REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS Cláusulas de Ejemplo

REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS. El servicio incluye la revisión de los documentos y la redacción de los escritos y contratos que se enumeran en este apartado, siempre que sean relativos al desarrollo de la actividad empresarial/profesional del cliente, y que su cuantía determinada o determinable no supere los 3000 euros. El servicio no alcanza a ningún otro contrato o escrito distinto de los enumerados a continuación: • Cartas de reclamación a proveedores por incumplimiento de contrato, retrasos en la entrega, cobros indebidos o defectos en el producto. • Escrito solicitando la cancelación de los datos de la empresa en registros de morosos (RAI, ASNEF) al Registro público que corresponda y a la entidad bancaria que proceda. • Cartas de reclamación a bancos por cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato, cláusulas abusivas, etc. • Cartas de reclamación por cobros indebidos o por incumplimiento de contrato o de los periodos de garantía a: • Empresa constructora o promotora. • Empresas de reformas. • Empresas de reparación de maquinaria y equipos. • Empresas de telefonía. • Talleres de reparación de vehículos. • Concesionarios de vehículos. • Cartas de reclamación por adquisición de bienes a distancia por cobros indebidos, devolución del producto, falta de entrega, defectos. • Procedimientos monitorios y cambiarios siempre y cuando la cuantía a reclamar no exceda de 3000 €.
REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS. El servicio incluye la revisión de los documentos y la redacción de los escritos y contratos que se enumeran en este apartado, siempre y cuando su cuantía determinada o determinable no supere los 30.000 euros. La redacción de un documento se entenderá como un uso de las 5 consultas personales incluidas en el servicio. Se excluye expresamente cualquier otro contrato o escrito distinto de los enumerados a continuación: • Cartas de reclamación a proveedores por incumplimiento de contrato, retrasos en la entrega, cobros indebidos o defectos en el producto. • Escrito solicitando la cancelación de los datos de la empresa en registros de morosos (RAI, ASNEF) al Registro público que corresponda y a la entidad bancaria que proceda. • Cartas de reclamación a bancos por cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato, cláusulas abusivas, etc. • Cartas de reclamación por cobros indebidos o por incumplimiento de contrato o de los periodos de garantía a: • Empresa constructora o promotora. • Empresas de reformas. • Empresas de reparación de maquinaria y equipos. • Empresas de telefonía. • Talleres de reparación de vehículos. • Concesionarios de vehículos. • Cartas de reclamación por adquisición de bienes a distancia por cobros indebidos, devolución del producto, falta de Entrega, defectos. • Escrito de reclamación a la Administración por responsabilidad patrimonial • Recurso contra procedimientos de apremio. • Recursos frente a una sanción administrativa (reposición y alzada). • Alegaciones, recurso de reposición y reclamación económico-administrativa de una deuda o procedimiento sancionador de naturaleza tributaria. • Contratos de señal y compraventa. Revisión y elaboración. • Cartas de reclamación por retrasos en la entrega del inmueble o por defectos o vicios ocultos en el mismo. • Examen de las notas simples del Registro de la Propiedad y otra documentación facilitada por el cliente a fin de verificar la titularidad y el estado de cargas del local. • Revisión de la minuta pro forma de la Escritura de Compraventa con carácter previo a su otorgamiento ante Notario. • Revisión de la minuta pro forma de la Escritura de Constitución de Hipoteca, Subrogación y Cancelación con carácter previo a su otorgamiento ante Notario.  Contrato de arrendamiento. Revisión y elaboración.  Cartas de reclamación del arrendador al arrendatario por realización de obras no consentidas, falta de pago de la renta,  subarriendo no consentido, etc.  Cartas de reclamación del a...
REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS. El servicio incluye la redacción o revisión de los documentos que se enumeran. Los abogados xx XXXXXX los elaborarán y redactarán de acuerdo con los datos facilitados por el cliente y se los remitirán por fax, e-mail o correo ordinario. El plazo máximo de elaboración de los documentos será de 72 horas desde que el USUARIO haya facilitado los datos necesarios para la realización del mismo. No está incluida la presentación y subsiguiente tramitación de los escritos, que será de cuenta del USUARIO. RECLAMACIONES A CLIENTES, EMPRESAS PRIVADAS, BANCOS, REGISTROS DE MOROSOS... • Cartas de reclamación a proveedores por incumplimiento de contrato, retrasos en la entrega, cobros indebidos o defectos en el producto. • Escrito solicitando la cancelación de los datos de la empresa en registros de morosos (RAI, ASNEF) al Registro público que corresponda y al Banco. • Cartas de reclamación a bancos por cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato, cláusulas abusivas,etc. • Cartas de reclamación por cobros indebidos o por incumplimiento de contrato o de los periodos de garantía a: - Empresa constructora o promotora. - Empresas de reformas. - Empresas de reparación de maquinaria, equipos o de otros bienes de la empresa. - Empresas de telefonía. - Talleres de reparación de vehículos. - Concesionarios de vehículos. - Etc. - Cartas de reclamación por adquisición de bienes por telecompra (a través del teléfono o de Internet) - - Por cobros indebidos, devolución del producto, falta de entrega del producto, defectos del producto adquirido.
REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS. El servicio incluye la revisión de documentos y redacción de escritos extrajudiciales relacionados con asuntos de los enumerados en las letras anteriores. El servicio no alcanza a ningún otro contrato o escrito distinto de los enumerados a continuación:  Contratos de alquiler.  Contratos de compraventa.  Contratos de traspaso y cesión de negocio.  Escritos de reclamación, requerimiento o respuesta a la comunidad de propietarios.  Escritos dirigidos al arrendador.  Escritos de alegaciones en vía administrativa por procedimientos administrativos seguidos por asuntos relacionados con el local de negocio.  Escritos de reclamación ante compañías aseguradoras y, en su caso, ante el servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros.  Xxxxxxxxx de denuncia para su posterior ratificación por el CLIENTE en caso de actos vandálicos sobre el local. El servicio incluye la redacción únicamente de los documentos incluidos en este punto, así como la revisión y estudio de los mismos documentos, cuando sea el USUARIO quien los facilite. Los Abogados de LEGÁLITAS los elaborarán y redactarán de acuerdo con los datos facilitados por el USUARIO, y se los remitirán por fax, e-mail, o correo ordinario. El plazo máximo de elaboración y/o revisión de los documentos será de tres días, excluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos nacionales desde que el USUARIO haya facilitado los datos necesarios para la realización de los mismos. No está incluida la firma, presentación y subsiguiente tramitación de los escritos, que será por cuenta del USUARIO. En caso de que el escrito que se solicita a LEGÁLITAS esté sujeto a plazo legal, el USUARIO deberá hacer llegar a LEGALITAS toda la documentación e información necesaria para su elaboración, con una antelación mínima de 72 horas hábiles a su vencimiento. LEGÁLITAS no responde de la veracidad de los datos facilitados por el USUARIO no asumiendo, en consecuencia, responsabilidad alguna en caso de inexactitud o falta de actualización de los mismos. En el supuesto de que la información que el USUARIO facilite a LEGÁLITAS no resulte exacta, y que a causa de ello se derive algún perjuicio para las partes, LEGÁLITAS podrá exigir del USUARIO la reparación de los mismos.
REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS. El servicio incluye la revisión de los documentos y la redacción de los escritos y contratos que se enumeran en este apartado, siempre que sean relativos al desarrollo de la actividad empresarial/profesional del cliente, y que su cuantía determinada o determinable no supere los 3000 euros. El servicio no alcanza a ningún otro contrato o escrito distinto de los enumerados a continuación:
REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS. El servicio incluye la redacción únicamente de los documentos incluidos, así como la revisión y estudio de los mismos documentos cuando sea el cliente el que los facilite. El listado del punto 8 tendrá la consideración de numerus clausus. Los abogados xx XXXXXX, los elaborarán y redactarán de acuerdo con los datos facilitados por el cliente y se los remitirán por fax, e-mail o correo ordinario. El plazo máximo de elaboración de los documentos será de 72 horas desde que el USUARIO haya facilitado los datos necesarios para la realización del mismo. No está incluida la firma, presentación y subsiguiente tramitación de los escritos, que será de cuenta del USUARIO. Queda expresamente excluida la gestión de sanciones de tráfico.

Related to REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 2/2008, de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA). - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. Asimismo, y en caso de discordancia entre los documentos del proyecto aprobado por la Administración, la Dirección facultativa determinará el documento que en cada caso deba prevalecer. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.