AYUNTAMIENTO DE MONTERREY GOBIERNO MUNICIPAL 2012-2015
AYUNTAMIENTO DE MONTERREY GOBIERNO MUNICIPAL 2012-2015
B A S E S LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
No. SA-DA/08/2012
ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PARA 100,000 CASAS-HABITACIÓN
El Municipio de Monterrey, a través de la Dirección de Adquisiciones, con fundamento en el artículo
18 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, a través de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, ubicada en el Xxxxxxx Municipal en las xxxxxx xx Xxxxxxxx y Xxxxxx x/x, Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx; celebrará la Licitación Pública Nacional Número SA-DA/08/2012, a fin de adquirir los bienes descritos en la misma, tomando en consideración lo siguiente:
INTRODUCCIÓN: Las presentes bases señalan requisitos y especificaciones que se deberán cumplir para la ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROPARA 100,000 CASAS-HABITACIÓN,
así como el procedimiento de la presente licitación, las condiciones generales de la contratación, lugar, fecha y hora en que se celebrarán la junta de aclaraciones, acto de presentación y apertura de proposiciones, forma de la presentación de las propuestas técnicas y económicas, los términos de entrega de las mismas, el desarrollo de los procedimientos, las causas de descalificación, los criterios de adjudicación y el respectivo fallo de la presente licitación, así como los derechos y obligaciones, garantías, recursos y sanciones aplicables en la misma, debiendo cumplir con las siguientes:
B A S E S
1 PUNTOS PREVIOS
La adquisición de una póliza de seguro para 100,000 casas habitación, en el marco del programa Predial Seguro, será ejecutada con recursos propios de la Hacienda Pública Municipal.
1.1 La dependencia convocante es el Municipio de Monterrey, a través de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración del Municipio de Monterrey.
1.2 El objeto de esta licitación es la adquisición de una póliza de seguro para 100,000 casas habitación en el marco del Programa Predial Seguro.
1.3 La Secretaría de Administración tomando en cuenta la opinión de la Contraloría, con fundamento en lo establecido en el tercer párrafo del artículo 18 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, determinó que se estableciera el carácter de Nacional en la presente licitación.
1.4 La vigencia del contrato será a partir de las 00:00 horas del día 1 –primero- de Enero de 2013 - dos mil trece- y hasta las 11:59 horas del día 31 –treinta y uno de diciembre de 2013-dos mil trece.
1.5 Las propuestas y todo lo relacionado con las mismas deberán presentarse en idioma español y en moneda nacional. Los catálogos, fichas técnicas, folletos y demás documentación de carácter técnico correspondientes a la póliza de seguro para casa-habitación, los cuales podrán ser presentados en el idioma del país de origen de los bienes, invariablemente estarán siempre acompañados de su respectiva traducción simple al español.
1.6 Las propuestas económicas deberán presentarse en moneda nacional a precio fijo y a dos decimales, de acuerdo a la ley monetaria en vigor, así mismo los precios ofertados deberán ser respetados desde la presentación de la propuesta y en su caso hasta el término de la vigencia del contrato.
1.7 El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de esta licitación será causa de descalificación.
1.8 Ninguna condición contenida en estas bases y las proposiciones presentadas por los licitantes podrá ser negociada.
1.9 El licitante en caso de ser adjudicado deberá dar cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables y las correspondientes a las pólizas de seguros y fianzas.
1.10Los impuestos y derechos federales o locales que se causen, derivados del contrato a que se refieren las presentes bases, serán erogados por el proveedor; la contratante solo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado, de acuerdo a lo establecido por la ley vigente en la materia.
1.11Los gastos derivados de publicidad, implant promotor, será por cuenta del licitante adjudicado, hasta el momento en que estos sean entregados en los lugares que indique la convocante.
1.12No se recibirán propuestas enviadas a través del Servicio Postal, Mensajería o por medios remotos de comunicación electrónica.
1.13El proveedor, asumirá la responsabilidad total para el caso de que, al abastecer los bienes al Gobierno Municipal de Monterrey, infrinja disposiciones referentes a regulaciones, permisos, normas o leyes, quedando obligado a liberar a la contratante de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
1.14El proveedor acepta estar sujeto durante todo el proceso de la presente licitación y en cualquier momento en caso de resultar adjudicado, a la supervisión de la calidad de los servicios y a la inspección física de sus instalaciones que en todo tiempo realice la convocante y/o el área usuaria, sin que esto implique responsabilidad alguna para la misma, en caso de salir adjudicado, la falta de cumplimiento del servicio o las condiciones ofertadas será motivo de rescisión así como de la aplicación de las sanciones correspondientes.
2 CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN
2.1 DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES
La póliza por adquirir tendrán el objeto de asegurar los bienes muebles e inmuebles de los predios ubicados en el territorio del Municipio de Monterrey, Nuevo León, que se encuentren al corriente en el pago del impuesto predial por parte de sus propietarios o tenedores, a partir del 1 -primero- de enero de 2013 -dos mil trece- a las 00:00 horas y hasta el 31 –treinta y uno de diciembre de 2013-dos mil trece a las 23:59 horas, de acuerdo con las condiciones que se detallan en el Anexo I.
2.2 RESPONSABLE DE TRÁMITE Y SEGUIMIENTO DE SOLICITUD
El licitante deberá manifestar por escrito, que será el único responsable de tramitar y dar seguimiento a las solicitudes que la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal requiera, sobre la póliza motivo de la presente licitación.
2.3 MUESTRAS
No se entregarán muestras.
2.4 ANTICIPO
No se entregará ningún anticipo.
2.5 ACEPTACIÓN DE LAS BASES
El licitante deberá presentar dentro de su propuesta técnica, carta de aceptación de las presentes bases, las cuales se encuentran para su venta y consulta en la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, con domicilio en la calle Zaragoza y Xxxxxx s/n, 2° xxxx xxx Xxxxxxx de Gobierno Municipal, Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
2.6 ASPECTOS DE LAS CANTIDADES Y TIEMPOS DE ENTREGA
Se adquirirá Póliza con un total de 100,000 -cien mil- seguros para casas-habitación, las condiciones legales y económicas que deberá considerar dicha póliza se encuentran descritas en el Anexo I de las presentes bases.
La vigencia del contrato será a partir del 1 -primero- de Enero de 2013 -dos mil trece- a las 0:00 horas y hasta el 31 –treinta y uno de diciembre de 2013-dos mil trece a las 23:59 horas, el cual será forzoso para el adjudicado y voluntarios para el Gobierno Municipal de Monterrey; con opción a modificaciones o prórrogas, siempre y cuando sean aceptadas las mismas condiciones establecidas en estas bases y el suministro por parte del proveedor sea satisfactorio, en cuyo caso no implicará el derecho de póliza y únicamente se considerará la prima a prorroga, con el Impuesto al Valor Agregado respectivo.
El licitante adjudicado deberá entregar una CARTA COBERTURA a partir del inicio de vigencia de las condiciones descritas en estas bases, y deberá estar incluida en el sobre que contenga la Propuesta Técnica.
El licitante adjudicado estará obligado a entregar la póliza en un plazo no mayor a 15 –quince- días naturales, contados a partir de la fecha de notificación por parte de la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal.
2.7 INSPECCIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
El licitante deberá garantizar por escrito, su compromiso de aceptar revisiones durante el proceso licitatorio o en caso de salir adjudicado, durante la vigencia del contrato, por parte de verificadores municipales y dentro de sus instalaciones, cada vez que el área requiriente lo estime necesario, a fin de verificar el debido cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana respectiva, en cada uno de los servicios motivo de la presente licitación, así como de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Sobre el Contrato de Seguro y el Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas.
2.8 ACEPTACIÓN DE LA PÓLIZA
El Municipio de Monterrey, a través de la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal será la encargada de realizar la recepción de la póliza y solo la aceptará hasta que se haya verificado que ésta cumplen con las características y especificaciones solicitadas en las bases de la presente licitación.
El licitante estará de acuerdo de que hasta en tanto ello no se cumpla, la póliza no se tendrá por recibida.
2.9 LUGAR DE ENTREGA DE LA PÓLIZA
El licitante que resulte adjudicado deberá entregar la póliza en las oficinas de la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal, ubicadas en el 3° xxxx xxx Xxxxxxx Municipal de Monterrey, sito en el cruce de las calles Zaragoza y Xxxxxx s/n, Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx, X.X. 00000.
2.10 El licitante adjudicado se comprometerá a elaborar un reporte pormenorizado, que entregara en forma hasta completar los 100,000 –cien mil- predios asegurables, el cual deberá contener el historial de movimientos (altas); y que contenga como mínimo los siguientes campos disponibles conforme al concepto mencionado: Primas: Netas, Totales, Pagadas y Pendientes; Fechas; Altas, Fecha , No. De Expediente catastral, Nombre y Dirección.
Este reporte deberá contar con las siguientes particularidades:
A). Emitirse en cualquier rango de fechas, No. De expediente, nombre ó dirección. B). Información actualizada al momento.
C). Imprimible y exportable a Excel.
2.11 El Municipio de Monterrey asignará al Agente o Promotor, que apoye a la administración de las pólizas.
El pago de las indemnizaciones por evento, deberá efectuarse dentro de los 15-quince días hábiles siguientes a la fecha en que se hayan recibido los documentos requeridos para la indemnización, para este efecto la Institución de Seguros, deberá contar con oficinas instaladas en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, o en la zona metropolitana a fin de recibir documentación y entregar pagos dentro del término anteriormente señalado, lo cual se efectuará en cheque nominativo a cuenta de beneficiario preferente; no se requerirá mayor requisito para efectuar el pago correspondiente, ni se podrá exigir al asegurado la apertura o contratación de cuenta bancaria alguna. El incumplimiento del pago en este periodo será causa de cancelación de las pólizas contratadas.
3 ASPECTOS DE GARANTÍA DE LOS SERVICIOS
El licitante deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que el inicio de vigencia de las pólizas será a partir del día 1 -primero- de Enero de 2013 -dos mil trece- a las 00:00 horas y hasta el 31 –treinta y uno de diciembre de 2013-dos mil trece a las 23:59 horas, para lo cual deberá incluir en su propuesta un escrito en papel membretado del licitante y firmada por su Representante Legal; donde señale su compromiso de cumplir con esta condición.
4 PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPOSICIÓN
Las propuestas se mantendrán vigentes por 90 –noventa- días desde la presentación y apertura de proposiciones y en caso de ser adjudicado durante el período de cobertura del seguro, o bien, hasta que el contrato respectivo se extinga.
5 PODERES QUE DEBERÁN PRESENTARSE
Los licitantes con el objeto de acreditar la personalidad jurídica de su representante, deberán presentar un escrito en el que el firmante manifieste “bajo protesta de decir verdad”, que éste cuenta con las facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada, conforme al Anexo VIII (personas físicas y xxxxxxx) de estas bases, el cual deberá ser integrado a su proposición debidamente requisitado, el licitante deberá incluir su identificación, el Acta constitutiva de la empresa, y en su caso, las modificaciones a la misma y el poder notarial de quien firma la oferta.
En el caso de que la persona legalmente facultada no pueda asistir al acto de presentación y apertura de propuestas podrá ser representada por persona distinta, mediante carta poder simple en papel membretado del licitante, otorgada por quien tenga las facultades (el cual invariablemente deberá ser quien firma las propuestas). En dicha carta deberá señalarse claramente el nombre de la persona a quien autoriza para actuar, entregar, recibir notificaciones y documentos; presentarse a nombre del licitante en el acto de presentación y
apertura de proposiciones y firma de las actas correspondientes, sin perjuicio de que, tanto la propuesta como los pedidos, que en su caso se celebren, y los demás documentos que así lo requieran, deberán ser firmados por la persona legalmente facultad para tal efecto. Así mismo, deberán presentar original y copia de una identificación oficial de quien acepta el poder.
6 DEL REGISTRO
6.1 El registro se realizara en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, para lo cual los interesados deberán presentar los siguientes documentos:
a) Recibo de pago de las bases, expedido por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal de Monterrey.
b) Copia simple del registro vigente ejercicio 2012 -dos mil doce-, del Catalogo de Proveedores y Prestadores de Servicios del Municipio de Monterrey, acompañado de un escrito dirigido al Director de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, donde manifieste su interés de participar en la licitación y que por tal motivo solicita la compra de bases.
7 CONSULTA Y COMPRA DE BASES
Las bases estarán a disposición de los interesados para su consulta y venta, en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, ubicadas en Zaragoza y Xxxxxx s/n, 2° xxxx xxx Xxxxxxx de Gobierno Municipal, Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León; desde el día de su publicación y hasta el día 21 de diciembre de 2012 -dos mil doce-, a las 14:00 horas, en días hábiles.
El costo de las bases será de $1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N), el pago podrá realizarse en efectivo o mediante cheque certificado a favor de la Tesorería Municipal de Monterrey, Nuevo León; en las oficinas de ésta misma, ubicadas en Zaragoza y Xxxxxx s/n, 3° xxxx xxx Xxxxxxx de Gobierno Municipal, Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
8 EVENTOS
8.1 JUNTA DE ACLARACIÓN DE BASES
La convocante celebrará la Junta de Aclaraciones a las bases el día 18 –dieciocho- de Diciembre de 2012 -dos mil doce-, a las 13:00 horas, en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, ubicada en las calles Zaragoza y Xxxxxx, en el 2º. Piso de la Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx.
Para la mejor conducción del evento, previo a la celebración de la Junta de Aclaraciones, los licitantes registrados e interesados deberán presentar por escrito (Anexo IV), ante la Dirección de Adquisiciones, las dudas técnicas, administrativas o legales respecto al contenido de las presentes bases y sus anexos, siendo necesario acompañar a éstas, el archivo electrónico correspondiente (CD) en formato WORD. La entrega deberá realizarse a más tardar el día 17 de diciembre del año en curso a las 14:00 horas.
Será responsabilidad exclusiva de los licitantes que asistan, encontrarse a más tardar a la hora exacta en el lugar donde se realizará éste acto, para su registro correspondiente
El acto empezará a la hora señalada, procediendo a cerrarse la puerta de acceso y no se permitirá el acceso a la sala a ningún participante.
Al término de la Junta de Aclaraciones se elaborará el Acta correspondiente y se entregara copia simple a cada uno de los asistentes, y su contenido formará parte integral de las presentes bases.
8.2 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.
Se llevará a cabo el día 28 –veintiocho- de diciembre de 2012 -dos mil doce-, a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, ubicada en las calles Zaragoza y Xxxxxx, en el 2º. Piso de la Presidencia Municipal, Centro de la Ciudad de Monterrey.
Será responsabilidad exclusiva de los licitantes que asistan, encontrarse a más tardar a la hora exacta en el lugar donde se realizará éste acto, para su registro correspondiente.
Solamente se permitirá la participación de los licitantes que hayan cubierto el costo de las bases. Quien acuda en representación del licitante registrado deberá integrar dentro de su propuesta, carta poder simple, otorgada por quien tenga poder suficiente para ello, debiendo incluirse también copia simple de la identificación de éste último, así como original y copia simple de identificación oficial vigente de la persona que asiste.
La entrega de proposiciones se hará en dos sobres cerrados que contendrán por separado la propuesta técnica (sobre 1) y la propuesta económica (sobre 2). Dichos sobres deberán estar plenamente identificados como propuesta técnica y propuesta económica respectivamente, así como, debidamente identificados cada uno mediante etiqueta que contenga los siguientes datos: Nombre del licitante, tipo de procedimiento y número, objeto del procedimiento y nombre de la propuesta que contiene. Los documentos distintos a las propuestas podrán entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que contenga la propuesta técnica.
Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones se efectuará el registro de participantes.
El acto empezará a la hora señalada, procediendo a cerrarse la puerta de acceso y no se permitirá el acceso a la sala a ningún participante y por lo tanto no se recibirá su proposición y su descalificación será automática.
8.3 DESARROLLO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:
a) Se procederá a verificar la asistencia de los licitantes, de acuerdo al orden en que registraron su ingreso al recinto, enseguida en el mismo orden se solicitará presenten sus propuestas.
b) Se verificará que ambos sobres se encuentren sellados, procediendo los asistentes a rubricar los mismos. En seguida se procederá a la apertura de la propuesta técnica, revisándose el contenido de ésta de manera cuantitativa. La documentación presentada será rubricada por los servidores públicos asistentes y por lo menos uno de los licitantes, si asistiere alguno. La falta de firma por parte de alguno de los licitantes en las propuestas técnicas de los demás licitantes, no invalidará el acto.
c) Si el sobre no contiene todos los documentos requeridos y señalados en la convocatoria, bases y junta de aclaraciones, la propuesta se desechará y quedará descalificada de la licitación, en este caso no se procederá a la apertura del sobre que contiene la propuesta económica, devolviendo en este evento la propuesta económica (sobre 2) al licitante descalificado.
d) Concluida la apertura de las propuestas técnicas, se procederá a la apertura de las propuestas económicas de los licitantes cuyas propuestas técnicas no hayan sido desechadas, verificando su contenido cuantitativamente. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y los servidores públicos asistentes rubricarán las propuestas
económicas. La falta de firma por parte de alguno de los licitantes en las propuestas económicas de los demás licitantes, no invalidará el acto.
e) El Representante de la Dirección de Adquisiciones, leerá en voz alta los montos totales sin impuesto al valor agregado de las propuestas admitidas.
f) Se levantará el acta correspondiente, con fundamento al Art. 27 fracción III del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, en la que se hará constar el importe de cada una de ellas, además se indicará el lugar y hora en que se dará a conocer el fallo de la Licitación y en su caso, las propuestas que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron. El acta será firmada por los asistentes y se entregará copia de la misma.
8.4 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS
Se deberán presentar por escrito en papel membretado del licitante, sin tachaduras o enmendaduras.
Con fundamento en el Artículo 20 párrafo cuarto del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, la documentación contenida en la propuesta de este sobre deberán ser firmadas autógrafamente por el apoderado ó representante legal.
8.5 PROPUESTA TÉCNICA: SOBRE NÚMERO 1
Cerrado y que contenga:
I. Copia simple del recibo de pago de las bases expedido por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal de Monterrey.
II. Copia simple y original para su cotejo del acta constitutiva de la empresa y de sus modificaciones en su caso (personas xxxxxxx) ó copia simple del CURP (personas físicas), y copia simple del R.F.C. (actualizado de las personas físicas y xxxxxxx).
III. Copia simple y original para su cotejo, de la identificación oficial vigente de quien firma las proposiciones, quien deberá contar con facultades de administración y/o dominio, o poder especial para actos concúrsales.
IV. Copia simple y original para su cotejo, del documento (poder notarial) mediante el cual se acredite la personalidad jurídica de la persona que firma las propuestas, debiendo incluir invariablemente el Anexo VIII, correctamente llenado.
V. En caso de que se nombre a un representante para la presentación de las propuestas, se deberá integrar carta poder simple otorgada a la persona, por la persona que cuente con facultades de administración y/o dominio quien invariablemente deberá corresponder a la persona que firma las propuestas, debiendo incluir copia simple y original para su cotejo, de la identificación oficial vigente de la persona que acude en representación.
VI. Una carta donde manifieste bajo protesta de decir verdad, que acepta todas y cada una de las condiciones de las presentes bases, conforme al Anexo II de las presentes bases, firmada por el representante legal de la persona física o moral licitante.
VII. “Currículum Vitae” de la persona física o moral licitante y del despacho o agente o promotor en caso en el cual se deberá acreditar y demostrar fehacientemente que cuenta(n) con la experiencia vasta, suficiente, necesaria y comprobable de que ha(n) administrado una
póliza de seguro de casa habitación implementadas en el impuesto predial, debiendo en su caso, de integrar copia de la carátula de la póliza y del contrato.
VIII. Presentar escrito bajo protesta de decir verdad, en hoja membretada del licitante y firmada por el representante legal, donde manifieste que en caso de resultar adjudicado contará con un implant en el domicilio de la convocante, para proporcionar asesoría a los ciudadanos y a la convocante, además de comprometerse a elaborar propaganda escrita exclusiva sobre la póliza de seguro, en la que se dará a los ciudadanos la información mínima necesaria.
IX. Presentar escrito en donde señale el nombre y domicilio del o los ajustadores, los cuales deberán contar con experiencia suficiente en el ramo, para la atención de siniestros que ocurran, debiendo incluir el Número telefónico 01800 para dar atención exclusiva.
X. Presentar copia simple de la última declaración anual al S.A.T. correspondiente al ejercicio inmediato anterior, donde acredite tener un capital contable no menor a $300´000,000.00 (Trescientos millones de pesos 00/100 M.N.), anexando a los mismos, un escrito bajo protesta de decir verdad que la información presentada es correcta y verídica.
XI. Presentar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, estar al corriente del pago de sus impuestos correspondientes, tanto federales, estatales y municipales, aceptando estar sujeto a revisión por parte de la convocante para verificar el cumplimiento de este punto.
XII. Presentar copia certificada de la Autorización otorgada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para operar como institución de seguros, así también el documento que la acredite ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
XIII. Escritos en hoja membretada del licitante y firmada por su Representante Legal, donde señale de forma completa la información, detallada y pormenorizada referente a la cobertura de cada póliza que haya sido propuesta, indicando: coberturas, sumas aseguradas, deducibles, exclusiones, requisitos para la procedencia de la cobertura, guía de procedimiento en caso de siniestro, servicios agregados, y todo aspecto de cada póliza que la convocante necesite conocer, conforme la cedula técnica como Anexo V.
XIV. Presentar Carta Cobertura, de los expedientes catastrales de los lotes, conteniendo en las presentes bases; debiendo atender la información en cuanto a lugar de entrega de las pólizas, fecha de entrega de las mismas, el alcance de la póliza y vigencia del contrato.
XV. Presentar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que el licitante o alguno de los miembros de la sociedad no se encuentran dentro de los supuestos del artículo 43 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, conforme al Anexo III de las presentes bases.
XVI. Presentar en hoja membretada un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con la capacidad de cobertura de los bienes, para cubrir en cantidades las necesidades solicitadas e informen de su capacidad de entrega para cumplir en cantidad, calidad y tiempo con lo requerido.
XVII. Presentar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, en el cual el licitante asume la responsabilidad de tramitar y dar seguimiento a las solicitudes que la o
Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal requiera, respecto al suministro de los servicios objeto de la presente licitación.
XVIII. Presentar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que acepta de conformidad los criterios de adjudicación de las presentes bases, debiendo hacer referencia al número de la presente licitación.
XIX. Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el domicilio fiscal del licitante, debiendo anexar copia simple del comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 03-tres meses a la fecha de presentación, aceptando estar sujeto a revisión por parte de la convocante para verificar el cumplimiento de este punto.
XX. Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el domicilio donde el licitante recibirá toda clase de notificaciones que resulten de todos los actos de la presente licitación y en su caso de los contratos que se celebren de conformidad con el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, aceptando estar sujeto a revisión por parte de la convocante para verificar el cumplimiento de este punto.
XXI. Un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de ser adjudicado, bajo ninguna circunstancia cederá total o parcialmente, ni subcontratará los compromisos contraídos como resultado de esta licitación.
XXII. Un escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad en el que se compromete a entregar las pólizas en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la notificación que le haga la dirección de Recaudación Inmobiliaria.
XXIII. El proveedor deberá garantizar por escrito (Xxxxx XX) en hoja membretada de la empresa, donde establezca su compromiso de aceptar revisiones durante el proceso licitatorio o en caso de salir adjudicado, durante la vigencia del contrato por verificadores internos dentro de sus instalaciones, cada vez que la contratante lo estime necesario.
XXIV. Escrito bajo protesta de decir verdad en hoja membretada del licitante en caso de salir adjudicado dará cumplimiento a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Sobre el Contrato de Seguro y el Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas, las Normas Mexicanas, Normas Internacionales o las Normas de Referencia Aplicables, en cada uno de los bienes motivo de la presente licitación.
Cada escrito deberá estar identificado en la parte superior central, indicando el concepto del mismo y el número que le corresponda. Es importante integrar la documentación en el orden mencionado.
Todos los documentos de la propuesta técnica son esenciales, la falta de cualquiera de ellos no podrá subsanarse, y será motivo de descalificación.
8.6 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Se deberán presentar por escrito en papel membretado de la persona física o moral licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
Con fundamento en el Artículo 20 párrafo cuarto del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, la documentación contenida
en la propuesta de este sobre deberá ser firmada autógrafamente por el apoderado ó representante legal.
La propuesta deberá cotizar el 100% de la partida, descrita en el Anexo I.
8.7 PROPUESTA ECONÓMICA: SOBRE NÚMERO 2
Cerrado y que contenga:
I.- Garantía de Seriedad. La que deberá ser presentada con fianza de alguna institución financiera o bien mediante cheque cruzado a favor del Municipio de Monterrey y/o Tesorería Municipal de Monterrey. Documento que en ningún caso deberá ser menor al 5% del total de la propuesta económica IVA incluido.
II.- Escrito donde manifieste que los precios ofertados son fijos y estarán vigentes por 90 días desde la presentación de la propuesta y en caso de resultar adjudicado hasta el término del contrato.
III.- Propuesta económica, deberá cotizar el 100% de la Partida o las Partidas descritas en el Anexo I, a precio unitario, presentarse en papel membretado de la persona física o moral licitante, sin tachaduras o enmendaduras, conforme al modelo del Anexo VI, debiendo desglosar el derecho de póliza y el monto del IVA, indicando los descuentos que ofrezca. Deberá incluir copia de su propuesta mediante CD en formato EXCELL.
IV.- Resumen de cotizaciones, presentarse en papel membretado de la persona física o moral licitante, sin tachaduras o enmendaduras, conforme al modelo del Anexo VII.
Cada escrito deberá estar identificado en la parte superior central, indicando el concepto del mismo y el número que le corresponda. Es importante acomodar la documentación en orden mencionado.
Todos los documentos de la propuesta económica son esenciales, por lo tanto no podrá subsanarse la falta de cualquiera de ellos, y será motivo de descalificación.
9 CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN
Se descalificará a los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
a) El incumplimiento de alguno de los documentos o requisitos establecidos como esenciales en las bases de esta licitación.
b) Si se comprueba que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de esta licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes y/o genere un perjuicio al Gobierno Municipal de Monterrey.
c) En caso de que el licitante que compró las bases las transfiera a otro.
d) Cuando el plazo de entrega no sea conveniente para el municipio.
e) Cuando la calidad del producto no sea aceptable.
f) Cuando se demuestre cualquier violación a las disposiciones legales vigentes en la materia.
g) Cuando no se cotice el total de los bienes solicitados de la partida.
h) Cuando la información proporcionada resulte falsa total o parcialmente o se detecten irregularidades en la documentación presentada.
i) Cuando a criterio de la convocante los precios ofertados no sean convenientes.
10 PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD
a) El licitante que presente información falsa en la licitación se hará acreedor de una sanción consistente en la pérdida automática de la garantía de seriedad de la propuesta, a favor del Erario Público Municipal.
b) El licitante que resulte adjudicado y no acudiere a la firma del contrato o se retractare de firmar el mismo, igualmente será acreedor de la sanción de pérdida automática de la garantía de seriedad
11 SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA
11.1 SUSPENCIÓN
La Secretaría de la Contraloría Municipal en el ejercicio de sus atribuciones, será la única autoridad que podrá determinar la suspensión del procedimiento de licitación cuando se advierta que existen o pudieran existir actos contrarios a las disposiciones del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, o de las que de él se deriven, o bien, que de continuarse con el procedimiento de licitación pudiera producirse daños o perjuicios a la dependencia de que se trate, o que de no darse la suspensión se cause perjuicio al interés social o se contravengan disposiciones de orden público.
11.2 CANCELACIÓN
La Convocante podrá cancelar la licitación en caso fortuito o de fuerza mayor, de igual manera la Convocante podrá cancelarla cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la prestación de servicios y que de continuar con el procedimiento de contratación, se pudiera ocasionar daño o perjuicio al Gobierno Municipal o se contravenga alguna Ley o Reglamento.
11.3 DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA
La licitación se declarará desierta cuando se presente alguno de los supuestos siguientes:
a) Cuando ningún interesado compre las bases.
b) Cuando las proposiciones presentadas no cumplan con los documentos y requisitos establecidos en las bases.
c) Cuando las proposiciones presentadas no oferten el total de los bienes solicitados de la partida.
d) Cuando los precios ofrecidos por los licitantes no fueran aceptables.
12 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La convocante y el área solicitante verificarán que la documentación de las propuestas técnicas y económicas, cumplan con la información y los requisitos solicitados en las presentes bases y sus anexos, así como las modificaciones que se hayan derivado de la junta de aclaraciones.
12.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
a) La convocante y el área solicitante, realizarán el análisis cualitativo de las ofertas a fin de verificar que la especificación técnica cumpla al 100% con lo solicitado.
b) La convocante y el área solicitante evaluarán el contenido de los documentos solicitados en las presentes bases, a fin de que sean presentados en los términos en los que fueron solicitados. En el caso de que no se cumpla con lo estipulado en estas bases, y que con ello se afecte la solvencia de la propuesta, esto será motivo de descalificación.
12.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA
a) Se analizará en forma comparativa cada una de las propuestas económicas (solo aquellas propuestas que hayan cumplido técnicamente con lo solicitado), para seleccionar la propuesta solvente más baja, y que no exceda del presupuesto asignado, se elaborará un cuadro con los precios ofertados del total de la partida, lo que permitirá realizar la evaluación de propuestas económicas en igualdad de condiciones para todos los licitantes.
b) La convocante evaluarán el contenido de los documentos solicitados en las presentes bases y verificará que cada una de las propuestas económicas oferte el total de los bienes solicitados de la partida.
c) Se verificarán los precios ofertados con los totales globales, en caso de que se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios de la partida, lo que se hará constar en el cuadro comparativo referido, si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma.
El procedimiento de adjudicación será a un solo licitante por el total de la partida descrito en el Anexo I, adjudicándose el 100%-cien por ciento- a la propuesta solvente más baja, con fundamento en el Art. 28 párrafo quinto y sexto del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey.
12.3 DICTAMEN
La convocante emitirá un dictamen que servirá como base para el fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento de la Licitación, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas.
13 ACTO DE FALLO
a) El fallo se dará a conocer en Junta Pública en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, ubicada en las xxxxxx xx Xxxxxxxx y Xxxxxx s/n, 2° xxxx xxx Xxxxxxx Municipal, Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieren participado en el acto de presentación y apertura de proposiciones, previo registro.
b) En el mismo acto se nombrara; al licitante que resulte adjudicado, notificándole el lugar, fecha y hora en que se realizará la formalización del contrato respectivo.
c) Al término se levantará el acta respectiva, misma que firmarán los asistentes a quienes se entregará una copia y se pondrá a disposición de los que no hayan asistido, en el mismo lugar a partir de la finalización del acto.
Así mismo se citará a los licitantes no adjudicados a fin de que les sea devuelta la garantía de seriedad presentada.
14 EL CONTRATO
El contrato se formalizará como un importe máximo correspondiente a la suficiencia presupuestal autorizada para el ejercicio fiscal.
14.1 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El licitante que resulte adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá entregar a la convocante, original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos siguientes:
a) Registro Federal de Contribuyentes (personas xxxxxxx y personas físicas).
b) Acta constitutiva y en su caso modificaciones a la misma (personas xxxxxxx).
c) Escritura Pública del poder notarial del representante legal (personas xxxxxxx).
d) Comprobante de domicilio (personas xxxxxxx y personas físicas).
e) Identificación oficial.
f) Cedula Única de Registro de población CURP (personas físicas).
El representante legal del licitante adjudicado, deberá presentarse a firmar el contrato correspondiente, en las oficinas de la convocante, ubicadas en la xxxxxx xx Xxxxxxxx y Xxxxxx x/x, 0x xxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx; en la fecha y hora que le sean notificado por la convocante en el fallo.
En todo caso, la formalización del contrato se llevará a cabo dentro del plazo que establece el artículo 38 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, en el entendido de que si no se formalizara el documento respectivo por causas imputables a el licitante adjudicado, se procederá sin necesidad de un nuevo procedimiento, a adjudicar el contrato al licitante que haya presentado la siguiente propuesta solvente más baja siempre y cuando la oferta no rebase el 10% respecto de la propuesta originalmente ganadora. Asimismo, el licitante adjudicado que no firme el contrato por causas imputables a él mismo, perderá a favor del Municipio de Monterrey, el monto de la Garantía de Seriedad, independientemente de las sanciones que se señalan en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey.
El licitante que resulte ganador, bajo ninguna circunstancia podrá ceder los derechos y obligaciones del contrato que con motivo de la presente licitación, se otorgue.
14.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El licitante adjudicado con el contrato, queda obligado a entregar una fianza de cumplimiento por el importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto por erogar en el ejercicio, incluyendo el I.V.A., dentro de los 10 –diez- días naturales siguientes a la firma del mismo, en las oficinas de la convocante, ubicadas en las xxxxxx xx Xxxxxxxx y Xxxxxx s/n, 2° xxxx xxx Xxxxxxx Municipal, Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
La garantía deberá ser expedida por una Institución de Fianzas debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a nombre de la Tesorería del Gobierno Municipal de Monterrey,
La Póliza de Fianza deberán contener, además de lo señalado en las Cláusulas que la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; las siguientes declaraciones:
a) Que se otorga a favor de la Tesorería Municipal de Monterrey;
b) Que la Fianza se otorga para garantizar todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el contrato derivado de la Licitación Pública Nacional SA-DA/07/2012;
c) Que la Fianza continuará vigente en caso de que se otorguen prórrogas al cumplimiento del Contrato;
d) Que la Fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o Juicios que se interpongan, hasta que se dicte la Resolución definitiva por Autoridad competente;
e) Que para la liberación de la Fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Municipio de Monterrey y/o Tesorería Municipal de Monterrey;
f) Que la Afianzadora acepta expresamente someterse a los Procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la Fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la Póliza de Fianza requerida.
A elección del Municipio podrá reclamarse el pago de la Fianza por cualquiera de los Procedimientos establecidos en los artículos 93 y/o 94 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, o bien a través del artículo 63 de la Ley de Protección y Defensa del Usuario de los Servicios Financieros, asimismo, la Institución Afianzadora otorga su consentimiento en lo referente al artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
Las partes convienen en que la garantía tendrá vigencia hasta que se cumpla el término de la garantía, de los bienes entregados. Lo anterior en la inteligencia que para la cancelación y devolución de la misma deberá mediar autorización por escrito de la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal, previa solicitud por escrito del Proveedor, en el momento que demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de las obligaciones establecidas en el presente Contrato.
14.3 RESCISIÓN DEL CONTRATO.
El Gobierno Municipal de Monterrey, podrá rescindir el contrato adjudicado por cualquiera de las causas que a continuación se enumeran:
a) Cuando el proveedor no garantice el cumplimiento del contrato mediante la fianza respectiva equivalente al 10% del monto total del contrato, misma que deberá ser expedida por una institución de fianzas acreditada por la Ley de Instituciones de Fianzas, a favor del Municipio de la Ciudad de Monterrey y/o la Tesorería Municipal de Monterrey.
b).- Cuando el proveedor no proporcione el bien objeto del contrato en los términos estipulados en el mismo.
c).- Cuando el proveedor no asuma la responsabilidad total por servicios a suministrar, por un tercero o ceda la totalidad o parte de las obligaciones objeto del contrato o de los derechos derivados del mismo.
d).- Cuando no se dé cumplimiento a todas las obligaciones establecidas en el contrato.
El Municipio iniciará el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, dentro de los quince días naturales siguientes a aquél en que se hubiere agotado el monto límite de la aplicación de las penas convencionales. En cuyo caso se aplicará la fianza señalada en el punto 14.2 de estas bases. (Garantía de cumplimiento del contrato).
14.4 TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El Gobierno Municipal de Monterrey podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato en el siguiente caso:
a) Cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes que se enajenan y se demuestre que de continuar con el cumplimiento del contrato, se ocasionaría un daño o perjuicio a “EL MUNICIPIO”;
b) Por mutuo acuerdo de las partes;
c) Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes;
d) Por rescisión.
15 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN.
No se pactará anticipo alguno
El pago de las facturas realizará en moneda nacional y no podrá exceder de 45 días naturales posteriores a la entrega y aceptación de las mismas por parte de la Dirección de Egresos de la Secretaría de Tesorería Municipal, previa autorización de la Secretaría de Administración.
15.1 El PAGO
Se realizara en pagos parciales, uno por cada una de las parcialidades en favor del licitante adjudicado, la cual se realizara de forma periódica en cada día de pago parcial, y una vez que sea recibida y aceptada la factura que ampare el pago parcial, por parte de la Dirección de Egresos de la Secretaría de Tesorería Municipal, previa autorización de la Dirección de Recaudación Inmobiliaria de la Tesorería Municipal.
15.2 LUGAR DE PAGO
Las cantidades que se paguen por concepto de pago parcial, IVA, comisiones, y cualquier otra cantidad que el Municipio deba pagar al licitante adjudicado serán pagadas en Moneda Nacional, en fondos inmediatamente disponibles, en la fecha que sean exigibles y pagaderos en lugar que indique de manera anticipada el licitante adjudicado.
El Municipio podrá realizar la domiciliación del pago en favor del licitante adjudicado, para lo cual realizara cargos automáticos a través de sus cuentas bancarias, en relación a todas y cada una de las cantidades pagaderas, para lo cual el Municipio dispondrá fondos suficientes en las fechas respectivas. Para la realización de dicho procedimiento el Municipio solicitara al licitante adjudicado la información y en si todos y cada uno de los documentos y autorizaciones necesarias para realizar la domiciliación.
No obstante en el supuesto de poder realizarse los pagos parciales a través del procedimiento descrito anteriormente, el Municipio realizara el pago de forma directa al licitante adjudicado, mediante deposito en cualquier sucursal de la institución bancaria que señale el licitante adjudicado.
16 PENA CONVENCIONAL.
El retraso en la entrega de los bienes causará al proveedor adjudicado a favor de la contratante una pena convencional equivalente 0.2% del monto total de los bienes no entregados a satisfacción del área solicitante, por cada día natural de demora.
17 CONTROVERSIAS.
Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante la Secretaría de la Contraloría Municipal, dentro del término de 5-cinco días hábiles siguientes a aquél en que ocurra el acto o el inconforme tenga conocimiento de este, por los actos que contravengan las disposiciones que rigen la materia objeto del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO I
DESCRIPCIÓN, CARACTERISTICAS Y ALCANCES DEL SERVICIO
NÚMERO XX XXXXXXX | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD REQUERIDA |
1 | POLIZA DE SEGURO XX XXXXX HABITACION | Pieza | 1 –una- (100,000 mil beneficiarios) |
Características | Descripción | ||
OBJETO DE LA COBERTURA Se aseguraran los primeros 100,000 predios xx xxxxx habitación que estén al corriente y que paguen su impuesto predial del año 2013 los contribuyentes del Municipio de Monterrey, Nuevo León, mismo seguro entrara en vigor a partir de la fecha en que se realice su pago, la relación de los mismos será entregada al licitante ganador VIGENCIA DE POLIZA-DURACIÓN DEL CONTRATO Desde el día 1 -primero- de Enero de 2013 -dos mil trece- a las 0:00 horas al día 31 –treinta y uno de diciembre de 2013-dos mil trece- a las 23:59 horas. SECCION I.- EDIFICIO BIENES CUBIERTOS En esta sección se cubre el edificio ocupado solamente por casa habitación, quedando cubiertas la construcción material del edificio, construcciones anexas en la misma ubicación, bardas y demás aditamentos fijos definitivamente y adaptaciones hechas al edificio asegurado, incluyendo las instalaciones de clima artificial, sanitarias, hidráulicas, eléctricas, siempre y cuando no se mencionen en el apartado de Exclusiones aplicables a todas las coberturas, sin exceder de la suma asegurada contratada para esta sección. RIESGOS CUBIERTOS Se indemnizará al asegurado contra pérdidas o daños materiales causados por Incendio y/x Xxxx, siempre y cuando estos sean afectados por riesgos en forma accidental, súbita e imprevista, con excepción a los que se encuentren expresamente en las Exclusiones aplicables a todas las coberturas. SECCION II.- CONTENIDOS BIENES CUBIERTOS En esta sección se ampara el menaje de casa, entendiéndose por este los muebles, útiles, enseres, ropa, artículos electrónicos de uso doméstico, libros y en general toda clase de bienes inherentes y usuales en habitaciones particulares; siempre y cuando no se mencionen en el apartado de Exclusiones aplicables a todas las coberturas y el edificio sea ocupado solamente por casa habitación, sin exceder de la suma asegurada contratada para esta Sección. RIESGOS CUBIERTOS Se indemnizará al asegurado contra pérdidas o daños materiales causados por Incendio y/x Xxxx, siempre y cuando estos sean afectados por riesgos en forma accidental, súbita e imprevista, con |
excepción a los que se encuentren expresamente en las Exclusiones aplicables a todas las coberturas.
BENEFICIOS ADICIONALES APLICABLES A LAS SECCIONES I Y II.
Los costos por servicio de bomberos se cubren únicamente cuando sean llamados para salvar o proteger bienes de una pérdida asegurada, con un límite máximo por la vigencia contratada de
$20,000.00 M.N. (Veinte mil pesos 00/100 M.N.).
ENDOSO DE EXTENSIÓN DE CUBIERTA BIENES CUBIERTOS
En esta sección se cubren los bienes amparados por las secciones I y II de la póliza a la cual se adhiere este endoso, sin exceder de la suma asegurada contratada para esta sección.
RIESGOS CUBIERTOS
Se indemnizará al asegurado contra pérdidas o daños materiales causados directamente por:
a) Explosión
b) Colisión xx Xxxxx Aéreas u objetos caídos de ellos.
c) Colisión de Vehículos.
d) Humo
e) Caída de árboles.
Para efectos de la presente póliza se entender por:
Explosión
Es aquella expansión rápida y violenta de una masa gaseosa que da lugar a una onda expansiva que destruye los materiales o estructuras próximas.
Humo
Conjunto visible de partículas sólidas y líquidas en suspensión en el aire, o en productos volátiles, resultantes de una combustión.
SECCIÓN IV.- ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO DE MENAJE DE CASA. BIENES CUBIERTOS
En esta sección se ampara el menaje de casa, entendiéndose por este los muebles, útiles, enseres, ropa, artículos electrónicos de uso doméstico, libros y en general toda clase de bienes inherentes y usuales en habitaciones particulares; siempre y cuando el edificio sea ocupado solamente por casa habitación propios y necesarios, quedan cubiertos sin exceder de la suma asegurada contratada para esta Sección.
RIESGOS CUBIERTOS.
Esta sección cubre pérdidas o daños materiales causados a los bienes asegurados a consecuencia de:
a) Robo perpetrado por cualquier persona o personas que haciendo uso de violencia del exterior al interior del inmueble que contenga los bienes asegurados, dejen señales visibles de violencia por el lugar por donde se perpetró.
b) Xxxx por asalto o intento de asalto, entendiéndose como el perpetrado dentro del inmueble mediante el uso de fuerza o violencia sobre las personas, sea moral o física.
c) Daños materiales a bienes, muebles o inmuebles, causados con motivo del robo o intento del robo de los mismos a que se refieren los incisos anteriores.
EXCLUSIONES APLICABLES A TODAS LAS COBERTURAS. BIENES EXCLUIDOS
a) No está cubierto el edificio en proceso de construcción, reparación o reconstrucción, mientras no queden terminados sus muros y techos, y colocadas las puertas y ventanas exteriores. Tampoco estará cubierto el inmueble y sus contenidos que estén deshabitados, en desuso o abandono. Entendiéndose por esto que no cuenten con servicios de luz, agua, mobiliario que la hagan habitable y que presenten signos de deterioro y falta de mantenimiento que agraven el riesgo. En caso de contar con los contratos de servicios de luz, agua, mobiliario que la hagan habitable deberá de presentar su recibo con un cobro mayor al mínimo por el servicio. Esta exclusión aplica también a los contenidos de estos edificios.
b) No está cubierto el edificio o construcciones que carezcan de techos, de una o más de sus paredes o de una o más de sus puertas o ventanas exteriores, aberturas o que en cualquier otra forma presenten alguna falta de protección contra los elementos de la naturaleza o por haberse dejado abiertos cualesquiera puertas, ventanas o tragaluces. Esta exclusión aplica también a los contenidos de estos edificios.
c) Jardines, construcciones decorativas (que se encuentren en el exterior del Inmueble), muebles de jardín, luminarias, palapas, sistemas xx xxxxx y bienes muebles a la intemperie.
d) Terrenos, incluyendo superficie, rellenos, drenaje, alcantarillado, árboles, arbustos, plantas, animales, aves, peces.
e) Cimientos y fundamentos de la construcción bajo el nivel del piso más bajo.
f) Frescos y/o murales que como motivo de decoración o de ornamentación estén pintados en o formen parte del edificio asegurado.
g) Subestaciones eléctricas, instalaciones deportivas, albercas, toldos y cortinas, muelles, calles, pavimentos, caminos, vías de acceso propiedad del asegurado, molinos de viento, bombas de viento, xxxxxx, antenas emisoras de radio o de televisión, rótulos, chimeneas, así como instalaciones industriales que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie.
h) Automóviles, motocicletas, aviones, botes u otros vehículos automotores.
i) Dinero en efectivo, cheques, monedas, giros postales, valores, letras de cambio, pagarés, acciones, libros de contabilidad u otros libros de comercio, comprobantes de tarjeta de crédito, timbres, certificados u otros documentos negociables o no negociables, títulos de propiedad, obligaciones.
j) Joyería, metales y piedras preciosas, lingotes de oro y/o plata, obras de arte, colecciones, antigüedades y otros objetos de difícil o imposible reposición.
k) Manuscritos, planos, croquis, dibujos, patrones, modelos o moldes.
l) Información contenida en portadores externos de datos o de cualquier clase, así como los medios magnéticos que los contengan.
m) Calderas, tanques o aparatos sujetos a presión.
n) Bienes contenidos en plantas refrigeradoras, aparatos de refrigeración o en incubadoras, por cambios de temperatura a causa de un riesgo contratado.
o) Bienes de contrabando o comercio ilegal.
RIESGOS EXCLUIDOS
a) Pérdidas o daños causados en cualquier negocio o comercio, ya sea que este debidamente constituido o no.
b) Asistencia en el hogar.
c) Terremoto y/o erupción volcánica, marejada, golpe de mar, acción natural de la marea o maremoto.
d) Cualquier pérdida consecuencial.
e) Xxxxxx, hurto, desaparición, saqueos o robo de bienes ocurridos durante el siniestro de Incendio y/x Xxxx, o los cubiertos por el Endoso de Extensión de Cubierta o cualquier otro evento de carácter catastrófico, que propicie que dichos actos se comentan en perjuicio del asegurado
f) Daños directos causados por nieve.
g) Costos, multas, sanciones o gastos en que incurra o mantenga el asegurado que le sean impuestos por orden de cualquier órgano o institución gubernamental, órgano jurisdiccional o autoridad relacionada con cualquier tipo o clase de deterioro ambiental, incluyendo filtración o contaminación de cualquier tipo. Gastos de mantenimiento y los ocasionados por mejoras y/o adaptaciones.
h) Asentamiento, hundimiento, derrumbe, colapso o agrietamiento de edificios o construcciones, contracción o expansión de cimientos, muros, pisos y techos.
i) Humo o tizne a chimeneas o aparatos extractores. Humo o tizne que emane de chimeneas o aparatos domésticos que se encuentren dentro del predio asegurado, cuando dichos aparatos carezcan de conductos para extracción de los mismos.
j) Pérdidas o daños ocasionados de cualquier tipo ocasionados por deficiencias en la construcción o en su diseño o por falta de mantenimiento a los bienes materia del seguro.
k) Rotura de tuberías por efecto de congelamiento. Omisión y desajuste en el cierre de grifos, llaves de paso, ventanas y puertas.
l) Aguas freáticas, corrientes o subterráneas.
m) Los daños causados por inundación que sufran los bienes que se localicen en sótanos, semisótanos o partes de edificios que se encuentren total o parcialmente bajo el nivel del terreno, aguas freáticas que ocasionen filtraciones a través de la cimentación de los pisos o de los muros de contención, o de los ocasionados por obstrucciones, insuficiencias o deficiencias, roturas o cualquier otra causa, de los sistemas de desagüe, o por falta de dichos desagües, pérdidas o daño causado por el retroceso de agua de alcantarillas, drenajes o filtraciones abajo del suelo, que se ocasionen por obstrucciones de dichos desagües.
n) Mojadura o humedades o sus consecuencias debido a filtraciones:
x. Xx xxxxx subterráneas o freáticas.
b. Por deficiencias en el diseño o construcción de techos, muros o pisos.
c. Por fisuras o fracturas de cimentaciones o muros de contención.
d. Por mala aplicación o deficiencias de materiales impermeabilizantes.
e. Por falta de mantenimiento.
f. Por falta de techos, puertas, ventanas o muros o aberturas en los mismos, o por deficiencias constructivas de ellos.
o) Mojaduras, viento, granizo o lluvia al interior de los edificios o a sus contenidos, a menos que se hayan originado por el hecho de que los edificios hayan sido destruidos o dañados en sus techos, muros, puertas o ventanas exteriores por la acción directa de los vientos, o del agua o xxx xxxxxxx o por acumulación de éstos, que causen aberturas o grietas a través de las cuales se haya introducido el agua, granizo o viento. Esta exclusión no aplica a los casos de inundación o inundación por lluvia.
p) Corrosión, herrumbre, erosión, oxidación, moho, plagas de toda especie y cualquier otro deterioro paulatino a consecuencia de las condiciones ambientales y naturales
q) Daños causados por talas o podas de árboles, x xxxxxx de sus ramas efectuadas por el asegurado o sus empleados.
r) Causados por colisión de vehículos propiedad del Asegurado o a su servicio o de propiedad o al servicio de inquilinos del predio descrito en la póliza.
s) Xxxx sin violencia, extravío o desaparición misteriosa de cualquiera de los bienes asegurados.
t) Robo o asalto en que intervienen personas por las cuelas el Asegurado fuera civilmente
responsable.
u) Pérdidas o daños que procedan directa o indirectamente de robo, dolo o mala fe del asegurado, miembros de su familia, apoderados, servidumbre, o bien, cualquier persona o personas por las cuales el asegurado sea civilmente responsable.
v) Los artículos de uso personales como son, pero no limitado a: lap tops, celulares, BlackBerry, palm, cámaras fotográficas y de video, IPOD, joyas, relojes, lentes, perfumes, plumas, bolsas, cartera, artículos deportivos como palos de golf, cañas de pescar, bolas de boliche, rifles xx xxxx, skies, equipo de buceo, armas de fuego, video juegos portátiles, asimismo artículos que no sean propios del menaje de casa.
w) Pérdida o daño a bienes que se encuentren en patios, porche, cocheras, balcones, azoteas, jardines o en otros lugares al aire libre.
x) Actos de huelguistas o personas que tomen parte de paros, disturbios de carácter obrero, motines, alborotos populares, vandalismo o actos de personas mal intencionadas, durante la realización de tales actos.
y) Daños o pérdidas preexistentes al inicio de vigencia de este seguro, que hayan sido o no del conocimiento del Asegurado.
z) Responsabilidades legales o contractuales imputables al fabricante o vendedor de los bienes asegurados, responsabilidades provenientes del incumplimiento de contratos o convenios, cualquier otro daño, perjuicio o daño moral consecuencial que el asegurado cause a terceros o empleados del asegurado, por los que deba responder conforme a cualquier legislación aplicable en materia de responsabilidad civil y/o laboral.
aa) Gastos erogados por el asegurado, como consecuencia de la realización de un riesgo cubierto por esta póliza por concepto de gratificaciones y/o de honorarios a técnicos cuyos servicios no hayan sido autorizados por la compañía.
bb) Actos dolosos o fraudulentos cometidos por el asegurado o sus empleados con el claro intento de:
a. Causar al asegurado dicha pérdida y/o
b. Obtener algún beneficio financiero para el asegurado, sus empleados o para cualquier otra persona u organización que el asegurado o empleado hayan destinado para recibir dicho beneficio.
cc) Dolo o mala fe del Asegurado, sus beneficiarios o causahabientes, de los apoderados de cualquiera de ellos. Actos u omisiones deshonestos del asegurado, abuso de confianza de algún asociado, agente o empleado de él, que actúen coludidos con el asegurado, con el fin de obtener un beneficio ilícito.
dd) Pérdidas y/o daños directamente causados por expropiación, requisición, secuestro o decomiso, incautación o detención de los bienes por autoridades legalmente reconocida con motivo de sus funciones.
SUMA ASEGURADA
La cantidad que a continuación se detalla, estará fija durante la vigencia del contrato.
Incendio y Extensión de Cubierta, excluyendo granizo, ciclón, huracán, vientos tempestuosos, Inundación e Inundación por lluvia).
Hasta por $ 100,000.00 M.N. (Cien mil pesos 00/100 M.N.) por casa habitación.
Robo con violencia
Hasta por $ 15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.) por casa habitación.
La suma asegurada es límite a primer riesgo y ha sido fijada por el Contratante y no es prueba ni de la existencia, ni del valor de los bienes únicamente representa la base para limitar la responsabilidad máxima de la Compañía. Como seguro a primer riesgo, la Compañía pagará el
importe de los daños sufridos hasta el monto de la suma asegurada, sin exceder del valor real ni del interés económico que el Asegurado tenga en los bienes al acaecer el siniestro.
DEDUCIBLES Y COASEGURO
En caso de siniestro, siempre quedará a cargo del Asegurado, una cantidad igual al porcentaje que establece en los siguientes puntos, de acuerdo a la causa del siniestro:
Incendio, rayo y Extensión de Cubierta, excluyendo granizo, ciclón, huracán, vientos tempestuosos, Inundación e Inundación por lluvia).
El 2% del límite de Indemnización por predio (sobre el daño ajustado) con un mínimo de $1,000.00
M.N. (Un mil pesos 00/100 M.N.).
Entendiéndose con esto que cualquier perdida cuyo monto total sea inferior a $1,000.00 M.N. (Un mil pesos 00/100 M.N.) no podrá ser indemnizado por la compañía.
Robo con violencia y/o asalto:
El 25% del monto ajustado con un mínimo de $1,000.00 M.N. (Un mil pesos 00/100 M.N.).
Entendiéndose con esto que cualquier perdida cuyo monto total sea inferior a $1,000.00 M.N. (Un mil pesos 00/100 M.N.) no podrá ser indemnizado por la compañía.
CONDICIONES APLICABLES A TODAS LAS SECCIONES CLAUSULA 1ª.- RIESGOS EXCLUIDOS.
En ningún caso la Compañía será responsable por pérdidas o daños a consecuencia de:
a) Destrucción de los bienes por actos de Autoridad, Legalmente reconocida con motivo de sus funciones.
b) Hostilidades, actividades u operaciones xx xxxxxx, declarada o no, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, terrorismo, revolución, rebelión, insurrección, suspensión de las garantías o acontecimientos que originen esas situaciones de hecho o de derecho.
c) Expropiación, secuestro, decomiso, requisición, confiscación, incautación o detención de los bienes por las autoridades legalmente reconocidas, con motivo de sus funciones.
d) Reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radioactiva.
e) Inundaciones.
CLAUSULA 2ª.-TERRITORIALIDAD
La presente póliza solo surtirá efectos por pérdidas y/o daños ocurridos, y gastos realizados dentro de los límites territoriales de los Estados Unidos Mexicanos.
CLAUSULA 3ª.- PRIMER RIESGO
La Compañía pagará el importe de los daños sufridos hasta el monto de la suma asegurada sin exceder del valor de reposición que tenga el bien al ocurrir el siniestro. No se aseguran los valores catastrales o comerciales de las propiedades, sino una suma asegurada fija generalizada a todos los beneficiarios propietarios de vivienda del Municipio eliminando la cláusula de Proporción Indemnizable.
CLAUSULA 4ª.-OTROS SEGUROS.
Si los bienes estuvieren amparados en todo o en parte por otros seguros de este u otro ramo que cubran el mismo riesgo, tomados bien en la misma fecha o antes o después de la fecha de esta póliza, el Asegurado deberá declararlo inmediatamente por escrito a la Compañía y ésta hará la anotación correspondiente. Si el Asegurado omite intencionalmente el aviso de que se trata esta
cláusula, o si contrató los diversos seguros para obtener un provecho ilícito, la Compañía quedará liberada de sus obligaciones.
CLAUSULA 5ª.-AGRAVACIÓN DEL RIESGO.
El Asegurado deberá comunicar a la Compañía las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante el curso del seguro, dentro de las 24 horas siguientes al momento en que las conozca. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provoca LA AGRAVACION ESENCIAL DEL RIESGO, CESARAN DE PLENO DERECHO LAS OBLIGACIONES DE LA COMPAÑIA EN LO SUCESIVO.
CLAUSULA 6ª.-PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO.
1. MEDIDAS DE SALVAGUARDA O RECUPERACION.
Al tener conocimiento de un siniestro producido por alguno de los riesgos amparados por esta póliza, el Asegurado tendrá la obligación de ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño. Si no hay peligro en la demora, pedirá instrucciones a Compañía y se entenderá a las que ella le indique. El incumplimiento de esta obligación podrá afectar los derechos del Asegurado en los términos de la Ley.
2. AVISO DE SINIESTRO.
Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización conforme a este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de comunicarlo por escrito a la Compañía a más tardar dentro de los 5 días siguientes (Art. 66 de la Ley del Contrato de Seguro) a partir del momento en que tenga conocimiento del hecho, salvo caso de fuerza mayor. La falta oportuna de este aviso, podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiere importado el siniestro, si la Compañía hubiere tenido pronto aviso sobre el mismo.
La Compañía en caso de siniestro que afecte bienes, podrá optar por sustituirlos o repararlos a satisfacción del Asegurado o bien pagar en efectivo el valor real de los mismos en la fecha del siniestro y sin exceder de la suma asegurada en vigor.
En caso de robo u otro acto delictuoso, que puede ser motivo de reclamación al amparo de esta póliza, el Asegurado dará aviso inmediatamente a la Compañía para conseguir la recuperación de los bienes o del importe del daño resentido.
Si así fuere solicitado, el Asegurado otorgará a la brevedad posible, poder bastante y suficiente en favor y a xxxxx de la Compañía o de quién ella misma designe, para tomar por su cuenta y gestionar a nombre del Asegurado la defensa o arreglo de cualquier reclamación o de seguir a nombre de él y en provecho propio, la reclamación por indemnización o daños o perjuicios u otra cualquiera contra terceros, y el Asegurado le proporcionará todos los informes o ayuda que sean necesarios.
Cualquier ayuda que la Compañía o sus representantes presenten al Asegurado o a terceros, no deberá interpretarse como aceptación de responsabilidad.
3. DOCUMENTOS, DATOS E INFORMES QUE EL ASEGURADO DEBE RENDIR A LA COMPAÑÍA.
Para el caso de las Secciones I (Edificio - Incendio), II (Contenidos - Incendio), y IV (Robo con Violencia y/o asalto de Contenidos), el Asegurado comprobará la exactitud de su reclamación y de cuántos extremos estén consignados en la misma. La Compañía tendrá el derecho de exigir al Asegurado o beneficiario toda clase de informaciones sobre los hechos relacionados con el siniestro y por lo cual puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo, y el Asegurado entregará a la Compañía dentro de los 15 días
siguientes al siniestro o cualquier otro plazo que ésta le hubiere especialmente concedido por escrito, los documentos y datos siguientes:
a) Original o duplicado expedido por la Tesorería Municipal del recibo de pago de su impuesto predial, el cual debió de efectuarse antes de la fecha y hora del siniestro
b) Carta reclamación debidamente valorizada que contenga un estado de daños causados por el siniestro, indicando del modo más detallado y exacto que sea factible cuales fueron los bienes robados o averiados, así como el importe del daño correspondiente, teniendo en cuenta el valor de dichos bienes en el momento del siniestro.
c) Una relación detallada de todos los seguros que existan sobre los bienes.
d) Todos los planos, proyectos, libros, recibos, facturas, copias o duplicados de facturas, documentos justificativos, actas o cualesquiera documentos que sirvan para apoyar su reclamación y preexistencia de los bienes.
e) Todos los datos relacionados con el origen y la causa del daño, así como con las circunstancias en las cuales se produjo y a petición de la Compañía y a su xxxxx, copias certificadas de las actuaciones practicadas por el Ministerio Público, o por cualquier otra autoridad que hubiere intervenido en la investigación del siniestro o de hecho relacionados con el mismo.
f) Presupuestos de reparación de los bienes afectados o robados.
g) Para el caso de la cobertura de Incendio, se debe de entregar adicionalmente el Dictamen o reporte de las autoridades que intervinieron en atender el incendio.
h) Para el caso de la cobertura de Xxxx, se debe de entregar adicionalmente la Denuncia Original o Copia Certificada del Acta del Ministerio Publico.
Es importante señalar que este listado de documentación en caso de siniestro se hace de manera enunciativa no limitativa por lo que en caso de requerir cualquier documentación adicional se solicitará en su momento.
CLAUSULA 7ª.- MEDIDAS QUE PUEDEN TOMAR LA COMPAÑÍA EN CASO DE SINIESTRO
En caso de siniestro que destruya o perjudique los bienes y mientras no se haya fijado definitivamente el importe de la indemnización correspondiente, la Compañía podrá:
a) Penetrar en la casa habitación en que ocurrió el siniestro para determinar su causa y extensión.
b) Hacer examinar, clasificar y valorizar los bienes donde quiera que se encuentren.
c) En ningún caso estará obligada la Compañía a encargarse de la venta o liquidación de los bienes o de sus restos, ni el Asegurado tendrá derecho de hacer abandono de los mismos a la Compañía.
CLAUSULA 8ª.- PERITAJE.
En caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía acerca del monto de cualquier pérdida o daño, la cuestión será sometida a dictamen de un perito nombrado de común acuerdo por escrito por ambas partes; pero si no se pusieren de acuerdo en el nombramiento de un solo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en el plazo xx xxxx días a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores, los dos peritos nombrarán un tercero para el caso de discordia.
Si una de las partes se negare a nombrar su perito o simplemente no lo hiciere cuando sea requerido por la otra, o si los peritos no se pusieren de acuerdo en el nombramiento xxx xxxxxxx, será la autoridad judicial la que a petición de cualquiera de las partes hará el nombramiento xxx xxxxxx, xxx xxxxxx tercero o de ambos si así fuere necesario. Sin embargo, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas podrá nombrar el perito x xxxxxx xxxxxxx en su caso, si de común acuerdo las partes así lo solicitaren. El fallecimiento de una de las partes cuando fuere persona física o su
disolución si fuere un sociedad, ocurridos mientras se está realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx, o de los peritos o del tercero según el caso o si alguno de los peritos de las partes o el tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro, por quien corresponda, (las partes, los peritos o las Comisión Nacional de Seguros y Fianzas) para que lo substituya.
Los gastos y honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales; pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito.
El peritajes a que se refiere esta cláusula, no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará el monto de la pérdida que eventualmente estuviere obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes.
CLAUSULA 9ª.- DISMINUCION Y REINSTALACION DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO CON COBRO DE PRIMA.
Toda indemnización que la Compañía deba pagar, reducirá en igual cantidad la suma asegurada en cualquiera de los incisos de esta póliza que se vean afectados por el siniestro, pero puede ser reinstalada, con previa autorización de la Compañía, a solicitud del Asegurado, quien se obliga a pagar la prima adicional que corresponda desde la fecha de tal reinstalación hasta el vencimiento de la póliza.
Si la póliza comprendiere varios incisos, la reducción o reinstalación se aplicará al inciso o incisos afectados.
CLAUSULA 10ª.-FRAUDE O DOLO.
Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas:
a) Si el Asegurado, el beneficiario o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones.
b) Si con igual propósito no entregan a tiempo a la Compañía, la documentación de que trata la Cláusula 6a.: Procedimiento en Caso de Siniestro
c) Si hubiere en el siniestro o en la reclamación dolo o mala fe del Asegurado, del Beneficiario, o de causahabientes o de los apoderados de cualquiera de ellos.
CLAUSULA 11ª.- SUBROGACION DE DERECHOS.
En los términos xx xxx, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita x xxxxx de esta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía quedará liberada de sus obligaciones.
Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía recurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
CLAUSULA 12ª.- TERMINACION ANTICIPADA DEL CONTRATO.
No obstante el término de vigencia del contrato, las partes convienen en que este podrá darse por terminado anticipadamente mediante notificación por escrito. Cuando el Asegurado lo dé por terminado, la Compañía tendrá derecho a la parte de la prima que corresponda al tiempo durante el cual el seguro hubiere estado en vigor, de acuerdo con la tarifa de seguros a corto plazo aprobada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Cuando la Compañía lo dé por terminado, lo hará mediante notificación fehaciente al Asegurado, surtiendo efectos después de quince días de
Licitación Pública Nacional No. SA-DA/08/2012
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practicada la notificación respectiva. La Compañía deberá devolver la totalidad de la prima no devengada a más tardar al hacer dicha notificación sin cuyo requisito se tendrá por no hecha.
TABLA PARA SEGUROS A CORTO PLAZO
Vigencia del Seguro | Porcentaje de la Cuota Anual Aplicable |
Hasta 10 días | 10% |
Un mes | 20% |
Un mes y medio | 25% |
Dos meses | 30% |
Tres meses | 40% |
Cuatro meses | 50% |
Cinco meses | 60% |
Seis meses | 70% |
Siete meses | 75% |
Ocho meses | 80% |
Nueve meses | 85% |
Diez meses | 90% |
Once meses | 95% |
CLAUSULA 13ª.- COMPETENCIA.
En caso de controversia, el quejoso deberá ocurrir a las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o a las de sus delegaciones en los términos del artículo 135 de la Ley General de Instituciones de Seguros y si dicho organismo no es designado árbitro, podrá ocurrir a los tribunales competentes del domicilio de la Compañía
CLAUSULA 14ª.- COMUNICACIONES.
Cualquier declaración o comunicación relacionada con el presente contrato deberá enviarse a la Compañía por escrito a sus oficinas.
CLAUSULA 15ª.- DISMINUCION DE LAS TARIFAS APROBADAS.
Si durante la vigencia de este seguro disminuyen las tarifas aprobadas a la terminación de este contrato o antes a solicitud del Asegurado, la Compañía le bonificará la diferencia entre la prima pactada y la prima modificada desde la fecha de dicha disminución hasta la terminación del seguro.
CLAUSULA 16ª.- PRIMAS.
La prima a cargo del Asegurado vence en el momento de la celebración del contrato a salvo pacto en contrario se entenderá que el período del seguro es de un año.
Si el Asegurado opta por el pago fraccionado de la prima, las exhibiciones deberán ser por períodos de igual duración no inferiores a un mes y vencerán al inicio de cada período pactado, y se aplicarán las tasas de financiamiento de la prima por pesos fraccionados autorizados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas a la fecha de expedición de la póliza, las cuales se darán a conocer por escrito al Asegurado.
El Asegurado gozará de un período de espera de 30 días naturales para liquidar el total de la prima o cada una de las fracciones pactadas en el contrato.
A las doce horas del último día de período de espera, los efectos del contrato cesarán
automáticamente si el Asegurado no ha cubierto el total de la prima o la fracción pactada.
En caso de siniestro, la Compañía deducirá de la indemnización debida, el total de la prima dependiente de pago o las fracciones de ésta no liquidadas hasta completar la totalidad de la prima correspondiente al período de seguro contratado.
Las primas convenidas deberán ser pagadas en las oficinas de la Compañía contra entrega de recibo expedido por la misma.
CLAUSULA 17ª.- PRESCRIPCIÓN.
Todas las acciones que se deriven de este contrato de seguro, prescribirán en dos años, contados en los términos del artículo 81 de la Ley sobre Contratos de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma Ley.
La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento xx xxxxxx o por la iniciación del procedimiento señalado por el artículo 135 de la Ley General de Instituciones de Seguros.
CLAUSULA 18ª.- REHABILITACIÓN.
No obstante lo dispuesto en las Cláusula xx xxxxxx de las Condiciones Generales, el Asegurado podrá, dentro de los treinta días siguientes al último día de plazo xx xxxxxx señalado en dicha Cláusula, pagar la prima de este seguro o la parte correspondiente de ella si se ha pactado su pago fraccionado, en este caso, por el solo hecho del pago mencionado los efectos de este seguro se rehabilitarán a partir de la hora y día señalados en el comprobante de pago y la vigencia original se prorrogará automáticamente por un lapso igual al comprendido entre el último día del mencionado plazo xx xxxxxx y la hora y día en que surte efecto la rehabilitación.
Sin embargo, si a más tardar al hacer el pago de que se trata, el Asegurado solicita por escrito, que este seguro conserve su vigencia original, la Compañía ajustará y en su caso, devolverá de inmediato a prorrata la prima correspondiente al período durante el cual cesaron los efectos del mismo conforme al artículo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, cuyos momentos inicial y terminal se indican al final del párrafo precedente.
En caso de que no se consigne la hora en el comprobante de pago, se entenderá rehabilitado el seguro desde las cero horas de la fecha de pago.
Sin perjuicios de sus efectos automáticos, la rehabilitación a que se refiere esta Cláusula deberá hacerla constar la Compañía, para fines administrativos, en el recibo que se emita como motivo del pago correspondiente y en cualquier otro documento que se emita con posterioridad a dicho pago.
En ningún caso, la Compañía responderá de siniestros ocurridos durante el período comprendido entre el vencimiento del aludido plazo xx xxxxxx y la hora y día de pago a que se refiere esta cláusula.
CLAUSULA 19ª.- INTERESES MORATORIOS.
En caso de que la Compañía, no obstante haber recibido los documentos e información que la permita conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del Artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal, quedará convencionalmente obligada a pagar al Asegurado, beneficiario o tercero dañado un interés moratorio anual equivalente a la media aritmética de las tasas de rendimiento brutas correspondientes a las series Certificados de la
Tesorería de la Federación (CETES) emitidas durante el lapso xx xxxx.
En defecto de los CETES se aplicará la tasa de rendimiento de los depósitos bancarios de dinero a plazo de noventa días para el cálculo de interés moratorio convencional.
Lo dispuesto en la presente cláusula no es aplicable en los casos a que se refiere el Artículo 135 de la Ley General de Instituciones de Seguros.
ARTICULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
"SI EL CONTENIDO DE LA POLIZA O SUS MODIFICACIONES NO CONCORDAREN CON LA OFERTA, EL ASEGURADO PODRA PEDIR LA RECTIFICACION CORRESPONDIENTE DENTRO DE LOS TREINTA DIAS QUE SIGAN AL DIA EN QUE RECIBA LA POLIZA, TRANSCURRIDO ESTE PLAZO SE CONSIDERARAN ACEPTADAS LAS ESTIPULACIONES DE LA POLIZA O DE SUS MODIFICACIONES".
CLAUSULA 20ª.- ERRORES Y OMISIONES:
Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la descripción o ubicación de los bienes asegurados no perjudicará los intereses del asegurado, ya que la intención de esta cláusula es de proteger en todo tiempo. Por lo tanto será corregido al ser descubierto y en caso de que dicha corrección lo amerite se efectuará el ajuste de prima.
CLAUSULA 21ª.- PAGO DE SINIESTROS.
La Compañía acuerda que las indemnizaciones se harán a nombre del tenedor y/o propietario del predio afectado por algunos de los riesgos cubiertos de acuerdo a las condiciones de la póliza, y se entregaran directamente ante El Municipio de Monterrey, N.L., que será el conducto para la entrega de dichos pagos al beneficiario afectado. En caso de que el reclamo lo este realizando una persona distinta al propietario del predio deberá de entregar un escrito de que el propietario esta de acuerdo con que se realice dicho trámite, en caso de que el propietario haya fallecido se requiere algún documento oficial que identifique el parentesco con la persona que esta realizando el tramite. En este proceso el Municipio de Monterrey, N.L., firmará de recibido y entregado en el proceso con copia para la Compañía.
CLAUSULA 22ª.- CLÁUSULA DE PRELACIÓN.
Las condiciones generales son aplicables a todas las secciones de esta póliza, en tanto no se contrapongan con las condiciones particulares, en cuyo caso tendrán prelación estas últimas sobre las primeras.
CLAUSULA 23ª.- CLÁUSULA DE NO ADHESIÓN.
Los términos y condiciones establecidos fueron acordados y fijados libremente entre el Asegurado y la Compañía por lo que este no es un contrato de adhesión y, por tanto no se ubica en el supuesto previsto en el artículo 36B de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; en esta virtud esta póliza no requiere ser registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CLAUSULA 24ª.- VALOR DE REPOSICIÓN.
Cantidad que sería necesario erogar para construir, adquirir, reparar o reponer el bien dañado sin considerar la depreciación física por uso. No se aseguran los valores catastrales o comerciales de las propiedades, sino una suma asegurada fija generalizada a todos los beneficiarios propietarios de vivienda en el Municipio de Monterrey.
GLOSARIO ACCIDENTE:
Un evento súbito, repentino e imprevisto provocado por una causa externa.
AGRAVACIÓN DEL RIESGO:
Situación que se produce cuando, por determinados acontecimientos, ajenos o no a la voluntad del Asegurado, el riesgo cubierto por una póliza adquiere una peligrosidad superior a la inicialmente prevista
ASALTO:
Acto cometido dentro del Domicilio por cualquier persona o personas con objeto de apoderarse de los Contenidos, haciendo uso de fuerza o de violencia, sea moral o física, sobre las personas que lo ocupan.
DEPÓSITOS O CORRIENTES DE AGUA NATURALES:
Se considerarán como corrientes naturales, aquellas que provienen de afluentes xx xxxx, manantiales, riachuelos, x xxxxxxx, y como depósitos naturales, aquellas contenidas en lagos o lagunas.
DEPÓSITOS O CORRIENTES DE AGUA ARTIFICIALES:
Se considerarán como depósitos artificiales de agua a las instalaciones contenedoras, tales como presas, represas, embalses, pozos y lagos artificiales; y como corrientes artificiales a las provenientes xx xxxxxxx abiertos xx xxxx y vertederos artificiales a cielo abierto. Excluyendo alcantarillas, desagües o acueductos subterráneos o entubados.
EDIFICIO:
Conjunto de construcciones materiales principales y accesorias con sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio.) Se consideran parte del edificio los techos falsos, alfombras fijas, tapices y maderas adheridas al suelo, paredes o techos, así como las bardas y muros independientes del edificio y construcciones adicionales en el mismo predio. El uso del edificio deberá ser de uso solamente habitacional.
EXPLOSIÓN:
Es aquella expansión rápida y violenta de una masa gaseosa que da lugar a una onda expansiva que destruye los materiales o estructuras próximas.
GRANIZO:
Precipitación atmosférica de agua que cae con fuerza en forma xx xxxxxxxxx de hielo duro y compacto.
HUELGA Y/O MOTÍN Y/O CONMOCIÓN CIVIL:
a) El acto de una persona que toma parte, junto con otras, en cualquier disturbio de la paz pública (bien sea en conexión con una huelga o cierre o no) y conmociones civiles, siempre que no lleguen a asumir las proporciones de un levantamiento popular, militar, rebelión, poder militar o usurpado, guerra, ni terrorismo.
b) La acción de cualquier autoridad legalmente constituida para suprimir dichos disturbios para reducir las consecuencias de los mismos.
c) El acto voluntario de cualquier huelguista o trabajador en cierre, en el desarrollo de una huelga o en resistencia a un cierre forzoso
d) La acción de cualquier autoridad legalmente constituida para evitar o intentar evitar dichos actos para reducir las consecuencias de los mismos.
HUMO:
Conjunto visible de partículas sólidas y líquidas en suspensión en el aire, o en productos volátiles, resultantes de una combustión.
INCENDIO:
Fuego hostil e incontrolado que produce flama.
INUNDACIÓN:
El cubrimiento temporal accidental del suelo por agua, a consecuencia de desviación, desbordamiento o rotura de los muros de contención xx xxxx, canales, lagos, presas, estanques y demás depósitos o corrientes de agua, naturales o artificiales.
MENAJE DE CASA:
Se refiere los muebles, útiles, enseres, ropa blanca, artículos eléctricos de uso doméstico, libros y en general toda clase de bienes inherentes y usuales en habitaciones particulares.
PRESCRIPCIÓN:
Es la pérdida de valor, vigencia o eficacia de algún derecho, acción o facultad, debida fundamentalmente a haber transcurrido y vencido el plazo durante el cual pudo haberse ejercitado. Es el plazo para que el Asegurado ejercite la acción de reclamación contra su decisión, fijando o denegando la indemnización por siniestro.
RAYO:
Descarga eléctrica de gran intensidad que se produce entre nubes, o entre éstas y la tierra.
ROBO O SUSTRACCIÓN:
Para efectos de esta póliza, significa todo tipo de apoderamiento ilegal o sustracción de “menaje de casa” sin el consentimiento del propietario, e incluye el robo con violencia. Pero “robo” no significa la pérdida inexplicable.
PARTIDA 1
COBERTURA | SUMA ASEGURADA | DEDUCIBLE | CANTIDAD | EXPEDIENTES CATASTRALES | |
1.- | INCENDIO Y EXTENSIÓN DE CUBIERTA | 100,000 M.N. | El 2% sobre el daño ajustado con un mínimo de $1,000.00 m.n (Un mil pesos 00/100 M.N.) | 1 | 100,000 |
2.- | ROBO CON VIOLENCIA | 15,000 M.N. | El 25% de la pérdida con un mínimo de $1,000.00 m.n. (Un mil pesos 00/100 M.N.) | 1 | 100,000 |
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO II ACEPTACIÓN DE LAS BASES
DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN.
P r e s e n t e.-
ME ES GRATO COMUNICAR A USTED, QUE EN RELACION A LA “ADQUISICIÓN DE POLIZA DE SEGUROS PARA 100,000 CASAS-HABITACIÓN”, CONVOCADA POR ESA DIRECCIÓN SOBRE EL PARTICULAR, POR MI PROPIO DERECHO COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), SEGÚN LO ACREDITO CON EL TESTIMONIO NOTARIAL No. (NUMERO) ANTE LA XX XXX XXXXXXX (NOMBRE XX XXXXXXX) CON FECHA (DÍA, MES Y AÑO).
MANIFIESTO A USTED LO SIGUIENTE:
QUE OPORTUNAMENTE HE LEIDO LAS BASES RELATIVAS A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA EL SUMINISTRO DEL BIEN MOTIVO DE LA LICITACIÓN DE REFERENCIA Y QUE HABIENDO TOMADO DEBIDA NOTA DE LOS DATOS Y REQUISITOS A LOS QUE SE AJUSTARÁ LA MISMA Y DE ACUERDO CON LAS CUALES TENDRÁ LUGAR EL ABASTO DEL BIEN, ACEPTO Y ME OBLIGO INTEGRAMENTE AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS CONTENIDOS EN EL CITADO DOCUMENTO.
ASIMISMO, EXPRESO A USTED QUE CONOZCO LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE RIGEN LAS ADQUISICIONES DE LOS BIENES Y SERVICIOS POR PARTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL.
NUESTRAS PROPUESTAS SE PRESENTAN CONFORME A LO SOLICITADO EN CADA UNO DE LOS PUNTOS CONTEMPLADOS EN LAS BASES DE ESTA LICITACIÓN, CON SUS RESPECTIVOS ANEXOS; EN ELLAS SE CONTIENEN LAS ESPECIFICACIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS QUE PROPONE MI REPRESENTADA.
AL MISMO TIEMPO, MANIFIESTO A USTED, QUE PARA TODO LO RELATIVO A ESTA LICITACIÓN MI REPRESENTANTE PERSONAL ANTE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES DE LA SECRETARÍA DE ADMNISTRACIÓN DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN SERÁ (NOMBRE DE LA PERSONA AUTORIZADA) Y SEÑALO COMO DOMICILIO PARA TAL OBJETO (CALLE, No. EXTERIOR E INTERIOR, COLONIA, C.P., MUNICIPIO Y ESTADO) EN LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEÓN.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO III
MANIFESTACIÓN SOBRE EL ARTÍCULO 43 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE MONTERREY
DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN.
P r e s e n t e.-
EL SOLICITANTE (NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL), EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DENOMINADA (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), ACREDITANDO MI PERSONALIDAD JURÍDICA CON EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PUBLICA No. (NUMERO), DE FECHA (DÍA, MES Y AÑO), EXPEDIDA POR EL
C. LIC. (NOMBRE XX XXXXXXX PÚBLICO), NOTARIO PUBLICO No.- (NUMERO), DE LA CIUDAD DE (MUNICIPIO Y ENTIDAD FEDERATIVA), COMPAREZCO A NOMBRE DE MI REPRESENTADA A DECLARAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LA EMPRESA Y NINGUNO DE LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL QUE REPRESENTO, SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 43 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE MONTERREY.
MI REPRESENTADA SE DA POR ENTERADA QUE EN CASO DE QUE LA INFORMACIÓN ANTERIOR RESULTASE FALSA, SERA MOTIVO SUFICIENTE PARA SU DESCALIFICACIÓN EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL GOBIERNO MUNICIPAL.
LO ANTERIOR CON EL PRÓPOSITO DE DAR CUMPLIMIENTO A DICHA SOLICITUD Y PARA LOS FINES Y EFECTOS A QUE HAYA LUGAR.
NOMBRE, R.F.C. Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRA SER REPRODUCIDO POR CADA PARTICIPANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO, PREFERENTEMENTE EN EL ORDEN INDICADO, PARA PERSONAS XXXXXXX Y FÍSICAS.
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO IV ACLARACIÓN DE BASES
( CIUDAD _) X XX XX 0000.
X.X. XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN PRESENTE
POR MEDIO DE LA PRESENTE, Y EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA (NOMBRE Ó RAZÓN SOCIAL), ME PERMITO SOLICITAR A LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES, LA ACLARACIÓN DE LAS SIGUIENTES DUDAS A LAS BASES DE LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012.
A). DE CARÁCTER LEGAL Y/O ADMINISTRATIVO
PREGUNTAS: |
1.- 2.- |
B). DE CARÁCTER TÉCNICO
PREGUNTAS: |
1.- 2.- |
ATENTAMENTE
NOMBRE DEL REPRESENTANTE CARGO EN LA EMPRESA FIRMA
NOTA: ESTE DOCUMENTO DEBERÁ PRESENTARSE EN PAPEL MEMBRETEADO DE LA EMPRESA Y PODRÁ SER REPRODUCIDO CUANTAS VECES SEA NECESARIO.
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO V CEDULA TÉCNICA
CIUDAD A DE DE 2012.
C.P. XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN PRESENTE
EN RELACION A LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012, ME PERMITO SOMETER A SU CONSIDERACION LA SIGUIENTE PROPUESTA TECNICA:
PARTIDA
DESCRIPCION
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD ATENTAMENTE
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL CARGO DE LA EMPRESA FIRMA
NOTA: ESTE DOCUMENTO DEBERA SER PRESENTADO EN PAPEL MEMBRETEADO DE LA EMPRESA
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO VI PROPUESTA ECONÓMICA
1.- RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: | 2.- REG. FED. DE CONTRIBUYENTES: | ||
3.- FECHA DE LA COTIZACIÓN: | 4.- DOMICILIO FISCAL DE LA EMPRESA: | 5.- Nº XX XXXXXXX | |
6.- DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO: | |||
7.- MARCA COTIZADA: | |||
8- CANTIDAD OFERTADA EN UNIDADES DE PRESENTACIÓN: CANTIDAD OFERTADA: UNIDAD DE PRESENTACIÓN | |||
9.- PRECIO OFERTADO EN PESOS MONEDA NACIONAL | |||
10.- PRECIO UNITARIO SIN IMPUESTO | 11.- CANTIDAD | 12.- IMPORTE TOTAL OFERTADO XX XXXXXXX SIN IMPUESTO | |
$ |
| $ | |
13.- PARA USO EXCLUSIVO DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES | |||
14.- PARA USO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA LICITANTE | |||
NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL: CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL EN LA EMPRESA: FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL: | |||
15.-ZONA EXCLUSIVA PARA EL SELLO CON FECHA DE LA EMPRESA PARTICIPANTE | |||
NOTA: ESTE FORMATO, DEBERA ENTREGARSE EN ORIGINAL Y POR CADA PARTIDA OFERTADA |
INSTRUCCIONES PARA REQUISITAR EL FORMATO DE PRESENTACION DE PROPUESTAS ECONOMICAS ANEXO VI
1. NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PROVEEDOR DEL LICITANTE:
DEBERA ANOTAR EL NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA Y/O PERSONA FISICA (SIN ABREVIATURAS), Y DEBERA CORRESPONDER AL SEÑALADO EN EL R.F.C.
2. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE:
DEBERA ANOTAR EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE, OTORGADO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
3. FECHA DE COTIZACION:
EN ESTE ESPACIO REGISTRARA LA FECHA DE ELABORACION DE LA PROPUESTA, Y DEBERA CORRESPONDER INVARIABLEMENTE, A LA FECHA DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONOMICAS.
4. DOMICILIO DE LA EMPRESA:
ANOTAR EL DOMICILIO FISCAL REGISTRADO (SIN ABREVIATURAS).
5. PARTIDA:
DEBERA ESCRIBIR EL NUMERO XX XXXXXXX QUE SE ESTE COTIZANDO.
6. DESCRIPCION DEL BIEN:
DEBERA ANOTAR EL NOMBRE DEL BIEN REQUERIDO.
7. MARCA COTIZADA:
DEBERA ESCRIBIR ESPECIFICAMENTE EL NOMBRE DE LA MARCA COTIZADA, ESTO ES, EL NOMBRE REGISTRADO DEL BIEN.
8. CANTIDAD OFERTADA EN UNIDADES DE PRESENTACION:
EN ESTE ESPACIO, REGISTRARA LA CANTIDAD COTIZADA, NO DEBIENDO SER INFERIOR AL 100% DE LA CANTIDAD SEÑALADA PARA CADA PARTIDA Y LA UNIDAD DE PRESENTACIÓN
9. PRECIO OFERTADO:
EN PESOS MONEDA NACIONAL.
10. PRECIO UNITARIO SIN IMPUESTO:
ANOTARA EL PRECIO UNITARIO POR PARTIDA.
11. CANTIDAD:
ANOTARA LA CANTIDAD OFERTADA POR PARTIDA
12. IMPORTE:
ANOTARA EL IMPORTE TOTAL POR PARTIDA
13. USO EXCLUSIVO DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES:
EL PROVEEDOR SE ABSTENDRA DE HACER CUALQUIER ANOTACION EN ESTE ESPACIO.
14. REPRESENTANTE DE LA EMPRESA:
NOMBRE COMPLETO Y FIRMA AUTOGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEBIENDO SEÑALAR INVARIABLEMENTE DE FORMA CLARA Y PRECISA SU CARGO EN LA EMPRESA.
15. ZONA EXCLUSIVA PARA EL SELLO CON FECHA DE LA EMPRESA PARTICIPANTE (EN SU CASO).
ANEXO QUE SE DEBERÁ PRESENTAR INVARIABLEMENTE POR CADA PARTIDA OFERTADA EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA.
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO VII
FORMATO DE RESUMEN DE COTIZACIONES
FECHA DE ELABORACIÓN: DIA: MES: AÑO:
COBERTURA | SUMA ASEGURADA | DEDUCIBLE | CANTIDAD | EXPEDIENTES CATASTRALES | PRECIO UNITARIO POLIZA | GASTOS DE EXPEDICION | SUBTOTAL | I.V.A. | PRECIO TOTAL |
INCENDIOY EXTENSIÓN DE CUBIERTA | 100,000 M.N. | El 2% sobre el daño ajustado con un mínimo de $1,000.00 m.n (Un mil pesos 00/100 M.N.) | 1 | 100,000 | |||||
ROBO CON VIOLENCIA | 15,000 M.N. | El 25% de la pérdida con un mínimo de $1,000.00 m.n. (Un mil pesos 00/100 M.N.) | 1 | 100,000 | |||||
IMPORTE TOTAL |
LUGAR DE ENTREGA: TIEMPO DE ENTREGA:
ATENTAMENTE
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL CARGO DE LA EMPRESA FIRMA
NOTA: AL PRECIO UNITARIO NO DEBERA INCLUIRSE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.), NI DESCUENTO ALGUNO.
DEBIENDO SER PRESENTADO EN ORIGINAL EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA.
INSTRUCCIONES PARA FORMULAR EL RESUMEN DE COTIZACIONES, ANEXO VII.
NOTA IMPORTANTE: EL RESUMEN DE COTIZACIONES DEBERA SER PRESENTADO EN PAPEL MEMBRETEADO DE LA EMPRESA Y FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA MISMA.
FECHA DE ELABORACIÓN:
ANOTARA EN LOS ESPACIOS CORRESPONDIENTES EL DIA, MES Y AÑO DE LA ELABORACION DEL FORMATO, QUE DEBERA COINCIDIR CON LA FECHA DE COTIZACION.
COBERTURA:
DESCRIPCIÓN CORTA DEL TIPO DE COBERTURA QUE CUBRE LA PÓLIZA DE SEGURO, DE ACUERDO AL ANEXO I.
SUMA ASEGURADA:
REMUNUERACIÓN ECONOMICA QUE REALIZARA LA ASEGURADADORA A EL BENEFICIARIO, COMO CONSECUENCIA, CUANDO EL PATRIMONIO DE ÉSTE RESULTE AFECTADO POR LOS RIESGOS INCLUIDOS EN LA POLIZA.
DEDUCIBLE:
CANTIDAD ECONÓMICA QUE EL ASEGURADO (BENEFICIARIO) PAGARA A LA ASEGURADORA, Y QUE CORRESPONDE AL PORCENTAJE PREESTABLECIDO SEGÚN EL SINIESTRO QUE SE PRESENTE EN EL BIEN DEL ASEGURADO.
CANTIDAD:
ANOTARA LA CANTIDAD A COTIZAR, (PIEZAS) QUE DE NINGUNA MANERA DEBERA SER INFERIOR AL 100% DE LA DEMANDA TOTAL DE CADA PARTIDA, CONFORMIDAD CON EL ANEXO I.
EXPEDIENTES CATASTRALES:
NÚMERO DE INMUEBLES A LOS CUALES SE LES OTORGARA EL SEGURO OBJETO DE LA LICITACIÓN.
PRECIO UNITARIO:
EN ESTA COLUMNA REGISTRARA EL PRECIO NETO UNITARIO DEL BIEN, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, NI EL DESCUENTO ADICIONAL QUE OFREZCAN VOLUNTARIAMENTE.
GASTO DE EXPEDICIÓN:
COSTO QUE COBRARA LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, POR LA EMISIÓN DEL DOCUMENTO (PÓLIZA).
NOTA: ESTE PRECIO DEBERA COINCIDIR CON EL PRECIO UNITARIO QUE SE PRESENTE EN EL FORMATO DE PRESENTACION DE PROPUESTA ECONOMICA.
SUB-TOTAL:
SERA LA MULTIPLICACIÓN GLOBAL DEL PRECIO UNITARIO MAS LOS GASTOS DE EXPEDICIÓN POR LA CANTIDAD DE POLIZAS, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, NI EL DESCUENTO ADICIONAL QUE OFREZCAN VOLUNTARIAMENTE.
IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO):
TOTAL:
SERA LA SUMA GLOBAL DEL SUB-TOTAL Y EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.).
IMPORTE TOTAL:
SERA LA SUMA DE LOS TOTALES DE CADA CONCEPTO
LUGAR DE ENTREGA:
INDICAR EL DOMICILIO DONDE ENTREGARA EL BIEN.
TIEMPO DE ENTREGA:
LOS DÍAS HABILES EN QUE ENTREGARA EL BIEN UNA VEZ FORMALIZADO EL CONTRATO.
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO VIII
ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA
C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LOS DATOS AQUÍ ASENTADOS SON CIERTOS Y HAN SIDO DEBIDAMENTE VERIFICADOS, ASI COMO
QUE CUENTO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA EN LA PRESENTE LICITACION PUBLICA NACIONAL A NOMBRE Y REPRESENTACION DE (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL).
NUMERO DE LICITACION: _ REGISTRÓ FEDERAL DE CONTRIBUYENTES .
CON XXXXXXXXX XXXXXX (XXXXX, XXXXXX, XXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXX XXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXX).
TELEFONO.- (NÚMERO) FAX.- (NÚMERO) CORREO ELECTRONICO .
CON ESCRITURA PÚBLICA DEL ACTA CONSTITUTIVA No. (NUMERO), DE FECHA (DÍA, FECHA Y AÑO), DANDO FÉ EL LIC. (NOMBRE XX XXXXXXX), XXXXXXX XXXXXXX Xx. (XXXXXX), XX XX XXXXXX (XXXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXX).
CON REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO No. (NÚMERO) DE FECHA (DÍA, MES Y AÑO).
RELACIÓN DE ACCIONISTAS (ultima modificación):
NOMBRE | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | R.F.C. | % DE ACCIONES |
DESCRIPCION DEL OBJETO SOCIAL .
MODIFICACIÓNES AL ACTA CONSTITUTIVA EN SU CASO.- (No. DE ESCRITURA, NOMBRE Y NUMERO XX XXXXXXX PÚLICO, LUGAR, FECHA Y DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN).
NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL (NOMBRE APELLIDOS PATERNO Y MATERNO).
ACREDITACIÓN CON ESCRITURA PÚBLICA No. (NUMERO), DE FECHA (DÍA, FECHA Y AÑO), DANDO FÉ EL LIC. (NOMBRE XX XXXXXXX) NOTARIO PÚBLICO No. (NUMERO) DE LA CIUDAD (MUNICIPIO Y ENTIDAD FEDERATIVA)
(LUGAR Y FECHA) PROTESTO LO NECESARIO
(NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL)
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRA SER REPRODUCIDO POR CADA PARTICIPANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO, PREFERENTEMENTE EN EL ORDEN INDICADO, PARA PERSONAS XXXXXXX Y FÍSICAS.
LICITACIÒN PÙBLICA NACIONAL No. SA-DA/08/2012
ANEXO IX
MODELO DE ACEPTACIÓN DE REVISIONES
DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN.
P r e s e n t e.-
ME ES GRATO COMUNICAR A USTED, QUE EN RELACION A LA ADQUISICIÓN DE POLIZAS DE SEGURO PARA CASA-HABITACIÓN, CONVOCADA POR ESA DIRECCIÓN SOBRE EL PARTICULAR, POR MI PROPIO DERECHO COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), SEGÚN LO ACREDITO CON EL TESTIMONIO NOTARIAL No. (NUMERO) ANTE LA XX XXX XXXXXXX (NOMBRE XX XXXXXXX) CON FECHA (DÍA, MES Y AÑO).
MANIFIESTO A USTED LO SIGUIENTE:
QUE ACEPTAMOS QUE SE REALICEN REVISIONES DURANTE EL PROCESO LICITATORIO O EN CASO DE SALIR ADJUDICADO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR PARTE DE VERIFICADORES DEL MUNICIPIO DENTRO DE NUESTRAS INSTALACIONES, CADA VEZ QUE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS O LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LO ESTIMEN NECESARIO, A FIN DE VERIFICAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA RESPECTIVA, LA CALIDAD Y EN GENERAL TODOS LOS ASPECTOS QUE GUARDEN RELACIÓN CON EL OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE, CARGO Y FIRMA