Retrasos Cláusulas de Ejemplo

Retrasos. A los efectos señalados en la presente ordenación jurídica xx Xxxxxx y Sanciones, se considerarán falta de puntualidad los retrasos en la entrada al trabajo que a continuación se indican: 1. En los supuestos de horarios flexibles: todo retraso injustificado más allá de los márgenes de flexibilidad establecidos para la entrada al trabajo. 2. Cuando no exista horario flexible: el retraso injustificado en la hora de entrada superior a los 10 minutos. Los retrasos inferiores dentro del indicado margen de 10 minutos no se calificarán como falta de puntualidad, si bien dicho período tendrá la consideración de tiempo debido de trabajo a los correspondientes efectos.
Retrasos. Si el Vendedor deja de cumplir este Pedido de Compra o se niega a ello, o si el Vendedor deja de efectuar la entrega, o el Comprador de aceptar la entrega, de acuerdo con los plazos de entrega, la otra parte podrá cancelar el saldo de este Pedido de Compra que quede en ese momento por cumplimentar, salvo que el retraso sea un retraso excusable tal como aquí más adelante se define. Un retraso excusable no constituye incumplimiento de estos términos y condiciones generales. Como el mero propósito de clarificación, el término de .retraso excusable., tal como se usa en este párrafo, significa cualquier retraso en realizar o aceptar entregas que no sea el resultado de fallo o negligencia por la parte involucrada, y que se deba a causas que escapen a su control, incluidos, sin que la enumeración que sigue sea limitativa, actos fortuitos o de enemigo público, cualquier preferencia, prioridad u orden de distribución dictada por el Gobierno o cualquier otro acto del Gobierno, actos de la otra parte de este contrato, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, embargos xx xxxxx, condiciones atmosféricas excepcionalmente duras y retrasos de un proveedor debidos a tales causas. Cada parte notificará rápidamente a la otra cualquiera de dichos retrasos y su causa.
Retrasos. Los descuentos por retrasos en la incorporación al trabajo se calcularán teniendo en cuenta el tiempo real dejado de trabajar.
Retrasos. Cuando un conflicto laboral real o potencial u otro suceso que escape al control razonable del Proveedor retrase o amenace con retrasar, sin culpa o negligencia por su parte, la entrega puntual de los Bienes y Servicios, el Proveedor inmediatamente lo notificará por escrito al Comprador incluyendo toda la información pertinente relacionada con el retraso. Además, el Proveedor tomará todas las medidas razonables para evitar o eliminar la causa de dicho retraso, y mitigar los daños del mismo al Comprador, y reanudará la ejecución (en caso de que se hubiere suspendido) tan pronto como se haya eliminado la causa del retraso. En el supuesto de que la ejecución por el Proveedor se retrase o se prevea que vaya a retrasarse más de cinco (5) días hábiles, el Comprador, previa notificación escrita al Proveedor, podrá resolver el Pedido, sin expresión de causa, de conformidad con lo estipulado en la Cláusula 16 de estas Condiciones.
Retrasos. Las demoras que se presenten en la autorización de las publicaciones o bien en la demora, en el envío de archivos por parte de LA EDITORIAL, no serán responsabilidad de EL DISTRIBUIDOR y por tanto no se pueden constituir en incumplimiento a las obligaciones de este contrato.
Retrasos. El Desarrollador deberá notificar a la SCT dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la fecha en que ocurra un evento que pueda causar un retraso o que impida la obtención del Certificado de Terminación Parcial de la Rehabilitación Inicial del Segmento en la Fecha Programada de Cumplimiento del Segmento. Junto con la notificación de referencia, el Desarrollador deberá entregar un reporte escrito a la SCT, que deberá incluir: (i) Las circunstancias que ocasionaron el retraso o impedimento; (ii) Los registros y seguimiento que el Desarrollador llevará a cabo en la corrección de dicho retraso o impedimento; (iii) Las consecuencias, ya sean directas o indirectas, que dicho retraso o impedimento pueda tener en la obtención de un Certificado de Terminación de la Rehabilitación Inicial del Segmento; y (iv) Las acciones que el Desarrollador proponga adoptar para mitigar las consecuencias de dicho retraso o impedimento. Después de la notificación de cualquier retraso, el Desarrollador deberá: (i) Entregar la información adicional que conozca, o que la SCT le requiera, con relación a la naturaleza y duración esperada de dicho evento; (ii) Proporcionar a la SCT las facilidades y elementos necesarios para la investigación de las consecuencias y efectos que el evento cause al Desarrollador o a la Dependencia; y (iii) Tomar todas las medidas necesarias y consistentes con las Prácticas Prudentes de la Industria, para minimizar el atraso o impedimento en la obtención del Certificado de Terminación de la Rehabilitación Inicial. La SCT podrá requerir por escrito al Desarrollador la entrega de cualquier otra información particular adicional que considere necesaria. Para el caso de retraso del Desarrollador en el cumplimiento de la Fecha Programada de Cumplimiento del Segmento aplicarán las disposiciones de la Cláusula Décima OctavaNovena del presente Contrato, relativo a las Penas Convencionales.
Retrasos. El Desarrollador deberá notificar a la SCT dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la fecha en que ocurra un evento que pueda causar un retraso o que impida la obtención del Certificado de Terminación de la Rehabilitación Inicial del Segmento en la Fecha Programada de Cumplimiento del Segmento. Junto con la notificación de referencia, el Desarrollador deberá entregar un reporte escrito a la SCT, que deberá incluir:
Retrasos. A los efectos señalados en la presente ordenación xx xxxxxx y sanciones, se considerarán faltas de puntualidad los retrasos en la entrada al trabajo que a continuación se indican: cve: BOE-A-2009-17578 1. En los supuestos de horarios flexibles: todo retraso injustificado más allá de los márgenes de flexibilidad establecidos para la entrada al trabajo. 2. Cuando no exista horario flexible: el retraso injustificado en la hora de entrada superior a los 10 minutos. 3. Los retrasos inferiores dentro del indicado margen de 10 minutos no se calificarán como falta de puntualidad, si bien dicho período tendrá la consideración de tiempo debido de trabajo a los correspondientes efectos.
Retrasos. 25.1. Salvo en los supuestos de fuerza mayor, de acuerdo a la legislación vigente, en caso de retraso en la llegada a destino por tiempo superior a una hora, el viajero tendrá derecho a una indemnización pecuniaria equivalente al cincuenta por ciento del precio del título de transporte utilizado. Cuando el retraso supere la hora y treinta minutos, la indemnización será equivalente al total de dicho precio. 25.2. Sin perjuicio de lo anterior Alta Velocidad y Larga Distancia podrán establecer con carácter general a sus clientes compensaciones más ventajosas a las anteriormente expresadas.
Retrasos. A los efectos señalados en la presente ordenación xx xxxxxx y sancio- nes, se considerarán faltas de puntualidad los retrasos en la entrada al trabajo que a continuación se indican: