Pérdida de derechos Cláusulas de Ejemplo

Pérdida de derechos. El incumplimiento por parte del asegurado de cualquier Cláusula de la presente póliza, excepto en los casos especialmente previstos en ella, liberará a la entidad aseguradora del pago de indemnizaciones, sin derecho a devolución de la prima.
Pérdida de derechos. El asegurado pierde el derecho a la prestación garantizada:
Pérdida de derechos. El Asegurado pierde el derecho a las coberturas garantizadas:
Pérdida de derechos. La Compañía quedará exonerada de toda responsabilidad y por tanto, el Asegurado perderá todo derecho a indemnización, en los siguientes casos: Si presenta una reclamación fraudulenta o engañosa apoyada en pruebas o declaraciones falsas: o si en cualquier tiempo y para cualquier fin, el Asegurado o terceras personas autorizados por Él, empleen medios o documentos engañosos Si la sustracción o el daño ha sido causado intencionalmente por el Asegurado o con su complicidad. Si el Asegurado o cualquier otra persona que obre por él, obstaculiza o impide el ejercicio por parte de la Compañía de los derechos estipulados en la presente Póliza.
Pérdida de derechos. Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas si se demuestra que el Asegurado, el Contratante o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones. Lo mismo se observará en caso de que, con igual propósito, no le remitan en tiempo la documentación e información sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo. Para los efectos de la presente cláusula, la Compañía no responderá si se comprueba que el Asegurado dolosamente o con el fin de disimular o impedir la investigación oportuna de los hechos relacionados con el robo, no presenta dentro del término de las 48 horas siguientes a la ocurrencia del mismo, la denuncia ante el Ministerio Público, conforme se establece en la cláusula de "Obligaciones de las partes". La Compañía pagará al Asegurado o a los beneficiarios la indemnización que proceda, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que reciba los documentos e información requeridos que fundamenten la reclamación.
Pérdida de derechos. La Compañía quedará relevada de la obligación de indemnizar, si el Asegurado:
Pérdida de derechos. 18.1 Si el Asegurado hiciere declaraciones inexactas u omitiere circunstancias que puedan influir en la aceptación de la Solicitud o en el valor de la prima, no gozará del derecho a la indemnización, sin perjuicio de la obligación del Tomador al pago de la prima vencida.
Pérdida de derechos. Esta póliza perderá inmediatamente su validez si ocurriese alguno de los hechos siguientes, a menos que la Compañía hubiese expresado, mediante su firma, estar de acuerdo con ellos:
Pérdida de derechos. Artículo 18º.- El Asegurado o sus derechohabientes quedarán privados de todo derecho o acción procedente de la presente Póliza en los siguientes casos:
Pérdida de derechos. Si el asegurado hiciere declaraciones inexactas u omitiere circunstancias que puedan influir en la aceptación de la Solicitud o en el valor de la prima, no gozará del derecho a la indemnización, sin perjuicio de estar obligado al pago de la prima vencida.