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SEGUIMIENTO DEL PROYECTO Cláusulas de Ejemplo

SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. La COMISION seguirá la ejecución de los proyectos; podrá solicitar cualquier aclaración y, en su caso, podrá convenir, de acuerdo con el BENEFICIARIO, una nueva orientación que se considere mejor adaptada a los objetivos a conseguir. El BENEFICIARIO informará a la COMISION con la frecuencia estipulada en el Anexo A, durante el período de la ejecución del PROYECTO, y tras la conclusión del mismo. En caso de que el incumplimiento de una obligación estipulada en el presente convenio no haya sido rectificada a su debido tiempo, la COMISION podrá suspender la financiación del PROYECTO.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. Para el seguimiento del proyecto se mantendrán reuniones periódicas entre el gestor del servicio, el director del proyecto y los miembros del equipo de trabajo o técnicos del CSN que el director del proyecto determine. En las reuniones se pasará revista a los trabajos realizados, a las incidencias producidas, resueltas o pendientes de resolución, y se planificarán o priorizarán las nuevas actuaciones. Tras las revisiones técnicas, el director del proyecto podrá rechazar, en todo o en parte, los trabajos realizados, en la medida que no respondan a lo especificado en las reuniones de seguimiento o no superasen los controles de calidad acordados. La empresa adjudicataria facilitará, al menos, los entregables siguientes, sin perjuicio de la actualización de la documentación a que se refiere el apartado 6.3.2 de este documento:  Informes previos a las reuniones de seguimiento, que incluirán la información relativa a los trabajos realizados, incidencias producidas, incidencias resueltas, trabajos pendientes e incidencias en curso de resolución.  Documentación de los trabajos realizados e incidencias resueltas.  Informes específicos detallados sobre incidencias de mayor impacto o proyectos de mayor envergadura.  Documentación final de las mejoras aplicadas en los diferentes entornos.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. El CONICET se reserva el derecho de efectuar un seguimiento del proyecto o plan objeto del convenio, mediante la participación de la Dirección de Vinculación Científico Tecnológica y un evaluador “ad hoc” designado oportunamente por el CONICET.--------------------------------------------------------------
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. La Universidad creará una organización específica para el desarrollo del proyecto. Esta organización bajo la denominación de Comité del Proyecto de implantación será quien supervise la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en este pliego de condiciones. Será el único que tiene competencia para validar y dar la conformidad a la solución entregada.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. La Oficina de Becas Posgrado del PRONABEC tendrá a su cargo el seguimiento del becario y del resultado de sus estudios. A tales efectos EL BECARIO se obliga a presentar, dentro de los plazos que le comunique oportunamente la Oficina de Becas Posgrado, los documentos requeridos a tal objeto.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. La Comisión llevará a cabo el seguimiento del Proyecto y podrá solicitar cualquier aclaración. En su caso, podrá convenir, de acuerdo con el Beneficiario, una nueva orientación que se considere mejor adaptada a los objetivos a conseguir. El Beneficiario informará a la Comisión con la frecuencia estipulada en el Anexo 2, durante el período de la ejecución del proyecto, y tras la conclusión del mismo. En caso de que el incumplimiento de una obligación estipulada en el presente convenio no haya sido rectificada a su debido tiempo, la Comisión podrá suspender la financiación del Proyecto.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. Tras la selección del/de los Beneficiario/s, se procederá a la firma de un Contrato con la Fundación, cuyo objetivo será regular los derechos y obligaciones en relación con el préstamo concedido. En el Contrato se establecerán unos puntos de control periódicos donde el Beneficiario facilitará a la Fundación unas memorias de seguimiento con el alcance que se acuerde. Los proyectos adjudicados deberán cumplir con la política de integridad científica y las políticas de Open Access de la Fundación. Todos los resultados derivados deberán ser compartidos en abierto según los criterios especificados en el documento “Política Open Access de la Fundación”, excepto en aquellos casos en que esté debidamente justificada la publicación por motivos de protección industrial. La Fundación evaluarán el Proyecto de forma continua y centralizada supervisando el estado del mismo con respecto a la consecución de los objetivos fijados en el Contrato. Cualquier cambio que pueda afectar al desarrollo del proyecto deberá ser notificado y autorizado previamente por la Fundación, a través de la plataforma web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxx-xxxxxxxxxxxx.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. El jefe de Proyecto del Contratista deberá realizar un seguimiento continuo de la evolución de todas las tareas del proyecto e informará al jefe de Proyecto designado por METRO cuando se requiera. Para ello, se llevarán a cabo reuniones de seguimiento periódicas de las que levantará acta el Contratista. El jefe de Proyecto de METRO podrá determinar los procedimientos y herramientas a utilizar para poder llevar a cabo la planificación, seguimiento y control del proyecto. Adicionalmente se constituirán los siguientes comités: Estará integrado por los componentes que METRO y el Contratista determinen. Será el máximo órgano de responsabilidad de supervisión del proyecto por parte de METRO. Será el único competente en temas relativos a modificaciones de planificación, alcance y resolución de discrepancias. El Comité de Dirección tendrá una periodicidad acordada por ambas partes al inicio del proyecto y, a priori, se realizará de forma presencial o como se concrete en el plan del proyecto. Se elaborará un informe para cada comité que se distribuirá un par de días antes de la celebración de dicho comité y cuyo contenido deberá estar consensuado entre los jefes de Proyecto de METRO y del Contratista.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. Para la supervisión del desarrollo y ejecución de las tareas objeto del presente procedimiento de licitación, Xxx.xx cuenta entre sus funciones principales la definición y el establecimiento de los procesos y métodos relativos a la gestión de proyectos que deben seguirse con el correspondiente soporte y asesoramiento, y el seguimiento, control y comunicación sobre el grado de ejecución de los mismos. El adjudicatario, en la ejecución de las tareas objeto del presente procedimiento de licitación deberá cumplir las siguientes condiciones: 1. Supervisión de la gestión La Entidad pondrá los medios personales que, junto con la persona a cargo del proyecto designada por Xxx.xx, realizarán labores de seguimiento y control del proyecto. Los objetivos de dichas acciones son, por un lado el aseguramiento de la calidad del proceso de gestión y la detección temprana de desviaciones, así como su conformidad con respecto a la metodología establecida por Xxx.xx. Para ello el adjudicatario deberá en todo momento colaborar con los miembros de Xxx.xx que realicen estas actividades, obligándose a informar y responder a los requerimientos de los mismos. 2. Acciones de Comunicación Xxx.xx pondrá los medios personales encargados de centralizar la 26/02/2013 33302424B Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XXXX (FIRMA) AC: CN=AC DNIE 001,OU=DNIE,O=DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA,C=ES Entidad Pública Empresarial Xxx.xx comunicación entre los distintos interlocutores vinculados al proyecto, realizando funciones de “ventanilla única”. En ningún caso el adjudicatario podrá realizar acciones de comunicación y /o difusión del proyecto sin autorización de Xxx.xx. 3. Metodologías complementarias 28/02/2013 02869748S Firmado por: XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXX (AUTENTICACIÓN) AC: CN=AC DNIE 001,OU=DNIE,O=DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA,C=ES Entidad Pública Empresarial Xxx.xx En el caso de que durante la ejecución de las tareas objeto del Contrato surjan cuestiones a las que no sea posible aplicar la metodología de Xxx.xx (establecida en el apartado 3.4.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares), la entidad pública podrá determinar metodologías alternativas o adicionales a través de la persona a cargo del proyecto designada por Xxx.xx. En cualquier caso, antes de proceder a utilizar una metodología concreta, se deberán consultar los términos de uso de la misma y la relación con la metodología de gestión establecida por Xxx.xx.
SEGUIMIENTO DEL PROYECTO a) Documentación a enviar trimestralmente b) Documentación a enviar cuando se produce una modificación a la programación presentada en la Memoria/Proyecto c) Documentación a enviar cuando se produce la renuncia de un/a alumno/a trabajador/a