ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamento.
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Samples: Convocatoria, Invitation to Bid
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada 6.5.1.- Al órgano de contratación corresponde la evaluación adjudicación provisional del suministro en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo en el caso de que el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, en el que la adjudicación provisional deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
6.5.2.- Si la naturaleza del servicio permitiese una prestación simultánea por más de una empresa y los presupuestos viniesen determinados individualmente en función de las parcelas o porciones en que se subdivide, el órgano de contratación podrá adjudicar globalmente el mismo o efectuar adjudicaciones parciales a empresas diferentes según las ofertas que se presenten.
6.5.3.- El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventemediante resolución motivada, porque cumple a la proposición más ventajosa para la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con los requisitos legalescriterios que se detallan en el apartado K) del Cuadro Resumen de Características o declarar desierto el procedimiento si ninguna de las proposiciones presentadas fuera admisible de acuerdo con los criterios fijados en el presente pliego.
6.5.4.- En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, técnicos y económicos establecidos como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, el orden de preferencia de adjudicación, siempre que las empresas hayan presentado la documentación acreditativa, será el establecido en el apartado P) del Cuadro Resumen de Características, sin perjuicio de lo establecido en la ConvocatoriaDisposición Adicional Sexta de la LCSP. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al citado apartado, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio.
6.5.5.- Alternativamente, el órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación provisional, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
6.5.6.- En relación con los criterios base para la adjudicación del procedimiento, se detallarán en el Apartado O) del Cuadro Resumen de Características, los criterios objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. En relación con el criterio precio –si es uno de los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación-, en el mismo apartado se señalará, los límites que permitan apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. La declaración de tal carácter anormal o desproporcionado, de las bajas, requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
6.5.7.- Antes de la adjudicación definitiva, en el plazo máximo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante, el adjudicatario provisional deberá presentar la documentación justificativa de las siguientes circunstancias, que podrán ser expedidas, si así se indica en la notificación efectuada, por tanto garantiza medios electrónicos, informáticos o telemáticos: - Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones respectivas tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación telemáticas por la Administración General del Estado, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, y de acuerdo a la mínima exigida Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. - Certificación positiva expedida por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria o por los Servicios de Tesorería de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de la suma Junta de ésta Andalucía, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica. - Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la propuesta económica dé como resultado Seguridad Social de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la mayor puntuaciónSeguridad Social o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. - Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones del Impuesto de Actividades Económicas. Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, después siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de sus proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse efectuado dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Sin perjuicio de la obligación de acreditar el cálculo correspondiente alta en el impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley, con excepción de las personas físicas. Se exceptúan de estos requisitos los sujetos pasivos a los que se refiere el artículo 82.1 apartados a), d), g) y h) del citado Real Decreto Legislativo. -Garantía definitiva. Resguardo acreditativo de la constitución, en las Cajas Provinciales de Depósitos de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de una garantía equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
a) De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 196.
b) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
c) De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en esta Ley esté establecido. El adjudicatario podrá aplicar el numeral 7 importe de la presente convocatoriagarantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. Derivado Conforme al artículo 162.6 de este procedimiento la Ley 2/1999, de Invitación 31 xx xxxxx, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, las sociedades cooperativas andaluzas que participen en los procedimientos de contratación o contraten efectivamente con las Administraciones Públicas radicadas en Andalucía, sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir. Además, cuando así se celebrará contrato, cuyo modelo consta indique en el Anexo No. 7 Cuadro Resumen de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria Características y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo 83.2 de la LeyLCSP, Para lo cual en caso se podrá exigir una garantía complementaria de resultar adjudicado, previo a la firma hasta un 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 por 100 del precio del contrato. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustará la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado en el Cuadro Resumen de Características, y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista. - Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios. Asimismo, en el caso de que el adjudicatario provisional sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma. - Otra documentación. Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la LCSP que le reclame el órgano de contratación.
6.5.8.- Adjudicación definitiva del contrato. Transcurridos al menos quince días hábiles desde la publicación de la adjudicación provisional, y presentada la documentación señalada en el apartado anterior, se elevará a definitiva la adjudicación provisional. La adjudicación provisional será elevada a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo para presentar la documentación que acredite lo manifestado documentación. La resolución motivada de adjudicación definitiva será publicada en el escrito solicitado perfil de contratante, así como notificada directamente al adjudicatario. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el inciso h) del numeral 8nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, conforme al Anexo No.6 en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en la cláusula anterior. El mismo procedimiento podrá seguir la Universidad cuando la finalidad de la presente Convocatoria, presentando copia adjudicación sea la de su última declaración anual continuar la ejecución de impuestos un contrato ya iniciado y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoha sido declarado resuelto.
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Samples: Contract for Works
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado se adjudicará al licitante cuya oferta que resulte solventesolvente por que reúne, porque cumple con conforme a los requisitos criterios de adjudicación establecidos en las bases de la licitación, las condiciones legales, técnicos técnicas y económicos establecidos en la Convocatoria, económicas requeridas y por tanto garantiza garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual respectivas. La adjudicación se realizará por partida. Si derivado de la evaluación económica se obtuviere un empate en el precio de dos o más puntuación proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante con discapacidad ó a la mínima exigida y la suma empresa que cuente con personal discapacitado, de ésta con la acuerdo a lo establecido por el Artículo 14 último párrafo de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónLey de Adquisiciones, después Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo anterior de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo conformidad con el numeral 7 punto 4.1 inciso H, de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitantelas presentes bases. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir continuar el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bienó no presentarse el supuesto anterior, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice celebre el INBAL en el propio acto de fallo, el cuál consistirá en la convocanteparticipación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de conformidad con la que se extraerá el boleto del licitante ganador. La adjudicación se realizara considerando el presupuesto autorizado en la partida correspondiente, mismo que será verificado por la Dirección de Recursos Materiales, por lo que este Instituto, para la adjudicación de este servicio podrá sujetarse a lo señalado en el artículo 54 segundo párrafo 46, fracción VI del ReglamentoReglamento de la Ley.
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Samples: Licitación Pública Nacional
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta económicamente más ventajosa, entendiendo como tal la de precio más bajo, excepto en el caso previsto en el artículo 152.4 del TRLCSP. Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las de precio más bajo, tendrá preferencia en la adjudicación la proposición presentada por aquella empresa, que, sin estar sujeta a la obligación a que se refiere la cláusula 33 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, haya justificado en el momento de acreditar su solvencia técnica tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. A efectos de aplicación de esa circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas licitadoras que hayan empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. Si se produce empate entre dos ó más empresas una vez realizada tenidas en cuenta las circunstancias anteriores, se decidirá la evaluación propuesta de adjudicación mediante sorteo. En el supuesto de que la empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, está obligada a acreditar su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 112.2 b) del TRLCSP para los expedientes calificados de urgentes. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en las ofertas. Adjudicado el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con y transcurridos los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en plazos para la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento interposición de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo recursos sin que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condicioneshayan interpuesto, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en el escrito solicitado los tres meses siguientes a la fecha en el inciso h) del numeral 8que se les notifique la adjudicación, conforme al Anexo No.6 la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción, en su caso, de los documentos constitutivos de la presente Convocatoriagarantía provisional, presentando copia de que se conservarán para su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de entrega a los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentointeresados.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación Con base en el artículo 36 y 36 bis de las proposiciones, “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el contrato será adjudicado se adjudicará al licitante “LICITANTE” cuya oferta propuesta resulte solvente, porque cumple solvente al cumplir con los requisitos legales, técnicos y económicos eco- nómicos establecidos por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a, especificaciones y requerimientos técni- cos de “LOS SERVICIOS” y las demás condiciones contenidas en esta convocatoria y sus anexos, y su precio sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la Convocatoria, y investigación xx xxxxxxx realizada por tanto garantiza el cumplimiento área solicitante de “LA CONVOCANTE”; en el entendido de que ninguna de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los “LICITANTES” serán negociables por ningún concepto. En el caso de que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma “LICITANTES” en alguna de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionalespartidas, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley“LA LEY” y el 54 de “EL REGLAMENTO”, Para lo cual el contrato se adjudicará en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se ad- judicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes “LICITANTES” que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante “LICITANTE” que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la convocanteboleta del “LICITANTE” adjudicado y posterior- mente las demás boletas de los “LICITANTES” que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese supuesto. Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, de conformidad con lo señalado en el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentode “EL REGLAMENTO”.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada COPIA PARA
32.1 De conformidad con la evaluación Cláusula 33 de las proposicionesIAO, el Contratante adjudicará el contrato será adjudicado al licitante Oferente cuya oferta resulte solvente, porque Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos legalesde los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, técnicos siempre y económicos establecidos cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. CONSULTA
33.1 No obstante lo dispuesto en la Convocatoriacláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por tanto garantiza ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante.
34.1 Antes de la expiración de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad Obras por parte del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionalesContratista, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”).
34.2 La Carta de Aceptación dará por constituido el Contrato, supeditado a la presentación de la LeyGarantía de Cumplimiento por el Oferente, Para lo cual en caso de resultar adjudicadoconformidad con las disposiciones de la Cláusula 35 de las IAO, previo y a la firma del contratoConvenio, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamento.de
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Samples: Licitación Pública Nacional De Obras
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada 6.5.1. Al órgano de contratación corresponde la evaluación adjudicación provisional del servicio en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo en el caso de que el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, en el que la adjudicación provisional deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
6.5.2. Finalizada la negociación, el órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventemediante resolución motivada, porque cumple a la proposición económicamente más ventajosa para la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con los requisitos legalescriterios que se detallan en el apartado K) del Cuadro Resumen de Características o declarar, técnicos motivadamente, desierto el procedimiento si ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a sus fines.
6.5.3. Al tratarse de un procedimiento negociado la adjudicación provisional concretará y económicos establecidos fijará los términos definitivos del contrato.
6.5.4. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, el orden de preferencia de adjudicación, siempre que las empresas hayan presentado la documentación acreditativa, será el establecido en el apartado P) del Cuadro Resumen de Características, sin perjuicio de lo establecido en la ConvocatoriaDisposición Adicional Sexta de la LCSP. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al citado apartado, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio.
6.5.5. Alternativamente, el órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación provisional, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
6.5.6. En relación con los criterios base para la adjudicación del procedimiento, se detallarán en el Apartado O) del Cuadro Resumen de Características, los criterios objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. En relación con el criterio precio –si es uno de los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación-, en el mismo apartado se señalará, los límites que permitan apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. La declaración de tal carácter anormal o desproporcionado, de las bajas, requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
6.5.7. Antes de la adjudicación definitiva, en el plazo máximo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante, el adjudicatario provisional deberá presentar la documentación justificativa de las siguientes circunstancias, que podrán ser expedidas, si así se indica en la notificación efectuada, por tanto garantiza medios electrónicos, informáticos o telemáticos: - Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones respectivas tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación telemáticas por la Administración General del Estado, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, y de acuerdo a la mínima exigida Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. - Certificación positiva expedida por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria o por los Servicios de Tesorería de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de la suma Junta de ésta Andalucía, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica. - Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la propuesta económica dé como resultado Seguridad Social de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la mayor puntuaciónSeguridad Social o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. - Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones del Impuesto de Actividades Económicas. Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, después siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de sus proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse efectuado dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Sin perjuicio de la obligación de acreditar el cálculo correspondiente alta en el impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley, con excepción de las personas físicas. Se exceptúan de estos requisitos los sujetos pasivos a los que se refiere el artículo 82.1 apartados a), d), g) y h) del citado Real Decreto Legislativo. -Garantía definitiva. Resguardo acreditativo de la constitución, en las Cajas Provinciales de Depósitos de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de una garantía equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
a) De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 196.
b) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
c) De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en esta Ley esté establecido. El adjudicatario podrá aplicar el numeral 7 importe de la presente convocatoriagarantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. Derivado Conforme al artículo 162.6 de este procedimiento la Ley 2/1999, de Invitación 31 xx xxxxx, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, las sociedades cooperativas andaluzas que participen en los procedimientos de contratación o contraten efectivamente con las Administraciones Públicas radicadas en Andalucía, sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir. Además, cuando así se celebrará contrato, cuyo modelo consta indique en el Anexo No. 7 Cuadro Resumen de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria Características y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo 83.2 de la LeyLCSP, Para lo cual en caso se podrá exigir una garantía complementaria de resultar adjudicado, previo a la firma hasta un 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 por 100 del precio del contrato. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustará la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado en el Cuadro Resumen de Características, y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista. - Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios. Asimismo, en el caso de que el adjudicatario provisional sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma. - Otra documentación. Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la LCSP que le reclame el órgano de contratación.
6.5.8. Adjudicación definitiva del contrato. Transcurridos al menos quince días hábiles desde la publicación de la adjudicación provisional, y presentada la documentación señalada en el apartado anterior, se elevará a definitiva la adjudicación provisional. La adjudicación provisional será elevada a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo para presentar la documentación que acredite lo manifestado documentación. La resolución motivada de adjudicación definitiva será publicada en el escrito solicitado perfil de contratante, así como notificada directamente al adjudicatario. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el inciso h) del numeral 8nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, conforme al Anexo No.6 en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en la cláusula anterior. El mismo procedimiento podrá seguir la Universidad cuando la finalidad de la presente Convocatoria, presentando copia adjudicación sea la de su última declaración anual continuar la ejecución de impuestos un contrato ya iniciado y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoha sido declarado resuelto.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMipymes, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamento.
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Samples: Invitation for Bids
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez Con base en el artículo 36 y 36 bis de “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” los contratos se adjudicarán por cada partida a él o los “LICITANTES” cuyas propuestas resulten solventes al reunir las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a, especificaciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS”, vigencia y las demás condiciones contenidas en esta convocatoria y sus anexos, y su precio sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación xx xxxxxxx realizada por la evaluación Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales a través del Departamento de Administración de Riesgos de “LA CONVOCANTE”; en el entendido de que ninguna de las proposicionescondiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los “LICITANTES” no serán negociables por ningún concepto. En el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual caso que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta “LICITANTES” en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, partidas de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley“LA LEY” y el 54 de “EL REGLAMENTO”, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes “LICITANTES” que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante “LICITANTE” que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la convocanteboleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de los “LICITANTES” que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese supuesto. Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los “LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentode “EL REGLAMENTO”.
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Samples: Licitación Pública
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada calificados los documentos presentados en tiempo y forma, y transcurrido en su caso el plazo otorgado para su subsanación, en la evaluación forma prevista en el apartado 7.4 de este Pliego, la Mesa de Contratación procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección previstos en el Pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas del rechazo. En el día señalado en la convocatoria de la licitación se procederá en acto público a la apertura de las proposicionesproposiciones económicas presentadas por los licitadores. En el supuesto de presunción de proposiciones que no puedan ser cumplidas, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventecomo consecuencia de bajas desproporcionadas o anormales, porque cumple con la Mesa de Contratación notificará aquella circunstancia a los requisitos legalesinteresados, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoriaforma y con las consecuencias que se indican en la cláusula 10. La Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación que estime pertinente al órgano de contratación, en base al informe de valoración global elaborado. Dicha propuesta se elevará al órgano de contratación de la Sociedad para su aprobación en su caso. La Mesa de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación: 1.-En caso de que el licitador que haya realizado la oferta económicamente más ventajosa sea una unión o agrupación de empresas, en cualquier régimen jurídico legalmente admitido, éstas tendrán que acreditar su constitución en escritura pública, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación NIF asignado a la mínima exigida unión y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónrepresentación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentosi ocurre.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente(los) licitante(s) que resulte(n) solvente(s) por que reúne(n), porque cumple con conforme a los requisitos criterios de adjudicación establecidos en las bases de la licitación, las condiciones legales, técnicos técnicas y económicos establecidos en la Convocatoria, económicas requeridas y por tanto garantiza garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual respectivas. La adjudicación se realizará por partida. Si derivado de la evaluación económica se obtuviere un empate en el precio de dos o más puntuación proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante con discapacidad ó a la mínima exigida y la suma empresa que cuente con personal discapacitado, de ésta con la acuerdo a lo establecido por el Artículo 14 último párrafo de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónLey de Adquisiciones, después Arrendamientos y Servicios del Sector Público y al punto 4.1 inciso H, de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitantelas presentes bases. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir continuar el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bienó no presentarse el supuesto anterior, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice celebre el INBAL en el propio acto de fallo, el cuál consistirá en la convocanteparticipación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de conformidad con la que se extraerá el boleto del licitante ganador. La adjudicación se realizará considerando el presupuesto autorizado en la partida correspondiente, mismo que será verificado por la Dirección de Recursos Materiales, por lo que el INBAL, para la adjudicación de este servicio podrá sujetarse a lo señalado en el artículo 54 segundo párrafo 46, fracción VI del ReglamentoReglamento de la Ley.
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Samples: Licitación Pública Nacional
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que presente la mejor oferta, excepto en el caso previsto en el artículo 149.6 de la LCSP. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 31 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adjudicación del contrato. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje no inferior al indicado, tendrá preferencia en la adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1239697779362582160459 Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración y los Centros Especiales de Empleo, y entre ellas, las que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, o mayor porcentaje de trabajadores en situación de exclusión social. Asimismo, tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, las proposiciones presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En la aplicación de estos criterios de desempate, tendrá prioridad la proposición de la entidad que reúna más de una característica. Los eventuales empates se resolverán a favor de la oferta que según el orden de prioridad establecido tenga mejor puntuación en el criterio de adjudicación preferente. Si se produce empate entre dos o más empresas una vez realizada tenidas en cuenta las circunstancias anteriores, se decidirá la evaluación propuesta de adjudicación mediante sorteo. La documentación acreditativa de los distintos criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate. En el supuesto de que la empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, está obligada a acreditar su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de quince días, o dos meses cuando utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la artículo 119.2 b) de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después LCSP para los expedientes calificados de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoriaurgentes. Derivado de este procedimiento de Invitación Este plazo se celebrará contrato, cuyo modelo consta ampliará en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que quince días hábiles cuando se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoaprecien ofertas anormalmente bajas.
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Samples: Supply Agreement
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El Órgano de Contratación, recibida la evaluación documentación de las proposicionesla Mesa de Contratación y evaluados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, resolución motivada adjudicando el contrato será adjudicado a la proposición con precio más bajo, que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. El Órgano de Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evaluados los informes técnicos correspondientes, requerirá al licitante cuya licitador que haya presentado la oferta resulte solventeeconómicamente más ventajosa, porque cumple no incursa en valor anormal o desproporcionada, con los requisitos legalesel fin de que, técnicos y económicos establecidos dentro de plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la Convocatoria, y por tanto garantiza documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las sus obligaciones respectivas tributarias y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación con la Seguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva (conforme a la mínima exigida cláusula 13). Quedarán dispensadas de su aportación las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores, con constancia de estos datos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Una vez presentada la documentación anteriormente señalada y constituida la suma garantía definitiva, el Órgano de ésta con Contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuacióndocumentación anterior. www. diputacionavila . es 9 La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación simultáneamente se celebrará contrato, cuyo modelo consta publicará en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad perfil del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentocontratante.
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Samples: Contrato De Suministro
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El(los) contrato(s) se adjudicará(n) en términos de lo que marca la evaluación de Ley Estatal. Los contratos serán adjudicados al o los Licitantes que reúnan las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos mejores condiciones legales, técnicos técnicas y económicos establecidos en la Convocatoria, económicas y por tanto garantiza que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónrespectivas. De conformidad al artículo 107 del Reglamento, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado empate en el escrito solicitado en precio de dos o más propuestas la Convocante adjudicará el inciso h) del numeral 8, conforme contrato al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante Licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice será celebrado en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del Licitante ganador. El contrato se adjudicará por partida Individual cotizarla de manera completa. El modelo del contrato que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente Licitación, se hace del conocimiento de los licitantes en el Anexo 9, en el entendido de que su contenido será adecuado, en lo conducente, con motivo de lo determinado en la(s) Junta(s) de Aclaraciones y lo ofertado en las propuestas del Licitante al que, en su caso, le sea adjudicado dicho instrumento jurídico. De conformidad al artículo 101 último párrafo de la Ley Estatal, en caso de discrepancia, en el contenido del contrato en relación con el de las Bases de Licitación, prevalecerá lo estipulado en el cuerpo general de las Bases, así como el resultado de las Juntas de Aclaraciones. La convocante, a través de conformidad con la dependencia solicitante, podrá en cualquier momento verificar el cumplimiento de los requisitos de calidad de los Bienes al licitante que resulte adjudicado. Conforme a lo establecido en el artículo 54 segundo párrafo del Reglamento102 de la Ley Estatal, en las adquisiciones, arrendamientos y servicios, se pactará en los contratos las condiciones de precio fijo.
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Samples: Licitación Pública
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que presente la evaluación oferta económicamente más ventajosa, entendiendo como tal la de precio más bajo, excepto en el caso previsto en el artículo 152.4 del TRLCSP. Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las de precio más bajo, tendrá preferencia en la adjudicación la proposición presentada por aquella empresa, que, sin estar sujeta a la obligación a que se refiere la cláusula 30 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, haya justificado en el momento de acreditar su solvencia técnica tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. A efectos de aplicación de esa circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas licitadoras que hayan empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las proposicionesempresas de inserción, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. Si se produce empate entre dos ó más empresas una vez tenidas en cuenta las circunstancias anteriores, se decidirá la Convocatoriapropuesta de adjudicación mediante sorteo. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258140288116967620858 El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, y por tanto garantiza a requerimiento del órgano de contratación, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones respectivas tributarias y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónSeguridad Social, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente a cuyo efecto se le otorgará un plazo xx xxxx días hábiles. Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta lo siguiente: Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto Impuesto sobre Actividades Económicas en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma epígrafe correspondiente al objeto del contrato, deberá siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la documentación que acredite lo manifestado causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el escrito solicitado artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el inciso h) del numeral 8impuesto, conforme al Anexo No.6 sin perjuicio de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y tributación que corresponda a las empresas integrantes de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentomisma.
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Samples: Contrato De Suministro
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, de conformidad con lo establecido en el art. 151 del TRLCSP, y adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la evaluación oferta que resulte económicamente más ventajosa. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, ten- gan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adju- dicación del contrato, prevaleciendo primero el que haya obtenido mayor pun- tuación en el Criterio nº 1 señalado en el apartado 17 del Anexo I. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. En su defecto, en la misma forma y condiciones de igualdad en las proposiciones, cuando el objeto del contrato tenga la consideración de prestación de carácter social o asistencial, la Mesa formulará su propuesta a favor de las entidades sin ánimo de lucro, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. Si persiste la igualdad, se resolverá a favor de la proposición que haya tenido entrada antes en el registro del órgano de contratación.
10.1. La adjudicación del contrato deberá dictarse en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones o de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando en el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventese valoren, porque cumple con los requisitos legalesrespectivamente, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoriaun único criterio de adjudicación o varios criterios, y por tanto garantiza el cumplimiento sin perjuicio de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta lo establecido en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h112.2.b) del numeral 8TRLCSP para los expedientes calificados de urgentes.
10.2. Transcurrido este plazo sin haberse producido la adjudicación, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatorialos licitadores podrán retirar sus ofertas y, presentando copia de en su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o biencaso, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentolas garantías provisionales constituidas.
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Samples: Concesión Del Servicio
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación Con base en los artículos 29, 36 y 36 bis de las proposiciones, “LA LEY” y 52 de su Reglamento el contrato será adjudicado se adjudicará por partida al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos propuesta técnica sea solvente y económicos establecidos haya obtenido el mayor porcentaje o puntaje en la Convocatoria, evaluación técnica y por tanto garantiza económica para cada partida. En el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual caso que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto licitantes en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley“LA LEY”, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contratoque tenga el carácter de mediana empresa y si no participan licitantes con carácter de MIPYMES, deberá presentar se adjudicará a la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)gran empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocanteConvocante, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamentolicitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en la partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Cuando la Convocante requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se elaborará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 6.4.1. Una vez realizada realizadas las actuaciones conducentes a la evaluación determinación de la oferta más ventajosa, el órgano de contratación ordenará las proposiciones por orden decreciente, procediendo a realizar la propuesta de adjudicación del suministro a la más ventajosa.
6.4.2. La Universidad tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato mediante resolución motivada, a la proposición más ventajosa para la Universidad xx Xxxxx, de acuerdo con los criterios que se detallan en el apartado K) del Cuadro Resumen de Características o declarar desierto el procedimiento si Expediente C15-C07-17 Página 13 de 31 ninguna de las proposiciones presentadas resultase admisible de acuerdo con los criterios fijados en el presente pliego.
6.4.3. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, el orden de preferencia de adjudicación, siempre que las empresas hayan presentado la documentación acreditativa, será el establecido en el apartado P), sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al citado apartado, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. Y en caso de persistir la igualdad se procederá a la realización de un sorteo.
6.4.4. Alternativamente, el órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventepor razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, porque cumple o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
6.4.5. En relación con los requisitos legalescriterios base para la adjudicación del procedimiento, técnicos y económicos establecidos se detallarán en el Apartado O) del Cuadro Resumen de Características, los criterios objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. En relación con el criterio precio –si es uno de los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación-, en el mismo apartado se señalará, los límites que permitan apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. La declaración de tal carácter requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella, el asesoramiento técnico del servicio correspondiente e informe del Gabinete Jurídico de la Universidad xx Xxxxx.
6.4.6. Una vez clasificadas las ofertas, se requerirá al mejor clasificado para que, dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles o el que las normas autonómicas fijen, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las siguientes circunstancias, que podrán ser expedidas, si así se indica en la Convocatorianotificación efectuada, y por tanto garantiza medios electrónicos, informáticos o telemáticos:
6.4.7. Documentación acreditativa de la personalidad del empresario
1) Si se trata de licitador individual, será obligatorio la presentación de copia compulsada notarialmente, por la Universidad xx Xxxxx o por otra Administración Pública, del Documento Nacional de Identidad o el cumplimiento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2) Si la empresa fuera persona jurídica, su personalidad se acreditará mediante la presentación de las obligaciones respectivas y la escritura de constitución o modificación, en su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la mínima exigida y legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la suma de ésta con la acreditación de la propuesta económica dé capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
3) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán copia compulsada notarial, por la Universidad xx Xxxxx o por otra Administración Pública, de su Documento Nacional de Identidad, así como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 documentación acreditativa de la presente convocatoriarepresentación bastanteada por el SERVICIO JURIDICO DE LA UNIVERSIDAD (correo electrónico xxxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xx). Derivado de Si la empresa fuera persona jurídica, este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta poder deberá figurar inscrito en el Anexo No. 7 Registro Mercantil.
4) Cuando sea exigible para la realización de esta Convocatoriala actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, mismo se acompañará copia compulsada del certificado que se adecuara a lo previsto acredite las condiciones de aptitud profesional.
5) Las empresas extranjeras que pretendan tomar parte en la presente Convocatoria y lo contratación deberán reunir los siguientes requisitos:
5.a) Capacidad de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea. Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se derive trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la junta Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de aclaración las certificaciones que se indican en el anexo I del Real Decreto 1098/2001 de 12 octubre o norma que lo sustituya.
5.b) Capacidad de las restantes empresas extranjeras. Los empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Expediente C15-C07-17 Página 15 de 31
5.c) Las empresas extranjeras que contraten con la Universidad xx Xxxxx presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano.
5.d) La empresa, en su proposición, hará declaración de someterse a la misma. La totalidad jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del servicio contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
5.e) Los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la partida única será asignado Unión Europea sientan una presunción de aptitud de los empresarios incluidos en ellas frente a un solo licitantelos diferentes órganos de contratación en relación con la no concurrencia de las prohibiciones de contratar a que se refieren las letras a) a c) y e del apartado 1 del artículo 60 del TRLCSP y la posesión de las condiciones de capacidad de obrar y habilitación profesional exigidas por el artículo 54 del TRLCSP y las de solvencia a que se refieren las letras b y c del artículo 75 del TRLCSP, las letras a), b) y e) del artículo 76 del TRLCSP, el artículo 77 del TRLCSP, y las letras a) y c) a i) del artículo 78 del TRLCSP. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia Igual valor presuntivo surtirán las certificaciones emitidas por organismos que respondan a las personas que integren el sector normas europeas de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el artículo 36 Bis segundo párrafo empresario. Los documentos a que se refiere este apartado deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la Leycertificación, Para lo cual así como la clasificación obtenida. Estas menciones deberán también incluirse en los certificados que expidan los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas a efectos de la contratación en el ámbito de la Unión Europea.
6) La Universidad xx Xxxxx podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Dichos empresarios quedan obligados solidariamente ante la Universidad y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. La documentación administrativa deberá ser aportada por todos y cada uno de sus miembros. En el caso de resultar adjudicado, previo que el contrato sea adjudicado a la firma del contratounión temporal de empresas, deberá presentar deberán acreditar éstas la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas formalización de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, en escritura pública de conformidad con lo establecido en el artículo 54 segundo párrafo 59 del ReglamentoTRLCSP.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación Con base en los artículos 36 y 36 bis fracción II, de las proposiciones, “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el contrato será adjudicado al licitante se adjudicará a “EL LICITANTE” cuya oferta resulte solvente, porque cumple cumplen con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoriaconvocatoria a la Invitación, y por tanto garantiza garantizan el cumplimiento de las obligaciones respectivas respectivas, y su propuesta técnica obtuvo igual precio sea el más bajo por partida en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación xx xxxxxxx realizada por la Subgerencia de Administración y Finanzas; en el entendido de que ninguna de las condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por “LOS LICITANTES” serán negociables por ningún concepto. En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta “LICITANTES” en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, partidas de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley“LA LEY” y el 54 de “El REGLAMENTO”, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes “LOS LICITANTES” que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante “LICITANTE” que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la convocanteboleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de “LOS LICITANTES” que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese supuesto. Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de “LOS LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentode “EL REGLAMENTO”.
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Samples: Invitación a Participar en El Procedimiento De Contratación
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada Con base en los artículos 29, 36 y 36 Bis de “LA LEY”, 52, 54 y 55 de su Reglamento, se adjudicará la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado partida única del Contrato al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos propuesta técnica sea solvente y económicos establecidos haya obtenido el mayor porcentaje o puntaje en la Convocatoria, evaluación técnica y por tanto garantiza económica. En el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual caso que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto licitantes en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley“LA LEY” y Artículo 54 de su Reglamento, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contratoque tenga el carácter de mediana empresa y si no participan licitantes con carácter de MIPYMES, deberá presentar se adjudicará a la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)gran empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocanteConvocante, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamentolicitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en la partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Cuando la Convocante requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se elaborará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación Con base en los artículos 29, fracciones XII y XIII, 36 y 36 Bis de “LA LEY”, así como 52 y 54 de su Reglamento, en esta licitación se adjudicará por partida a los licitantes, proposiciones técnicas sean solventen y sus proposiciones económicas sean las más bajas. En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más licitantes en alguna de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos partidas en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionaleslicitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 Bis Bis, segundo párrafo de la Ley“LA LEY”, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato respectivo en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamentolicitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en la partida en que participaron, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Cuando la convocante requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica De Servicios
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada Con base en los artículos 29, fracciones XII y XIII, 36 y 36 Bis de “LA LEY”, así como 52 y 54 de su Reglamento, en esta licitación se adjudicará por partida única a los licitantes, cuyas propuestas técnicas y económicas cumplan con los requisitos solicitados y hayan obtenido la mayor puntuación combinada en la evaluación de las proposiciones, puntos y porcentajes. En el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual caso que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de licitantes por la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionalesúnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 Bis Bis, segundo párrafo de la Ley“LA LEY”, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato respectivo en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamentolicitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en la partida única, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Cuando la convocante requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica De Servicios
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la mejor oferta, mediante la aplicación de los criterios objetivos establecidos en el apartado 12 de la cláusula 1, o declarará desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 38 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adjudicación del contrato. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1276299944207592225391 Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración y los Centros Especiales de Empleo, y entre ellas, las que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, o mayor porcentaje de trabajadores en situación de exclusión social. Asimismo, tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, las proposiciones presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En la aplicación de estos criterios de desempate, tendrá prioridad la proposición de la entidad que reúna más de una característica. Los eventuales empates se resolverán a favor de la oferta que según el orden de prioridad establecido tenga mejor puntuación en el criterio de adjudicación preferente. Si se produce empate entre dos o más empresas una vez realizada tenidas en cuenta las circunstancias anteriores, se decidirá la evaluación propuesta de adjudicación mediante sorteo. La documentación acreditativa de los distintos criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate. En el supuesto de que la empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, está obligada a acreditar su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión con anterioridad a la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Cuando en el apartado 4 de la cláusula 1 se prevea que los licitadores que resulten adjudicatarios constituyan una sociedad específicamente para la ejecución del contrato deberán acreditar la constitución de la misma con anterioridad a la formalización del contrato. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la artículo 119.2 b de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación LCSP hábiles cuando se celebrará contrato, cuyo modelo consta aprecien valores anormales o desproporcionados en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoofertas.
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Samples: Contrato De Concesión De Servicios De Explotacion De La Cafetería Y Del Comedor
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, de conformidad con lo establecido en el art. 151 del TRLCSP, y adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la evaluación oferta que resulte económicamente más ventajosa. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas em- presas, que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas pro- posiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los crite- xxxx objetivos establecidos para la adjudicación del contrato, prevaleciendo primero el que haya obtenido mayor puntuación en el Criterio nº 1 señalado en el apartado 18 del Anexo I. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditar- la, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos xx xxxx- zación a la Seguridad Social. En su defecto, en la misma forma y condiciones de igualdad en las proposiciones, cuando el objeto del contrato tenga la consideración de prestación de carácter social o asistencial, la Mesa formulará su propuesta a favor de las entidades sin ánimo de lucro, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. Si persiste la igualdad, se resolverá a favor de la proposición que haya tenido entrada antes en el registro del órgano de contratación.
10.1. La adjudicación del contrato deberá dictarse en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones o de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando en el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventese valoren, porque cumple con los requisitos legalesrespectivamente, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoriaun único criterio de adjudicación o varios criterios, y por tanto garantiza el cumplimiento sin perjuicio de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta lo establecido en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h112.2.b) del numeral 8TRLCSP para los expedientes calificados de urgentes.
10.2. Transcurrido este plazo sin haberse producido la adjudicación, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatorialos licitadores podrán retirar sus ofertas y, presentando copia de en su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o biencaso, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentolas garantías provisionales constituidas.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante “Contrato” se adjudicará a un solo “Participante”, cuya oferta propuesta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas respectivas, así como el que ofrezca el precio más bajo, siempre y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitantecuando éste resulte conveniente. En caso de existir igualdad de condicionesempate, aplicará lo siguiente:
a) Se adjudicará el “Contrato” en primer término a las micro empresas, a continuación, se dará preferencia considerará a las personas que integren el sector de micro pequeñas empresas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso hcarácter de mediana empresa.
b) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes “Participante” que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato “Contrato” a favor del licitante “Participante” que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocanteel “INDEP”, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada “Participante” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamento“Participante” ganador y posteriormente las demás boletas de los “Participante” que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales “Proposiciones”.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada 11.1.- El contrato del lote 1 se adjudicará a la evaluación empresa que presente la oferta económicamente más ventajosa para la Administración de acuerdo con los criterios objetivos de valoración señalados en el CUADRO DE PRESCRIPCIONES ANEXO. El contrato del lote 2 se adjudicará a la empresa que presente la segunda mejor oferta económicamente más ventajosa para la Administración de acuerdo con los criterios objetivos de valoración señalados en el CUADRO DE PRESCRIPCIONES ANEXO. El acuerdo de adjudicación del Órgano de contratación confirmará la propuesta de la Mesa, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto o, finalmente, cuando se estime el carácter desproporcionado o anormal de algunas ofertas, en aplicación de lo establecido en el artículo 152 del TRLCSP.
11.2.- Se considerarán, en principio, como ofertas con valores anormales o desproporcionados las ofertas que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las proposicionesproposiciones admitidas. Si sólo concurre un licitador, el contrato será adjudicado se considerará desproporcionada si es inferior al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos presupuesto en la Convocatoriamás de 25 unidades porcentuales. LICITADOR”, y en ella se indiciará la fecha límite de entrada que tendrán que tener los informes justificativos en el Registro General del órgano de contratación. De no presentarse dentro del plazo concedido, se entenderá que la contrata ha retirado su oferta y así se hará contar en el expediente, y se tendrá por tanto garantiza efectuado el trámite.
11.3.- Las ofertas presentadas, que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, se clasificarán por orden en función del precio ofertado. En caso de que dos o más ofertas se encuentren igualadas, y siempre que dichas empresas hayan presentado la documentación correspondiente, se ordenaran conforme a los siguientes criterios: - Empresas que cuenten al menos con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad dentro de su plantilla o, en caso de haber optado por el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la medidas alternativas previstas, una copia de la propuesta económica dé como resultado declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas. - Empresas que desarrollen medidas destinadas a lograr la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta igualdad entre hombres y mujeres en el Anexo No. 7 mercado de esta Convocatoriatrabajo, mismo siempre que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado dichas medidas permanezcan en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de tiempo y mantengan su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoefectividad.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada aceptada la evaluación propuesta de la mesa por el órgano de contratación, el Servicio de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente y, en su caso, la suscripción de las proposicionespólizas que se indican en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventelicitador que haya presentado la mejor oferta, porque cumple así como todas las empresas integrantes de la UTE que haya sido propuesta como adjudicataria, deberán presentar la siguiente documentación acreditativa de las circunstancias referidas en el DEUC:
1.- Capacidad de obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con los requisitos legalesla legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, técnicos y económicos establecidos informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la ConvocatoriaOficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, y en el que se haga constar, previa acreditación por tanto garantiza el cumplimiento la empresa.
1.5.- Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o más puntuación jurídicas de Estados no pertenecientes a la mínima exigida y la suma Unión Europea o de ésta con la Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la propuesta económica dé como resultado empresa extranjera admite a su vez la mayor puntuaciónparticipación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3, después en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será PLIEGO DE CLAUSULAS JURÍDICAS – PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de haberse efectuado España en el cálculo exterior y se acompañará a la documentación que se presente. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
1.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
2.- Poder de representación Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro presentarán Documento Nacional de Identidad y poder. Dicho poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el numeral 7 artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
3.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores acreditarán su solvencia mediante los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se relacionan en el apartado 11 del Anexo I al presente pliego. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la presente convocatoria. Derivado Unión Europea o de este procedimiento los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán presentar, la documentación acreditativa de Invitación se celebrará contratosu solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 87 y 90 de la LCSP, cuyo modelo consta y por los medios previstos por el órgano de contratación en el apartado 11 del Anexo NoI al presente pliego. 7 A estos efectos, los certificados de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive inscripción expedidos por los órganos competentes de la junta llevanza de aclaración a la misma. La totalidad del servicio las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la partida única será asignado Unión Europea referidos a un solo licitanteempresarios establecidos en el Estado miembro que expide el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. En caso Igual valor presuntivo surtirá, respecto de existir igualdad los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de condiciones, se dará preferencia certificación competentes que respondan a las personas que integren el sector normas europeas de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el artículo 36 Bis segundo párrafo empresario. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la Leycertificación, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a así como la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)clasificación obtenida. en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamento.PLIEGO DE CLAUSULAS JURÍDICAS – PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO 16
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Samples: Contract for Travel Agency Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la evaluación oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
A) Xxxxx que ya la hubiera presentado en el sobre nº 1, la acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar, de la representación alegada, en su caso, y del cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, en los términos previstos en las cláusulas 9.1 y 9.2. Tal y como se advierte en la regulación del contenido del sobre nº 1, cuando la acreditación de la personalidad jurídica y representación del empresario, así como la clasificación o solvencia de la empresa, se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
B) El documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas referida al ejercicio corriente en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, o el último recibo del pago del Impuesto, acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. No obstante, si las empresas contratistas se encuentran en alguno de los supuestos de exención del Impuesto de Actividades Económicas, recogidos en el artículo 82.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las proposicionesHaciendas Locales, aprobado por el contrato será adjudicado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán acreditar que se encuentran al licitante cuya oferta resulte solventecorriente de este tributo mediante el procedimiento que le corresponda de entre los señalados a continuación:
1. Declaración expresa responsable de estar en situación legal de exención en el alta en el impuesto.
2. Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de exención de pago del Impuesto en el epígrafe correspondiente, porque cumple junto con la declaración responsable de que no se ha dado de baja en la matricula del citado impuesto.
3. Presentación del documento de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto, acompañado de una declaración responsable de que se encuentra exento del pago del impuesto y de que no se ha dado de baja en la matricula del mismo.
C) Certificación administrativa, expedida por el órgano competente en la forma y con los requisitos legalesefectos previstos reglamentariamente, técnicos y económicos establecidos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
D) Certificación administrativa, expedida por el órgano competente en la Convocatoriaforma y con los efectos previstos reglamentariamente, y por tanto garantiza de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
E) Documento justificativo de haber constituido la propuesta garantía definitiva. El licitador que haya presentado la oferta económica dé más ventajosa, deberá constituir una garantía definitiva, a disposición del órgano de contratación, siendo la Fundación la depositaria del mismo, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP por un importe del 5% del importe de adjudicación (suma del precio ofertado por los servicios de transporte por carretera de recogida de sangre, entrega de productos hemoterápicos y traslado y apoyo de personal y del presupuesto máximo previsto para los servicios de recogida y transporte por carretera de las unidades de sangre de cordón, de tejidos y de leche materna), IVA excluido, como resultado garantía de las obligaciones y responsabilidades contraídas por el mismo durante la mayor puntuaciónvigencia del contrato y periodo de garantía. En todo caso, después la garantía definitiva responderá de haberse efectuado los conceptos a que se refiere el cálculo correspondiente de acuerdo con artículo 100 del TRLCSP. Si la forma escogida es el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación aval bancario se celebrará contrato, cuyo ajustará al modelo consta establecido en el Anexo NoIII. 7 El régimen de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria devolución y lo que se derive cancelación de la junta garantía será el establecido en el artículo 102 del TRLCSP.
F) Número de aclaración la cuenta corriente para la realización de transferencias de pagos desde la Fundación. Si el licitador estuviera comprendido por dos o más empresas por haberse presentado conjuntamente a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad licitación con el artículo 36 Bis segundo párrafo compromiso de la Ley, Para lo cual constituir una UTE en caso de resultar adjudicadoadjudicatarios, previo cada una de las empresas deberá aportar la documentación señalada en los apartados A) a D). De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del contratorecepción de la documentación. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente a la adjudicataria y a las restantes licitadoras (a los correos electrónicos designados en las proposiciones presentadas) y, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado simultáneamente, se publicará en el escrito solicitado perfil de contratante del órgano de contratación. El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el inciso h) expediente, o desistir del numeral 8, conforme al Anexo No.6 procedimiento de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). adjudicación en caso de subsistir el empate entre empresas haberse producido una infracción no subsanable de la misma estratificación las normas de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación preparación del contrato a favor o de las reguladoras del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, procedimiento de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoadjudicación.
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Samples: Transportation Agreement
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez Para la elección del licitador seleccionado para la adjudicación el Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el Comité de Evaluación. En caso contrario, el Órgano de Contratación deberá motivar su decisión de separarse de la evaluación propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las proposiciones. XXXXXXXX requerirá al licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el contrato será adjudicado plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
1. Justificante acreditativo de hallarse al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos corriente en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas tributarias y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la Seguridad Social.
2. Justificante que acredite haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx.
3. Documentación acreditativa de la propuesta económica dé como resultado efectiva disposición de los medios materiales comprometidos en su oferta.
4. En el caso de que la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo empresa licitadora que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa en relación con cada lote hubiera presentado la declaración responsable acorde con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto formulario normalizado del DEUC indicado en la Cláusula 13ª del presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contratoXxxxxx, deberá presentar en este momento la documentación que acredite lo manifestado enumerada en la Cláusula 13ª. “Presentación de proposiciones y documentación”, en el escrito solicitado en apartado relativo a “Sobre A.- APTITUD PARA CONTRATAR", que acrediten el inciso h) cumplimiento de las condiciones de aptitud para contratar a fecha de finalización del numeral 8, conforme al Anexo No.6 plazo de la presente Convocatoria, presentando copia presentación de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoproposiciones.
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Samples: Contract for Supply and Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 6.4.1. Una vez realizada realizadas las actuaciones conducentes a la evaluación determinación de la oferta más ventajosa, el órgano de contratación ordenará las proposiciones por orden decreciente, procediendo a realizar la propuesta de adjudicación del suministro a la más ventajosa.
6.4.2. La Universidad tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato mediante resolución motivada, a la proposición más ventajosa para la Universidad xx Xxxxx, de acuerdo con los criterios que se detallan en el apartado K) del Cuadro Resumen de Características o declarar desierto el procedimiento si ninguna de las proposiciones presentadas resultase admisible de acuerdo con los criterios fijados en el presente pliego.
6.4.3. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, el orden de preferencia de adjudicación, siempre que las empresas hayan presentado la documentación acreditativa, será el establecido en el apartado P), sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al citado apartado, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. Y en caso de persistir la igualdad se procederá a la realización de un sorteo.
6.4.4. Alternativamente, el órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventepor razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, porque cumple o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
6.4.5. En relación con los requisitos legalescriterios base para la adjudicación del procedimiento, técnicos y económicos establecidos se detallarán en el Apartado O) del Cuadro Resumen de Características, los criterios objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. En relación con el criterio precio –si es uno de los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación-, en el mismo apartado se señalará, los límites que permitan apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales o desproporcionadas. La declaración de tal carácter requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella, el asesoramiento técnico del servicio correspondiente e informe del Gabinete Jurídico de la Universidad xx Xxxxx.
6.4.6. Una vez clasificadas las ofertas, se requerirá al mejor clasificado para que, dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles o el que las normas autonómicas fijen, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las siguientes circunstancias, que podrán ser expedidas, si así se indica en la Convocatorianotificación efectuada, y por tanto garantiza medios electrónicos, informáticos o telemáticos:
6.4.7. Documentación acreditativa de la personalidad del empresario
1) Si se trata de licitador individual, será obligatorio la presentación de copia compulsada notarialmente, por la Universidad xx Xxxxx o por otra Administración Pública, del Documento Nacional de Identidad o el cumplimiento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2) Si la empresa fuera persona jurídica, su personalidad se acreditará mediante la presentación de las obligaciones respectivas y la escritura de constitución o modificación, en su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la mínima exigida y legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la suma de ésta con la acreditación de la propuesta económica dé capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
3) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán copia compulsada notarial, por la Universidad xx Xxxxx o por otra Administración Pública, de su Documento Nacional de Identidad, así como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 documentación acreditativa de la presente convocatoriarepresentación bastanteada por el SERVICIO JURIDICO DE LA UNIVERSIDAD (correo electrónico xxxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xx). Derivado de Si la empresa fuera persona jurídica, este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta poder deberá figurar inscrito en el Anexo No. 7 Registro Mercantil.
4) Cuando sea exigible para la realización de esta Convocatoriala actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, mismo se acompañará copia compulsada del certificado que se adecuara a lo previsto acredite las condiciones de aptitud profesional.
5) Las empresas extranjeras que pretendan tomar parte en la presente Convocatoria y lo contratación deberán reunir los siguientes requisitos:
5.a) Capacidad de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea. Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se derive trate. Los empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la junta empresa extranjera admite a su vez la participación de aclaración empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a la mismalos enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. La totalidad del servicio acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso Misión Diplomática Permanente de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren España en el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo Estado correspondiente o de la Ley, Para lo cual Oficina Consular en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en cuyo ámbito territorial radique el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 domicilio de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoempresa.
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Samples: Suministros Por Arrendamiento
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Conforme a lo establecido en los artículos 38 de LA LEY y 63, fracción II de EL REGLAMENTO, LA CONVOCANTE, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en LA CONVOCATORIA y aplicará el mecanismo de puntos, conforme a lo establecido en el “MÉTODO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS POR EL MECANISMO DE PUNTOS FORMA MVP 01” y la “MATRIZ BASE DE PUNTOS FORMA 01” que forman parte de esta CONVOCATORIA a la licitación; los cuales contienen la calificación numérica que puede alcanzarse en los rubros y subrubros de las propuestas técnica y económica que integran la proposición de cada uno de LOS LICITANTES y la forma en que se deberá acreditar el cumplimiento de cada uno de los rubros y subrubros motivo de evaluación para obtener la puntuación indicada en cada uno de ellos, conforme a lo previsto en los lineamientos emitidos por LA SFP. El LICITANTE deberá obtener en su propuesta técnica un mínimo de 37.5 puntos para que sea objeto de evaluación su propuesta económica, conforme a lo establecido en el primer párrafo de la fracción II del artículo 63 de EL REGLAMENTO y en los lineamientos emitidos por LA SFP. LA CONVOCANTE en la aplicación de este Sistema de Evaluación de Propuestas por el Mecanismo de Puntos, podrá por economía procesal, solo evaluar aquellas propuestas elegibles que, una vez determinada la proposición que económicamente obtenga el mayor puntaje y sea solvente técnicamente, por haber obtenido los puntos mínimos requeridos en LA CONVOCATORIA; puedan numéricamente alcanzar o superar el puntaje obtenido por esta, lo cual se indicara en el fallo correspondiente. Lo anterior en base a la consulta y respuesta emitida por la SFP en el decimo párrafo del oficio No. UNCP/309/NC/0.-1077/2010 de fecha 8 de diciembre de 2010. Una vez realizada hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, de entre LOS LICITANTES, a aquél cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación establecidos en LA CONVOCATORIA, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA CONVOCANTE, obtenga el mayor puntaje y garantice el cumplimiento de las obligaciones respectivas. En caso de empate entre los LICITANTES cuyas proposiciones resulten solventes y hayan obtenido igual puntaje, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del artículo 38 de LA LEY. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor de EL LICITANTE que resulte ganador en un sorteo manual por insaculación que realizará la CONVOCANTE en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada LICITANTE empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto de EL LICITANTE ganador y, posteriormente, los demás boletos de LOS LICITANTES que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. En caso de que no se haya previsto dar a conocer el fallo en junta pública, el sorteo por insaculación se llevará a cabo previa invitación por escrito que realizará LA CONVOCANTE, a un representante del Órgano Interno de Control, en adelante OIC y al Testigo Social cuando éste participe en el procedimiento de licitación, levantándose el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o la falta de firma en el acta respectiva de los LICITANTES e invitados, invalide el acto. Las condiciones contenidas en LA CONVOCATORIA y en las proposiciones presentadas por LOS LICITANTES no podrán ser negociadas, sin perjuicio de que LA CONVOCANTE pueda solicitar a LOS LICITANTES aclaraciones o información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos siempre y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación cuando no implique alteración alguna a la mínima exigida y la suma de ésta con la parte técnica o económica de la propuesta económica dé como resultado proposición, en su caso, la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 comunicación se realizará de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamento.forma siguiente:
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Samples: Licitación Pública Nacional
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El Órgano de Contratación podrá desistir del procedimiento de contratación con anterioridad a su adjudicación, sin que se devengue derecho económico alguno a favor de los licitadores, quienes expresamente aceptan el contenido de esta cláusula al presentar su oferta, si SUELO EMPRESARIAL DEL ATLÁNTICO, S.L. no obtuviese los permisos, autorizaciones o licencias de cualquier clase necesarios para la evaluación ejecución de las proposicionesla obra o ésta resulte innecesaria a los fines previstos. En el caso de no desistir del procedimiento de contratación en base a lo señalado en el párrafo precedente, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventeÓrgano de Contratación de SUELO EMPRESARIAL DEL ATLÁNTICO, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará S.L. resolverá sobre la adjudicación del contrato en el plazo máximo de 6 meses desde la apertura de las proposiciones económicas, alternativamente, declarar desierta la licitación, siempre que no existe alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxx. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo los licitadores tendrán derecho a favor del licitante retirar sus proposiciones. De no cumplimentarse adecuadamente por el licitador que resulte ganador del sorteo haya presentado la oferta económicamente más ventajosa el requerimiento de documentación en el plazo señalado en la Cláusula 7ª, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por insaculación el orden en que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentohayan quedado clasificadas las ofertas.
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Samples: Dirección De Obra, Coordinación De Seguridad Y Salud Y Vigilancia Ambiental
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Se adjudicará el contrato, a la propuesta solvente que obtenga la mayor puntuación de conformidad con lo siguiente: Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: Dónde: PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica; PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Una vez realizada hecha la evaluación de las proposiciones, proposiciones el contrato será adjudicado al licitante se adjudicará, de entre los licitantes a aquél cuya oferta propuesta resulte solventela solvente más conveniente porque reúne, porque cumple con conforme a los requisitos legales, técnicos y económicos criterios de adjudicación establecidos en la ConvocatoriaConvocatoria a la Invitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por tanto garantiza la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual respectivas. Si resultare que dos o más puntuación proposiciones son solventes y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a la mínima exigida y propuesta que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a la suma de ésta con la fórmula antes mencionada. Si derivado de la propuesta económica dé evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el puntaje final entre dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del invitado que se encuentre clasificado en la estratificación de empresas como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente MIPYMES y que así lo haya manifestado de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 al ANEXO 6 de esta Convocatoria, mismo que ; se adecuara a lo previsto adjudicará el contrato en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración este caso en primer término a la misma. La totalidad del servicio de micro empresa, a continuación se considerará a la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condicionespequeña empresa y, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bienlas personas del sector señalado, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que se realice la convocante, de conformidad con el en términos del artículo 54 segundo párrafo del Reglamento. A dicho sorteo será convocado un representante del Órgano Interno de Control de la Secretaría de Desarrollo Social.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El (los) contrato(s) se adjudicará (n) en términos de lo que marca la evaluación de Ley Estatal. Los contratos serán adjudicados al o los Licitantes que reúnan las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos mejores condiciones legales, técnicos técnicas y económicos establecidos en la Convocatoria, económicas y por tanto garantiza que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitanterespectivas. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado empate en el escrito solicitado en precio de dos o más propuestas, la Fiscalía General adjudicará el inciso h) del numeral 8, conforme contrato al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante Licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice será celebrado en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la convocanteparticipación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de conformidad la que se extraerá el boleto del Licitante ganador. El contrato se adjudicará por partida, debiendo cotizarla de manera completa siendo su responsabilidad participar únicamente en la (s) partida (s) en la (s) cual (es) pueda cumplir en tiempo y forma. El modelo del contrato que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente licitación, se hace del conocimiento de los Licitantes en el Anexo 8, en el entendido de que su contenido será adecuado, en lo conducente, con motivo de lo determinado en la(s) junta(s) de aclaraciones y lo ofertado en las propuestas del Licitante al que, en su caso, le sea adjudicado dicho instrumento jurídico. En caso de discrepancia, en el contenido del contrato en relación con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentode las Bases de licitación, prevalecerá lo estipulado en el cuerpo general de las Bases, así como el resultado de las juntas de aclaraciones. La Fiscalía General podrá en cualquier momento verificar el cumplimiento de los requisitos de calidad de los servicios contratados al Licitante que resulte adjudicado.
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Samples: Licitación Pública Estatal
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El órgano de contratación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas. Para realizar dicha clasificación atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la evaluación oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación de las proposiciones, el contrato será adjudicado hallarse al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento corriente de las obligaciones respectivas tributarias y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la Seguridad Social, si no lo hubiese hecho en el sobre “A” al presentar la oferta o si los certificados aportados en ese momento hubiesen caducado antes de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónadjudicación definitiva. A tal fin, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 deberá aportar las certificaciones correspondientes emitidas por los órganos competentes de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria Administración Tributaria y lo que se derive de la junta de aclaración a la mismaSeguridad Social. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitanteLos correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar También la documentación que acredite lo manifestado disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. En el caso de resultar adjudicatarios ofertantes que se hubiesen comprometido a constituirse en UTE, deberán aportar en este momento la escritura pública de constitución, así como el NIF otorgado a la Agrupación. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el escrito solicitado plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediendo en ese caso a la recabar la misma documentación al licitador siguiente. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La resolución motivada de adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente se publicará en el inciso h) perfil del numeral 8contratante., conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoriaincluso a los que resulten excluidos, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia se publicará en el perfil del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentocontratante.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una En primer lugar se tendrán en cuenta, en el caso de que se produzcan, aquellos precios que puedan considerarse anormalmente bajos para rechazar aquellas ofertas que merezcan tal calificación, una vez realizada la evaluación realizado el análisis de las proposiciones, el contrato será adjudicado al licitante cuya mismas. Se considerará que una oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en contiene precios anormalmente bajos si la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento misma es inferior a la media del resto de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o ofertas recibidas en más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la un 10% o, en caso de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a concurra un solo licitantelicitador, si la oferta es inferior al presupuesto base de licitación en más de un 25%. Antes de rechazar una oferta se solicitará al licitador que aclare y confirme por escrito dichos precios. En caso de existir igualdad que se adjudique el contrato a dicha oferta, el órgano de condicionesadjudicación podrá aumentar los límites de las garantías que el contratista debe aportar con carácter general. El órgano de adjudicación tendrá, se dará preferencia a las personas alternativamente, la facultad de adjudicar el contrato al licitador que integren hubiera presentado la oferta más ventajosa mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionalespresente Xxxxxx, de conformidad con o declarar desierto el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual concurso en caso de resultar adjudicado, previo a no haberse presentado ninguna oferta que cumpla la firma del contrato, deberá presentar totalidad de los requisitos exigidos en la documentación que acredite lo manifestado del procedimiento. En caso de empate entre dos o más proposiciones, la adjudicación se hará a favor de aquel licitador que, en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 momento de la presente Convocatoria, presentando copia presentación de su última declaración anual oferta, tenga en su plantilla un porcentaje mayor en número de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). trabajadores con discapacidad, primando en caso de subsistir caso de igualdad el empate entre mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla. A tal efecto, el Órgano de Tramitación procederá a solicitar a las empresas que hubieran empatado la aportación de la misma estratificación una Declaración responsable firmada por persona con poder bastante que acredite (I) el porcentaje de los sectores señalados anteriormente o bien, trabajadores con discapacidad en su plantilla en el momento de no haber empresas presentar su oferta y (ii) el número de ese sector y trabajadores fijos en plantilla en el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter momento de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentopresentar su oferta.
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Samples: Contract for Works
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada Con base en los artículos 29, fracciones XII y XIII, 36 y 36 Bis de “LA LEY”, así como 52 y 54 de su Reglamento, en esta licitación se adjudicará la evaluación de las proposicionespartida única al licitante, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple propuesta técnica y económica cumplan con los requisitos legales, técnicos solicitados y económicos establecidos sea la oferta económica más baja. En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más licitantes en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento alguna de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma partidas en licitación, de ésta conformidad con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta lo establecido en el Anexo No. 7 artículo 36 Bis de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones“LA LEY”, se dará preferencia a las personas que integren integran el sector de micro micro, pequeñas y medianas empresas empresa nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamentolicitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Cuando la convocante requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control de “EL SAT” para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada 25.1. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la evaluación oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las proposiciones, el contrato será adjudicado hallarse al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos corriente en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las sus obligaciones respectivas tributarias y su propuesta técnica obtuvo igual con la Seguridad Social o más puntuación autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la mínima exigida ejecución del contrato conforme al artículo 53.2, y de haber constituido la suma garantía definitiva que sea procedente.
25.2. El requerimiento indicado en el apartado precedente se realizará de ésta manera preferente por SMS certificado, al número de teléfono móvil que haya señalado el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, en su solicitud de participación. Además, a los efectos de tener conocimiento de la documentación necesaria que ha de aportar, también se le notificará a través de fax.
25.3. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Este mismo procedimiento podrá seguirse cuando se trate de continuar con la ejecución de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo un contrato ya iniciado y que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentohaya sido declarado resuelto.
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Samples: Service Contract
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada Presentada la evaluación documentación y, en los casos en que resulte preceptiva, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención en un plazo no superior a 5 días hábiles, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato establecidos en el apartado 9 de la Cláusula 1 de este pliego, se resolverá mediante la aplicación de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1018477855147547575396 a)Las proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficial. b)Las proposiciones presentadas por empresas, que sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 34 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 por 100. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. c)Las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las proposicionesempresas de inserción, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. En la Convocatoriaaplicación de estos criterios de desempate, y por tanto garantiza el cumplimiento tendrá prioridad la proposición de la entidad que reúna más de una característica de las obligaciones respectivas señaladas en los apartados a), b) y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 c) de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la mismacláusula. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de De subsistir el empate entre varias ofertas tras la aplicación del criterio anterior, se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: 1.Mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en la plantilla de cada una de las empresas 2.Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas 3.Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas 4.El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. La documentación acreditativa de los distintos criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate. En el supuesto de que la empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, está obligada a acreditar su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará unión será coincidente con la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, hasta su extinción. expedientes calificados de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentourgentes. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien ofertas anormalmente bajas.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada Con base en los artículos 29, fracciones XII y XIII, 36 y 36 Bis de “LA LEY”, así como 52 y 54 de su Reglamento, en esta licitación se adjudicará por partida al licitante, cuya propuesta técnica y económica cumplan con los requisitos solicitados y haya obtenido la mayor puntuación combinada en la evaluación de las proposiciones, puntos y porcentajes. En el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y caso que se obtuviera un empate entre dos o más licitantes por tanto garantiza el cumplimiento una de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma partidas, de ésta conformidad con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta lo establecido en el Anexo No. 7 artículo 36 Bis, de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones“LA LEY”, se dará preferencia a las personas que integren integran el sector de micro micro, pequeñas y medianas empresas empresa nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el artículo 54 segundo párrafo nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del Reglamentolicitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en las partidas, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática y una vez realizada la evaluación global de las proposicionesofertas, la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato será adjudicado de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. El órgano de contratación requerirá al licitante cuya licitador que haya presentado la oferta resulte solventeeconómicamente más ventajosa para que, porque cumple con los requisitos legalesdentro del plazo xx xxxx días hábiles, técnicos y económicos establecidos a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la Convocatoria, y por tanto garantiza documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las sus obligaciones respectivas tributarias y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar a adscribir a la mínima exigida ejecución del contrato conforme al artículo 64 del Texto Refundido del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y de haber constituido la suma garantía definitiva que sea procedente. Cuando se exija expresamente con arreglo a lo dispuesto en el artículo 64.2 del texto refundido, la documentación acreditativa de ésta con que el adjudicatario dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la ejecución del contrato. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónformalización del contrato. Igualmente, después cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 seguro, antes de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma formalización del contrato, deberá presentar aportarse la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentopóliza correspondiente.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la evaluación mejor oferta, tras la negociación y la aplicación de los criterios establecidos en el apartado 9 de la cláusula 1, o declarará desierta la licitación cuando no exista ninguna oferta admisible. Tendrán preferencia en la adjudicación las ofertas presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 34 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 por 100, siempre que dichas ofertas igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios establecidos para la adjudicación del contrato. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje no inferior al indicado, tendrá preferencia en la adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. sean económicamente más ventajosas, las ofertas presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las proposicionesempresas de inserción, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoriadicha normativa para tener esta consideración y los Centros Especiales de Empleo, y por tanto garantiza el cumplimiento entre ellas, las que disponga del mayor porcentaje de las obligaciones respectivas y trabajadores fijos con discapacidad en su propuesta técnica obtuvo igual plantilla, o más puntuación a la mínima exigida y la suma mayor porcentaje de ésta con la trabajadores en situación de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónexclusión social. Asimismo, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contratotendrán preferencia, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, las ofertas presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. La autenticidad de este documento se dará preferencia a las personas que integren puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el sector siguiente código seguro de micro pequeñas y medianas empresas nacionalesverificación: 1203015106077041439096 En la aplicación de estos criterios de desempate, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo tendrá prioridad la oferta de la Leyentidad que reúna más de una característica. Los eventuales empates se resolverán a favor de la oferta que según el orden de prioridad establecido tenga mejor puntuación en el criterio de adjudicación preferente. La documentación acreditativa de los distintos criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate. En el supuesto de que la empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, Para lo cual está obligada a acreditar su constitución en caso escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de resultar adjudicadola unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, previo el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma recepción de la documentación. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 sin perjuicio de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y eventual revisión de la constancia del último pago adjudicación en vía de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). recurso especial en caso materia de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentocontratación.
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Samples: Supply Agreement
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación Con base en los artículos 36 y 36 bis fracción II, de las proposiciones, “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el contrato será adjudicado al licitante se adjudicará a “EL LICITANTE” cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos al reunir las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a especificaciones y requerimientos técnicos de “EL SERVICIO”, vigencia y económicos establecidos las demás condiciones contenidas en la Convocatoriaesta convocatoria y sus anexos, y por tanto garantiza garantizan el cumplimiento de las obligaciones respectivas respectivas, y su propuesta técnica obtuvo igual precio sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación xx xxxxxxx realizada por la Coordinación de los Centros de Acopio de “LA CONVOCANTE”; en el entendido de que ninguna de las condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por “LOS LICITANTES” serán negociables por ningún concepto. En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto “LICITANTES” en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la única partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley“LA LEY” y el 54 de “El REGLAMENTO”, Para lo cual se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de resultar adjudicadono contarse con alguna de las anteriores, previo se adjudicará a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en tenga el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 carácter de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)mediana empresa. en caso de De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de ese este sector y el empate se diera entre licitantes “LOS LICITANTES” que no tienen el carácter de XxxxxxxMIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante “LICITANTE” que resulte ganador adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la convocanteboleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de “LOS LICITANTES” que resultaron empatados en la partida única, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de “LOS LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentode “EL REGLAMENTO”.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que presente la mejor oferta, excepto en el caso previsto en el artículo 149.6 de la LCSP. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 31 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adjudicación del contrato. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Si varias empresas acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje no inferior al indicado, tendrá preferencia en la adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0925810660016295136103 Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración y los Centros Especiales de Empleo, y entre ellas, las que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, o mayor porcentaje de trabajadores en situación de exclusión social. Asimismo, tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, las proposiciones presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En la aplicación de estos criterios de desempate, tendrá prioridad la proposición de la entidad que reúna más de una característica. Los eventuales empates se resolverán a favor de la oferta que según el orden de prioridad establecido tenga mejor puntuación en el criterio de adjudicación preferente. Si se produce empate entre dos o más empresas una vez realizada tenidas en cuenta las circunstancias anteriores, se decidirá la evaluación propuesta de adjudicación mediante sorteo. La documentación acreditativa de los distintos criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate. En el supuesto de que la empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, está obligada a acreditar su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de quince días, o dos meses cuando utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la artículo 119.2 b) de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después LCSP para los expedientes calificados de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoriaurgentes. Derivado de este procedimiento de Invitación Este plazo se celebrará contrato, cuyo modelo consta ampliará en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que quince días hábiles cuando se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoaprecien ofertas anormalmente bajas.
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Samples: Supply Agreement
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación La adjudicación del contrato corresponde al órgano de las proposiciones, contratación señalado en el El órgano de contratación adjudicará el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en licitador que haya presentado la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionalesmejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 Bis segundo párrafo 145 LCSP. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo, sin perjuicio de la Ley, Para lo cual aplicación de criterios para la determinación de ofertas anormalmente bajas. La adjudicación utilizando una pluralidad de criterios se hará en caso de resultar adjudicado, previo base a la firma mejor relación calidad-precio. La mesa procederá a requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación, mediante comunicación electrónica, para que constituya la garantía definitiva, así como para que aporte el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 conforme al modelo del contratoAnexo VI al pliego y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2, y en su caso, la suscripción de las pólizas que se indican en el apartado 16 del Anexo I al pliego y todo ello en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación. Cuando el empresario esté inscrito en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares, siendo únicamente necesario la manifestación expresa por parte del licitador de su inscripción en el Registro o base de datos correspondiente. La inscripción en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores, eximirá a los licitadores inscritos, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de la presentación en las convocatorias de contratación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como de la acreditación de la no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en aquél. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea. Además, en el plazo de 7 días hábiles, deberá presentar la cualquier otra documentación que acredite lo manifestado no figure inscrita en el escrito solicitado Registro de Licitadores. Por tanto, en aquellos casos en los que no resultara exigible la obligación de figurar inscrito en el inciso h) del numeral 8correspondiente Registro Oficial de Licitadores, conforme o cuando alguno de los datos o documentos no constaran inscritos en el correspondiente Registro, la mesa de contratación deberá requerir al Anexo No.6 empresario que haya presentado la mejor oferta, así como a todas las empresas integrantes de la presente ConvocatoriaUTE que haya sido propuesta como adjudicataria, presentando copia para que en el plazo de su última declaración anual de impuestos y 7 días hábiles a contar desde el envío de la constancia del último pago comunicación presenten, en su caso, la siguiente documentación:
1.- Capacidad de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (IMSSNIF). .
1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en caso su caso, le sustituya reglamentariamente.
1.3.- La capacidad de subsistir el empate entre empresas obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la misma estratificación Unión Europea o de los sectores señalados anteriormente o bienEstados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no haber empresas comprendidas en el párrafo anterior, informe de ese sector y la Misión Diplomática Permanente de España en el empate Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxxhaga constar, se realizará previa acreditación por la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoempresa.
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Samples: Contract for Works
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada 1.- La Sociedad calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma y procederá en acto público, en la evaluación fecha determinada por el anuncio de licitación, a la notificación de las proposicionesempresas admitidas o, en su caso, excluidas como consecuencia de la calificación de los documentos del sobre A y a la apertura de las proposiciones admitidas. La Sociedad, que podrá solicitar los informes técnicos que considere oportunos, establecerá la ordenación de las propuestas en función de sus características técnicas y oferta económica, teniendo en cuenta la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 5ª del presente Xxxxxx, relacionándolas por orden de la puntuación global obtenida y elevará la propuesta que estime pertinente para la adjudicación del contrato. La Sociedad notificará la propuesta de adjudicación al licitador seleccionado a los efectos de que en el plazo máximo de cinco días hábiles aporte la justificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
2.- La adjudicación por acuerdo del órgano de contratación perfeccionará el contrato, y deberá recaer dentro del plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones económicas. De no acordarse la adjudicación en dicho plazo, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición y a la devolución de la garantía que hubiesen prestado.
3.- La Sociedad tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solventea la proposición más ventajosa, porque cumple con mediante la aplicación de los requisitos legales, técnicos y económicos criterios establecidos en la ConvocatoriaCláusula 5ª de este pliego, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la sin atender necesariamente al valor económico de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuaciónmisma, después de haberse efectuado o declarar desierto el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara motivando su resolución con referencia a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionales, de conformidad con el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley, Para lo cual en caso de resultar adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar la documentación que acredite lo manifestado en el escrito solicitado en el inciso h) del numeral 8, conforme al Anexo No.6 de la presente Convocatoria, presentando copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentocitados criterios.
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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Una vez realizada la evaluación La adjudicación del contrato corresponde al órgano de las proposiciones, contratación señalado en el apartado 2 del Anexo I al presente pliego. El órgano de contratación adjudicará el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en licitador que haya presentado la Convocatoria, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el numeral 7 de la presente convocatoria. Derivado de este procedimiento de Invitación se celebrará contrato, cuyo modelo consta en el Anexo No. 7 de esta Convocatoria, mismo que se adecuara a lo previsto en la presente Convocatoria y lo que se derive de la junta de aclaración a la misma. La totalidad del servicio de la partida única será asignado a un solo licitante. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro pequeñas y medianas empresas nacionalesmejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 Bis segundo párrafo 145 LCSP. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo, sin perjuicio de la Ley, Para lo cual en caso aplicación de resultar adjudicado, previo criterios para la determinación de ofertas anormalmente bajas. La mesa procederá a requerir a la firma empresa que ha obtenido la mejor puntuación, mediante comunicación electrónica, para que constituya la garantía definitiva, si se precisaran y en su caso, la suscripción de las pólizas que se indican en el apartado 16 del contratoAnexo I al pliego y todo ello en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación. Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares, siendo únicamente necesario la manifestación expresa por parte del licitador de su inscripción en el Registro o base de datos correspondiente. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de la presentación en las convocatorias de contratación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como de la acreditación de la no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en aquél. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea. Además, en el plazo de 7 días hábiles, deberá presentar cualquier otra documentación que no figure inscrita en el Registro de Licitadores. Por tanto, en aquellos casos en los que no resultara exigible la obligación de figurar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en aplicación a lo dispuesto en la Disposición Transitoria tercera de la LCSP, o cuando alguno de los datos o documentos no constaran inscritos en el referido Registro, la mesa de contratación deberá requerir al empresario que haya presentado la mejor oferta, así como a todas las empresas integrantes de la UTE que haya sido propuesta como adjudicataria, para que en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación presenten, en su caso, la siguiente documentación:
1.- Capacidad de obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio
1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa.
1.5.- Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que acredite lo manifestado se presente. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en el escrito solicitado en el inciso h) relación con las empresas de Estados signatarios del numeral 8, conforme al Anexo No.6 acuerdo sobre Contratación Pública de la presente ConvocatoriaOrganización Mundial de Comercio.
1.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
2.- Poder de representación
3.- Solvencia económica, presentando copia de su última declaración anual de impuestos financiera y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados anteriormente técnica o bien, de no haber empresas de ese sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Xxxxxxx, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de conformidad con el artículo 54 segundo párrafo del Reglamentoprofesional.
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