PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El concesionario deberá iniciar las obras exigidas en el pliego de bases y condiciones una vez recibida la posesión de la Unidad. Las mismas deberán realizarse de acuerdo al plan de obras presentado por el oferente y aprobado por la Municipalidad, cuyo plazo máximo de ejecución será de veinticuatro (24) meses. Dicho plan deberá contemplar la habilitación -como mínimo y en primer término- de las obras relacionadas con los sanitarios para uso público, obras de infraestructura, cerramientos y la iluminación exterior, de modo que en la primer temporada se presten los servicios en forma adecuada. Los plazos de obra mencionados no se modificarán por causa de presentaciones de propuestas alternativas y/o modificatorias a la propuesta de obra de la oferta, la que será evaluada por la Dirección de Recursos Turísticos para su aprobación o desistimiento. La Municipalidad, a solicitud y por los motivos expuestos por el oferente, en atención a la magnitud del proyecto ofertado y a la razonabilidad del tiempo que demanden las nuevas construcciones propuestas, estará facultado para conceder, un plazo mayor o distinto del mencionado en el párrafo primero del presente artículo.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo de ejecución de las obras objeto de la presente contratación será de: 10 meses. Dicho plazo comenzará a partir del día siguiente al de la firma del contrato. El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo máximo de ejecución de las obras será de 1 año, desde el inicio de las obras en 2017 hasta 2.018. La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo en el plazo de 10 días desde la fecha de formalización del contrato.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo total para la ejecución de las obras será de meses contados a partir del día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo e Inicio de las Obras. Igualmente LA CONTRATA se obliga al cumplimiento de los plazos parciales fijados en su programa de trabajo. El Acta de Comprobación de Replanteo e inicio de Obras tendrá lugar en el plazo máximo de un mes a partir de la firma de este contrato, debiendo la CONTRATA proveer, con anterioridad al indicado plazo, todo lo necesario para proceder a la comprobación del replanteo de las obras en presencia de VIMCORSA y de la Dirección facultativa. El plazo de garantía de la totalidad de las obras e instalaciones realizadas, que ha de mediar entre la recepción y la liquidación del contrato, será de un año, sin perjuicio de los compromisos asumidos por el contratista en su oferta. Sin perjuicio de lo anterior, antes del comienzo de las obras se habrá tramitado el Plan de Seguridad y Salud de la misma, y la Empresa Constructora deberá acreditar a VIMCORSA el haber suscrito las pólizas de Seguro a que estuviera obligada legalmente, o que fuesen exigidas por el Pliego de Condiciones, que forma parte del presente Contrato.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo de ejecución de las obras será de VEINTE (20) SEMANAS, a contar desde e inicio de las mismas que tendrá lugar el día siguiente de la suscripción del Acta de comprobación de replanteo.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo máximo para la total ejecución de las obras de la presente contratación se fija en QUINCE MESES y MEDIO. El plazo contractual será el de la oferta que resulte adjudicataria, comenzando su cómputo desde el día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo e inicio de obra, la cual deberá efectuarse en el Plazo de 15 días naturales a partir de que se suscriba el contrato. Después de la firma del contrato, podrán establecerse nuevos hitos, a criterio de la Fundación, sobre la planificación de detalle realizada por el Contratista que resulte adjudicatario, teniendo tales nuevos hitos carácter contractual.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo de ejecución de la totalidad de la obra es de TRES MESES.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo máximo de ejecución de las obras es de 12 meses, y comenzará a contarse desde el día siguiente a la formalización del acta de comprobación del replanteo. Las ofertas que excedan de este plazo de ejecución serán rechazadas.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo de ejecución de las obras es de CINCO SEMANAS desde que se firme el acta de replanteo, o en su caso en el plazo propuesto por el adjudicatario. El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimidación previa por parte del Ayuntamiento. El suministro e instalación deberá hacerse en la calle Trañabarren nº 7 y 9.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS. El plazo para la total ejecución de las obras de la presente contratación se fija en DIECIOCHO MESES contados desde el día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, la cual deberá efectuarse en el Plazo de 15 días naturales a partir de que se suscriba el contrato. El contrato, a su vez, deberá suscribirse dentro del plazo de 10 días naturales, contados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado de ejecución no siendo precisa comunicación a este respecto. Cuando por alguna de las causas de fuerza mayor reconocidas en la vigente legislación la Fundación acuerde prorrogar el plazo señalado la xxxx empezará a computarse tras el transcurso de la prorroga.