VEHICULOS Cláusulas de Ejemplo

VEHICULOS. El oferente deberá adjuntar certificación de vehículos (mínimo uno) en la cual garantice el traslado de aproximadamente 40 personas, para el desarrollo de actividades incluidas en las especificaciones técnicas. Para el caso de vehículos en calidad de arrendamiento deberá presentar convenio o contrato de arrendamiento de vehículos, los cuales permitirán la ejecución de las especificaciones técnicas.
VEHICULOS. EL CONTRATISTA debe garantizar la cantidad de vehículos requeridos para la prestación de los servicios contratados, por lo cual es responsabilidad del CONTRATISTA el dimensionamiento de la cantidad de vehículos. Los vehículos que EL CONTRATISTA utilice en la prestación de los servicios contratados deben cumplir con todas las exigencias, normatividad y requisitos establecidos por la Secretaría de Movilidad respectiva o quien haga sus veces y el Ministerio de Transporte, encontrarse en óptimas condiciones de presentación y funcionamiento, cumpliendo con las normas mínimas de seguridad. El vehículo que incumpla estas condiciones debe ser remplazado de manera inmediata. EL CONTRATISTA deberá garantizar la movilidad de los vehículos de forma que no afecte la continuidad en la prestación de los servicios, sin restricciones de desplazamiento por horarios u otras circunstancias que puedan afectar la ejecución de los servicios, lo cual será verificado periódicamente por el Supervisor del contrato. Los vehículos deben cumplir con la inspección técnico mecánica y de gases exigida en las normas ambientales y de tránsito, de acuerdo con las normas vigentes distritales, departamentales y de orden nacional. En cualquier momento COLVATEL podrá solicitar los documentos propios a estas revisiones, para corroborar que correspondan a talleres autorizados y la verificación del cumplimiento de esta condición. Los costos asociados a estas revisiones son asumidos por EL CONTRATISTA. Las anteriores condiciones no eximen al CONTRATISTA, en ningún caso, del cumplimiento de las actividades y plazos contractuales. Los vehículos que EL CONTRATISTA utilice en la prestación de los servicios objeto del contrato deben ser de color blanco y tener placas de SERVICIO PÚBLICO. Desde la orden de inicio y durante la ejecución del contrato, los vehículos deberán cumplir como mínimo con las siguientes dos (2) condiciones: i). Tener una antigüedad máxima de ocho (8) años contada a partir de la fecha de expedición de la matrícula y ii). No tener un kilometraje superior a 170.000 kilómetros. En el momento en que un vehículo deje de cumplir alguna de las dos condiciones, deberá ser reemplazado. Deben estar en óptimas condiciones de funcionamiento y deben presentar la correspondiente adaptación técnica y segura para portar las escaleras. En el caso que no cumpla con las normas de seguridad o en el evento de algún daño del vehículo deberá ser reemplazado inmediatamente. Para vehículos tipo moto, definid...
VEHICULOS. El Adjudicatario utilizará vehículos cerrados, adecuados por su capacidad y características para el volumen de ropa a transportar y carga y descarga de la misma. Serán vehículos diferentes, no pudiendo utilizar, en ningún caos, el mismo para la ropa limpia que el que se haya utilizado para la ropa sucia. Caso de avería o ausencia de uno de los vehículos, deberá ser reemplazado por otro de idénticas características antes de 12 horas. De todas formas, cualquier sustitución temporal o definitiva, de los vehículos ofertados se hará previa autorización por la Subdirección de Servicios Generales del H.U.C.A., por otro vehículo de idénticas o superiores características. Los conductores contarán con un equipo de telefonía móvil para poder comunicar a los Centros entre los que se realiza el transporte las incidencias que pudieran surgir en el recorrido. El de ropa limpia, además, deberá estar equipado con plataforma elevadora, con capacidad suficiente para contenedores y accesos existentes. Los vehículos llevarán en lugar visible el anagrama del HUCA. Marca, modelo y características. Potencia fiscal. Kilometraje en el momento de la oferta. El Adjudicatario, antes de comenzar a prestar el servicio, deberá presentar al H.U.C.A., la siguiente documentación referida a todos y cada uno de los vehículos: ❑ Recibo de Licencia Fiscal de Impuesto Industrial. ❑ Licencia Municipal. ❑ Permiso de Circulación, expedido por la Jefatura de Tráfico. ❑ Ficha Técnica expedida por el Ministerio de Industria. ❑ Tarjeta de Transporte y Permiso de Circulación. ❑ Xxxxxx xx Xxxxxx, al menos contra terceros. ❑ Cualquier otra autorización expedida por el Organismo correspondiente que, por razón del vehículo o del uso a que se destina, sea preceptiva.
VEHICULOS. La Empresa Consultora deberá consignar en las matrices la siguiente información: código del BCB, código xx xxxxxx, descripción, marca, modelo, color, número de placa de circulación, estado de conservación, número de chasis, número de motor, y otra información necesaria para ubicar el bien. La Empresa Consultora adjudicada deberá presentar de manera separada la valuación de la documentación legal que respalde el derecho propietario de la Institución sobre los vehículos de su propiedad, pronunciándose sobre el estado de los vehículos y recomendando las acciones tendientes a sanear el derecho propietario, consignando mínimamente la siguiente información para cada bien: Código del BCB, código xx xxxxxx, Nº xx XXX, Nº póliza de importación, placa actual, placa anterior (cuando corresponda), póliza titularizada del automotor, tercera placa, impuestos y otra información que considere necesaria. Estos bienes deberán ser inspeccionados detalladamente con el fin de evidenciar plenamente la existencia de los mismos para su correcta identificación, debiendo considerar en las matrices mínimamente la siguiente información para cada bien: Código del BCB, Código xx Xxxxxx, descripción detallada del bien, dimensiones, material, color, marca, modelo, número de serie (si corresponde), ubicación, cantidad y nombre del funcionario al cual fue asignado el bien.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.