PREADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación. Sólo será pre adjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y condiciones ofertadas. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto c...
PREADJUDICACIÓN. ARTÍCULO 17º.- La preadjudicación será dada a conocer a los proponentes en la forma, lugar, día y hora que se determine dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la expedición de las recomendaciones emitidas por la comisión de preadjudicación, la que no tendrá respecto a los preadjudicatarios efecto jurídico alguno. Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la citada notificación, para formular las observaciones que estimen corresponda. Las que deberán ser resueltas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su formulación, salvo circunstancias justificadas en el expediente que ameriten un plazo superior, el que será fijado por la entidad contratante.
PREADJUDICACIÓN. 5.3.1. Dictamen
PREADJUDICACIÓN. La preadjudicación recaerá sobre la propuesta admisible que resulte más conveniente, teniendo en cuenta el precio final y demás especificaciones y condiciones solicitadas.
PREADJUDICACIÓN. Será preadjudicado aquel oferente que cumpla con las condiciones fijadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas, cuya oferta resulte la más conveniente en términos económicos y de calidad para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
PREADJUDICACIÓN. La Comisión Evaluadora propiciará, de conformidad a las pautas establecidas en los pliegos de condiciones particulares, la adjudicación de la obra a uno de los oferentes debiendo labrar un Acta a tal efecto en la cual deberá dejarse constancia del orden de mérito alcanzado por todos los oferentes. La propuesta de la adjudicación deberá ser notificada a cada uno de los oferentes y publicada en la Cartelera del Organismo Licitante y podrá estar sujeta a impugnaciones, debiendo los impugnantes realizar un depósito de garantía acorde a lo normado en el Decreto 1013/GCBA/08, del presupuesto oficial, el que les será devuelto en caso de ser procedentes dichas impugnaciones. Los mismos serán depositados en una cuenta abierta en el Banco Ciudad a tal efecto y no devengaran interés alguno. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro de los tres (3) días a contar desde la notificación del Acta de Preadjudicación de los oferentes y suspenderán el procedimiento administrativo de selección del cocontratista de la Administración.
PREADJUDICACIÓN. La Comisión Evaluadora de Ofertas, luego del análisis referido en el artículo que antecede, expedirá su correspondiente dictamen fundado, recomendando la adjudicación a aquel oferente que cumpla con los requisitos fijados en la documentación licitatoria y que resulte la más conveniente para el GCBA. Previo a la preadjudicación la Comisión Evaluadora de Ofertas procederá a verificar lo estipulado en el Art. 2.4.1. del presente pliego. El mentado Dictamen de Evaluación de Ofertas será notificado a la totalidad de los oferentes que se hubieran presentado, y será debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio web del GCBA.
PREADJUDICACIÓN. La preadjudicación se efectuará conforme al procedimiento establecido en el artículo 20 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.