RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas: 1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales. 2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley. 3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA. 4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. 5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario. 6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos. 8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio De Aseo, Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio De Aseo, Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) o las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosCOJARDIN SA ESP. Los Empleados funcionarios encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado el Gerente General de la PERSONA PRESTADORApersona prestadora o su suplente.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso AdministrativoAdministrativo (Ley 1437 de 2011) o las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto, Contrato De Prestación De Servicios Públicos, Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la prestadora de los servicios proceden el recurso de reposición, reposición y subsidiariamente el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyapelación.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. Estos Los recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora empresa podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será es subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo en consecuencia deberá interponerse ante en el prestador, mismo escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento notificación del acto administrativo debatido
8. De los recursos de reposición y apelación contra los demás actos de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con persona prestadora que enumera el expediente respectivo a inciso primero del artículo 154 de la Superintendencia Ley 142 de Servicios Públicos Domiciliarios1994, para que lo resuelva, debe hacerse uso dentro de los 3 cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió aquel en que persona prestadora ponga el recurso de reposición.acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes, Contrato De Condiciones Uniformes, Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a hábilessiguientesa aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de PeticionesAtención al Cliente, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La a través del Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado encargado de la PERSONA PRESTADORAresolver los recursos
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativocontencioso administrativo (Ley 1437 de 2011).
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios Públicos, Contrato De Prestación De Servicios Públicos
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011, cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de medidas de suspensión, corte e intereses moratorios, que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al usuario. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el comercial.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso AdministrativoAdministrativo – Ley 1437 de 2011.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes, Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por El Empleado reconoce y está de acuerdo en que las siguientes reglas:
1restricciones establecidas en las Secciones 3 a 5 del presente documento son razonables y necesarias para la protección de la actividad y la reputación comercial de TruGreen incluyendo su Información Confidencial y sus Secretos Comerciales. Los recursos se presentaránAdemás el Empleado está de acuerdo en que si él incumple o amenaza con incumplir cualquiera de las obligaciones de el Empleado según las Secciones 4 y 5 del presente documento, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994TruGreen sufrirá un daño irreparable, y demás disposiciones que indemnizaciones monetarias pueden resultar insuficientes para remediar tal incumplimiento. Por lo tanto, TruGreen, además de cualquier otro recurso disponible según la modifiquenley, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor puede obtener una ejecución específica y/o usuario en las oficinas una compensación mediante intimación judicial contra el Empleado para prevenir tal incumplimiento continuo o amenazante. El Empleado reconoce que la Compañía puede decidir o no decidir la búsqueda de Peticionesejecución judicial para este o cualquier otro Acuerdo de Confidencialidad/No competir con el Empleado y que tal decisión no deberá de ninguna manera considerarse como una renuncia al derecho que tiene la Compañía para aplicar los términos de este Acuerdo contra el Empleado. Además, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado el Empleado reconoce que la decisión de la PERSONA PRESTADORA.
4Compañía de no ejecutar judicialmente las obligaciones de otro empleado según el Acuerdo de Confidencialidad/No competir de este otro empleado, no deberá considerarse como una admisión o exención a ningún derecho sobre la naturaleza confidencial de la información exclusiva y de secretos comerciales como se describen más enteramente aquí. El recurso Empleado también reconoce y está de reposición contra acuerdo en que él deberá rembolsar a TruGreen todos los actos honorarios de abogados y los costos en que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro TruGreen incurra para ejecutar cualquiera de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha sus derechos o recursos bajo esta sección o bajo cualquier otra provisión de conocimiento de la decisióneste Acuerdo.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Confidentiality Agreement, Confidentiality Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación facturación, terminación e imposición de medidas de suspensión corte e intereses moratorios que realice LA PERSONA PRESTADORA EMPRESA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA EMPRESA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Peticiones Quejas y RecursosReclamos o en el Departamento de Atención al Cliente. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La será del Jefe de Sección Departamento de Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORACliente.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora LA EMPRESA podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora LA EMPRESA no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco (5) períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos (5) cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Cesión, Public Services Contract
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:siguientes
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la EMPAS S.A proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la EMPAS S.A ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/ante el Gerente o El Abogado Representante Legal de la PERSONA PRESTADORAEMPAS S.A.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención 6.Estosrecursosnorequierendepresentaciónpersonalniintervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora EMPAS S.A podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora EMPAS S.A no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público De Alcantarillado, Contrato Para La Prestación Del Servicio Público De Alcantarillado
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011, cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA EMCOAAAFOR E.S.P proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA EMCOAAAFOR E.S.P ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención será el designado por EMCOAAAFOR E.S.P, correspondiente al Cliente y/o El Abogado funcionario de la PERSONA PRESTADORAoficina de Peticiones, Quejas y Recursos.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora EMCOAAAFOR E.S.P podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo2011).
7. La persona prestadora EMCOAAAFOR E.S.P no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador EMCOAAAFOR E.S.P deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados Atención al cliente de CENTROAGUAS S.A. ESP El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe será el jefe de Sección Atención atención al Cliente y/cliente o El Abogado el representante legal o a quien este designe. Lo anterior de conformidad con lo previsto en el Artículo 156 de la PERSONA PRESTADORALey 142 de 1994.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco (5) períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Service Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.días
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.los
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público Ordinario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.no
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la EMPAS S.A proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la EMPAS S.A ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/ante el Gerente o El Abogado Representante Legal de la PERSONA PRESTADORAEMPAS S.A.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora EMPAS S.A podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora EMPAS S.A no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.debiendo
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Sources: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Alcantarillado
RECURSOS. Los recursos 33.1 Recurso especial en materia de contratación. En los procedimientos de adjudicación de contratos de obras sujetos a regulación armonizada y aquellos otros de los contemplados en el art. 40.1, y solamente para los actos enumerados en el punto 2 del citado artículo, acuerdos de adjudicación, los pliegos reguladores de la licitación, aquellos que establezcan las características de la prestación, documentos contractuales y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, será posible interponer el recurso especial en materia de contratación, regulado en el art. 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con anterioridad a la interposición del recurso contencioso-administrativo, sin que proceda la interposición del recurso administrativo ordinario contra los mismos.
33.2 No obstante lo anterior, contra los actos que se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarándicten en los procedimientos de adjudicación de contratos administrativos que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 40, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa procederá interponer potestativamente Recurso de Reposición en el Código plazo de Procedimiento un mes desde el día siguiente a su notificación, o de tres meses si la Resolución es presunta a contar en este último supuesto desde el día siguiente a aquel en que se produzca el citado acto presunto. Interpuesto el referido recurso de Reposición no cabrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo y hasta que no sea resuelto expresa o presuntamente el citado Recurso de Reposición. Asimismo, los interesados podrán interponer directamente contra la citada Resolución del Órgano de Contratación, Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994Málaga, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesnotificación.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios
RECURSOS. El suscriptor y/o usuario tiene derecho a presentar recursos solicitando la modificación o revocatoria de una decisión tomada por la Persona Prestadora, en casos en los que la ley admite este mecanismo. Los recursos se regirán de acuerdo con lo establecido en el Artículo 154 de la Ley 142 de 1994, principalmente por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden la Persona Prestadora, procede el recurso de reposición, y en subsidio el de apelación ante la SSPD, en los casos en que expresamente lo contempla consagre la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la Persona Prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAusuario.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos Los recursos no requieren de presentación personal personal, ni intervención de abogado abogado, aunque se emplee un mandatario. Si el peticionario actúa mediante apoderado, deberá anexar el poder o mandato para actuar como tal.
5. Debe indicarse el nombre y apellidos del recurrente, su dirección, así como su dirección electrónica, si desea notificarse por este medio. El usuario podrá agregar un teléfono y el número de contrato. En caso de una solicitud conjunta de varios usuarios deben cumplirse todos los requisitos para cada uno de los peticionarios.
6. La persona prestadora Persona Prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora Persona Prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta, salvo en los conceptos y períodos no objetos del reclamo. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestadorla Persona Prestadora, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisióndecisión inicial. El prestador La Persona Prestadora deberá remitirlo remitir el recurso de apelación junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Domiciliarios para que lo resuelva, dentro de los 3 tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición. Parágrafo. Si el escrito con el cual se formula el recurso no cumple con los requisitos señalados en el artículo 78 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo, o la norma que lo modifique o sustituya, la Persona Prestadora deberá rechazarlo. Contra esta decisión procederá el recurso de queja.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las la empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue nieguen la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la empresa proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticionespeticiones, Quejas quejas y Recursosrecursos. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el jefe de la PERSONA PRESTADORAoficina de peticiones, quejas y recursos.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora empresa podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora empresa no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco (5) períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco (5) períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestadorla empresa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador La empresa deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso e imposición de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.sanciones
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas en
4. No son procedentes los recursos contra los actos de Peticionessuspensión, Quejas terminación y Recursos. Los Empleados encargados corte, si con ellos se pretende discutir un acto de resolverlo serán La Jefe facturación que no fue objeto de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORArecurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Regulatory Resolution
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglasAl ser una licitación sometida a regulación armonizada serán susceptibles de recurso especial, con carácter potestativo, y previo a la interposición del Contencioso-administrativo, los siguien- tes actos:
11.-. Los recursos se presentaránanuncios de licitación, tramitarán los pliegos y decidirán los documentos contractuales que establez- can las condiciones que deban regir la contratación,
2.-. Los actos de conformidad con lo previsto trámite adoptados en el Código procedimiento de Procedimiento Administrativo y adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibili- dad de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a de- rechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
3.-. Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en los tres puntos anteriores, podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la Ley 142 instrucción del expediente o al órgano de 1994contratación, a efectos de su corrección, y demás disposiciones sin perjui- cio de que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2adjudicación. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos susceptibles de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden recurso especial no podrá interponerse recurso ordinario admi- nistrativo. La competencia para resolver el recurso será establecida por las normas de reposiciónla Comunidad Autó- noma de Castilla-La Mancha por tener atribuida competencia normativa y de ejecución en mate- ria de régimen local y contratación. En el supuesto de que a fecha del recursos todavía no exista previsión expresa en la legislación autonómica, la competencia corresponderá al mismo órgano al que la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha haya atribuido la competencia para resolver los recursos de su ámbito. Sin perjuicio de que en tanto no se produzca el necesario desarrollo normativo se estará a lo dis- puesto en la Disposición Transitoria segunda de la Ley 34/2010 de 5 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación. Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan re- sultar afectados por las decisiones objeto de recurso. Antes de interponer el recurso especial, las personas físicas y jurídicas, legitimadas para ello, podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas pro- visionales. Tales medidas irán dirigidas a corregir infracciones de procedimiento o impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, y podrán estar incluidas, entre ellas, las des- tinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de apelación adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los casos en órganos de contratación. Todo aquel que expresamente lo contempla la Ley.
3. El se proponga interponer recurso especial de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga contratación deberá anunciarlo pre- viamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo plazo previsto en el Código apartado siguiente para la interposición del recurso. El procedimiento de Procedimiento Administrativo y recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. No obstante lo Contencioso Administrativo.dispuesto en el párrafo anterior:
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un a) Cuando el recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos se interponga contra el acto que decida la reclamacióncontenido de los pliegos y demás documen- tos contractuales, el suscriptor y/cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que los mismos hayan sido recibidos o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos puestos a disposición de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodoslicitadores o candidatos para su conocimiento.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Suministro De Energía Eléctrica
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al cliente. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente será el representante legal o sus suplentes y/o El Abogado el director ejecutivo de la PERSONA PRESTADORAempresa.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contract for Public Utility Services
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosEMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ANORÍ S.A. E.S.P. - OFICINA PQR. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de será la PERSONA PRESTADORASECRETARIA GENERAL - PQR.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para El Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. 3.1.- Los interesados en el procedimiento podrán impugnar los acuerdos de adjudicación adoptados por el órgano de contratación y demás actos recogidos en el artículo 310.2 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público mediante la interposición del recurso especial en materia de contratación siempre que dichos actos se refieran a los tipos de contratos relacionados en el artículo 310.1 de la citada Ley. De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 34/2010, de 5 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, y en tanto se regule ante quien debe interponerse el citado recurso especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha, la competencia para la resolución de los recursos especiales corresponderá al órgano de contratación y los interesados deberán presentar su escrito de recurso ante el mismo o ante el órgano competente para la resolución del recurso, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán remita la notificación del acto impugnado de conformidad con lo previsto dispuesto en el Código artículo 135.4 de Procedimiento Administrativo y la Ley 30/2007. En todo caso, el mencionado recurso especial tiene carácter potestativo, de forma que los interesados pueden impugnar directamente ante los Juzgados de lo Contencioso Contencioso- Administrativo cuando no exista norma aplicable los actos anteriormente citados. Dicho recurso se presentará en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto impugnado, de conformidad con lo establecido en la Ley 142 29/1998 de 199413 de julio, y demás disposiciones que reguladora de la modifiquenJurisdicción Contencioso-Administrativa. El citado Recurso especial procede, adicionen o reglamentenen los procedimientos citados anteriormente, se tendrán en cuenta las costumbres contra el acuerdo de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2la Mesa de Contratación de exclusión de licitadores. Contra los actos dictados en los cuales se niegue procedimientos de adjudicación no incluidos en el artículo 310.1 de la prestación Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del servicioSector Público, así como no cabe recurso especial en materia de contratación. En estos casos, los actos interesados podrán impugnar los acuerdos de facturación adjudicación y demás decisiones adoptadas por el órgano de contratación mediante la interposición del recurso potestativo de reposición o bien presentar el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden resulte competente de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, cuando el acto impugnado en los procedimientos citados anteriormente sea el acuerdo de la Mesa de Contratación de exclusión de licitadores, los interesados podrán presentar recurso de reposiciónalzada ante el órgano de contratación, y de conformidad con lo establecido en el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado artículo 114 de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso Ley 30/1992, de reposición contra los actos que resuelvan 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso AdministrativoComún.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Suministro
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosEmpresas Públicas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el Gerente de la PERSONA PRESTADORAEmpresa de Servicios Públicos.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas la Oficina de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/de EMAS. El funcionario encargado de resolverlo será el Gerente, sus suplentes, o El Abogado de la PERSONA PRESTADORApersona que éste designe formalmente.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. Los 6.1 Si el Vendedor no prestase los Servicios de acuerdo con lo establecido en el Contrato, el Comprador, sin limitación de sus otros derechos o recursos se regirán por las en virtud del Contrato o de la legislación, tendrá uno o más de los siguientes reglasderechos a:
1. Los recursos se presentarán(a) exigir al Vendedor que vuelva a prestar los Servicios de forma gratuita y tan pronto como sea razonablemente posible;
(b) rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Vendedor;
(c) negarse a aceptar cualquier prestación posterior de los Servicios que el Vendedor intente realizar;
(d) recuperar del Vendedor cualquier coste incurrido por el Comprador en la obtención de servicios sustitutivos;
(e) si el Comprador hubiese pagado por adelantado Servicios que no hayan sido prestados por el Vendedor, tramitarán y decidirán recibir del Vendedor el reembolso de dichas sumas; y
(f) ser indemnizado por el Vendedor por cualquier coste adicional, pérdida o gastos incurridos por el Comprador que sean de alguna manera atribuibles al incumplimiento de los Servicios por parte del Vendedor de conformidad con el Contrato.
6.2 Si los Bienes no se entregasen en la fecha aplicable, el Comprador podrá, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que pueda tener, a su sola discreción, reclamar o deducir el cinco por ciento del precio de los Bienes por cada semana de retraso en la entrega mediante una indemnización por daños y perjuicios, hasta un máximo del cincuenta por ciento del precio total de los Bienes.
6.3 Si se suministrasen Bienes no conformes con lo previsto dispuesto en el Código Contrato, sin limitación de Procedimiento Administrativo sus otros derechos o recursos establecidos en virtud del Contrato o de la legislación, el Comprador tendrá derecho, a su entera discreción, a:
(a) rechazar los Bienes (en su totalidad o en parte), independientemente de que la titularidad haya sido transferida o no, y devolverlos al Vendedor por su cuenta y riesgo;
(b) rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Vendedor;
(c) exigir al Vendedor que se reparen o reemplacen, por cuenta del Vendedor, los Bienes rechazados en un plazo de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable 7 días, o que reembolse íntegramente el precio de los Bienes rechazados (si se hubiese abonado);
(d) negarse a aceptar cualquier entrega posterior de los Bienes que el Vendedor intente realizar;
(e) recuperar del Vendedor cualquier gasto incurrido por el Comprador en la Ley 142 obtención de 1994bienes sustitutos; y
(f) ser indemnizado por el Vendedor por cualquier coste adicional, y demás disposiciones pérdida o gasto en que incurra el Comprador como consecuencia de la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres falta de las empresas comerciales en suministro de los Bienes por parte del Vendedor de conformidad con el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesContrato.
2. Contra los actos en los cuales 6.4 Estas Condiciones se niegue la prestación del servicio, así como los actos extenderán a cualquier servicio de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor sustitución o compensación y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/a los bienes reparados o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAsustituidos suministrados por el Vendedor.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Condiciones Generales De Compra
RECURSOS. Los recursos Si el presupuesto de gasto de primer establecimiento del contrato es superior a 500.000 euros, para lo que se regirán estará a lo establecido en el apartado 6 del anexo I, y el plazo de duración superior a cinco años, circunstancia que se indica en el apartado 20 del anexo I. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento las actas de la mesa de contratación por las siguientes reglas:que se acuerde la exclusión de licitadores. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del Órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el Art. 314 de la LCSP, previo anuncio por escrito al Órgano de contratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y sólo cabrá la interposición del recurso contencioso- administrativo. Los actos del Órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como las que se dicten en contratos no comprendidos en el Art. 310 de la LCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de la notificación de la resolución, o ser impugnado directamente ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Coslada, a 28 de octubre de 2010 LA TÉCNICO DEL ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y SERVICIOS GENERALES. Fdo. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇
1.- Definición del objeto del contrato.
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán Prestación de actividades deportivas de conformidad con lo previsto en el Código Pliego de Procedimiento Administrativo y Prescripciones Técnicas Particulares. En todo caso, el programa de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en actividades deportivas a desarrollar por el adjudicatario contemplará como mínimo la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales oferta incluida en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesAnexo VI ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas Particulares en las condiciones señaladas.
2. Contra los actos en los cuales se niegue Explotación de las zonas de uso deportivo y de aquellas otras zonas complementarias que sean aptas para el desarrollo de actividades de carácter comercial o análogo, compatibles con la prestación del servicio, así como los actos actividad deportiva y de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, conformidad con la legislación y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyplaneamiento.
3. El recurso Mantenimiento de reposición debe interponerse por escrito, dentro orden preventivo y reparador de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de toda la PERSONA PRESTADORAinstalación.
4. El recurso Realización de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro obras de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisiónmantenimiento derivadas del uso.
5. Estos recursos no requieren Promoción y difusión de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatariola actividad deportiva.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebasDotación, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo mantenimiento y de lo Contencioso Administrativoactualización del equipamiento deportivo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer Atención e información al público sobre los recursos contra servicios que se prestan en el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodoscentro deportivo.
8. El recurso Limpieza de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra todos los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.espacios
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosAtención Clientes PQR de la Dirección Comercial. Los Empleados encargados . El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el responsable de la PERSONA PRESTADORAoficina de atención Clientes PQR o el Director Comercial
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora Las EMPRESAS PUBLICAS DE ARMENIA E.S.P podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora Las EMPRESAS PUBLICAS DE ARMENIA E.S.P no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador Las EMPRESAS PUBLICAS DE ARMENIA E.S.P deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las la empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosServicio al Cliente. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe será el líder de Sección Atención Servicio al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORACliente.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco del os cínico (5) días hábiles siguientes siguiente a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal personal, ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir decidido el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará sujetara a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.promedio
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes siguiente a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación De Servicios Públicos Domiciliarios
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención atención al Cliente y/o El Abogado cliente de la PERSONA PRESTADORApersona prestadora El (los) funcionario(s) encargado(s) e resolverlo será el Coordinador (a) de Gestión Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Service Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al usuario. Los Empleados encargados El (los) funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el (la) Director(a) Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado abogado, aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta, salvo en los conceptos y períodos no objetos del reclamo. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisióndecisión inicial. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticionesla EMPRESAS PUBLICAS DE PITALITO ESP, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el GERENTE.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. Los De producirse una Causal de Incumplimiento, el Dador, a su exclusivo criterio, podrá ejercer uno o varios de los siguientes recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán (en tanto no resulten incompatibles entre sí): (a) rescindir todas o cualquier operación de conformidad con lo previsto leasing celebradas bajo el presente Contrato; (b) exigir al Tomador la entrega de los Bienes en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en lugar designado por el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor Dador y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas solicitar el secuestro judicial conforme al Artículo 1249 del Código Civil y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado Comercial de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso Nación o a cualquier otra disposición legal similar en vigencia; (c) exigir el pago de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco la Compensación Esperada (5) días hábiles siguientes según se define en el presente y conforme al cálculo del Dador a la fecha de conocimiento la Causal de la decisión.
5. Estos recursos no requieren Incumplimiento) respecto de presentación personal ni intervención cada operación de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso leasing entonces en vigencia; (d) rescindir cualquier otro acuerdo celebrado entre el Dador y el Tomador; (e) ejercer cualquier otro derecho o recurso otorgado al Dador por las haya solicitado leyes aplicables y/o; (f) solicitar y gestionar el levantamiento y/o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor inscripción del presente Contrato y/o usuario el CLS, ante el Registro de la Propiedad Automotor o de Créditos Prendarios, según corresponda. Asimismo, el Tomador deberá acreditar pagar al Dador todos los costos y gastos (incluyendo honorarios y gastos legales) incurridos por el Dador al exigir el cumplimiento de cualquiera de los términos, condiciones o disposiciones del presente Contrato. Contra la restitución de los Bienes, de optar el Dador por exigir dicha restitución, el Dador deberá dar en leasing, alquilar, vender o de cualquier otro modo disponer de los Bienes de una manera comercialmente razonable, con o sin notificación, en venta pública o privada, debiendo destinar los fondos netos obtenidos (luego de deducir todos los gastos incurridos - incluyendo honorarios legales y costos) en relación con dicha operación, al pago de las sumas adeudadas al Dador en virtud del presente; teniendo en cuenta, sin embargo, que no han sido objeto el Tomador continuará siendo responsable ante el Dador por cualquier monto impago después de recurso cualquier venta o del promedio leasing de los Bienes hasta alcanzar la efectiva cancelación de la producción Compensación Esperada. A los efectos del presente Contrato, la "Compensación Esperada" significa respecto de residuos cada operación de leasing un importe equivalente a la suma de (A) los últimos cinco períodosCánones y demás sumas que se encuentren vencidas e impagas bajo el presente Contrato, salvo que las sumas (B) el valor presente (descontado a la Tasa LIBO, según se define en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo el presente, capitalizada mensualmente) de (1) todos los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes Cánones a vencer desde la fecha de conocimiento la causal de incumplimiento y (2) (i) el valor residual final estimado de los Bienes registrado en la contabilidad del Dador, en caso en que en el CLS correspondiente se establezca que el precio de la decisiónopción de compra es el Valor de Plaza de los Bienes, o bien, (ii) en cualquier otro caso, el valor de la opción de compra establecido en el CLS correspondiente; y (C) todos los demás importes que se tornaran pagaderos y exigibles en virtud del presente en tanto dichos importes no estuvieran incluidos en los puntos (A) y (B) precedentes. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo A los efectos del presente Contrato, se entenderá por Tasa LIBO a la Superintendencia tasa anual ofrecida para depósitos en dólares estadounidenses para el plazo indicado en el CLS correspondiente en el mercado interbancario de Servicios Públicos DomiciliariosLondres, para según se informe en la página 3750 del servicio Telerate Dow ▇▇▇▇▇, a las 11.00 hs. (hora de Londres) del primer día del Plazo Original o de cualquier renovación de dicho plazo, según corresponda, o, en caso que lo resuelvaen la fecha del cálculo respectivo no se informara dicha tasa en los servicios mencionados, dentro según informe la Asociación de los 3 días hábiles siguientes a la notificación Bancos Británicos en dicha fecha de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposicióncálculo.
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Sources: Convenio General De Leasing
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Nuevo Código de De Procedimiento Administrativo y de lo De Lo Contencioso Administrativo Administrativo, cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquenmodifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte y facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosAtención al Cliente. Los Empleados funcionarios encargados de resolverlo serán La será el Jefe de Sección la Oficina de Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAy el Subgerente Comercial.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficiooficio. La práctica Cuando sea del caso practicar pruebas, se señalará para ello un término no mayor de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en treinta (30) días. Los términos inferiores podrán prorrogarse por una sola vez, sin que con la prórroga el Código término exceda de Procedimiento Administrativo y treinta (30) días. (Ley 1437 de lo Contencioso Administrativo.2011 Articulo 79)
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.. (Res. CRA 375/06 Cláusula 40)
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Sources: Servicios Públicos Domiciliarios
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIOS PUBLICOS SEMSA .A.E.S.P. El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/será el Gerente, el Coordinador o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAel delegado para estos efectos.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Service Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Peticiones Quejas y RecursosReclamos o de Atención al Cliente. Los Empleados funcionarios encargados de resolverlo serán La el Jefe de Sección Atención al Cliente y/la mencionada oficina o El Abogado la Gerencia General de la PERSONA PRESTADORACentral Colombiana de Aseo.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – EAAB - ESP proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – EAAB - ESP ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Atención al Cliente, habilitadas por la empresa para tal fin. El funcionario encargado de resolverlo será el Jefe de la oficina de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados Reclamos de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado conformidad con lo previsto en el artículo 156 de la PERSONA PRESTADORALey 142 de 1994.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – EAAB - ESP podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – EAAB - ESP no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestadorla EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – EAAB - ESP, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador La EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – EAAB - ESP deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Servicio Público
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:Los
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.adicionen
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al usuario. Los Empleados encargados El (los) funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el (la) Director(a) Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta, salvo en los conceptos y períodos no objetos del reclamo. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.contra
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público Ordinario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. 37.1 Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. 37.2 Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. 37.3 El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Atención al Cliente organizadas para atención al usuario. El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo será la Jefe de Gestión, Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAReclamos.
4. 37.4 El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. 37.5 Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. 37.6 La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. 37.7 La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. 37.8 El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al usuario. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el jefe área Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosla Empresa ubicadas en el municipio de Tocancipá. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el área jurídica de la PERSONA PRESTADORA.Empresa de Servicios Públicos de Tocancipá S.A. ESP
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Aseo
RECURSOS. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.
b) El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
c) La copia o traslado del acto expreso que se recurra, o indicación del expediente en que haya recaído o del periódico oficial o perfil de contratante en que se haya publicado.
d) El documento o documentos en que funde su derecho.
e) El justificante de haber anunciado previamente la interposición del recurso Los recursos actos que se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarándicten en los procedimientos de adjudicación de contratos administrativos no susceptibles de recurso especial, tramitarán y decidirán podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable dispuesto en la Ley 142 30/1992, de 199426 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones que en la modifiquenLey 29/1998 de 13 de julio, adicionen o reglamentenreguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se tendrán podrá plantear la cuestión de nulidad contractual, en cuenta el plazo de 30 días hábiles, a contar (según dispone el apartado 3 del art. 39 del TRLCSP:
a) Desde la publicación de la adjudicación del contrato en la forma prevista en el art. 154.2, incluyendo las costumbres razones justificativas de la no publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
b) O desde la notificación a las licitadoras afectadas, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las empresas comerciales características de la proposición de la adjudicataria que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de los dispuesto en el trato con su clientelaart. 153 en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente. Fuera de estos supuestos la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis meses, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesa contar desde la formalización del contrato.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Administrativo, Ley 1437 de 2011, cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de medidas de suspensión, corte e intereses moratorios que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados la persona prestadora; los funcionarios encargados de resolverlo serán La Jefe los Asistentes de Sección Atención servicio al Cliente y/o El Abogado cliente y comercial y demás funcionarios del proceso comercial que sean designados por la persona prestadora de conformidad con lo previsto en el Artículo 156 de la PERSONA PRESTADORALey 142 de 1994.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los Contra los actos preparatorios y de adjudicación de los contratos sujetos a las presentes instrucciones cabe interponer los recursos de alzada y potestativo de reposición previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para la interposición de los recursos será de 1 mes. Dichos recursos deberán presentarse dirigidos a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente o bien en el registro del órgano administrativo a que se regirán por dirige o en los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las siguientes reglas:
1Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio. Los recursos En el caso de contratos sujetos a regulación armonizada cabe la posibilidad de interponer el recurso especial en materia de contratación contra alguno de los actos indicados en el artículo 40.2 del TRLCSP. Dicho recurso deberá presentarse ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP. El recurso deberá anunciarse previamente, mediante escrito, especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se presentaránremita la notificación del acto impugnado. La presentación, tramitarán y decidirán contenido, efectos, tramitación etc. del recurso se acomodará a lo establecido en los artículos 44 a 49 del TRLCSP. Si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación de conformidad con lo previsto dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesartículo 45 del citado cuerpo legal.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Internal Hiring Instructions
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosATENCION CLIENTES PQR de la DIRECCION COMERCIAL. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el responsable de la PERSONA PRESTADORAoficina de atención Clientes PQR o el Director Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestadorEMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación y cobro de interese moratorios sobre saldos insolutos que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosla Empresa ubicadas en el municipio de Tocancipá. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el área jurídica de la PERSONA PRESTADORAEmpresa de Servicios Públicos de Tocancipá S.A. ESP
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación De Servicios Públicos Domiciliarios
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas la oficina de Peticiones, Quejas y RecursosRecursos [PQR] de la persona prestadora. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/será el Gerente o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAel funcionario que éste designe.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado abogado, aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA JAMUNDIASEO S.A. ESP proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA JAMUNDIASEO S.A. ESP ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAJAMUNDIASEO S.A. ESP .El funcionario encargado de resolverlo será el Gerente General.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora JAMUNDIASEO S.A. ESP podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora JAMUNDIASEO S.A. ESP no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamentenreglamente, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de medidas de suspensión, corte e intereses moratorios que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, reposición y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosubicación atención al cliente. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá asesor jurídico.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado abogado, aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso procedimiento Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodosperiodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:Los
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosla persona prestadora. Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el gerente de la PERSONA PRESTADORA.persona prestadora002E
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Ordinario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, atención al cliente en: 1.Oficina Principal Proactiva Oriente S.A. (Av 7 No: 8N-80 2.Centro de Atención Conjunta (CAC: ▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇:▇-▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇) ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (CENS: Av 7 No: Av 7 No: 5N- 220) . El funcionario encargado de resolverlo será el coordinador la oficina de Peticiones Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Se rvicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al usuario de Aguas Marakata. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe será el responsable de Sección Atención servicio al Cliente y/o El Abogado cliente..
4. No son procedentes los recursos contra los actos de la PERSONA PRESTADORAsuspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.no
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosla oficina Comercial. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La será el Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado la oficina Comercial con apoyo de la PERSONA PRESTADORAdependencia que se requiera.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor s uscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos_________ (Debe indicarse la oficina o dependencia encargada). Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán será __________(La Jefe persona prestadora definirá los cargos o los funcionarios competentes de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado resolver los recursos de conformidad con lo previsto en el artículo 156 de la PERSONA PRESTADORALey 142 de 1994).
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA Corpoguepsa proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA Corpoguepsa ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de PeticionesCorpoguepsa, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe será el administrador resolverá los recursos de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado conformidad con lo previsto en el artículo 156 de la PERSONA PRESTADORALey 142 de 1994).
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora Corpoguepsa podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora Corpoguepsa no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador Corpoguepsa deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación De Servicios Públicos
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosatención al usuario. Los Empleados encargados El (los) funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el (la) Director(a) Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta, salvo en los conceptos y períodos no objetos del reclamo. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisióndecisión inicial. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio Público Ordinario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas::
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas la dirección comercial de Peticiones, Quejas y Recursosla persona prestadora. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el Gerente.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.interponer
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Service Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
11.4.1. Los recursos se presentaránContra este pliego de cláusulas administrativas particulares, tramitarán y decidirán el cuadro de conformidad con lo previsto características que acompaña al mismo, el pliego de prescripciones técnicas, los actos de trámite adoptados en el Código procedimiento que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de Procedimiento Administrativo continuar en el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos y contra los acuerdos de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable adjudicación provisional del contrato siempre que se encuentre sujeto a regulación armonizada o en el resto de los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 142 30/2007, de 199430 de octubre, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán procederá recurso especial en cuenta las costumbres materia de las empresas comerciales contratación en los términos regulados en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesmismo.
21.4.2. Será competente para resolver el recurso especial el órgano de contratación. Cuando el órgano de contratación actúe por delegación de competencias, la ostentará también para resolver el recurso, salvo la facultad, en su caso, de acordar una indemnización por perjuicios que corresponderá al órgano delegante. La interposición de este recurso especial es incompatible con la interposición de recursos administrativos ordinarios. La resolución expresa de este recurso especial o el transcurso del plazo establecido para la misma sin que se haya notificado agota la vía administrativa y contra la misma sólo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el Ley 29/ 1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
1.4.3. Contra los actos administrativos y los acuerdos no incluidos en el ámbito del recurso especial procederán los recursos que se relacionan en los cuales se niegue apartados siguientes.
1.4.4. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la prestación del serviciodisposiciones vigentes en materia de contratación de servicios, así como el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo, acordar su resolución y determinar los actos efectos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el ésta. Los acuerdos correspondientes serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos procederá recurso de reposiciónalzada ante el Consejero de Salud y Servicios Sanitarios. Las resoluciones de los mismos pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó o ser impugnados. Contra los mismos procederá recurso contencioso- administrativo, y el conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leydicha Jurisdicción.
31.4.5. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes concurrencia a la fecha de conocimiento de licitación presume por parte del licitador la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago aceptación incondicionada de las sumas que no han sido objeto cláusulas de recurso o este pliego, del promedio Cuadro de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para Características que lo resuelvaacompaña y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas en su totalidad, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposiciónsin salvedad alguna.
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Sources: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares
RECURSOS. Los recursos se regirán En los contratos de valor estimado superior a 3.000.000 euro,s podrán los interesados interponer potestativament e RECURSOADMINISTRATIVO ESPECIAL por presunta infracción del ordenamiento jurídico ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Podrán ser objeto de recurso especial las siguientes reglasactuaciones:
1a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; entre elloslos actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas.
c) Los acuerdos de adjudicación.
d) Las modificaciones contractuales que vulneren los requisitos legales y se entienda por ello que tales prestaciones debieron haber sidoobjeto de una nueva adjudicación. Los recursos actos que se presentarándicten en los procedimientos de adjudicación de contratosde valor estimado inferior a 3.000.000 eurospodrán ser objeto de RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano de contratación, tramitarán y decidirán en los términos establecidoen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas . Contra la desestimación expresa o presunta del recurso especialo del recurso administrativo, podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con lo previsto la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Recurso que podrá interponerse directamente sin necesidad de recurso administrativo previo alguno. La interposición de cualquier recurso y la eventual suspensión del procedimiento por la interposición de recursos, será publicada en el Código perfil de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualescontratante del Ayuntamiento .
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contract for the Execution of Works
RECURSOS. Los De producirse una Causal de Incumplimiento, el Dador podrá ejercer uno o varios de los siguientes recursos (en tanto no resulten incompatibles entre sí): (a) rescindir la operación de leasing celebrada bajo el presente Contrato exigiendo al Tomador la entrega del Bien en el lugar designado por el Dador y /o solicitar el secuestro judicial conforme al Artículo 1249 del Código Civil y Comercial o a cualquier otra disposición legal similar en vigencia, previa intimación al Tomador otorgándole 5 días para la regularización del incumplimiento; (b) exigir el pago de la Compensación Esperada (según se regirán define en el presente y conforme al cálculo del Dador a la fecha de la Causal de Incumplimiento); (c) rescindir cualquier otro acuerdo celebrado entre el Dador y el Tomador; y /o (d) ejercer cualquier otro derecho o recurso otorgado al Dador por las siguientes reglas:
1leyes aplicables. Los recursos Las sumas adeudadas bajo el presente Contrato podrán ser reclamadas por el Dador al Tomador mediante vía ejecutiva conforme lo establecido en el artículo 1249 del Código Civil y Comercial. Asimismo, el Tomador deberá pagar al Dador todos los costos y gastos (incluyendo honorarios y gastos legales razonables) incurridos por el Dador al exigir el cumplimiento de cualquiera de los términos, condiciones o disposiciones del presente Contrato. Contra la restitución del Bien, de optar el Dador por exigir dicha restitución, el Dador podrá dar en leasing, alquilar, vender o de cualquier otro modo disponer del Bien de una manera comercialmente razonable, con o sin notificación, en venta pública o privada, debiendo destinar los fondos netos obtenidos (luego de deducir todos los gastos incurridos - incluyendo honorarios legales y costos) en relación con la presente operación, al pago de las sumas adeudadas al Dador en virtud del presente así como, una vez cancelada dicha deuda, podr án aplicarse a la cancelación por compensación de cualquier otra deuda, en virtud de cualquier tipo de contrato ya sea préstamos personales, cuenta corriente, tarjeta de crédito, etc. que el Tomador tenga exigible con el Dador; teniendo en cuenta, sin embargo, que el Tomador continuará siendo responsable ante el Dador por cualquier monto impago después de cualquier venta o leasing del Bien. A los efectos del presente Contrato, la ''Compensación Esperada'' significa un importe equivalente a la suma que el Tomador habría debido pagar si hubiera ejercido la Opción de Compra Anticipada del Bien, según se presentarán, tramitarán y decidirán determine en función de conformidad con lo previsto en el Código párrafo (C) de Procedimiento Administrativo y la cláusula 11 del presente. Una vez cancelada toda la deuda del Tomador, todo ingreso relacionado al Bien (por leasing, alquiler, venta o cualquier otro modo de lo Contencioso Administrativo cuando disposición) será a favor exclusivo del Dador no exista norma aplicable generándose derecho a favor del Tomador a reintegro alguno de las sumas abonadas por éste. Las Partes convienen que, en la Ley 142 medida que sea procedente de 1994acuerdo a lo dispuesto por los arts. 921 y ss. del Código Civil y Comercial y, y demás disposiciones de corresponder, conforme normas aplicables, el Dador queda facultado a compensar las deudas que la modifiquense originen a cargo del Tomador bajo el presente Contrato, adicionen con cualquier crédito a su favor existente en el Dador, sus subsidiarias, vinculadas o reglamenten, se tendrán afiliadas sea en cuenta las costumbres corriente, de las empresas comerciales en el trato con ahorro o depósitos a plazo fijo o bajo la forma de cualquier saldo o suma registrada a su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor nombre e incluso títulos y/o usuario en las oficinas valores de Peticionescualquier naturaleza que tenga depositados, Quejas a cuyo efecto el Dador podrá venderlos. Cualquier crédito a compensar se considerará líquido y Recursos. Los Empleados encargados vencido a los fines del ejercicio de resolverlo serán La Jefe esta compensación, de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará acuerdo a lo previsto en dispuesto por el art. 923 y 924 del Código Civil y Comercial. Esta facultad podrá ser ejercida por el Dador con cualquier deuda vencida y exigible del Tomador bajo el presente Contrato, sin otra obligación que la de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativoinformar adecuadamente los valores compensados.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Leasing Agreement
RECURSOS. Los recursos 35.1 Recurso especial en materia de contratación. Si el contrato es susceptible de recurso administrativo especial se regirán regulará por lo dispuesto en los arts. 40 a 49 del TRLCSP, con la amplitud que le otorga la Directiva 2014/2024, en cuanto a los actos susceptibles de recurso. En los procedimientos de adjudicación de contratos de obras sujetos a regulación armonizada y aquellos otros de los contemplados en el art. 40.1, y solamente para los actos enumerados en el punto 2 del citado artículo, acuerdos de adjudicación, los pliegos reguladores de la licitación, aquellos que establezcan las siguientes reglas:características de la prestación, documentos contractuales y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, será posible interponer el recurso especial en materia de contratación, regulado en el art. 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con anterioridad a la interposición del recurso contencioso-administrativo, sin que proceda la interposición del recurso administrativo ordinario contra los mismos.
1. Los recursos 35.2 No obstante lo anterior, contra los actos que se presentarándicten en los procedimientos de adjudicación de contratos administrativos que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 40, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa procederá interponer potestativamente Recurso de Reposición en el Código plazo de Procedimiento un mes desde el día siguiente a su notificación, o de tres meses si la Resolución es presunta a contar en este último supuesto desde el día siguiente a aquel en que se produzca el citado acto presunto. Interpuesto el referido recurso de Reposición no cabrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo y hasta que no sea resuelto expresa o presuntamente el citado Recurso de Reposición. Asimismo, los interesados podrán interponer directamente contra la citada Resolución del Órgano de Contratación, Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994Málaga, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesnotificación.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contract for Professional Services
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.,
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones Hoja 26 Resolución CRA 375 de 2006 “Por la cual se modifica el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, contenido en el Anexo 3 de la Resolución CRA 151 de 2001 y se dictan otras disposiciones sobre el particular” 26 que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas la sede administrativa de Peticionesla persona prestadora ubicada en la ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇, Quejas y Recursos▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado será el auxiliar administrativo de la PERSONA PRESTADORApersona prestadora.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto
RECURSOS. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.
b) El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
c) La copia o traslado del acto expreso que se recurra, o indicación del expediente en que haya recaído o del periódico oficial o perfil de contratante en que se haya publicado.
d) El documento o documentos en que funde su derecho.
e) El justificante de haber anunciado previamente la interposición del recurso RECURSO DE REPOSICIÓN Los recursos actos que se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarándicten en los procedimientos de adjudicación de contratos administrativos no susceptibles de recurso especial, tramitarán y decidirán podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable dispuesto en la Ley 142 30/1992, de 199426 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones que en la modifiquenLey 29/1998 de 13 de julio, adicionen o reglamentenreguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se tendrán podrá plantear la cuestión de nulidad contractual, en cuenta el plazo de 30 días hábiles, a contar (según dispone el apartado 3 del art. 39 de del TRLCSP):
a) Desde la publicación de la adjudicación del contrato en la forma prevista en el art. 154.2, incluyendo las costumbres razones justificativas de la no publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
b) O desde la notificación a los licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las empresas comerciales características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de los dispuesto en el trato con su clientelaart. 153 en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente. Fuera de estos supuestos la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis meses, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractualesa contar desde la formalización del contrato.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato Administrativo Especial
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de medidas de suspensión, corte e intereses moratorios que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosRecursos del amb. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe será el Coordinador de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAPeticiones, Quejas y Recursos.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso AdministrativoAdministrativo (Ley 1437 de 2011).
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Service Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentaránDurante el Período de Garantía, tramitarán el Vendedor deberá, a su exclusivo costo y decidirán cargo, reparar o reemplazar de conformidad con lo previsto inmediato los Bienes defectuosos o no conformes mediante la entrega e instalación de reemplazos o, en el Código caso de Procedimiento Administrativo Servicios, la nueva prestación de los Servicios y pagar todos los costos en los que incurra el Comprador en relación con estos Bienes o Servicios defectuosos o no conformes, incluidos, entre otros, todos los costos y gastos de lo Contencioso Administrativo cuando la identificación, la revelación, la exposición, el reensamblado, la reconstrucción, el embalaje, el almacenamiento, la separación y el envío de tales Bienes y, en el caso de Servicios, todos los costos y gastos de la identificación de Servicios defectuosos o no exista norma aplicable conformes y toda adaptación o modificación realizada por el Comprador como resultado de tales Servicios defectuosos o no conformes (colectivamente, “Costos Correctivos”). Si el Vendedor no repara o reemplaza prontamente cualquier Bien defectuoso o no conforme, no vuelve a prestar tales Servicios, o en caso de que la Ley 142 reparación, el reemplazo o la nueva prestación se deban llevar a cabo de 1994emergencia, el Comprador podrá reparar o reemplazar los Bienes o volver a prestar los Servicios, y demás disposiciones hacer responsable al Vendedor de todos los costos razonables que la modifiquenresulten de estos, adicionen incluidos, entre otros, los Costos Correctivos. Toda reparación o reglamenten, reemplazo de bienes quedará sujeto automáticamente a las mismas garantías que se tendrán establecen en cuenta las costumbres esta Orden de las empresas comerciales en Compra. Todos los reclamos de pagos vencidos o por vencer adeudados por el trato Comprador estarán sujetos a una deducción por parte del Comprador de cualquier compensación o contrademanda de esta o cualquier otra Orden de Compra del Comprador con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2el Vendedor. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro Cada uno de los cinco (5) días hábiles siguientes derechos y recursos del Comprador especificados en esta Orden de Compra serán acumulativos y adicionales a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga todos los recursos adicionales establecidos por ley o equidad, incluido, entre otros, el acto en conocimiento derecho del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes Comprador a la fecha revocación de conocimiento de la decisiónaceptación o rechazo.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1Al producirse el incumplimiento de pago, le enviaremos una notificación para informárselo y le daremos 30 días para ejercer el derecho de subsanarlo. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en Si no subsana el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, incumplimiento dentro de los cinco (5) 30 días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4notificación, este Contrato terminará sin que medie ninguna notificación adicional, y nos deberá devolver de inmediato todos los Equipos restantes. El recurso Si este arrendamiento termina antes de reposición contra la finalización del plazo programado debido al incumplimiento de pago, deberá pagarnos el monto por finalización anticipada descrito anteriormente. Si este arrendamiento termina antes de la finalización del plazo programado debido al incumplimiento de pago, deberá abonarnos los actos que resuelvan las reclamaciones montos impagos adeudados al final del plazo de arrendamiento programado según se describió antes, más todo monto adicional impago adeudado por facturación debe interponerse por escrito la prórroga del arrendamiento mes a mes, según se describió antes. Si no subsana el incumplimiento de pago y no devuelve todos los Equipos restantes dentro de los cinco (5) 30 días hábiles siguientes posteriores a la fecha que le notifiquemos el incumplimiento de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado pago o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) 30 días hábiles siguientes a del momento en que se le solicitó por otra vía que devolviera dichos equipos en virtud de este arrendamiento, la fecha falta de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro devolución de los 3 días hábiles siguientes equipos constituirá un incumplimiento separado, por lo que también deberá pagar un monto igual al precio de opción de compra de dichos equipos, según se mostró anteriormente, además de otros montos descritos en este apartado. Si nos vemos obligados a entablar una acción legal para cobrar los montos que adeuda o para recuperar la notificación posesión del Equipo, también deberá pagarnos una suma razonable en concepto de honorarios de abogados y costas, según lo que permita la decisión mediante ley aplicable, o los honorarios de abogados y costas que el juez a cargo le imponga en caso de fallar a nuestro favor, a condición de que el abogado no sea un empleado remunerado nuestro. También tendremos otros recursos que nos otorga la cual se decidió el recurso ley debido a su incumplimiento de reposiciónpago.
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Sources: Lease Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél aquel en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de PeticionesE.S.P. TRIBUNAS CÓRCEGA , Quejas y Recursos. Los Empleados encargados oficina de coordinación del servicio de aseo; el(los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el Gerente Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicio Público Ordinario De Aseo
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Peticiones Quejas y Recursos. Los Empleados encargados Reclamos de la Sede Principal de Veolia Aguas del Archipiélago S.A E.S.P. El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de será la PERSONA PRESTADORAGerente Comercial.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.cinco
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.reclamaciones,
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RECURSOS. Los recursos se regirán En los contratos de valor estimado superior a 100.000€, podrán los interesados interponer potestativamente RECURSO ADMINISTRATIVO ESPECIAL por presunta infracción del ordenamiento jurídico ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y León. Podrán ser objeto de recurso especial las siguientes reglasactuaciones:
1a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; entre ellos los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas.
c) Los acuerdos de adjudicación.
d) Las modificaciones contractuales que vulneren los requisitos legales y se entienda por ello que tales prestaciones debieron haber sido objeto de una nueva adjudicación. Los recursos actos que se presentarándicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de valor estimado inferior a 100.000€ podrán ser objeto de RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano de contratación, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable los términos establecido en la Ley 142 39/2015, de 19941 de octubre, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres del Procedimiento Administrativo Común de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2Administraciones Públicas. Contra los actos en los cuales dictados por el resto de entidades del sector público municipal se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el podrá interponer recurso de reposiciónalzada ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento. Contra la desestimación expresa o presunta del recurso especial o del recurso administrativo, podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Recurso que podrá interponerse directamente sin necesidad de recurso administrativo previo alguno. La interposición de cualquier recurso y la eventual suspensión del procedimiento por la interposición de recursos, será publicada en el perfil de apelación en los casos en que expresamente lo contempla contratante del Ayuntamiento o de la Ley.
3entidad contratante. El recurso Sin perjuicio de reposición debe interponerse por escrito, dentro la interposición de los cinco (5) días hábiles siguientes recursos indicados, los interesados podrán efectuar alegaciones a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado actuaciones de la PERSONA PRESTADORAMesa de contratación previstas en la cláusula 21 de este pliego como mecanismo para tratar de corregir actuaciones que les puedan perjudicar en sus intereses.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato Administrativo De Servicios
RECURSOS. Los recursos Si ocurre alguno de los Eventos de Incumplimiento, el Arrendador, en cualquier momento, podrá, a su criterio: (i) declarar inmediatamente el monto vencido y exigible, y recuperar del Arrendatario, como daños y perjuicios liquidados por la pérdida de un negocio y no como una penalidad, un monto equivalente a todos los pagos de la renta devengados e impagos, además de recargos por ▇▇▇▇, impuestos y otros cargos, más el Monto de la Pérdida; sin embargo, si un Evento de Incumplimiento ocurriera conforme se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable ha establecido previamente en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamentenSección 1.15(iv) a (vi), se tendrán considerará, sin notificación ni acción, que el Arrendador ha hecho tal declaración; (ii) cobrar automáticamente de la DDA u otras cuentas bancarias cualquier monto adeudado; (iii) con el alcance permitido por la Ley aplicable, sin intimación ni proceso legal, ingresar en cuenta las costumbres instalaciones donde se encuentra el Equipo Arrendado, tomar posesión de las empresas comerciales este y retirarlo, sin incurrir en responsabilidad alguna por dicha toma de posesión; (iv) conservar, vender o, de cualquier otra forma, disponer de dicho Equipo Arrendado en una venta pública o privada; o (v) ejercer cualquier otro recurso disponible en virtud de la Ley aplicable. Si el trato con su clientelaArrendador toma posesión del Equipo Arre▇▇▇▇▇, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales▇▇ Arrendador acreditará al Arrendatario toda suma recibida por el Arrendador como resultado de la venta o el arrendamiento del Equipo arrendado, reglamentarias, regulatorias después de deducir los gastos de la venta o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposiciónarrendamiento, y el Arrendatario continuará siendo responsable ante el Arrendador por cualquier deficiencia. Sin perjuicio de apelación lo anterior, en los casos la medida en que expresamente lo contempla la Ley.
3el software incluido con el Equipo Arrendado no sea transferible ni sea transferible de forma limitada, el Arrendatario acuerda que ni el Arrendador ni el licenciante de dicho software estarán obligados a volver a comercializar ni a mitigar de alguna otra forma el daño en relación con dicho software. El recurso Arrendatario también será responsable y deberá pagar al Arrendador (i) todos los gastos incurridos por el Arrendador en conexión con el cumplimiento de reposición debe interponerse por escrito, dentro cualquiera de los cinco recursos del Arrendador, incluidos todos los gastos por cobro, que incluyen, entre otros, los cargos por las cartas de cobro y las llamadas de cobro, los cargos de las agencias de cobro, alguaciles, etc.; y todos los gastos de reposesión, almacenamiento, envío, reparación y venta del Equipo arrendado; y (5ii) días hábiles siguientes los cargos legales y costos judiciales que sean razonables. El Arrendador y el Arrendatario reconocen la dificultad para establecer un valor al plazo no vencido del arrendamiento y, debido a aquél dicha dificultad, acuerdan que las disposiciones de esta Sección representan una medida aceptable de los daños y no deben considerarse una confiscación o penalidad. Todos los recursos del Arrendador en virtud del presente son acumulativos y se agregan a cualquier otro recurso provisto por la ley y podrán, en la medida en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/la ley lo permita, ser ejercidos de forma concurrente o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4separada. El ejercicio de cualquier recurso no será considerado una elección de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro dicho recurso ni impedirá el ejercicio de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5cualquier otro recurso. Estos recursos Si el Arrendador no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque ejercita o se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto demora en el Código ejercicio de Procedimiento Administrativo cualquier recurso, dicho accionar no será considerado una renuncia a dicho recurso ni modificará los términos y condiciones del contrato de lo Contencioso Administrativoarrendamiento.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Condiciones Del Servicio
RECURSOS. Los recursos se regirán por El Empleado reconoce y está de acuerdo en que las siguientes reglas:
1restricciones establecidas en las Secciones 3 a 5 del presente documento son razonables y necesarias para la protección de la Información Confidencial, Secretos Comerciales, negocios y reputación comercial de TruGreen. Los recursos se presentaránAdemás el Empleado está de acuerdo en que si él incumple o amenaza con incumplir cualquiera de las obligaciones de el Empleado según las Secciones 4 y 5 del presente documento, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994TruGreen sufrirá un daño irreparable, y demás disposiciones que indemnizaciones monetarias pueden resultar insuficientes para remediar tal incumplimiento. Por lo tanto, TruGreen, además de cualquier otro recurso disponible según la modifiquenley, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor puede obtener una ejecución específica y/o usuario en las oficinas una compensación mediante intimación judicial contra el Empleado para prevenir tal incumplimiento continuo o amenazante. El Empleado reconoce que la Compañía puede decidir o no decidir la búsqueda de Peticionesejecución judicial para este o cualquier otro Acuerdo de Confidencialidad/No competir con el Empleado y que tal decisión no deberá de ninguna manera considerarse como una renuncia al derecho que tiene la Compañía para aplicar los términos de este Acuerdo contra el Empleado. Además, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado el Empleado reconoce que la decisión de la PERSONA PRESTADORA.
4Compañía de no ejecutar judicialmente las obligaciones de otro empleado según el Acuerdo de Confidencialidad/No competir de este otro empleado, no deberá considerarse como una admisión o exención a ningún derecho sobre la naturaleza confidencial de la información exclusiva y de secretos comerciales como se describen más enteramente aquí. El recurso Empleado también reconoce y está de reposición contra acuerdo en que él deberá rembolsar a TruGreen todos los actos honorarios de abogados y los costos en que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro TruGreen incurra para ejecutar cualquiera de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha sus derechos o recursos bajo esta sección o bajo cualquier otra provisión de conocimiento de la decisióneste Acuerdo.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Confidentiality Agreement
RECURSOS. Los LA PARTE RECEPTORA acepta que los perjuicios pecuniarios no son un remedio suficiente para cualquier violación del presente Acuerdo y que LA PARTE QUE REVELA tendrá derecho a buscar otras medidas cautelares o equivalentes para remediar o prevenir cualquier violación real o amenazada al presente Acuerdo. Tal recurso no será el único recurso por la violación de este Acuerdo, pero será adicional a todos los demás derechos y recursos disponibles en derecho o en justicia. La responsabilidad de LA PARTE RECEPTORA frente a LA PARTE QUE REVELA respecto del presente Acuerdo y cualesquiera actividades realizadas respecto de la evaluación de los Proyectos Propuestos se regirán limitarán a los daños directos y excluirá cualquier otra responsabilidad incluyendo, sin limitación, daños especiales, indirectos, punitivos o consecuenciales contractuales, extracontractuales, por las siguientes reglas:
1garantía, responsabilidad objetiva o de cualquier otra manera. Los recursos se presentaránQUINTA.DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN. En cualquier tiempo a solicitud escrita DE LA PARTE QUE REVELA, tramitarán LA PARTE RECEPTORA devolverá o destruirá, a opción DE LA PARTE RECEPTORA, toda la Información Confidencial escrita de LA PARTE QUE REVELA, incluyendo la porción de tal Información Confidencial que pueda encontrarse en análisis, compilaciones, estudios u otros documentos preparados por o para LA PARTE RECEPTORA, y decidirán LA PARTE RECEPTORA y sus Agentes no retendrán ninguna copia de conformidad con lo previsto tal Información Confidencial escrita, tomando en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable cuenta, sin embargo, que puede retener Información Confidencial en la Ley 142 medida en que la retención de 1994tal Información Confidencial sea necesaria para el cumplimiento de las políticas internas de retención de documentos de LA PARTE RECEPTORA con fines de cumplimiento legal, reglamentario o de gobierno corporativo, y demás disposiciones esa Información Confidencial retenida permanecerá sujeta a las restricciones de revelación y uso aquí establecidas, a pesar de cualquier terminación del presente Acuerdo. LA PARTE RECEPTORA, por solicitud escrita de LA PARTE QUE REVELA, hará que uno de sus funcionarios autorizados certifique por escrito a LA PARTE QUE REVELA que los requerimientos de la modifiquenfrase precedente han sido satisfechos en pleno. No se entenderá que LA PARTE RECEPTORA ha retenido o dejado de devolver o destruir cualquier Información Confidencial si la Información Confidencial recibida o almacenada en formato digital es borrada de discos duros locales en la medida en que no se hagan intentos de recuperar tal Información Confidencial de servidores o back-ups, adicionen o reglamenten, se tendrán tomando en cuenta que tal Información Confidencial retenida seguirá sujeta a las costumbres restricciones de las empresas comerciales en el trato con su clientelauso y divulgación aquí establecidas, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado pesar de la PERSONA PRESTADORAterminación del presente Acuerdo.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Confidentiality Agreement
RECURSOS. Los recursos Si ocurre un Incumplimiento, el Arrendador en cualquier momento podrá, a su criterio, (i) declarar inmediatamente vencido y pagadero y recuperar del Arrendatario, como daños y perjuicios predeterminados por la pérdida de un acuerdo y no como una penalidad, un monto equivalente a todos los pagos devengados e impagos y recargos por ▇▇▇▇, impuestos y otros cargos, más el Monto de la Pérdida; estableciéndose, no obstante que si ocurre un Incumplimiento conforme se regirán por ha descrito en cualquiera de las siguientes reglas:
1. Los recursos anteriores Secciones 2.13(iv) a (vi), se presentaránconsiderará que el Arrendador ha realizado dicha declaración sin más aviso u acción; (ii) debitar automáticamente todo monto adeudado desde cualquier tarjeta de crédito o cuenta, tramitarán y decidirán otras líneas de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable crédito o la DDA u otras cuentas bancarias del Arrendatario; (iii) en la Ley 142 medida en que lo permita la legislación aplicable, sin intimación o proceso legal, ingresar a las instalaciones donde se encuentra el Equipo Arrendado y tomar posesión y retirar el Equipo arrendado, sin incurrir en responsabilidad por dicha reposesión; (iv) retener, vender o de 1994cualquier otra forma disponer de dicho Equipo Arrendado en una venta privada o pública; o (v) ejercer cualquier otro recurso disponible según la legislación aplicable. Si el Arrendador toma posesión del Equipo ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, y demás disposiciones que el Arrendador deberá darle crédito al Arrendatario por toda suma recibida por el Arrendador como resultado de la modifiquenventa o el arrendamiento del Equipo, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres después de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra deducir los actos en los cuales se niegue gastos de la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposiciónventa u otra disposición, y el Arrendatario continuará siendo responsable hacia el Arrendador por cualquier déficit. Sin perjuicio de apelación lo anterior, en los casos la medida en que expresamente lo contempla la Ley.
3cualquier software que forme parte del Equipo arrendado no sea transferible o sea transferible de forma limitada, el Arrendatario acuerda que el Arrendador o el licenciante de dicho software no estarán obligados a volver a comercializar dicho software o de cualquier otra forma mitigar cualquier daño en relación con dicho software. El recurso Arrendatario también será responsable y deberá pagar al Arrendador (i) todos los gastos incurridos por el Arrendador en conexión con el cumplimiento de reposición debe interponerse por escrito, dentro cualquiera de los cinco recursos del Arrendador, incluidos, entre otros, todos los gastos por cobro, que incluyen, entre otros, los cargos por las cartas de cobro y las llamadas de cobro, los cargos de las agencias de cobro, alguaciles, etc.; y todos los gastos de reposesión, almacenamiento, envío, reparación y venta del Equipo Arrendado; y (5ii) días hábiles siguientes los cargos legales y costos judiciales que sean razonables. El Arrendatario y el Arrendador reconocen la dificultad para establecer un valor al plazo no vencido del arrendamiento y, debido a aquél dicha dificultad, acuerdan que las disposiciones de este párrafo representan una medida aceptable de los daños y no deben considerarse una confiscación o penalidad. Todos los recursos del Arrendador en virtud del presente son acumulativos y se agregan a cualquier otro recurso provisto por la ley y podrán, en la medida en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/la ley lo permita, ser ejercidos de forma concurrente o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4separada. El ejercicio de cualquier recurso no será considerado una elección de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro dicho recurso ni impedirá el ejercicio de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5cualquier otro recurso. Estos recursos Si el Arrendador no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque ejercita o se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto demora en el Código ejercicio de Procedimiento Administrativo cualquier recurso, dicho accionar no será considerado una renuncia a dicho recurso ni modificará los términos y condiciones del contrato de lo Contencioso Administrativoarrendamiento.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Condiciones Del Servicio
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos_________ (Debe indicarse la oficina o dependencia encargada). Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán será __________ (La Jefe persona prestadora definirá los cargos o los funcionarios competentes de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado resolver los recursos de conformidad con lo previsto en el artículo 156 de la PERSONA PRESTADORALey 142 de 1994).
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contract for Public Services
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos(Debe indicarse la oficina o dependencia encargada). Los Empleados encargados El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo serán será (La Jefe persona prestadora definirá los
4. No son procedentes los recursos contra los actos de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de la PERSONA PRESTADORAfacturación que no fue objeto de recurso oportuno.
45. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contract for Public Services
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad De acuerdo con lo previsto en el Código artículo 40 del TRLCSP serán susceptibles de Procedimiento recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ (TARCAS) los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales trámite adoptados en el trato con su clientelaprocedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o contractuales.
2produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. Contra No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los cuales se niegue artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la prestación resolución y la celebración de nueva licitación. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del servicioórgano de contratación o del TARCAS (calle Pajaritos, s/n) , en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP, previo anuncio por escrito al órgano de contratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo. Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden se dicten en contratos no comprendidos en el recurso de reposiciónartículo 40 del TRLCSP serán inmediatamente ejecutivos, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla poniendo fin a la Ley.
3vía administrativa. El Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición debe interponerse por escritoen el plazo de un mes, dentro contado a partir del siguiente al de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado notificación de la PERSONA PRESTADORA.
4resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El recurso Sin perjuicio de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebasello, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará conforme a lo previsto en el Código la cláusula 40 de Procedimiento Administrativo y este pliego, será competencia del orden jurisdiccional civil conocer de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación las cuestiones litigiosas derivadas de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos financiación privada de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio concesionarios. Fdo.: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Conforme: EL SECRETARIO DE LA GERENCIA EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y ECONOMÍA Fdo.: ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇. Fdo.: ▇▇▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Sevilla,
1.- Definición del consumo de los últimos cinco períodosobjeto del contrato.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas Empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de sanciones que realice LA PERSONA PRESTADORA la Empresa proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Leyley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas la dependencia de Peticionesradicación de la oficina principal de Atención al Usuario, ubicada en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇-▇▇, ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. El funcionario encargado de resolverlo será el Jefe de la Oficina de Peticiones Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORARecursos (PQR).
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora Empresa podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora Empresa no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestadorla Empresa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador La Empresa deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Administrativo. cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA SERVINTEGRAL S.A. E.S.P. proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA SERVINTEGRAL S.A. E.S.P. ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados atención al cliente de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.SERVINTEGRAL S.A. E.S.P.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora SERVINTEGRAL S.A. E.S.P. podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora SERVINTEGRAL S.A. E.S.P. no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Service Agreement
RECURSOS. Los recursos se regirán por El Empleado reconoce y está de acuerdo en que las siguientes reglas:
1restricciones establecidas en las Secciones 3 a 5 del presente documento son razonables y necesarias para la protección de la Información Confidencial, Secretos Comerciales, negocios y reputación comercial de Terminix. Los recursos se presentaránAdemás el Empleado está de acuerdo en que si él incumple o amenaza con incumplir cualquiera de las obligaciones de el Empleado según las Secciones 4 y 5 del presente documento, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994Terminix sufrirá un daño irreparable, y demás disposiciones que indemnizaciones monetarias pueden resultar insuficientes para remediar tal incumplimiento. Por lo tanto Terminix, además de cualquier otro recurso disponible según la modifiquenley, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor puede obtener una ejecución específica y/o usuario en las oficinas una compensación mediante intimación judicial contra el Empleado para prevenir tal incumplimiento continuo o amenazante. El Empleado reconoce que la Compañía puede decidir o no decidir la búsqueda de Peticionesejecución judicial para este o cualquier otro Acuerdo de Confidencialidad/No competir con el Empleado y que tal decisión no deberá de ninguna manera considerarse como una renuncia al derecho que tiene la Compañía para aplicar los términos de este Acuerdo contra el Empleado. Además, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado el Empleado reconoce que la decisión de la PERSONA PRESTADORA.
4Compañía de no ejecutar judicialmente las obligaciones de otro empleado según el Acuerdo de Confidencialidad/No competir de este otro empleado, no deberá considerarse como una admisión o exención a ningún derecho sobre la naturaleza confidencial de la información exclusiva y de secretos comerciales como se describen más enteramente aquí. El recurso Empleado también reconoce y está de reposición contra acuerdo en que él deberá rembolsar a Terminix todos los actos honorarios de abogados y los costos en que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro Terminix incurra para ejecutar cualquiera de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha sus derechos o recursos bajo esta sección o bajo cualquier otra provisión de conocimiento de la decisióneste Acuerdo.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Confidentiality Agreement
RECURSOS. El USUARIO tiene derecho a presentar recursos solicitando la modificación o revocatoria de una decisión tomada por LA EMPRESA, en casos en los que la ley admite este mecanismo. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad acuerdo con lo previsto establecido en el Código Artículo 154 de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta principalmente por las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. siguientes reglas: Contra los actos en de LA EMPRESA con los cuales se niegue estas nieguen la prestación del servicio, así como y contra los actos de suspensión, terminación, corte, facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden y recuperación de consumos dejados de facturar procede el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla consagre la Ley.
3ley. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA EMPRESA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y RecursosUSUARIO. Los Empleados encargados de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORA.
4. El recurso de reposición No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro no fue objeto de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5recurso oportuno. Estos recursos no requieren de presentación personal personal, ni intervención de abogado abogado, aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebasSi el peticionario actúa mediante apoderado, cuando quien interpuso deberá anexar el recurso las haya solicitado poder o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficiomandato para actuar como tales. La práctica de dichas pruebas No se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la totalidad de la factura como requisito para atender un una reclamación o recurso relacionado con éstaesta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario El USUARIO sólo deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso reclamación o recurso, o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco (5) períodos.
8. El recurso de apelación será sólo se puede interponer como subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreposición, debiendo interponerse el cual se presenta ante el prestadorLA EMPRESA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador quien deberá remitirlo junto con en tal caso remitir el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para resolver en segunda instancia. (Artículo 159 de la Ley 142 de 1994). Los recursos deberán interponerse dentro del plazo legal, por escrito por el interesado o su representante y sustentar los motivos de inconformidad. Así mismo deben relacionarse las pruebas que lo resuelvase pretende hacer valer. Debe indicarse el nombre y apellidos del recurrente, dentro así como su dirección, número telefónico, número del medidor o de la cuenta. En caso de una solicitud conjunta de varios usuarios deben cumplirse todos los requisitos para cada uno de los 3 días hábiles siguientes a peticionarios. PARÁGRAFO 1. Las normas sobre presentación, trámite y decisión de recursos se interpretarán y aplicarán teniendo en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con sus usuarios, siempre que la notificación de ley no disponga otra cosa. LA EMPRESA no suspenderá, terminará o cortará el servicio, mientras no hayan notificado al USUARIO la decisión mediante la sobre los recursos procedentes que hubiesen sido interpuestos en forma oportuna. PARÁGRAFO 2. Si el escrito con el cual se decidió fórmula el recurso no cumple con los requisitos señalados o se presenta en forma extemporánea, LA EMPRESA lo rechazará de reposiciónplano. Contra el rechazo del recurso de apelación procederá el de queja.
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Sources: Contrato De Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica
RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994Administrativo, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.cuando
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA la Empresa proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento la oficina de atención al cliente de la empresa de servicios públicos domiciliarios del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos. Los Empleados encargados Barrio La Trinidad – “ACUATRINIDAD” El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el Gerente.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación reclamaciones, debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado abogado, aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora Empresa podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
78. La persona prestadora Empresa no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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Sources: Contrato De Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto
RECURSOS. Los Durante el período de doce (12) meses a partir de la fecha de aceptación por parte del Comprador de los Bienes o de la prestación de los Servicios con arreglo al presente instrumento (o durante otro período de garantía conforme se indique en la Orden de Compra del Comprador o convenido, de otro modo, por escrito), el Vendedor deberá, a su exclusivo costo y cargo, reparar o reemplazar de inmediato los Bienes defectuosos o no conformes mediante la entrega y la instalación de reemplazos o, en el caso de los Servicios, la nueva prestación de ellos y pagar todos los costos en los que incurra el Comprador en relación con estos Bienes o Servicios defectuosos o no conformes, incluidos, entre otros, todos los costos y los gastos de la identificación, la revelación, la exposición, el reensamblado, la reconstrucción, el embalaje, el almacenamiento, la separación y el envío de tales Bienes y, en el caso de los Servicios, todos los costos y los gastos de la identificación de Servicios defectuosos o no conformes y toda adaptación o modificación que realice Comprador como consecuencia de tales Servicios defectuosos o no conformes (en conjunto, “Costos Correctivos”). Si el Vendedor no repara o reemplaza prontamente cualquier Bien defectuoso o no conforme, no vuelve a prestar tales Servicios, o en caso de que la reparación, el reemplazo o la nueva prestación se deban llevar a cabo de emergencia, el Comprador podrá reparar o reemplazar los Bienes o volver a prestar los Servicios, y hacer responsable al Vendedor de todos los costos razonables que resulten de estos, incluidos, entre otros, los Costos Correctivos. Toda reparación o reemplazo de bienes quedará sujeto automáticamente a las mismas garantías que se establecen en esta Orden de Compra. Todos los reclamos de pagos vencidos o por vencer adeudados por el Comprador estarán sujetos a una deducción por parte del Comprador de cualquier compensación o contrademanda de esta o cualquier otra Orden de Compra del Comprador con el Vendedor. Cada uno de los derechos y recursos se regirán del Comprador especificados en esta Orden de Compra serán acumulativos y adicionales a todos los recursos adicionales establecidos por las siguientes reglas:
1ley o equidad, incluido, entre otros, el derecho del Comprador a la revocación de aceptación o rechazo. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán los derechos reservados al Comprador en este documento serán acumulativos y adicionales a todos los demás derechos y recursos dispuestos por la ley o por el derecho de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice LA PERSONA PRESTADORA proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de Peticiones, Quejas y Recursosequidad. Los Empleados encargados de resolverlo recursos y los derechos reservados al Vendedor en virtud del presente documento serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAderechos y recursos únicos y exclusivos que se encontrarán disponibles para él con arreglo a este instrumento.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
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RECURSOS. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de suspensión, terminación, corte, facturación e imposición de medidas de suspensión, corte e interese moratorios que realice LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la Ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que LA PERSONA PRESTADORA la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas la Dependencia de Peticiones, Quejas y RecursosPQR de la oficina de la persona prestadora. Los Empleados encargados El funcionario encargado de resolverlo serán La Jefe de Sección Atención al Cliente y/o El Abogado de la PERSONA PRESTADORAserá el Gerente.
4. No son procedentes los recursos contra los actos de suspensión, terminación y corte, si con ellos se pretende discutir un acto de facturación que no fue objeto de recurso oportuno.
5. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
56. Estos recursos no requieren de presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
67. La persona prestadora podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el empleado funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.práctica
78. La persona prestadora no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con ésta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos del consumo de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
89. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminaciónreclamaciones, debiendo interponerse ante el prestador, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. El prestador deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición. Parágrafo: En ningún caso, proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de 5 meses de haber sido expedidas por la persona prestadora.
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Sources: Contract for Public Services