PLAZOS CONTRACTUALES Cláusulas de Ejemplo

PLAZOS CONTRACTUALES. 16.1. Las obras deberán iniciarse, ejecutarse y terminarse en los plazos fijados en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas y, en todo caso, en cuanto los mejoren, en los que resulten del programa de trabajos incluido en la proposición del contratista adjudicatario.
PLAZOS CONTRACTUALES. Los trabajos deberán iniciarse, ejecutarse y terminarse en los plazos fijados en el presente pliego. Salvo que de forma expresa la Administración determine otra fecha distinta, el cómputo de los plazos empezará a contarse a partir de la fecha de la firma del Acta de Inicio de los trabajos, cumpliéndose los plazos de ejecución y prioridades establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. A estos efectos, la fecha de la firma del Acta de Inicio se realizará en el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato. En la resolución por la que se otorgue la adjudicación a la propuesta considerada más ventajosa, la Administración dejará constancia de los plazos contractuales, incluyendo tanto el plazo final como los parciales que, en su caso, resulten de la oferta elegida. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución posterior de la Administración. PROGRAMA DE TRABAJO En el plazo de quince días hábiles a contar desde la firma del Acta de Inicio de los trabajos, la dirección del contrato presentará a la empresa adjudicataria un listado de las actuaciones de reparación y refuerzo de la explanación que propone realizar a lo largo de la primera anualidad contable del contrato, coincidente con el año natural. Se incluirá la medición de la totalidad de los trabajos a desarrollar y el plazo en que él estima que deberán realizarse. Esta entrega se realizará por escrito y tras su análisis se formalizará una Orden de Ejecución firmada por la dirección del contrato y la jefa de Supervisión de Proyectos y Obras y Gestión de la Calidad. Esta Orden de Ejecución se realizará en un documento tipo preparado al efecto por la dirección del contrato, que recogerá su importe, plazos parciales y globales. En cuanto a los actuaciones previstas para la segunda y posteriores anualidades, se establecerán de igual forma que lo estipulado para la primera con la salvedad de que la Orden de Ejecución principal, que engloba el mayor porcentaje del presupuesto, se entregará en los tres primeros meses del año correspondiente, de forma que las actuaciones previstas en ella puedan ser objeto de una planificación y puedan iniciarse las mismas una vez que se haya aprobado el programa de trabajos. Estas órdenes de ejecución, denominadas principales, incluirán un porcentaje superior al 80 % del presupuesto anual asignado para este contrato, de tal manera que la empresa adjudicataria pueda conocer en esa fecha el alcance y la secuencia de las operaciones que deberá ef...
PLAZOS CONTRACTUALES. El adjudicatario deberá cumplir los plazos parciales y total que resulten de su oferta. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución de TECNALIA.
PLAZOS CONTRACTUALES. El plazo para la ejecución del contrato será de DOS (2) AÑOS, a partir de la formalización del contrato. GHK podrá acordar una prórroga del contrato por un plazo máximo de un año de duración, de acuerdo a lo establecido por el artículo 23 del TRLCSP.
PLAZOS CONTRACTUALES. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el apartado 9 del cuadro resumen del PCP. En caso de que se así se prevea en el citado apartado, el plazo de ejecución del contrato comenzará a contarse desde el día siguiente a la fecha de formalización del acta de inicio de los trabajos, o, en el caso de que no pueda iniciarse el contrato en ese momento por causas ajenas al contratista, desde el día siguiente de la fecha de recepción por parte del contratista de la notificación emitida por Metro de Madrid con la autorización para el inicio de los trabajos. En su caso, los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajos, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a todos los efectos. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Procederá la ampliación del plazo en los siguientes supuestos:
PLAZOS CONTRACTUALES. 08.01 Disposiciones generales A Los costos y gastos que por todo concepto se originen con motivo del cumplimiento de las disposiciones que figuran en esta Sección se considerarán incluidos y prorrateados dentro de los precios cotizados, salvo que en la oferta del Contratista figuren como ítem separado.
PLAZOS CONTRACTUALES. La duración del contrato se establece en 12 meses desde su firma finalizando el plazo, en todo caso, a la formalización del contrato cuya asistencia jurídica en su preparación y licitación se contrata a través de este procedimiento. Se considerarán los siguientes plazos: - El objetivo de plazo para la ejecución de los trabajos de diseño y redacción de pliegos es de 3 meses. Licitación a comienzos de mes 4 desde inicio de trabajos. En todo caso, el adjudicatario de esta asistencia deberá estar en disposición de entregar un primer borrador de pliegos en el plazo de dos meses y un borrador final en el plazo de tres meses, sin perjuicio de compromisos de mejora en oferta. - se consideran tres meses de plazo de presentación de ofertas, - un mes de plazo para evaluación de ofertas. - un mes y medio adicional hasta firma de contrato. Se considera que el riesgo de dilatamiento en estos tiempos de licitación es asumido por el asesor hasta la duración máxima prevista para el contrato prevista en el primer párrafo.
PLAZOS CONTRACTUALES. Se deberán cumplir los plazos contractuales que se exponen a continuación: La duración máxima del contrato se establece en 12 meses desde su firma. A partir de la firma del contrato, el plazo de ejecución de los trabajos se estima de hasta 5 meses hasta licitación del Contrato de Construcción del CGRG., La disponibilidad para apoyos en el proceso de licitación según se ha descrito más arriba, considerando un plazo de presentación de ofertas de al menos 3 meses y de hasta 2 meses hasta firma de contrato. Se considera que el riesgo de dilatamiento en estos tiempos de licitación es asumido por el asesor hasta la duración máxima prevista para el contrato.
PLAZOS CONTRACTUALES. Los trabajos deberán iniciarse, ejecutarse y terminarse, en el plazo fijado en el cuadro resumen de características del contrato que figura en el presente pliego y en el que resulte de lo indicado al respecto en el pliego de prescripciones técnicas. En la resolución por la que se otorgue la adjudicación a la propuesta considerada más ventajosa, la Administración dejará constancia de los plazos contractuales, incluyendo tanto el plazo final como los parciales que, en su caso, resulten de la oferta elegida. Sin perjuicio de lo anterior, al aprobar el Programa de Trabajos se fijarán los plazos parciales correspondientes a los hitos que se señalen en su aprobación. Estos plazos se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución posterior de la Administración.
PLAZOS CONTRACTUALES. Se deberán cumplir los plazos contractuales que se exponen a continuación: