RENOVACION Cláusulas de Ejemplo

RENOVACION. La Póliza podrá renovarse automáticamente, según se establezca en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado y/o Certificado, iniciándose la cobertura inmediatamente vencida la vigencia de la Póliza o la renovación que lo preceda, en los mismos términos y condiciones. En caso la Compañía decida renovar la Póliza en condiciones distintas a la Póliza anterior, deberá comunicarlo por escrito al Contratante, detallando las modificaciones en caracteres destacados, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendarios de anticipación al vencimiento de la vigencia de la Póliza. El Contratante tiene un plazo de treinta (30) días calendarios previos al vencimiento de la Póliza para manifestar su rechazo a la propuesta de modificación del Contrato efectuada por la Compañía; caso contrario se entienden por aceptadas las nuevas condiciones propuestas por la Compañía. Las nuevas condiciones serán comunicadas al Asegurado de acuerdo a lo previsto en el artículo 22° de las Condiciones Generales. En caso la propuesta de modificación enviada por la Compañía sea rechazada, la Póliza se mantendrá vigente hasta finalizar el periodo correspondiente, no procediendo la renovación automática de la Póliza.
RENOVACION. Este contrato podrá renovarse por períodos consecutivos, mediante el pago de la prima de renovación correspondiente, de acuerdo a las condiciones y costos establecidos por la Compañía. La Compañía no está obligada a dar aviso al Asegurado sobre el vencimiento de esta póliza y se reserva el derecho de renovar o no la misma.
RENOVACION. La Póliza será renovada automáticamente, siempre y cuando así sea establecido en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado y/o Certificado, iniciándose la cobertura inmediatamente vencida la vigencia de la Póliza o la renovación que lo preceda, en los mismos términos y condiciones. En caso la Compañía decida renovar la Póliza en condiciones distintas a la Póliza anterior, deberá comunicarlo por escrito al Contratante, detallando las modificaciones en caracteres destacados, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendarios de anticipación al vencimiento de la vigencia de la Póliza. El Contratante tiene un plazo de treinta (30) días calendarios previos al vencimiento de la Póliza para manifestar su rechazo a la propuesta de modificación del Contrato efectuada por la Compañía; caso contrario se entienden por aceptadas las nuevas condiciones propuestas por la Compañía. Las nuevas condiciones serán comunicadas al Asegurado de acuerdo a lo previsto en el artículo 22° de las Condiciones Generales. En caso la propuesta de modificación enviada por la Compañía sea rechazada, la Póliza se mantendrá vigente hasta finalizar el periodo correspondiente, no procediendo la renovación automática de la Póliza. En caso la Compañía decida no renovar la Póliza, Solicitud-Certificado y/o Certificado, deberá comunicarlo al Contratante y/o Asegurado respectivamente, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios de anticipación. Del mismo modo, en caso el Contratante decida no renovar la Póliza deberá comunicarlo por escrito a la Compañía, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios.
RENOVACION. Para solicitar la renovación de la Póliza, el Asegurado deberá proporcionar al Asegurador, por lo menos treinta (30) días calendario antes de la fecha de vencimiento del Periodo Contractual, el Formulario de solicitud de seguro y la información complementaria. Con base en el estudio de esta información, el Asegurador determinará los términos y condiciones para el nuevo Periodo Contractual.
RENOVACION. La renovación del sistema CHEVYSTAR® podrá regir después del primer año de prestación del servicio en el vehículo equipado con el Sistema CHEVYSTAR® conforme los precios públicos vigentes al momento de la renovación y que se fijarán dependiendo del plan que escoja el cliente que puede ser de 1, 2 o 3 a ños. Marque con una X el tiempo Renovado: Tiempo 1 Año () Tiempo 2 Años () Tiempo 3 Años () Favor seleccionar el plan contratado con una (“X”):
RENOVACION. El contrato de seguro derivado de la presente Póliza podrá renovarse siempre y cuando medie previo acuerdo escrito entre la Compañía y el Solicitante / Asegurado y se haya pagado la prima. La Compañía no está obligada a dar aviso al Asegurado sobre el vencimiento de esta Póliza y se reserva el derecho de renovar o no la misma. De la misma forma, si así se indica en las condiciones particulares de esta Póliza las partes podrán acordar que esta Póliza se renueve automáticamente, siempre y cuando la prima se encuentre pagada en su totalidad, caso en el cual para las siguientes vigencias, la Compañía deberá notificar al Asegurado / Solicitante su decisión de no renovar con treinta (30) días de antelación al término de la vigencia acordado. Cuando en el momento de un siniestro, los bienes garantizados por la presente póliza tengan en conjunto un valor total superior a la cantidad por la que hayan sido asegurados, el Asegurado será considerado como su propio asegurador por el exceso, y, por lo tanto, soportará su parte proporcional de perjuicios y daños. Cuando la Póliza comprenda varios rubros, la presente estipulación es aplicable a cada uno de ellos por separado. La prima correspondiente al valor indemnizado queda ganada por la Compañía.
RENOVACION. La póliza se considerará renovada por períodos de un año, si dentro de los últimos 30 días de vigencia de cada período alguna de las partes no cursa aviso a la otra por escrito de su voluntad de no renovarla. El pago de la prima acreditada, mediante la factura emitida en las formas usuales de La Compañía, se tendrá como prueba suficiente de la renovación.
RENOVACION. Complementando lo dispuesto en el apartado 11 de las Condiciones Particulares, la presente Póliza se emite por un período de seguro determinado, según se define en la presente, y no podrá ser renovada/extendida a menos que haya acuerdo expreso de ambas partes.
RENOVACION. El presente contrato en ningún caso podrá ser prorrogado ni sometido a adiciones automáticas o tácitas, cualquier prorroga o adiciones al mismo deberán constar por escrito. De no ser prorrogado por escrito se entiende terminado en la fecha que venza el plazo del contrato, sin que medie escrito alguno. XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA –
RENOVACION. Esta póliza podrá ser renovada por periodos anuales, siempre que se reciba en la Compañía el pago oportuno de las primas en el modo convenido en las Condiciones Particulares. La Compañía podrá cambiar las primas a la renovación de la póliza según lo expresado en la Cláusula XII “Primas”.