Señalización de la obra Cláusulas de Ejemplo

Señalización de la obra. Será obligación de “EL CONTRATISTA” el suministro y colocación del rótulo de obra, con cargo a sus gastos indirectos y conforme a los lineamientos señalados por “EL AYUNTAMIENTO”, en caso de incumplimiento “EL AYUNTAMIENTO” Lo proporcionará y su costo será descontado del pago de sus estimaciones pendientes o de la estimación final.
Señalización de la obra. El contratista está obligado a instalar la señalización precisa indicativa del acceso a la obra, la circulación y señalización en la zona que ocupan los trabajos y los puntos o zonas de posible peligro debido a la marcha de aquélla, tanto en dicha zona como en sus inmediaciones, así como a cumplir las órdenes que reciba de la Dirección Facultativa acerca de la instalación de señales complementarias o modificación de las que haya instalado. El contratista será responsable de las consecuencias, de todo tipo, derivadas de la omisión de la señalización de las obras. Los gastos que origine la señalización serán de cuenta del contratista.
Señalización de la obra. 9.7. Alta de las instalaciones.
Señalización de la obra. El contratista está obligado a instalar a su xxxxx la señalización precisa indicativa del acceso a la obra; la circulación y señalización en la zona que ocupan los trabajos y los puntos o zonas de posible peligro, en sus lindes o inmediaciones, así como en la propia zona de trabajo, de conformidad con la normativa vigente según la naturaleza de las obras, e igualmente cumplir las órdenes a que se refiere la cláusula 23 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas generales para la contratación de obras del Estado. El contratista será responsable de las consecuencias, de todo tipo, derivadas de la omisión de la señalización de obras.
Señalización de la obra. 1. El contratista vendrá obligado a realizar las siguientes actuaciones de señalización de la obra: Adquisición, colocación y conservación durante el período de ejecución de los carteles de obras, en lugares que sean determinados por la Administración. Las dimensiones, texto y número de carteles serán determinados en cada caso concreto por la Administración, en función de las características y emplazamiento de la obra. En todo caso deberá colocarse en lugar visible un cartel con la siguiente leyenda: “Programa de Transición al Empleo-Junta de Andalucía (PROTEJA)”. Para ello, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 245/1997, de 15 de octubre.
Señalización de la obra. El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones, así como a cumplir las órdenes sobre instalación de señales complementarias o modificación de las ya instaladas [cláusula 23 del PCAG]. También estará obligado el contratista a instalar, a su xxxxx, los carteles de obra que, cumpliendo las especificaciones del Ministerio de Fomento, le ordene el Director facultativo de la obra. PCAP OBRAS – ABIERTO (Ley 9/2017) Clausulado Página 56 de 71 Código seguro de Verificación : GEISER-896a-d36d-6eb5-4088-a36b-4adc-9b3d-967f | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx Serán a cuenta del contratista los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra mediante vallas tipo y mediante la publicación del anuncio tipo en el periódico de mayor difusión de la Comunidad Autónoma correspondiente y en otro periódico de gran difusión en la provincia. Igualmente serán a cuenta del contratista los gastos para la edición y difusión, al mismo tiempo que la puesta en servicio de la obra, de un folleto tipo en el que se informe sobre la finalización de la obra, sus características y su futura utilización. Los gastos a que se refiere este apartado no podrán superar un 2 por 1.000 del precio del contrato.
Señalización de la obra. El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones, así como a cumplir las órdenes sobre instalación de señales complementarias o modificación de las ya instaladas [cláusula 23 del PCAG]. También estará obligado el contratista a instalar, a su xxxxx, los carteles de obra que, cumpliendo las especificaciones del Ministerio de Fomento, le ordene el Director facultativo de la obra. Serán a cuenta del contratista los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra mediante vallas tipo y mediante la publicación del anuncio tipo en el pe- riódico de mayor difusión de la Comunidad Autónoma correspondiente y en otro periódico de gran difusión en la provincia. Igualmente serán a cuenta del contratista los gastos para la edición y difusión, al mismo tiempo que la puesta en servicio de la obra, de un folleto tipo en el que se informe sobre la finalización de la obra, sus características y su futura utilización. Los gastos a que se refiere este apartado no podrán superar un 5 por 1.000 del precio del con- trato.
Señalización de la obra. El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. Igualmente está obligado a instalar, a su xxxxx, los carteles informativos necesarios, según leyenda, formato y modelo que indique la EMV xx Xxxxxx; así como a retirar los carteles que hubiere colocado en el momento y plazo que la EMV xx Xxxxxx le indique. De la misma forma, el contratista está obligado a retirar los carteles que hubiere colocado en el momento y plazo que la EMV xx Xxxxxx le indique. 13.10.Solicitud de Licencias o Autorizaciones.
Señalización de la obra. El contratista está obligado a instala a su xxxxx, las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. El contratista cumplirá las órdenes que reciba por escrito de la Dirección acerca de instalaciones de señales complementarias o modificación de las que se haya instalado. Los gastos que origine la señalización, serán de cuenta del contratista. En el plazo máximo de treinta días laborables desde la orden de iniciación, el contratista colocará donde se realizará la obra, en el lugar que fije el director de la misma, un cartel como mínimo, ajustado a las normas sobre régimen de publicidad obligatoria de acuerdo con las disposiciones legales en vigor. Transcurrido el plazo fijado en el apartado anterior sin que el contratista haya instalado la señalización referida en el mismo, ésta será instalada por la propia Administración, corriendo los gastos por cuenta del contratista.
Señalización de la obra. 5.5.- XXXXXXXX Y ACTA DE REPLANTEO DE LAS OBRAS.