Promoción Cláusulas de Ejemplo

Promoción. 7.1. Se promocionará a los trabajadores de modo objetivo, atendiendo a sus puestos profesionales, capacidad e idoneidad para el puesto de trabajo en cuestión. Esta promoción tendrá una doble vertiente de acceso a puestos de jefatura y de creación de nuevos puestos estructurales dentro de cada escala y subescala, y atendiendo siempre a la clasificación de puestos por grados y niveles legalmente establecidos. Siempre que la creación de tales puestos se estime necesaria por la Corporación, en el ejercicio de su potestades de autoorganización. 7.2. Promoción interna del Grupo C2 al C1. El acceso a Cuerpos o Escalas del Grupo C1, podrá llevarse a cabo a través de la promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo C2 del área de actividad o funcional correspondiente, cuando éstas existan, y se efectuará por el sistema de concurso-oposición, con valoración en la fase de concurso de los méritos relacionados con la carrera y los puestos desempeñados, el nivel de formación y la antigüedad. A estos efectos se requerirá la titulación establecida legalmente, o una antigüedad xx xxxx años en un Cuerpo o Escala del Grupo C2, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos. El cincuenta por ciento de las plazas que se convoquen anualmente se reservarán para promoción interna para empleados públicos que posean los requisitos de acceso. 7.3. Promoción interna del Grupo AP al C2. El acceso a Cuerpos o Escalas del Grupo C2, podrá llevarse a cabo a través de la promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo AP del área de actividad o funcional correspondiente, cuando éstas existan, y se efectuará por el sistema de concurso-oposición, con valoración en la fase de concurso de los méritos relacionados con la carrera y los puestos desempeñados, el nivel de formación y la antigüedad. A estos efectos se requerirá la titulación establecida legalmente, o una antigüedad xx xxxx años en un Cuerpo o Escala del Grupo AP, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos. El cincuenta por ciento de las plazas que se convoquen anualmente se reservarán para promoción interna para empleados públicos que posean los requisitos de acceso.
Promoción. 1. La promoción profesional se efectuará con arreglo a criterios objetivos de idoneidad y capacidad en relación al puesto de trabajo a cubrir, sin criterios discriminatorios de ningún tipo. 2. En los centros de trabajo de más de 12 trabajadores fijos (excluido personal del Grupo I y responsables de oficina) se dará preferencia al personal propio, frente al de nueva contratación, cuando se trate de cubrir puestos de trabajo vacantes.
Promoción. Es el ascenso de un trabajador académico para obtener un Contrato de una categoría o un nivel superior, mediante el cumplimiento de los requisitos y procedi- mientos establecidos por la UdeG en las normas estatutarias aplicables; produce entre otros efectos, un aumento xxx xxxxxxx del trabajador académico.
Promoción. Es el cambio del personal académico a una nueva categoría superior por méritos académicos que se miden en niveles. Las instancias responsables de las promociones académicas son los Consejos Técnicos y los Comités Académicos.
Promoción. B.1-Generalidades
Promoción. EL ASCENSO A UNA CATEGORÍA SUPERIOR.
Promoción. TODAS LAS PROMOCIONES DE PERSONAL ACADÉMICO SE HARÁN A TRAVÉS DE CONCURSO DE OPOSICIÓN, EN LOS TÉRMINOS QUE MARQUE EL ESTATUTO DE PERSONAL ACADÉMICO. TODO TRABAJADOR ACADÉMICO TIENE DERECHO A PARTICIPAR EN LOS CONCURSOS DE PROMOCIÓN QUE CONVOQUE LA UNIVERSIDAD EN LOS TÉRMINOS DEL ESTATUTO CORRESPONDIENTE. LA INSTITUCIÓN HARÁ SABER AL SINDICATO LAS VACANTES EXISTENTES CON TODA OPORTUNIDAD A LA APERTURA DEL CONCURSO, A EFECTO DE QUE PRESENTE CANDIDATOS A CONCURSAR. SI EN UN PLAZO DE TRES DÍAS ANTERIORES AL CONCURSO NO SE PRESENTAN CANDIDATOS, LA UNIVERSIDAD CONTRATARA AL PERSONAL IDÓNEO PARA CUBRIR SUS NECESIDADES. EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS CURRICULARES Y ACADÉMICAS, TENDRÁN PREFERENCIA LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS DE MAYOR ANTIGÜEDAD EN LA INSTITUCIÓN Y LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS A LOS QUE NO LO SEAN. EN CASO DE QUE DURANTE EL TRANSCURSO DE UN CICLO ESCOLAR SE PRESENTAREN VACANTES, LA UNIVERSIDAD, POR CONDUCTO DE LA ESCUELA O INSTITUTO RESPECTIVO, LO HARÁ DEL CONOCIMIENTO DEL SINDICATO, A EFECTO DE QUE SE PROPONGAN CANDIDATOS A CUBRIR LAS MISMAS, SIN PERJUICIO DE QUE LA DIRECCIÓN CORRESPONDIENTE CUBRA LA VACANTE EN FORMA PROVISIONAL. LA UNIVERSIDAD SE COMPROMETE A CREAR LA CATEGORÍA DE "TITULAR DE ÁREA", PODRÁN ASPIRAR A ELLA, TANTO PROFESORES XX XXXXXXX COMO POR HORAS. LA UNIVERSIDAD FIJARA EL NÚMERO DE PLAZAS PARA ESTA NUEVA CATEGORÍA, LA CUAL SE PODRÁ OBTENER ÚNICAMENTE POR CONCURSO DE OPOSICIÓN CERRADO, Y EN CASO DE NO HABERSE OTORGADO SE HARÁ ABIERTO. LAS VENTAJAS QUE OFRECERÁ ESTA CATEGORÍA, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS ECONÓMICAS, SON: ESTABILIDAD EN EL ÁREA ACADÉMICA DEL PROFESOR EN LA CUAL SEA EL TITULAR, Y PREFERENCIA PARA OCUPAR VACANTES EN EL NIVEL ACADÉMICO Y ÁREA DE LOS QUE SEA TITULAR.
Promoción. Se entiende por promoción el acceso a la categoría profesional de mando desde la categoría profesional de ejecución/supervisión por libre designación de la Empresa, a través de las pruebas o por cumplimiento de los requisitos que se establezcan al efecto.
Promoción. La promoción de los Pilotos podrá darse por el cambio de funciones.
Promoción. La promoción y ascensos del personal tendrán como finalidades: a. Optimizar la estructura, adecuando la capacidad personal a la función del puesto b. Satisfacer las expectativas individuales en el aspecto profesional y económico c. Complementar la política de selección y formación del personal d. Premiar el esfuerzo y la dedicación continuados Promociones La promoción dentro de una categoría y, en todo caso el ascenso a una categoría superior tendrá lugar como resultado de las valoraciones realizadas por la dirección atendiendo a factores que reflejen cuantitativamente los aspectos técnicos, sentido de la responsabilidad, trato con el cliente y comportamiento general, asistencia al trabajo, puntualidad, nivel de formación, etc. La valoración será comentada en entrevista privada con el interesado a fin de que pueda conocer el criterio seguido y la valoración alcanzada. La categoría de “Aspirante a Croupier” sólo podrá mantenerse durante un periodo de doce meses, al cabo del cual será obligatorio el ascenso a la categoría de “Croupier”