Protección de los datos de carácter personal. De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, y su normativa de desarrollo, ninguna de las partes ni el doctorando o doctoranda pueden aplicar o utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso cualquiera de las partes en virtud de los pactos de este Convenio, con finalidades distintas a las inherentes al desarrollo del proyecto. En consecuencia, ni las partes ni el doctorando o doctoranda pueden cederlos, comunicarlos, copiarlos o distribuirlos a otras personas o entidades, ni siquiera para su simple conservación, sin la previa autorización por escrito de quien corresponda. El responsable del cumplimiento de Protección de Datos por parte de la ULPGC puede contactarse a través de la dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx Por parte de la empresa [COMPLETAR], la dirección a la que dirigirse es: [AÑADIR]
Protección de los datos de carácter personal. Las Partes convienen en cooperar a fin de garantizar un nivel elevado de protección de los datos personales de conformidad con los instrumentos jurídicos y normas de la UE, el Consejo de Europa e internacionales, contemplados en el anexo I del presente Acuerdo.
Protección de los datos de carácter personal. El régimen de protección de datos de carácter personal que han de cumplir las partes en las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente convenio será el previsto, en lo que afecte a cada una de ellas, a las disposiciones de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en su caso normativa específica aplicable a cada parte. A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio deberán aplicar a los tratamientos de datos personales que en su caso se realizaran en ejecución del presente Convenio, y a ello se comprometen, los principios, garantías y medidas técnicas y organizativas establecidas en la normativa citada para la adecuada protección de los derechos y libertades de las personas en el tratamiento que se haga de sus datos personales. Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de la información facilitada por las partes y de la información, de cualquier clase o naturaleza, generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio; dicha obligación se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o de que en su caso, dicha información pasara a ser considerada como de dominio público. Los datos de contacto de los firmantes del presente Convenio de Colaboración serán tratados en base a la ejecución del convenio, así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente Convenio de Colaboración. Asimismo, las partes firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a xxx@xx.xx indicando como referencia en el sobre “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia de su documento nacional de identidad. En su caso, el interesado también podrá plantear una reclamación ante la autoridad de control competente. Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en vigor el presente Convenio de Colaboración e...
Protección de los datos de carácter personal. 35.1.- La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 xx xxxxx de 2016
Protección de los datos de carácter personal. Ambas partes se comprometen a respetar lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Protección de los datos de carácter personal. Artículo l26
Protección de los datos de carácter personal. De acuerdo con el Reglamento Europeo de Protección de Datos 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, la Ley Orgánica 3/2018, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo, ninguna de las partes ni el doctorando o doctoranda puede aplicar o utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso cualquiera de las partes en virtud de los pactos de este Convenio, con finalidades distintas a las inherentes al desarrollo del proyecto. En consecuencia, ni las partes ni el doctorando o doctoranda pueden cederlos, comunicarlos, copiarlos o distribuirlos a otras personas o entidades, ni siquiera para su simple conservación, sin la previa autorización por escrito de quien corresponda.
Protección de los datos de carácter personal. El adjudicatario deberá cumplir con las prescripciones previstas en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, y en especial, con las que se establecen en el art. 12, números del 2 al 4, de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Protección de los datos de carácter personal. Información a los firmantes: Los datos de contacto de los firmantes del presente Convenio de Colaboración, y del resto de personas de contacto que puedan intervenir, serán tratados en base a la ejecución del convenio, así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente Convenio de Colaboración. Asimismo, las partes firmantes, y personas de contacto, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a ________________y/o a xxx@xx.xx indicando como referencia en el sobre “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia de su documento nacional de identidad. En su caso, el interesado también podrá plantear una reclamación ante la autoridad de control competente. Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en vigor el presente Convenio de Colaboración entre las partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad.
Protección de los datos de carácter personal. Los datos de carácter personal entregados y obtenidos por las partes durante la ejecución del presente Contrato, serán los estrictamente necesarios para el cumplimiento del mismo, y única y exclusivamente podrán ser aplicados o utilizados para el cumplimiento de los fines objeto de dicho Contrato, no pudiendo ser cedidos o entregados a terceros bajo título alguno, ni siquiera a efectos de mera conservación, excepción hecha de los datos que EL CLIENTE comunique a los participantes en la RPV-IP, y viceversa, al objeto de que éstos puedan acceder al servicio RPV-IP. Dicha comunicación contará con el consentimiento previo de los participantes. En ningún caso TELEFÓNICA DE ESPAÑA será responsable del uso que haga EL CLIENTE de los datos personales de los participantes. Las partes adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas necesarias y, en especial, las establecidas por el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros con datos de carácter personal (Real Decreto 994/1999) y demás disposiciones de desarrollo, para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos suministrados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Una vez cumplida la prestación contractual que motivó la entrega de los datos personales, EL CLIENTE deberá destruir los datos tratados y los soportes o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento, salvo que expresamente y caso por caso autorice TELEFÓNICA DE ESPAÑA su almacenamiento, en cuyo caso EL CLIENTE deberá adoptar las medidas de seguridad necesarias. EL CLIENTE consentirá cuantas inspecciones considere preciso efectuar TELEFÓNICA DE ESPAÑA en los ficheros que contengan los datos de carácter personal entregados para la ejecución del Contrato. EL CLIENTE será responsable de cuantas sanciones, multas o reclamaciones por daños y perjuicios se deriven del incumplimiento de lo anteriormente expuesto y resarcirá a TELEFÓNICA DE ESPAÑA de los importes que por tal motivo hubiera tenido que abonar, incluidos gastos jurídicos, extrajudiciales y costas que la defensa de TELEFÓNICA DE ESPAÑA ocasionare. Todo ello con independencia de que tal incumplimiento sea considerado causa de resolución de Contrato.