ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA Cláusulas de Ejemplo

ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Esta Orden de Compra será aceptada sólo tras la recepción de una copia firmada por el Proveedor o por la entrega oportuna de los bienes adquiridos en conformidad con los términos y condiciones especificados en esta Orden de compra. La aceptación de esta Orden de compra constituye un Contrato entre las Partes, en el cual sus derechos y obligaciones están sujetos a los términos y condiciones especificados en esta Orden de compra y en las Condiciones generales estipuladas aquí. Ninguna otra disposición adicional propuesta por el Proveedor será vinculante para el Asociado en la Implementación, excepto si un funcionario autorizado del Asociado en la Implementación lo establece así por escrito.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Esta Orden de Compra sólo podrá ser aceptada una vez que el Proveedor haya firmado y devuelto una copia como acuse de recibo, o tras la entrega oportuna de las mercancías de conformidad con los términos de esta Orden de Compra, según se especifica aquí. La aceptación de esta Orden de Compra constituirá un contrato entre las Partes en virtud del cual los derechos y obligaciones de las Partes se regirán exclusivamente por los términos y condiciones de la presente Orden de Compra, incluyendo las presentes Condiciones Generales. Ninguna cláusula adicional o incompatible que propusiere el Proveedor obligará al PNUD, salvo que dé su acuerdo por escrito un funcionario debidamente autorizado del PNUD.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. La Orden de Compra se considerará aceptada en el momento en que se produzca lo primero de los siguientes hechos (a) la devolución por parte del Vendedor de un acuse de recibo de la Orden de Compra; (b) el inicio de la ejecución por parte del Vendedor; o (c) tres (3) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del Vendedor, a menos que el Comprador reciba el rechazo por escrito de la Orden de Compra por parte del Vendedor dentro de dicho período de tres (3) días. Cualquier aceptación de la Orden de Compra se limita a la aceptación de los términos expresos contenidos en la Orden de Compra (incluyendo estos Términos y Condiciones). Ninguna condición adicional o diferente o intento de exclusión o modificación por medio de cualquier documento, propuesta, curso de ejecución o de otra manera será efectiva contra el Comprador en ausencia del consentimiento expreso por escrito del Comprador. Cualquier intento por parte del Vendedor de añadir, excluir o modificar los términos contenidos en la Orden de Compra se considerará material, será objetado y no tendrá efecto. Ni la presentación de la Orden de Compra ni nada de lo contenido en la Orden de Compra se interpretará como una aceptación o confirmación de cualquier documento, propuesta o curso de ejecución anterior o posterior. La Orden de Compra será un rechazo y una contraoferta con respecto a cualquier documento, propuesta o curso de ejecución de este tipo.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. El Proveedor, en un plazo de tres (3) días laborables después de su recepción, aceptará y acusará recibo por escrito de todos los Pedidos presentados por Xxxxx. Si Hydro no recibe acuse de recibo por escrito de sus Pedidos dentro de este plazo, éstos se considerarán automáticamente acepta- dos. El Proveedor hará todo lo posible por cumplir con la Fecha de Entrega solicitada. Si el Proveedor no puede cumplir con la Fecha de Entrega solicitada, la última Fecha de Xxxxxxx aceptable no debe ser CONDICIONES GENERALES DE COMPRA
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA el proveedor deberá confirmar el recibo y la aceptación de este pedido por correo electrónico dentro del plazo de tres (3) días hábiles después del recibo por correo electrónico. La compañía considerará que el pedido está completamente aceptado por el proveedor si no recibe ninguna observación sobre sus términos y condiciones dentro del término mencionado antes.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Si AUDI MÉXICO acepta la oferta de licitación, el CONTRATISTA deberá confirmar su oferta de licitación a través de los sistemas electrónicos designados por AUDI MÉXICO mediante el envío de la ORDEN DE COMPRA firmada al calce o por cualquiera de los siguientes supuestos: 5.1 El CONSTRUCTOR tendrá un lapso de 3 (tres) días hábiles para notificar alguna inconformidad y en caso de no recibirse notificación por escrito, se tendrá por entendido que el CONSTRUCTOR ha aceptado todas las condiciones estipuladas en la ORDEN DE COMPRA y los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES. 5.2 Si el pago del anticipo por parte de AUDI MÉXICO a favor del CONTRATISTA no es devuelto dentro de las siguientes 72 (setenta y dos) horas posteriores a su realización, se entenderá como la aceptación tácita del CONTRATISTA de la ORDEN DE COMPRA y su aceptación a los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES. 5.3 El inicio de la construcción de las OBRAS por parte del CONTRATISTA se entenderá como la aceptación tácita del CONTRATISTA de la ORDEN DE COMPRA y su aceptación a los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES. 5.4 Una vez aceptada la oferta de licitación, AUDI MÉXICO emitirá la ORDEN DE COMPRA correspondiente, misma que será jurídicamente vinculante y obligatoria para ambas PARTES cuando haya sido confirmada por el CONTRATISTA. 5.5 En el desarrollo de las OBRAS, el CONTRATISTA se obliga a apegarse al estado más actual de la ciencia y tecnología, las bases de rentabilidad, ahorro y funcionalidad, siendo responsable de la aplicación de todas las normas y reglamentos vigentes por enunciar pero sin limitar a las Normas Oficiales Mexicana (NOM), Reglamento de Construcción para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias, la 5.6 El CONTRATISTA manifiesta que es su libre voluntad obligarse y aceptar los TÉRMINOS Y CONDICIONES aquí establecidos, reconociendo que tuvo conocimiento previo de los mismos, de los DOCUMENTOS DE LA OBRAS y la DOCUMENTACIÓN, aceptando que las disposiciones contenidas en los mismos formarán parte de la ORDEN DE COMPRA; y que en caso de que existan disposiciones distintas entre la 5.7 La ORDEN DE COMPRA sólo crea obligaciones y derechos entre las PARTES, por lo que en caso de que el CONTRATISTA no cuente con autorización previa y por escrito de AUDI MÉXICO, no podrá ceder total o parcialmente las obligaciones y/o derechos que adquiere derivado de la ORDEN DE COMPRA, ni derechos u obligaciones adquiridos con terceros, originados a través de la misma, ni para subcontratar con...
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. El proveedor, antes de proceder al suministro o fabricación solicitados, deberá aceptar la orden de compra mediante firma y remisión de una copia al Departamento de Compras de Ewab en el plazo de 24 horas, certificando así su total aprobación a la orden de compra, la cual se hará siempre respetando las Condiciones Generales de Compra, que reconoce obran en su poder. No obstante, el comienzo del suministro o fabricación de la orden de compra sin cumplir con este requisito implica para el proveedor la aceptación, sin reservas, tanto de la orden de compra como de las Condiciones Generales de Compra, sin perjuicio del derecho de Ewab a anular la orden de compra no aceptada expresamente dentro de plazo.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Esta Orden de Compra sólo podrá ser aceptada una vez que el Proveedor haya firmado y devuelto una copia como acuse de recibo, o tras la entrega oportuna de las mercancías de conformidad con los términos de esta Orden de Compra, según se especifica aquí. La aceptación de esta Orden de Compra constituirá un contrato entre las Partes en virtud del cual los derechos y obligaciones de las Partes se regirán exclusivamente por los términos y condiciones de la presente Orden de Compra, incluyendo las presentes Condiciones Generales. Ninguna cláusula adicional o incompatible que propusiere el Proveedor obligará a la UNESCO, salvo que dé su acuerdo por escrito un funcionario debidamente autorizado de la UNESCO.
ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. 2.1. A menos que se especifique lo contrario en un acuerdo por escrito entre las partes, una Orden de Compra se considerará como aceptada en lo anterior en el momento que el Proveedor (a) proporcione la aceptación por escrito; (b) realizara la entrega de los bienes dentro del tiempo especificado dentro de la presente (c) prestara los servicios dentro del tiempo especificado en la presente; o (d) o inicie sus trabajos en los bienes que serán especialmente fabricados para el Comprador. 2.2. A menos de que un plazo de tiempo diferente se especifique para la Orden de Compra, el Proveedor deberá ya sea aceptar o rechazar cualquier Orden De Compra por escrito dentro de un plazo de 2 días a partir de la recepción de la Orden. Una Orden de Compra que no sea expresamente rechazada dentro del plazo de tiempo establecido en esta Sección 2.2. se considerara como aceptada.

Related to ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA

  • ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: a) Cuando la ENTIDAD así lo determine. b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra. c) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a efectos de la emisión de la Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

  • ACEPTACION DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Origen de los Bienes Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará: a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue. -, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya. -, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya -, Vocal (Responsable de La Oficina Técnica Municipal) o funcionario que le sustituya. - Vocal (Concejal del Area), o Concejal que le sustituya - funcionario que actuará como Secretaria de la Mesa La mesa de Contratación, se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones (excepto sábados), para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres “A”. Este acto no será público. En el caso de que se reciba justificante de envío de alguna oferta por correo, la Mesa de contratación se reunirá el primer día hábil siguiente, una vez transcurrido el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la terminación del plazo de recepción de ofertas. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o su presentación defectuosa, dará lugar a la no admisión provisional de la oferta por la Mesa de Contratación, in perjuicio de conceder al interesado un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores cometidos o para la presentación de algún documento no sustancial. Para poder efectuar la subsanación, el cumplimiento de los requisitos se referirá al último día de presentación de ofertas. Si la documentación contuviese deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Terminado el acto de apertura de documentación administrativa contenida en el sobre “A”, y en el caso de que no existieren defectos materiales en la documentación presentada en las distintas ofertas, se procederá, a continuación y en acto público, a la apertura del sobre “C” del Proyecto de dinamización y explotación, pudiendo la Mesa de Contratación, en ese momento, solicitar los informes técnicos que se consideren precisos. Una vez valorado el del Proyecto de dinamización y explotación, se procederá en acto público a la apertura del sobre “B” de la proposición económica En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones que contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de proposición establecido en este Pliego. Recibidos en su caso los informes, la Mesa de Contratación realizará la propuesta de adjudicación en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, para proceder a la adjudicación definitiva que será notificada a los licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de contratación clasificara, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva por importe de 3.000€. Además, y de conformidad con el artículo 44.Dos. de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en el cual se añaden dos nuevos apartados 4 y 5 al artículo 146 del TRLCSP deberá aportar los siguientes documentos:

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los