Acceso al mercado Cláusulas de Ejemplo

Acceso al mercado. 1. En cuanto al acceso al mercado mediante la prestación transfronteriza de servicios, cada una de las Partes conce­ derá a los servicios y los prestadores de servicios de la otra Parte un trato que no sea menos favorable que el previsto en los compromisos específicos incluidos en los anexos XXVII-B y XXVII-F del presente Acuerdo.
Acceso al mercado. 1. Las Partes acuerdan que la apertura efectiva y recíproca de sus mercados respectivos se logrará de forma gradual y simultánea. Durante el proceso de aproximación legislativa, la magnitud del acceso al mercado que se concedan recípro­ camente estará vinculada a los avances que se logren en este proceso, como se establece en el anexo XXIX-B del presente Acuerdo.
Acceso al mercado. 1. Las Partes acuerdan promover un programa de liberalización comercial entre las mismas, tomando en cuenta al mismo tiempo, de manera particular, las diferencias en los niveles de desarrollo de la República Dominicana y los países LDCs de CARICOM.
Acceso al mercado. 6.1. Acceso a la profesión de transportista de mercancías por carretera: La capacitación profesional, la honorabilidad y la capacidad económica; transportes exentos del cumplimiento de tales requisitos.
Acceso al mercado. 1. Las Partes acuerdan llevar a cabo un programa de liberalización del comercio entre ellas, teniendo en cuenta al mismo tiempo, en particular, las diferencias en los niveles de desarrollo entre Cuba y los LDC del CARICOM.
Acceso al mercado. Las Partes Contratantes se comprometen, con carácter prioritario y habida cuenta de la adopción por Rumania de las normativas fiscal, social y técnica de la Comunidad, a buscar conjuntamente un sistema común de regulación del futuro acceso al mercado del transporte por carretera entre ellas.
Acceso al mercado. Múltiple designación
Acceso al mercado. Consolida y reduce aranceles. El arancel dominicano se consolidó al 40 por ciento. SEA/DGA En curso Ninguna restricción cuantitativa a las importaciones puede ser adoptada o restablecida, con excepción de los artículos salvaguardados en el Artículo 5. SEA/DGA/Congreso /PE Barreras Identificado ras Fecha de Aplicación Institución Responsable Situación
Acceso al mercado. El Operador xxx Xxxxxxx publicará en su página web pública una “Guía de Acceso al Mercado Organizado de Gas” donde se incluirán los requisitos y la documentación que se debe presentar para acceder al mercado, conforme a lo establecido en estas Reglas. A través de la Plataforma de Registro y Consultas, el Operador xxx Xxxxxxx proporcionará a las entidades interesadas los medios electrónicos para la adquisición de la condición de Agente en el mercado. Para adquirir la condición de Agente en el mercado, los candidatos deben cumplir los siguientes requisitos:  Haber adquirido previamente la condición de Sujeto Habilitado, en el sistema español, portugués o en ambos. Los Agentes que hayan adquirido la condición de Sujeto Habilitado exclusivamente en el sistema español o portugués, sólo podrán negociar productos con entrega en el sistema español o portugués respectivamente.  Haber comunicado al RSL toda la información necesaria para los procesos de facturación, garantías y cobros y pagos, y disponer de garantías suficientes, para permitir operar en el mercado según se desarrolle en las Resoluciones xx Xxxxxxx que correspondan.  Haberse adherido expresamente a las presentes Reglas mediante la firma del correspondiente Contrato de Adhesión.  Realizar las pruebas de calificación técnica requeridas, según se establece en la “Guía de Acceso al Mercado Organizado de Gas”.  Presentar la documentación requerida por el Operador xxx Xxxxxxx y detallada en la Regla “Procedimiento de acceso al mercado”.
Acceso al mercado. Artículo 6