Definición de RIESGO COMERCIAL

RIESGO COMERCIAL. Es aquel que corresponde a la activiada comercial propia del contratista y guarda relaciòn con sus proveedores, transportadores, tramitadores, subcontratista etc. Entre otros aspectos propios de la actividad mercantil que desarrrolla. Este riesgo se asigna al contratista que debe precisarlo efectuando el cálculo de transporte de elementos, tramitre de licencias y permisos, tasas, contribuciones, seguros, fletes y demàs elementnos que inciden en el precio del bien o servicio a contratar. La mitigaciòn de este riesgo depende de la gestión comercial que realice el contratista.
RIESGO COMERCIAL. Corresponde a cuando el contratista tiene problemas en la consecución de materia prima nacional o internacional y estará a cargo del contratista en un 100% sobre el valor del contrato.
RIESGO COMERCIAL. Es aquel que corresponde a la actividad propia del contratista y guarda relación con sus proveedores, subcontratista etc. Entre otros aspectos propios de la actividad que desarrolla. Este riesgo se asigna al contratista que debe precisarlo efectuando el cálculo de transporte de elementos, tasas, contribuciones, seguros, fletes y demás elementos que inciden en el precio del servicio a contratar. La mitigación de este riesgo depende de la gestión comercial que realice el contratista.

Examples of RIESGO COMERCIAL in a sentence

  • La PÉRDIDA INDEMNIZABLE resulta de la imposibilidad por parte del ASEGURADO de recuperar un CRÉDITO ASEGURADO, a pagar por un DEUDOR de algún país especificado en las Condiciones Particulares, como resultado del evento de un RIESGO COMERCIAL o de un RIESGO POLITICO.

  • ANÁLISIS DEL RIESGO DESCRIPCIÓN TIPIFICACIÓN DEL RIESGO RIESGO COMERCIAL ESTIMACIÓN DEL RIESGO El riesgo comercial supone que el contratista realiza sus propios análisis para determinar el precio final, por lo tanto, el riesgo comercial debe ser asumido por el contratista y se extiende máximo hasta la culminación del plazo de ejecución.


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RIESGO COMERCIAL. Se presenta cuando los ingresos operativos no son los esperados debido a alteraciones de la demanda proyectada, o debido a la imposibilidad de cobrar las tarifas y tasas que nacen como contraprestación de servicio prestado a través de la explotación de la obra pública concedida. El riesgo originado por la imposibilidad de cobro de tarifas o tasas es llamado riesgo de cartera y surge debido a factores xx xxxxxxx o a causas de la evasión. Como regla general, el riesgo comercial debe ser transferido igualmente inversionista privado, dejando además, bajo su responsabilidad, la realización de estudios xx xxxxxxx que le permitan cuantificar y limitar dicho riesgo. En los casos en los cuales las Entidades públicas contraten los estudios xx xxxxxxx, estos serán realizados por firmas con experiencia internacional en este tipo de investigaciones. En los casos en los cuales la Nación otorgue una garantía comercial, que implique un sobrecosto o una garantía de ingreso mínimo, debe estar acompañado de mayores ingresos para el Estado en caso de menores costos o mayores ingresos para el inversionista.  RIESGO FINANCIERO: “Está compuesto por dos elementos. De una parte, se halla el riesgo de conseguir la financiación y de otra, se encuentra el riesgo que implica la obtención de condiciones financieras más o menos ventajosas, en lo que hace referencia al plazo y a las tasas de interés del crédito. Está dado por el déficit de los ingresos frente a los egresos, durante la etapa de operación del proyecto, ocasionado por el desajuste de las tarifas de peaje en relación con el incremento de la inflación”88. Los riegos financieros están determinados también por el riesgo cambiario, debido a que muchas veces la consecución de la financiación se debe hacer en establecimientos bancarios de otras naciones, y en moneda extrajera, regularmente se consiguen recursos en la divisa xxx xxxxx de los Estados Unidos.
RIESGO COMERCIAL del derecho a la retribución que espera obtener el concesionario se desprende el riesgo comercial que consiste en “la desviación del valor presente del recaudo efectivo de peaje frente a las proyecciones de recaudo realizadas por la ANI en la estructuración y adjudicación del proyecto”77. Uno de los grandes cambios que trajo la cuarta generación de concesiones de infraestructura vial, como se advirtió en el capítulo anterior, fue trasladar el riesgo comercial en cabeza de la entidad pública contratante. Estableciendo fórmulas para el restablecimiento del ingreso esperado según las proyecciones de demanda y tráfico al momento de la suscripción del contrato. La estructura que se plantea en los distintos contratos de concesión de infraestructura vial de cuarta generación para compensar al concesionario en virtud del acaecimiento del riesgo comercial es diferente en los contratos que prevén el desembolso de recursos estatales a los que no. Del total de veintiocho contratos de concesión de infraestructura vial de cuarta generación, hay alrededor de ocho contratos que no cuentan con el desembolso de recursos públicos, estos son aquellos proyectos de iniciativa privada que actualmente se encuentran en ejecución. Los otros veinte si cuentan con el desembolso de recursos por parte de la ANI y son de iniciativa pública.78 Para el primer grupo de contratos, que prevén como una de las fuentes al derecho a la retribución de la cual es acreedor el concesionario, los aportes de la entidad pública concedente, la estructura o el mecanismo para calcular si hay o no derecho a la compensación es mediante el cálculo del valor presente del mes de referencia del recaudo del peaje durante la ejecución del contrato en distintos años señalados en la convención. Comparando si ese valor presente es menor al valor ofrecido por la ANI al concesionario, para dicho año, según las proyecciones que se tenían, en caso afirmativo, la ANI deberá compensar al concesionario por la diferencia. Como se explicó anteriormente, estos cálculos se llevarán a cabo en distintos momentos de la ejecución de la etapa de operación y mantenimiento, por lo general, será en los años 8, 13, 18 y cuando venza el plazo máximo para la etapa de operación y mantenimiento, haciéndose exigible esta obligación solo después de vencidos estos períodos. Esta es la estructura general contenida en las minutas de la parte general de los contratos de concesión de infraestructura de cuarta generación, las partes en la parte es...

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  • Riesgo Es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.

  • Cobertura Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Gobierno significa el gobierno del país del Contratante;

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • Bienes Productos elaborados a partir de materias primas, consumibles para el funcionamiento de los Entes Estatales.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Fuente Elaboración propia

  • Pedido significa la orden de compra emitida por Cargill que contiene las condiciones específicas de la venta y la compra de las Mercancías que allí se especifican.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.