante, en función del tipo de producción se podrán establecer otros sistemas, métodos o procedimientos de trabajo con su correspondiente valoración sobre el rendimiento o resultados. En estos casos la Empresa deberá informar al respecto al Comité de Empresa. Rendimientos. La actividad correcta es la que corresponde al trabajo realizado por un/a trabajador/a en un período determinado de tiempo; a efectos de este Convenio está fijada en el 112,5% de la actividad mínima exigible a partir de 1 de enero de 1997. La actividad óptima, normalmente considerada, será la que determine el propio sistema de racionalización o xx xxxxxx de cada Fábrica y se fijará entre el 125% y el 133% de rendimiento, considerando éste el cociente entre el tiempo dado y el tiempo invertido. Como objetivo, durante la vigencia de este Convenio se manifiesta la voluntad de alcanzar un rendimiento promedio del 133% en CTS Getafe. Esta manifestación es compatible con los sistemas de incentivos consolidados en la Fábrica Cornellá, que mantendrán su vigencia durante este Convenio.
Método de trabajo. Será responsabilidad única del Contratista, todos los procedimientos o métodos de trabajo que utilice o ponga en práctica en la ejecución de las obras objeto del Contrato, aunque estos hayan sido aprobados o recomendados previamente por el Supervisor.

Related to Método de trabajo

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 2/2008, de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA). - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. Asimismo, y en caso de discordancia entre los documentos del proyecto aprobado por la Administración, la Dirección facultativa determinará el documento que en cada caso deba prevalecer. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.