Condiciones de acceso. 1.- En el mes de septiembre del año anterior se iniciará la tramitación del plan de formación del año siguiente, solicitando la presentación de propuestas a las jefaturas de los servicios y responsables, organizaciones sindicales y empleados municipales, para lo cual se abrirá un plazo en la Intranet. Dentro del último trimestre de cada año, la Administración presentará en la Comisión Paritaria de Formación el Plan Anual de Formación Continua, y se determinaran los cursos que se realizaran en primero y segundo semestre del año siguiente. Los cursos se irán convocando a medida que se vayan realizando, publicándose en la Intranet, para general conocimiento del personal e inscripción en los mismos. Igualmente los cursos específicos destinados a personal cuya asistencia sea obligatoria se comunicarán directamente a los interesados, sin perjuicio de que si existen plazas sobrantes se haga la pertinente convocatoria pública en la Intranet.
2.- Cuando se realicen estas convocatorias, tendrá carácter preferente el personal fijo de plantilla, incluido dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo comunes. En las mismas, se considerarán obligatorios aquellos cursos cuyo contenido sea necesario para el desarrollo del puesto de trabajo. A estos efectos, la Administración podrá inscribir de oficio a aquellos empleados/as que no hayan solicitado su participación. Para la admisión a los mismos se utilizará el criterio de preferencia para aquellas personas que vayan a aplicar de forma directa e inmediata los conocimientos que sean materia del curso.
3.- En estas convocatorias podrá participar el personal que se encuentre disfrutando de permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género, así como el personal en situación de excedencia por cuidado de familiares.
4.- Con carácter general las solicitudes serán informadas por las jefaturas de los servicios, que igualmente indicarán si la asistencia se considera obligatoria a la vista de las necesidades del servicio y, en su caso, propondrán la participación de oficio de aquél que se considere de interés su participación; el informe desfavorable deberá de ser motivado. De acuerdo con las necesidades de los servicios, las jefaturas de los mismos adoptarán las medidas oportunas en orden a que la participación en estos cursos de uno/a o más empleados/as a su cargo no altere el normal funcionamiento del servicio afectado.
5.- Con cará...
Condiciones de acceso. Abierto
a) A que exista Capacidad Disponible de Almacenamiento en el Sistema a contratar por parte del Usuario en la modalidad de Servicio que se trate;
b) Medie la celebración del Contrato de Servicio respectivo, previa presentación de la solicitud de Servicio respectiva, conforme al numeral 6 (Contratación del Servicio de Almacenamiento) de los presentes Términos y Condiciones, o de Interconexión respectiva, y
c) La prestación del Servicio de Almacenamiento sea técnicamente factible y se cuente con una Tarifa para la prestación de dicho Servicio. En caso de desacuerdo entre el Almacenista y el interesado o Usuario, estos últimos podrán solicitar la certificación de la Capacidad Disponible, en términos de lo establecido en la Regulación Aplicable, o bien se sujetarán a los mecanismos de Solución de Controversias establecidos en el numeral 31 (Solución de Controversias) de los presentes Términos y Condiciones. Cuando la certificación se lleve a cabo a solicitud de un Usuario, éste deberá pagar el costo de los estudios o de las gestiones necesarias para realizar la certificación. En cualquier caso, si como resultado de la certificación se determina que el Almacenista incumplió con la obligación de garantizar el Acceso Abierto y no indebidamente discriminatorio a su Sistema, el costo será asumido por el Almacenista sin que éste se pueda trasladar vía las Tarifas Máximas aprobadas o las Tarifas Convencionales pactadas, en su caso. El Almacenista deberá reembolsar el costo que, en su caso, haya sufragado la parte interesada, a más tardar 15 (quince) días naturales posteriores a la certificación. Las certificaciones de capacidad tendrán una vigencia de 1 (un) año a partir de su emisión. No obstante, la vigencia podrá revisarse cuando las condiciones en que se realizó se hayan modificado, tales como vencimiento de contratos de Reserva Contractual, Ampliaciones o Extensiones u otras condiciones que afecten la Capacidad Disponible de los Sistemas, o bien, a solicitud de un Usuario o de la Comisión. La Comisión podrá requerir, de oficio o a solicitud de parte interesada, la certificación de la Capacidad Operativa instalada, la Capacidad Disponible y la utilizada en los Sistemas mediante las entidades acreditadas para tales efectos porla propia Comisión, para efectos de verificar las condiciones en que se presta el Acceso Abierto efectivo. Cuando el Servicio de Almacenamiento solicitado requiera de una Extensión o Ampliación del Sistema, se sujetará a lo establecido...
Condiciones de acceso. La condición de usuario/a del Centro de Día de Urduña/Orduña se adquirirá con ayuda individual de Diputación tras ser examinada y aprobada la solicitud de demanda de plaza por el Órgano de Administración.
Condiciones de acceso. El USUARIO reconoce y acepta que para poder acceder a la aplicación CipherBond y LOS SERVICIOS deberá contar con un teléfono móvil inteligente (EQUIPO) con conexión a Internet, con un plan de servicio de telefonía móvil contratado, contar con un número telefónico móvil activo y un plan o paquete de datos móviles acorde con el consumo mensual del USUARIO, descargar la aplicación desde las tiendas de aplicaciones para iOS o Android y hacer el pago correspondiente de la LICENCIA y LOS SERVICIOS a INVEZT, quien le otorgará al USUARIO la factura correspondiente, que cumpla con todos los requisitos fiscales aplicables conforme a la normativa mexicana. Asimismo, el USUARIO reconoce y acepta que el EQUIPO es de su propiedad y será en todo momento responsable del funcionamiento y su seguridad así como de las aplicaciones que instale en el mismo y de los errores o defectos de funcionamiento que las mencionadas aplicaciones puedan ocasionar en dicho EQUIPO.
Condiciones de acceso. El acceso al Portal por parte de los visitantes es libre y gratuito para personas mayores de edad. En caso de ser usted menor de edad, debe obtener con anterioridad el consentimiento de sus padres, tutores o representantes legales, quienes serán responsables de los actos que usted lleve a cabo en contravención a estos términos y condiciones de uso del Portal. Se da por entendido que los menores de edad que accedan y usen el portal cuentan con este consentimiento. El acceso al Portal permite acceder a toda la información publicada por PUBLICACIONES SEMANA S.A., PROYECTOS SEMANA S.A., (en adelante, "SEMANA"), por los Ciberperiodistas y a algunos blogs destacados (en adelante, el "Contenido"). El acceso a las funcionalidades de Comunidades requiere un registro previo, en las condiciones que se describen en las Condiciones de Acceso y Uso de las Comunidades.
Condiciones de acceso. El acceso será a través de las plazas municipales y/o por convenio con el Dpto. de Acción Social de la Diputación Xxxxx de Bizkaia.
Condiciones de acceso. El acceso será a través de las plazas municipales y/o por convenio si lo hubiera con el Dpto. de Acción Social de la Diputación Xxxxx de Bizkaia. La persona usuaria, solicitará al servicio social o directamente en el centro de tercera edad plaza y simultáneamente valoración del grado de dependencia según normativa. Se creará un dispositivo ágil para adjudicación del servicio.
Condiciones de acceso. Los proponentes que cumplan con las condiciones xx xxxxxxx de pequeña escala y los beneficiarios de devolución de áreas para la formalización, podrán acceder, por una sola vez, al contrato de concesión mediante requisitos diferenciales. PARÁGRAFO 3º. Quienes cuenten con propuesta de contrato de concesión, solicitud de legalización o formalización de minería tradicional o solicitud de área de reserva especial, en trámite; o sean beneficiarios de áreas de reserva especial delimitadas o “Por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario No 1073 de 2015 respecto a los requisitos diferenciales para el otorgamiento de contratos de concesión a mineros de pequeña escala y beneficiarios de devolución de áreas” declaradas, podrán optar por alguno de estos trámites, o, por el de propuesta de contrato de concesión con requisitos diferenciales previsto en la presente Sección.
Condiciones de acceso. Entendiendo por acceso el cumplimiento de los requisitos y acciones para poder registrarse y hacer uso de la plataforma COOPMERCIANTES, el EMPRESARIO deberá inicialmente entregar la información y documentación establecida dentro de este contrato, seguidamente, LA COOPERATIVA procederá a realizar la valoración de la referida información solicitada para decidir si se efectúa o no el respectivo registro del perfil del EMPRESARIO dentro de la plataforma COOPMERCIANTES. PARÁGRAFO PRIMERO: EL EMPRESARIO que desee visualizar sus productos y/o servicios en la plataforma COOPMERCIANTES, deberá facilitar y entregar a LA COOPERATIVA la siguiente información: INFORMACIÓN PERSONAL: ·
Condiciones de acceso cve: BOE-A-2017-3757 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Podrán ser miembros del presente PPSE todos los trabajadores que superen el periodo de prueba establecido por la Empresa y, como máximo, transcurridos un plazo de dos años desde la fecha de alta del Participante en la Empresa. Pasarán a ser miembros del PPSE el primer día del siguiente mes de cumplir esta condición. Si un Participante pasa a prestar servicios en otra empresa del Grupo Nokia fuera de España, podrá permanecer como Participante durante ese periodo a discreción de la Empresa, de acuerdo con las condiciones de traslado que se pacten. Dichas condiciones de traslado establecerán los términos de pertenencia al PPSE aplicables a cada caso. Para las prestaciones del artículo 1.14 del presente reglamento, la condición de acceso se cumplirá el primer día al causar alta en la Empresa.