Pesca Cláusulas de Ejemplo

Pesca. Las Partes estudiarán la posibilidad de delimitar en el sector pesquero zonas de interés común que resulten beneficiosas para ambas. La cooperación tendrá debidamente presentes los aspectos prioritarios del acervo comunitario en dicho sector, tales como el cumplimiento de las obligaciones internacionales que se derivan de las normas de las organiza­ ciones internacionales y regionales de la pesca en materia de gestión y conservación de los recursos pesqueros.
Pesca. Al abandonar la Política Pesquera Común, el Xxxxx Unido se convierte en un Estado costero independiente. Esto cambia el escenario de la ordenación pesquera en el Océano Atlántico nororiental y en el Mar del Norte. La UE y el Xxxxx Unido serán responsables, según el derecho internacional, de la gestión conjunta de aproximadamente 100 poblaciones de peces compartidas. Este es un desafío sin precedentes en términos de cooperación internacional en la ordenación pesquera. El Acuerdo establece nuevos acuerdos para la gestión conjunta y sostenible de ese centenar de poblaciones de peces compartidas en aguas de la UE y el Xxxxx Unido, respetando plenamente los derechos y obligaciones de cada una de las partes como Estados costeros independientes y basándose en el mejor asesoramiento científico disponible. Establece nuevas disposiciones sobre el acceso recíproco a las aguas en la Zona Económica Exclusiva y en la zona náutica de 6-12 millas, así como sobre nuevos arreglos estables para compartir cuotas. En virtud del Acuerdo, se introducirán gradualmente los cambios en las cuotas y las disposiciones sobre acceso a las aguas. Tras un período de estabilidad de 5,5 años, durante el cual se mantendrán las reglas vigentes en materia de acceso recíproco, el acuerdo prevé consultas anuales para establecer el nivel y condiciones de acceso recíproco a las Zonas Económicas Exclusivas y aguas territoriales de cada Parte. Habrá cambios graduales en las cuotas de las capturas totales admisibles (TAC) de las poblaciones compartidas que también incluyen las poblaciones gestionadas de forma trilateral (por ejemplo, con Noruega) o en entornos multilaterales. Estos cambios tomarán en cuenta la necesidad de garantizar una gestión sostenible de los recursos marinos y de preservar las actividades y los medios de vida de las comunidades pesqueras que dependen de esas aguas y recursos. La reducción acordada de las cuotas de la UE tiene en cuenta la necesidad de garantizar un reparto equitativo de la carga entre los Estados miembros afectados y la necesidad de preservar los medios de vida de las comunidades pesqueras que dependen de esas aguas y recursos. Las cuotas acordadas se establecen en los anexos del Acuerdo, lo que proporciona claridad a largo plazo. Después del período de ajuste, si una parte retira el acceso a la otra parte debido a la falta de acuerdo sobre el total de capturas admisibles, la otra parte puede aplicar medidas compensatorias, incluida la suspensión de las concesio...
Pesca. La Comunidad y Croacia examinarán la posibilidad de delimitar ámbitos de interés común en el sector de la pesca que, por su naturaleza, deberían resultar mutuamente beneficiosos.
Pesca. 6.1. Asistencia técnica a la escuela marítima de Walvis Bay
Pesca. Lo dispuesto en el presente capítulo se aplicará a los productos de la pesca originarios de la Comunidad y de Estonia, que figuran en el Reglamento (CEE) no 3759/ 92.
Pesca. 1. Las Partes desarrollarán su cooperación sobre la pesca con arreglo al Acuerdo sobre relaciones pesqueras entre la Comunidad Económica Europea y la República de Estonia. 2. La cooperación tendrá en cuenta, en particular: — el establecimiento de la pesca sostenible en los océa- nos del mundo y el mar Báltico; — la tradicional cooperación en temas pesqueros; — la necesidad de desarrollar sistemas de control de la pesca, estadísticas de las capturas y sistemas de infor- mación; — el desarrollo del potencial científico para el estudio de los recursos pesqueros en el mar Báltico y una actua- ción mutua para la conservación y la renovación de las poblaciones de peces (en especial de salmón y bacalao) y la introducción de tecnologías modernas en este ámbito; — la gradual modernización de la flota pesquera y de la industria de transformación de la pesca de Estonia, mediante el establecimiento de empresas conjuntas; — el desarrollo de empresas privadas en este sector y la necesidad de obtener la experiencia de la CE en las técnicas de comercialización; — el desarrollo de la cooperación industrial en la pesca y el intercambio de conocimientos técnicos; — la introducción en Estonia de las normas sanitarias y la calidad de producción en la acuicultura (incluida la alimentación); — el intercambio de información sobre política y legisla- ción pesquera y el establecimiento de un mercado de productos de la pesca; — cooperación en las organizaciones internacionales de la pesca.
Pesca. Gran división 2. Explotación de minas y canteras División Agrupación 21 210 Explotación de minas de carbón.

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  • Descanso semanal El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. En ningún caso podrá ser solapado por el día de descanso compensatorio devengado por haber trabajado durante un día festivo. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.

  • Plazo para Presentar las Ofertas 24.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Comprador en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se especifican en los DDL. 24.2 El Comprador podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 8 de las IAO. En este caso, todos los derechos y obligaciones del Comprador y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada.

  • Descansos Cuando la jornada diaria tenga una duración continuada, o cualquiera de los tramos si es jornada partida, de entre cuatro o más horas e inferior a seis horas, existirá un descanso xx xxxx minutos, considerados como tiempo de trabajo efectivo; de la misma forma, si la jornada diaria de duración continuada, o cualquiera de los tramos si es jornada partida, fuera entre seis y ocho horas, dicho descanso será de veinte minutos considerados como tiempo de trabajo efectivo. Si, finalmente, la jornada diaria tuviera una duración continuada, o cualquiera de los tramos si es jornada partida, superior a ocho horas, el descanso será de treinta minutos considerados así mismo como tiempo de trabajo efectivo. Corresponderá a la empresa la distribución, y forma de llevar a cabo los descansos establecidas anteriormente, organizándolos de modo lógico y racional en función de las necesidades del servicio, sin que los descansos puedan establecerse antes de haber transcurrido dos horas desde el inicio de la jornada, ni después de que falten noventa o menos minutos para la conclusión de la misma.

  • Financiación Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • MONTO AFIANZADO La institución de fianzas, en los términos de la legislación aplicable a la materia, se compromete a pagar al beneficiario, hasta el monto de esta póliza, que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del contrato indicado en la carátula de esta póliza, más la indemnización por xxxx que, en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • COBERTURA BÁSICA Está asegurada, dentro del marco de las condiciones de la póliza, la responsabilidad civil legal en que incurriere el asegurado por daños a terceros, derivada de las actividades propias del comercio que se menciona en la carátula de la póliza. Queda asegurada, por ejemplo su responsabilidad: 1. Como propietario o arrendatario de terrenos, edificios o locales, que sean utilizados para el comercio citado. Para asegurar la responsabilidad legal del arrendatario por daños a un inmueble tomado en arrendamiento, se requiere cobertura adicional de responsabilidad civil legal de arrendatario. 2. Derivada de la tenencia y uso de instalaciones de carga y descarga así como de máquinas de trabajo. 3. Derivada de la posesión y mantenimiento de lugares de estacionamiento a su servicio. Para asegurar la responsabilidad civil por daños a vehículos ajenos (o a su contenido) en poder del asegurado, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil de garaje o estacionamiento de automóviles. 4. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sanitarias y de aparatos e instalaciones reconocidas por la ciencia médica, en caso de contar con consultorio de empresa. 5. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones de seguridad a su servicio (servicio contra incendio, perros guardianes, sistemas de alarma y similares). 6. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sociales a su servicio (comedores, comercios, casas-hogar, guarderías, escuelas, bibliotecas y similares). 7. Derivada del permiso de uso y asignación de lugares y aparatos para la práctica de deportes por el personal de su empresa. No se cubre la responsabilidad civil personal de los participantes en las actividades deportivas. 8. Derivada de excursiones y actos festivos organizados para su personal. 9. Derivada de la propiedad o del mantenimiento de instalaciones de propaganda (anuncios, carteles publicitarios u otras), dentro o fuera de sus inmuebles. 10. Derivada de su participación en ferias y exposiciones. 11. Derivada del uso de ascensores, escaleras eléctricas y montacargas 12. Está asegurada además, conforme con las condiciones de la póliza, la responsabilidad civil legal personal de sus empleados y trabajadores, frente a terceros, derivada de la actividad materia de este seguro. Queda excluida la responsabilidad de las personas que no estén en relación de trabajo con el asegurado.

  • MÉTODO DE MEDICIÓN Este trabajo ejecutado será medido en metros cúbicos (M3).

  • Plazo para la presentación de las Ofertas 21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite.