ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presente la documentación abajo indicada: 1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva 2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local. 3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. 4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social 2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas. 3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte. 4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. 5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. 6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización. 7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas, Suministro De Productos Para El Tratamiento Higiénico De Piscinas, Service Agreement
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano Órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para queContratación, en el un plazo xx XXXX DIAS HABILESmáximo de dos meses, a contar desde la apertura de proposiciones, dictará acuerdo de adjudicación. El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior. Dicho plazo se contará desde el día siguiente a la fecha de recepción del requerimiento, presente de la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente misma en el cumplimiento Registro General de sus obligaciones tributarias la Universidad. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente los criterios que figuran en el cumplimiento pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de sus obligaciones con contratante. La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES a aquél en que se reciba la Seguridad Social.
4notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso contratos sujetos a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contrataciónregulación armonizada, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadoreslicitadores y candidatos. Una El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido dicho el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. El contrato se formalizará en documento administrativo, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. El contratista vendrá obligado a firmar en el acto de formalización del contrato, en prueba de conformidad con los mismos, el adjudicatario deberá formalizar Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7Prescripciones Técnicas. Cuando por causas imputables al contratista, adjudicatario no pudiere formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo señaladoindicado, la Universidad xx Xxxxxx podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización indemnizará al contratista de los daños y perjuicios ocasionadosque la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, pudiéndose adjudicar excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP. A efectos del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de coordinación de actividades empresariales (art. 24 de la Ley 31/1995, de 5 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus reglamentos de desarrollo), en el caso de que el contrato implique la presencia en las dependencias de la Universidad, de trabajadores a cargo de la empresa adjudicataria, ésta deberá presentar la documentación que, sobre el cumplimiento en esta materia, le sea solicitada por el Responsable del Contrato designado por la Universidad xx Xxxxxx, con anterioridad al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden inicio de sus ofertas, contando con la conformidad ejecución del nuevo adjudicatariocontrato.
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Samples: Services Agreement, Servicios, Servicios De Asesoramiento Y Mediación en Seguros Privados
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano Órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para queContratación, en el un plazo xx XXXX DIAS HABILESmáximo de dos meses, a contar desde la apertura de proposiciones, dictará acuerdo de adjudicación, mediante resolución motivada. El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior. Dicho plazo se contará desde el día siguiente a la fecha de recepción del requerimiento, presente de la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente misma en el cumplimiento Registro General de sus obligaciones tributarias la Universidad. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente los criterios que figuran en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4pliego. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresariosLa adjudicación deberá ser motivada, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante perfil de Logroño Deporte.
4contratante. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la La formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve deberá efectuarse no más tarde de los QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial aquél en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita reciba la notificación de la adjudicación a los licitadoreslicitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. Una vez transcurrido El contrato se formalizará en documento administrativo, constituyendo dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de la su otorgamiento. El contratista vendrá obligado a firmar en el acto de formalización del contrato ocontrato, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensiónprueba de conformidad con los mismos, el adjudicatario deberá formalizar Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7Prescripciones Técnicas. Cuando por causas imputables al contratista, adjudicatario no pudiere formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo señaladoindicado, la Universidad xx Xxxxxx podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización indemnizará al contratista de los daños y perjuicios ocasionadosque la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, pudiéndose adjudicar excepto en los casos previstos en el artículo 113 deL TRLCSP. A efectos del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de coordinación de actividades empresariales (artículo 24 de la Ley 31/1995, de 5 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus reglamentos de desarrollo), en el caso de que el contrato implique la presencia en las dependencias de la Universidad, de trabajadores a cargo de la empresa adjudicataria, ésta deberá presentar la documentación que, sobre el cumplimiento en esta materia, le sea solicitada por el Responsable del Contrato designado por la Universidad xx Xxxxxx, con anterioridad al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden inicio de sus ofertas, contando con la conformidad ejecución del nuevo adjudicatariocontrato.
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Samples: Suministro, Servicio, Suministro
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano Órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para queContratación, en el un plazo xx XXXX DIAS HABILESmáximo de dos meses, a contar desde la apertura de proposiciones, dictará acuerdo de adjudicación. El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior. Dicho plazo se contará desde el día siguiente a la fecha de recepción del requerimiento, presente de la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente misma en el cumplimiento Registro General de sus obligaciones tributarias la Universidad. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente los criterios que figuran en el cumplimiento pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de sus obligaciones con contratante. La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES a aquél en que se reciba la Seguridad Social.
4notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal contratos sujetos a Recurso Especial en Materia de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contrataciónContratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadoreslicitadores y candidatos. Una El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido dicho el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. El contrato se formalizará en documento administrativo, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. El contratista vendrá obligado a firmar en el acto de formalización del contrato, en prueba de conformidad con los mismos, el adjudicatario deberá formalizar Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7Prescripciones Técnicas. Cuando por causas imputables al contratista, adjudicatario no pudiere formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo señaladoindicado, la Universidad xx Xxxxxx podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización indemnizará al contratista de los daños y perjuicios ocasionadosque la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, pudiéndose adjudicar excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP. A efectos del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de coordinación de actividades empresariales (art. 24 de la Ley 31/1995, de 5 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus reglamentos de desarrollo), en el caso de que el contrato implique la presencia en las dependencias de la Universidad, de trabajadores a cargo de la empresa adjudicataria, ésta deberá presentar la documentación que, sobre el cumplimiento en esta materia, le sea solicitada por el Responsable del Contrato designado por la Universidad xx Xxxxxx, con anterioridad al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden inicio de sus ofertas, contando con la conformidad ejecución del nuevo adjudicatariocontrato.
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Samples: Servicio, Service Agreement, Service Agreement
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1La mesa de valoración elevará al órgano de contratación de FISEVI una relación de ofertas por orden decreciente de la puntuación obtenida, basada en los criterios indicados en el presente Xxxxxx, acompañada de una propuesta de adjudicación. El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto para que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para quepresente, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presente de 5 días además de la documentación abajo indicadaacreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia que se le requieran, la siguiente documentación:
1. Resguardo acreditativo a) Obligaciones Tributaria - Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. - Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la Hacienda Estatal, Administración Autonómica y Localde deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
3b) Obligaciones con la Seguridad Social. Certificación positiva acreditativa expedida, por la Tesorería de estar la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
4c) Impuesto sobre Actividades Económicas. Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal estar exento de empresarioseste impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Acreditación de haber constituido la garantía definitiva, cada uno en alguna de los componentes de la unión aportará certificación positiva las formas indicadas en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2este pliego. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad. En ese caso se procederá a recabar requerir la misma documentación al licitador siguiente, por el orden a la oferta que haya obtenido la segunda mejor puntuación y se actuará de acuerdo a lo dispuesto en que hayan quedado clasificadas.
3los apartados precedentes. Recibida A la documentación, vista de la documentación aportada el órgano de contratación adjudicará el procederá a la adjudicación del contrato. Dicha adjudicación se notificará , a los licitadores y se publicará su publicación en el Perfil perfil de contratante y a notificarlo a todos los licitadores. Dentro del Contratante plazo máximo de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince 8 días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en se procederá a su caso, cuando el formalización. Los servicios dependientes del órgano competente de contratación requerirán al adjudicatario para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7requerimiento. Cuando por causas imputables al contratista, adjudicatario no pudiere formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo señaladoindicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad. Si las causas de la no formalización fueren imputables a FISEVI, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización indemnizará al contratista de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con que la conformidad del nuevo adjudicatariodemora le pudiera ocasionar.
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Samples: Contrato De Suministro Y Servicios
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá Conforme al artículo 151.2 del TRLCSP, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa será requerido para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESxxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimientoaquél en que hubiera recibido el requeri- miento, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas siguiente documentación: - Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Hacienda EstatalSeguri- dad Social. - Resguardo de la garantía definitiva y, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa en su caso, de estar al corriente la garantía complementaria exigida en el cumplimiento cuadro de sus obligaciones con características [apartado II.4]. Cuando así se admita en di- cho cuadro de características, la Seguridad Social.
4constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En - Cuando así sea exigible en el cuadro de características y por los importes indica- dos, original o copia compulsada de la póliza y último recibo del seguro de respon- sabilidad civil, que cubra los riesgos derivados de la prestación del servicio en las dependencias del Ministerio de Fomento. - Cuando el licitador, para justificar su solvencia, se hubiera basado en la solvencia y medios de otras entidades [artículo 63 del TRLCSP], la escritura pública en que se formalice el compromiso de puesta a disposición de medios. No se considerará jus- tificado este requisito cuando en la escritura figuren estipulaciones de las que se derive que, en el caso de adjudicarse el contrato al licitador, éste no dispondría efectivamente de los medios necesarios para ejecutar el contrato. Además deberá justificar: La solvencia, medios o clasificación de las entidades con las que pretenda complementar las que le faltaban para poder celebrar el contrato. Los contratos, por los cuales, esas entidades se comprometen a ejecutar una parte de la prestación objeto del contrato. Estos contratos deberán estar suscri- tos en escritura pública. También podrán suscribirse en documento privado pe- ro, en este caso, deberán suscribirse ante funcionario competente del órgano de contratación por un representante del adjudicatario y un representante con poder bastante de esas entidades. Se considerará que no se ha cumplido este requisito cuando: - La suma de los medios o clasificaciones aportados no sean suficientes para cubrir los exigidos en este pliego. - Los contratos aportados no permitieren, a juicio del órgano de contratación, dedu- cir que el adjudicatario sea una unión temporal contratista tendrá efectivamente a su disposición los medios de empresarioslas enti- dades con quienes se hubiesen celebrado, cada uno o pueda obligarlas legalmente a ejecu- tar la parte de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2prestación que las corresponda. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá en- tenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadasclasi- ficadas las ofertas.
32. Recibida la documentación, La adjudicación se acordará por el órgano de contratación adjudicará en resolución motivada en el contrato. Dicha adjudicación plazo señalado en el artículo 151.3 del TRLCSP, y se notificará a los licitadores y publicará conforme a lo establecido en los artículos 53 y 151.4 del TRLCSP.
3. La adjudicación del contrato se publicará realizará dentro del plazo regulado en el Perfil artículo 161.2 del Contratante TRLCSP, salvo que en el cuadro de Logroño Deportecaracterísticas [apartado III.5] se haya esta- blecido un plazo especial.
4. Cuando La notificación de la adjudicación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores haya hubiesen designado al presen- tar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007 de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
5. Tanto en la notificación de la adjudicación a los licitadores como en su publicación en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme el artículo 140.3
6. Conforme a lo establecido en el artículo 59.1 del TRLCSP, cuando los licitadores ha- yan concurrido en Unión Temporal de EmpresasUTE, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización for- malización del contrato.
57. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la La formalización del contrato o, se llevará a cabo y se publicará conforme a lo dispuesto en su caso, cuando el órgano competente para la resolución los artículos 154 y 156 del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalizaciónTRLCSP.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Cleaning Services Contract
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El contrato se llevará a cabo mediante adjudicación, que realizará el órgano de contratación requerirá en el plazo máximo de tres meses a contar desde el siguiente al licitador que haya presentado de la oferta económicamente más ventajosa para queapertura de proposiciones económicas. Previamente a la adjudicación, la persona propuesta como adjudicataria, en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar xxxx días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción del aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación abajo indicadadeberá realizar las siguientes actuaciones:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido a) Constituir la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa b) Presentar copia de estar al corriente en el cumplimiento la póliza del seguro de sus obligaciones con responsabilidad civil que cubra los daños que se pueda ocasionar durante la Seguridad Socialejecución del contrato a las personas o instalaciones, incluida la defunción, por un importe de 800.000 €.
4c) Pagar los gastos de los anuncios de licitación y de adjudicación (estos últimos a cuenta) tanto en los boletines oficiales como en otros medios de difusión.
d) Si el adjudicatario fuera una agrupación de empresas, deberá, antes de la firma del contrato, acreditar su constitución legal como Unión Temporal de Empresas y el CIF de la misma.
e) Cumplimentar lo previsto el pliego de condiciones sobre prevención de riesgos laborales para empresas. (Anexo III) En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal falta de empresariosformalización del contrato por causas imputables al o a la contratista, cada uno la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de los componentes de daños y perjuicios. Cuando no proceda la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De adjudicación por no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso antes de proceder a recabar una nueva convocatoria la misma documentación Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador siguientelicitador/a licitadores/as siguientes a aquél o aquella, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que la nueva empresa adjudicataria haya prestado su conformidad. Recibida en cuyo caso se concederá a ésta un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente. Al amparo de lo previsto en el art. 155.2 del TRLCSP, en caso de renuncia a la documentación, celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento acordado por el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5adjudicación, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a quienes hayan licitado será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquellos/as. El contratista podrá solicitar que Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato se eleve a escritura públicay transcurridos los plazos para la interposición de recursos, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso hayan interpuesto, la documentación que lleve aparejada acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los/las interesados/as. Transcurrido el plazo de 1 mes desde que dicha documentación quede a disposición de los/las interesados/as, la suspensión Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las personas o empresas licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, debiendo comparecer en el Ayuntamiento para ello. En el caso de falta de formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señaladoa la Administración, se resolverá el mismo con pérdida de indemnizará al o a la fianza e indemnización contratista de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con que la conformidad del nuevo adjudicatariodemora le pudiera ocasionar.
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Samples: Contract for Maintenance Services
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1La propuesta de adjudicación la realizara la Mesa de contratación en los procedimientos abiertos y restringidos, y los servicios técnicos y jurídicos de la entidad, en los negociados, al órgano competente que decidirá sobre la adjudicación del contrato. El La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a AGUAS XXXXXX XX XXXXX SAU. No obstante, cuando el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado no adjudique el contrato de acuerdo con la oferta económicamente más ventajosa para quepropuesta formulada deberá motivar su decisión. La adjudicación del contrato será comunicada a los licitadores, en el plazo xx XXXX DIAS HABILESmáximo de 3 días desde la fecha de adjudicación, pudiendo AGUAS XXXXXX XX XXXXX SAU, a contar desde efectos informativos, publicar la adjudicación del contrato en el día siguiente perfil de contratante. El contrato se perfeccionara con la adjudicación entendida como acto único, sin diferenciar entre adjudicación provisional y definitiva. AGUAS XXXXXX XX XXXXX SAU podrá incluir en los contratos cualquier pacto, clausula y condición que estime conveniente, siempre que no sea contraria al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena administración, siendo el contenido mínimo de los mismos el siguiente: Identificación de las partes. Acreditación de la capacidad de los firmantes. Definición del objeto. Referencia a la recepción del requerimientolegislación aplicable. Enumeración de los documentos que integran el contrato, presente pudiendo estar dicha lista jerarquizada y ordenada según el sistema de prioridad acordado por las partes, en cuyo supuesto, y salvo caso de error manifiesto, el orden pactado se utilizara para determinar la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente prevalencia respectiva en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. En el caso de que existan contradicciones entre diversos documentos. El precio cierto o el adjudicatario sea una unión modo de determinarlo. La duración o las fechas estimadas para el comienzo de su ejecución y para su finalización, así como la prorroga o prorrogas, si estuviesen previstas. Las condiciones de recepción, entrega o admisión de las prestaciones. Las condiciones de pago. Los supuestos en los que procede la resolución. La extensión objetiva y temporal del deber de empresariosconfidencialidad que, cada uno en su caso, se imponga al contratista. No se podrán incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los componentes de la unión aportará certificación positiva establecidos en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento los Pliegos o, en su defecto, en el plazo señaladoacto de adjudicación del contrato. Los contratos se formalizaran con carácter general, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose formalizaran en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3documento privado. Recibida la documentaciónNo obstante, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de a su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato Ello no es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación aplicable a los licitadorescontratos menores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada Los Pliegos de condiciones específicos de cada tipo de contrato y toda la suspensión de la formalización del contrato o, en documentación necesaria para su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalizacióndesarrollo revisten carácter contractual.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Internal Hiring Instructions
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá 1- Conforme al Artículo 151.2 del TRLCSP, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa será requerido para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción del aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas siguiente documentación: - Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4, o autorización expresa del órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. En - Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, complementaria que proceda, recogida en el Cuadro de Características (apartado II.3) - Cuando el licitador, para justificar su solvencia, se hubiera basado en la solvencia y medios de otras entidades [Artículo 63 del TRLCSP], la escritura pública en que se formalice el compromiso de puesta a disposición de medios. No se considerará justificado este requisito cuando en la escritura figuren estipulaciones de las que se derive que, en el caso de que adjudicarse el adjudicatario sea una unión temporal de empresarioscontrato al licitador, cada uno éste no dispondría efectivamente de los componentes medios necesarios para ejecutar el contrato. - Cuando así se exija en el Cuadro de Características, documentación acreditativa de que se dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la unión aportará certificación positiva ejecución del contrato conforme al Artículo 64.2 del TRLCSP. Además, si el licitador hubiera presentado la DECLARACIÓN RESPONSABLE a que se refiere el apartado 14 cláusula 7 xxx Xxxxxx, el órgano de contratación le requerirá para que, en materia el plazo xx xxxx días a contar desde aquel en que hubiera recibido el requerimiento, acredite la posesión y validez de Hacienda/s y Seguridad Social
2los documentos exigidos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadasclasificadas las ofertas.
3. Recibida la documentación, 2- La adjudicación se acordará por el órgano de contratación adjudicará en resolución motivada en el contrato. Dicha adjudicación plazo señalado en el Artículo 151.3 del TRLCSP y se notificará a los licitadores y se publicará conforme a lo establecido en el Perfil los Artículos 53 y 151.4 del Contratante de Logroño DeporteTRLCSP.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano La elevación a definitiva de contratación requerirá al licitador la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar transcurran 15 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la recepción del requerimientoadjudicación provisional. Durante este plazo, presente el adjudicatario provisional deberá aportar los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva
2, conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente y de haber abonado todos los anuncios de licitación. Certificaciones positivas acreditativas Asimismo, podrá exigirse motivadamente al adjudicatario que acredite de hallarse nuevo su personalidad y capacidad para contratar. Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos: Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Asimismo deberá justificarse la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento xx Xxxxxx y con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mediante el correspondiente certificado. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Si en el plazo anteriormente señalado no se recibiese esta documentación o el licitador no justificase que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4, la Mesa de Contratación propondrá como adjudicatario provisional al licitador o licitadores siguientes por orden de sus ofertas. En el caso de que el adjudicatario sea contrato fuera adjudicado a una Agrupación de empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato y NIF asignado a la agrupación. En el caso de unión temporal de empresariosempresas, cada uno de los componentes después de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s adjudicación, y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a , deberán aportar la escritura pública, corriendo pública de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalizaciónmisma.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Concession Agreement
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1El órgano de contratación, previos los informes técnicos correspondientes, requerirá y adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones pudiendo, alternativamente declarar desierto la licitación, sin que tengan derecho los licitadores a reclamación alguna. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva, en su caso, la garantía depositada. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESxxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte los documentos exigidos como requisitos para contratar con el Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx y que se detallan en la cláusula 5.1 del presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatalpliego, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa aporte los documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4, de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente, y de haber abonado, en su caso, todos los anuncios de licitación. Asimismo, el órgano de contratación podrá reclamar cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y a los efectos previstos en los artículos 13, 14 y 15 del RGLCAP. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes concreto deberán aportarse las certificaciones positivas de la unión aportará certificación positiva en materia Agencia Tributaria y la Tesorería de Hacienda/s y la Seguridad Social
2, respectivamente, así como certificación de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias a los efectos previstos en el artículo 43.1 f) de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y de la Seguridad Social. De - Alta en el impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Si en el plazo señaladoanteriormente señalado no se cumplimentase adecuadamente el requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3clasificadas las ofertas. Recibida la documentación, el El órgano de contratación adjudicará deberá adjudicar el contratocontrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Dicha adjudicación se Se notificará a los candidatos o licitadores y y, simultáneamente, se publicará en el Perfil perfil de contratante. De acuerdo con el artículo 151.4 del Contratante TRLCSP la notificación deberá contener los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de Logroño Deportelas razones por las que se haya desestimado su candidatura.
4. Cuando b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya concurrido en Unión Temporal de Empresasadmitido su oferta.
c) En todo caso, la escritura de constitución deberá aportarse antes el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. No obstante, será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el art. 153. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al art. 156.3. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. La formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo deberá efectuarse no más tarde de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde siguientes a aquél en que se remita reciba la notificación de la adjudicación a los licitadoreslicitadores y candidatos en la forma prevista en el art. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7151.4. Cuando por causas imputables al contratista, adjudicatario no pudiere formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo señaladoindicado, se resolverá el mismo con pérdida la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la fianza e indemnización garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Formalizado el contrato y transcurrido los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación administrativa que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores interesados. Si estos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a aquella fecha en que se les notifique la adjudicación, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatarioel Consorcio no estará obligado a seguirla custodiando y podrá proceder a su destrucción.
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ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano competente (Pleno), una vez recibida la documentación de la mesa de contratación requerirá al licitador y los informes pertinentes que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para queconsiderase precisos y oportunos, en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente de tres meses siguientes a la recepción apertura de las proposiciones, resolverá adjudicando el contrato o declarando desierto el concurso. La decisión que tome el órgano de contratación será notificada a los participantes en la licitación. Al realizar la notificación al adjudicatario del requerimientocontrato, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido se le requerirá para que constituya la garantía definitiva
2definitiva en la cuantía y forma indicada en la cláusula de este pliego y en el plazo de quince días hábiles siguientes al de la contratación. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse Asimismo, el licitador propuesto deberá acreditar en los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con y de Seguridad Social, mediante la Hacienda Estatal, Autonómica presentación de la siguiente documentación: Certificación expedida por el órgano competente de la Administración del Estado y Local.
3de la Comunidad Autónoma referente a la inexistencia de deudas tributarias en fecha inmediatamente anterior a la adjudicación. Certificación positiva acreditativa de estar al a corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4Social en fecha inmediatamente anterior a la adjudicación. En Alta en el caso I.A.E. en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato referida al ejercicio corriente junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Si estuviese exento de pago, conforme el art. 82.1 b) y f) del RD-L 2/2004, de 5 xx xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales se acreditará esta circunstancia mediante resolución expresa de concesión de exención por la A.E.A.T. o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a un millón de euros. Transcurridos tres meses desde la fecha de apertura de las proposiciones económicas sin que el adjudicatario sea una unión temporal de empresariosAyuntamiento hubiese adoptado acuerdo resolutorio del concurso, cada uno podrán los licitadores que lo deseen retirar sus ofertas, así como las garantías depositadas. El correspondiente contrato se formalizará antes de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso treinta días siguientes a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadoresadjudicación. Una vez transcurrido dicho Dentro de este plazo sin el adjudicatario tendrá que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada justificar la suspensión constitución de la formalización garantía definitiva y la aportación del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento resto de formalización.
7documentos legalmente exigibles. Cuando por causas imputables al contratista, adjudicatario no pudiere formalizarse se pudiese formalizar el contrato dentro del plazo señaladocontrato, se resolverá el mismo declarará resuelta la adjudicación, previa audiencia del interesado y con pérdida de la fianza e indemnización garantía provisional presentada. En este caso, el Ayuntamiento Pleno decidirá cuanto convenga, ver acordar la adjudicación a favor de los daños otro licitador, o bien declarar desierto el concurso. INICIO DEL CONTRATO. El concesionario comenzará a prestar el servicio objeto de la concesión a partir de la formalización del contrato en documento administrativo. La concesión se otorga a salvo del derecho de propiedad y perjuicios ocasionadossin perjuicio de terceros. El Xxxxxxxx xx Xxxxx de Rei no participará en la explotación de la gestión del Ciclo Integral del Servicio Municipal de Agua, pudiéndose adjudicar ni asegurará al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatarioconcesionario un rendimiento mínimo.
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Samples: Concession Agreement
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 117.1.- Adjudicación.- A la vista de los informes técnicos recibidos y de la valoración que la Mesa de contratación haga de la documentación contenida en los sobres, dicha Mesa de Contratación elevará la oportuna propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Dicha propuesta de adjudicación, que se efectuará a favor de la empresa o empresario que, según los criterios de valoración, haya realizado en conjunto la mejor oferta, y la económicamente más ventajosa, no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto. No obstante, si el órgano de contratación no adjudicara el contrato de acuerdo con la propuesta formulada, deberá motivar su decisión. El órgano de contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación y con las especialidades señaladas, procederá a la adjudicación de la licitación que será notificada al adjudicatario y al resto de licitadores, por correo certificado con acuse de recibo, y publicada en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Zuia. La adjudicación deberá ser acordada por el órgano de contratación en el plazo máximo de dos meses desde la apertura de las proposiciones. - El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESxxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento requerimiento, presente la documentación justificativa de formalización.
7hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, así como cualesquiera otros documentos requeridos por el presente pliego. Igualmente deberá en este plazo constituir garantía definitiva, por importe de 9.500 euros en los términos previstos en la cláusula 8 de este Pliego. Cuando no proceda la adjudicación por causas imputables al contratistano cumplir el adjudicatario con las obligaciones a que se ha hecho referencia, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar podrá efectuarse una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden de en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, ofertas y contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. En este caso, se otorgará a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado. El órgano de contratación, deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. - La adjudicación deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Zuia. El contrato se perfeccionará con su formalización.
17.2.- Formalización del contrato.- El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de los quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación salvo que el adjudicatario solicite su elevación a escritura pública, en cuyo caso correrán de su cuenta todos los gastos que con tal motivo se originen, siendo requisito necesario previo cumplimentar lo siguiente:
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Samples: Service Agreement
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, adjudicará el contrato en el plazo xx XXXX DIAS HABILESmáximo de un mes, a contar contado desde el día siguiente acto de apertura pública de la oferta económica. De no dictarse, los/las empresarios/as tendrán derecho a la recepción del requerimientoretirar sus proposiciones sin penalidad alguna, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitivay no tendrán derecho a indemnización alguna.
2. Certificaciones positivas acreditativas Se podrá declarar desierta la licitación por motivos de hallarse interés público, aunque las ofertas presentadas sean conformes al corriente en el cumplimiento presente pliego de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatalcondiciones, Autonómica y Local.cuando concurran circunstancias de carácter fáctico o jurídico
3. Certificación positiva acreditativa Los/las licitadores/as no tendrán derecho a indemnización si la Junta de estar al corriente en Gobierno declarase desierto el cumplimiento de sus obligaciones con contrato o desistiese o renunciase a la Seguridad Sociallicitación, por interés público.
4. En el caso La Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx acomodará su acuerdo de adjudicación a la propuesta de adjudicación que el adjudicatario sea una unión temporal le haya hecho la Mesa de empresarioscontratación, cada uno salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico. Previamente y con independencia de los componentes informes técnicos que haya recibido la Mesa de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentacióncontratación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deportepodrá solicitar cuantos otros informes considere necesarios para formarse su voluntad.
45. Cuando los licitadores haya concurrido Una vez acordada la adjudicación del contrato, será notificada a los/las participantes en Unión Temporal la licitación.
6. El contrato se formalizará en documento administrativo, dentro del plazo de Empresascinco días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión, la escritura constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El presente pliego de constitución deberá aportarse antes de la formalización condiciones se considerará parte integrante del contrato.
57. El Como requisito previo, el/la contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastosconstituirá la garantía definitiva.
68. Si el contrato es susceptible de recurso especial no se formalizase en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, previa audiencia del interesado, con incautación de las garantías constituidas para la licitación o con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5 por 100 del valor estimado del contrato dentro e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje, o bien conceder un nuevo plazo improrrogable con aplicación del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida régimen de penalidades previsto en los pliegos reguladores de la fianza e contratación, para la demora en la ejecución del contrato.
9. Si la causa de la no formalización fuere imputable al Ayuntamiento, el/la contratista podrá solicitar la resolución del contrato y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con procedentes.
10. No podrá iniciarse la conformidad ejecución del nuevo adjudicatariocontrato sin la previa formalización del mismo.
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Samples: Contract for Services
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. 5.1 El órgano Contratante adjudicará el contrato al Oferente elegible cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con las especificaciones y demás requisitos exigidos en estos documentos y que representa el precio más bajo.
5.2 Una vez notificada la adjudicación, el Oferente adjudicatario dispondrá de contratación requerirá al licitador que haya presentado 21 días para presentarse a la oferta económicamente más ventajosa para quedirección del contratante a firmar el contrato, preparado en el formulario de Contrato incluido en la Sección III.
5.3 La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es: El plazo xx XXXX DIAS HABILEStotal de ejecución del proyecto será de Ciento Veinte (120) Días Calendario a partir de la Orden de Inicio; Sin embargo, el contratista deberá programar su cronograma de construcción de las obras en función de las prioridades establecidas por El Contratante, tal como a contar desde continuación se muestra: PRIORIDAD OBRA FECHA DE TERMINACIÓN 1 Reparaciones y Mejoras de la Casa CC1- 12A, Apartamento #4 y #7 del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Río Lindo. Treinta (30) Días Calendario a partir de la Orden de Inicio. 2 Construcción del techo de las Instalaciones de las Oficinas del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Río Lindo Sesenta (60) días calendario a partir de la Orden de inicio. 3 Finalización de las Instalaciones de Casa de Huéspedes en el día siguiente Campamento del Complejo Hidroeléctrico Cañaveral - Río Lindo. Ciento Veinte (120) Días Calendario a partir de la Orden de Inicio. La Fecha de la Orden de Inicio corresponderá a la fecha en que el contratista confirme la recepción del requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente anticipo en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4su cuenta. En el caso Caso de que el adjudicatario sea contratista rechace el anticipo, la Fecha de la Orden de Inicio será: Cinco (05) días calendario a partir de la firma del Contrato.
5.4 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, hasta el monto máximo del veinte por ciento (20%) del Precio del Contrato. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una unión temporal de empresarios, cada uno garantía bancaria emitida según el formulario que se suministra en estos Documentos. Dicha garantía deberá ser presentada por el Contratista dentro de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso 15 días siguientes a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contratoContrato.
5. El contratista podrá solicitar 5.5 Se requerirá que el contrato se eleve Oferente adjudicatario entregue al Contratante una Garantía Bancaria de Cumplimiento aceptable para el Contratante, por un monto equivalente al 15 por ciento del Precio del Contrato, dentro de los 15 días siguientes a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato oContrato.
5.6 Las Garantías se presentarán empleando los modelos incluidos en estos documentos, en su casouna de las siguientes formas: Garantía Bancaria emitida por un Banco establecido en Honduras, cuando el órgano competente para autorizado por la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento Comisión Nacional de formalizaciónBanca y Seguros.
7. Cuando por causas imputables al contratista, 5.7 Previo a la firma del contrato el Contratista Adjudicado deberá presentar la Declaración Jurada donde se declara que no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida encuentra comprendido en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades previstas en los Artículos 15 y 16 de la fianza Ley de Contratación del Estado (Aptitud para contratar e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatarioinhabilidades).
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Samples: Construction Contract
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General
1. Por la secretaría general en el plazo máximo del tercer día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores. Si observará defectos no sustanciales en la documentación presentada por los licitadores podrá otorgar plazo improrrogable de tres días para su subsanación. En todo caso se considerarán defectos no subsanables la falta de acreditación de clasificación cuando sea requerida, y cuando así se exigiera, la omisión total o parcial de la garantía provisional. NOMBRE: Santiago Perdices Xxxxxx Admitidas las proposiciones, se acreditará mediante acta suscrita por el secretario de la Corporación del procedimiento de negociación del contrato y, seguidamente, previo informe motivado del órgano gestor, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESxxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo 1168433B17D88D2C7FE21CFC5B1AFB4AB74A18F0 MOTIVO: Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas Moralzarzal - xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/XXXxxxxxxXxxxxxxxx - Código Seguro de Verificación: 28090IDOC24A8E3B9E542CAA44AC justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. En el caso Social o autorice al órgano de que el adjudicatario sea una unión temporal contratación para obtener de empresariosforma directa la acreditación de ello, cada uno de disponer efectivamente de los componentes medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la unión aportará certificación positiva garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2los pliegos. De El no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadasclasificadas las ofertas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá 1.- Conforme al artículo 151.2 del TRLCSP, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa será requerido para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESxxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1siguiente documentación: Aquella que acredite la posesión y validez de los documentos en cumplimiento de las circunstancias manifestadas en su declaración responsable: Sobre Nº1 “condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración”. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. , o autorización expresa al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello Garantía definitiva: En la forma y cuantía que, en su caso, se establezca en el caso Cuadro de que características [apartado 13.2], deberá aportarse la documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva [artículo 95 del TRLCSP), o solicitud de constitución mediante retención de precio, si se admite esta posibilidad en el adjudicatario sea una unión temporal apartado 13.4 de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2dicho cuadro. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadasclasificadas las ofertas.
3. Recibida la documentación, 2.- La adjudicación se acordará por el órgano de contratación adjudicará en resolución motivada en el contrato. Dicha adjudicación plazo señalado en el artículo 151.3 del TRLCSP, y se notificará a los licitadores y publicará conforme a lo establecido en los artículos 53 y 151.4 del TRLCSP. El contenido de la notificación a los licitadores se publicará adjunta en el Perfil modelo del Contratante de Logroño DeporteANEXO IV.
43.- La adjudicación del contrato se realizará dentro del plazo regulado en el artículo 161.2 del TRLCSP, (Cuadro de características – apartado 17)
4.- La notificación de la adjudicación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. Cuando En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE licitadores hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007 de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
5.- Tanto en la notificación de la adjudicación a los licitadores haya como en su publicación en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme el artículo 156.3
6.- Conforme a lo establecido en el artículo 59.1 del TRLCSP, cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de EmpresasUTE, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la 7.- La formalización del contrato o, se llevará a cabo y se publicará conforme a lo dispuesto en su caso, cuando el órgano competente para la resolución los artículos 154 y 156 del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7TRLCSP. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE
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Samples: Contrato De Servicios
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá al licitador estará asistido por una Mesa de Contratación que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presente además de calificar la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatalprevia y técnica, Autonómica admitiendo y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación. La composición de la Mesa de Contratación será la que sigue a continuación: Presidente: Gerente de IRVI S. A. o persona en la que éste delegue o le sustituya. Secretario: Asesor Jurídico de IRVI S. A. o quien le sustituya. Vocales: Arquitecta de la Oficina Técnica de IRVI S. A. o quien le sustituya. Concluido el plazo para la presentación de ofertas, la Mesa de Contratación procederá, en acto interno, a la apertura y examen del sobre 1, suscribiendo la oportuna Acta teniendo en cuenta el informe de la Asesoría Jurídica del Instituto. Si la Mesa de Contratación, en su caso, observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, preferentemente a la dirección de correo electrónico consignada por los licitadores en su propia oferta o, en su defecto, por fax o por correo. En tal caso, se concederá un plazo de tres días hábiles desde dicha comunicación para que los licitadores los corrijan o subsanen. Seguidamente, y también en acto interno, la Mesa de Contratación procederá a la apertura y examen del sobre 2 de los licitadores que no hayan sido excluidos a resultas del examen del sobre 1, suscribiendo la oportuna Acta teniendo en cuenta el informe de la Oficina Técnica del Instituto. Salvo cuando se prevea que en la licitación puedan emplearse medios electrónicos, la Mesa de Contratación, para la apertura pública de plicas, señalará el día, hora y lugar en la página web institucional del Instituto xxx.xxxx.xx con notificación a los licitadores concurrentes. En ese acto, la Mesa de Contratación participará los licitadores admitidos, los no admitidos así como las causas de su inadmisión. Asimismo, se procederá a la apertura del Sobre nº 3, redactando el Acta correspondiente en la que se reflejará el resultado del acto de apertura de sobres, así cuantas indicaciones e incidencias sean precisas. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente al Instituto. No obstante, cuando el Consejo de Administración del Instituto no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Realizada dicha adjudicación en sesión convocada al efecto, se comunicará a la empresa elegida y se publicará en el Perfil perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes contratante de la entidad. Asimismo, se procederá a comunicar la adjudicación efectuada al resto de participantes. Transcurrido el plazo mínimo de 15 días, el adjudicatario quedará obligado a suscribir el documento de formalización contractual a requerimiento del contrato.
5Instituto. El Con carácter general, se formalizarán en documento privado. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de a su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, Cuando el adjudicatario sea una Unión Temporal de Empresas, con anterioridad a la firma del contrato, se deberá formalizar acreditar su constitución en legal forma. Todos aquellos licitadores que no hubieran resultado adjudicatarios podrán en el contrato en un plazo no superior a cinco días de tres meses a contar desde el siguiente la publicación del anuncio de adjudicación, retirar la documentación presentada en los sobres 1 y 2. Transcurrido dicho plazo y no habiendo sido retirada, IRVI S.A. quedará liberado para podrá proceder a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalizaciónsu destrucción.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Contract for Construction Works
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1La Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente de puntuación, las proposiciones presentadas que no hayan sido excluidas por anormalidad, para FIRMADO por : DEL MORAL XXXXXXX, XXXXXXX. El A fecha: 09/04/2018 10:47:59. Total folios: 66 (21 de 66) - Código Seguro de Verificación: MFOM02S0095EC01957A833344EAC. Verificable en xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx.xx/ O.M de 24/2/2011 MINISTERIO DE FOMENTO SECRETARÍA DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación contratación. Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el órgano de contratación, se adjudicará el contrato en el plazo máximo de ocho meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 158.2 de la LCSP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición, y a la devolución de la garantía provisional. La Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa mejor proposición en base a su relación calidad-precio, de acuerdo con los criterios de adjudicación expresados en la cláusula 20 de este Pliego para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESde tres meses, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación abajo indicada:
1siguiente documentación: - Aquella que acredite, de no haberlo presentado en el sobre o archivo electrónico Nº 1 Documentación administrativa y solvencia, la posesión y validez de los documentos en cumplimiento de las circunstancias mantenidas en su declaración responsable. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas - Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa dicha documentación. Certificación positiva - Documentación acreditativa de estar al corriente haber constituido la garantía definitiva, a favor de la Dirección General de Transporte Terrestre, NIF: S2800113 I. El importe de la garantía será el 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el IVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la LCSP. El importe de adjudicación, a efectos de este contrato, será el resultado de multiplicar el tráfico anual estimado del servicio que venía prestándose, recogido en el Anexo VI de este Pliego, por la tarifa ofertada sin IVA, y por los años de duración del contrato. La garantía definitiva podrá prestarse en la forma establecida en el artículo 108 de la LCSP y quedarán afectas a las responsabilidades del artículo 110 de la LCSP. - Autorización VD concedida a la empresa, que acredite el cumplimiento de sus obligaciones los requisitos de competencia profesional, honorabilidad y capacidad económica, de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 43, 44, 45, 46 y 47 de la Seguridad Social.
4LOTT. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno - La relación de los componentes vehículos, identificados por sus matrículas, que quedarán adscritos al contrato y, si procede, las certificaciones acreditativas de la unión aportará certificación positiva en materia instalación de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento las mejoras en el plazo señaladomaterial móvil. - La ubicación geográfica concreta de los puntos de origen y xx xxxxxx de los servicios, incluyendo tanto aquellos que se entenderá realicen para atender los tráficos del contrato, como los que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3tengan un carácter puramente técnico. Recibida la documentación, el órgano - Estructura de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes costes de la formalización prestación del contratoservicio. - Si procede, concreción de las medidas ofertadas que fomenten la conectividad y la intermodalidad con otros modos de transporte y que faciliten al viajero información sobre las mismas.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Contrato De Concesión De Servicio Público De Transporte Regular De Viajeros
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en En el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar de 15 días hábiles desde el día siguiente a la recepción publicación de la adjudicación provisional en el B.O.P. o en el perfil del requerimientocontratante, presente el adjudicatario deberá presentar la documentación abajo indicadasiguiente documentación:
1. Resguardo acreditativo Alta y, en su caso, último recibo del I.A.E., complementado con una declaración responsable de haber constituido no haberse dado de baja en la garantía definitivamatrícula del citado Impuesto.
2. Certificaciones positivas acreditativas Autorización para acceder a sus datos fiscales, a fin de obtener Certificado acreditativo expedido por el órgano competente, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 15 y 16 del Reglamento General de Contratación de las Administraciones Públicas, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Localimpuestas por las disposiciones vigentes.
3. Certificación positiva acreditativa expedida por el órgano competente en la forma y con los efectos previstos en los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento General de estar Contratación de las Administraciones Públicas, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus las obligaciones con la Seguridad SocialSocial impuestas por las disposiciones vigentes.
4. En Cuando no exista obligación de presentar la justificación a que se refieren los artículos 13 y 14 del Reglamento General de Contratación de las Administraciones Públicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
5. Documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva. Estas garantías deberán presentarse en algunas de las formas establecidas en el caso artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. Documentos que acrediten la constitución de la póliza de seguro exigida y la acreditación de haber efectuado el pago de los gastos de publicación. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación o notificación de la adjudicación provisional, y una vez aportada por el adjudicatario sea una unión temporal la documentación relacionada, el órgano de empresarioscontratación, cada uno dentro del plazo xx xxxx días hábiles, elevará a definitiva la adjudicación provisional realizada, y procederá, en su caso, a la devolución de los componentes las garantías provisionales al resto de licitadores. Cuando no proceda la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señaladoadjudicación definitiva del contrato, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguienteque hubiera resultado adjudicatario provisional por no cumplir con las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a la convocatoria de nueva licitación, la administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador siguiente a aquel por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5clasificadas las ofertas. El contratista podrá solicitar que adjudicatario del contrato queda obligado a suscribir dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el contrato se eleve a escritura pública, corriendo siguiente al de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación definitiva, el correspondiente documento de contrato administrativo, así como los pliegos de cláusulas administrativas y demás documentación contractual. No obstante, el contrato podrá formalizarse en escritura pública a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización instancias del contrato oadjudicatario y a su cargo, en su caso, cuando debiendo presentar ante el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensiónde contratación, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señaladode 45 días siguientes a la formalización de aquella, la primera copia autorizada y dos copias simples del citado documento. La ejecución del contrato se resolverá hace a riesgo y xxxxxxx del contratista, de conformidad con lo dispuesto en el mismo con pérdida artículo 253 de la fianza e indemnización Ley de los daños y perjuicios ocasionadosContratos del Sector Público. La presentación de ofertas en la licitación supone la aceptación expresa por el licitador, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquelsin excepción alguna, por orden de sus ofertastodas las obligaciones consignadas en el presente pliego, contando formando con la conformidad éste parte del nuevo adjudicatariocontrato.
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ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1Una vez concluida la valoración de las ofertas se procederá por la Comisión de Contratación a efectuar la propuesta de adjudicación. El órgano La adjudicación será efectuada por el Consejero Delegado de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, Sociedad en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente máximo de quince días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada, notificada a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil del requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1contratante. Resguardo acreditativo de haber constituido El contratista seleccionado deberá proceder a constituir la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas definitiva en alguna de hallarse al corriente las formas previstas en el cumplimiento TRLCSP y la formalizar un seguro de sus obligaciones tributarias responsabilidad civil con un importe asegurado por siniestro de 600.000 euros, todo ello dentro de los diez días naturales siguientes a notificársele la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa propuesta de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4adjudicación. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2las UTE deberán además acreditar su constitución. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento de documentación, en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose procediéndose, en ese caso su caso, a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
5clasificadas las ofertas. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo formalizará dentro del plazo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita siguientes a la notificación de la adjudicación y en todo caso en los cinco días hábiles siguientes a notificar el requerimiento al contratista para la firma del contrato. Si el adjudicatario desea elevar a escritura pública el contrato deberá notificarlo a la Sociedad siendo de cuenta del adjudicatario los gastos que ello implique. Si por causa imputable al contratista no se formalizase el contrato, la Sociedad Regional podrá proceder a su resolución y a la incautación de la garantía. Adjudicado y formalizado el contrato, la documentación acompañada a las ofertas quedará a disposición de los interesados. En cualquier momento previo a la adjudicación, la Sociedad podrá desistir del procedimiento, mediante Resolución motivada que será publicada en el perfil del contratista y notificada a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalizaciónparticipantes.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Service Agreement
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá estará asistido por una Mesa de Contratación que además de calificar la documentación previa y técnica, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para queórgano de contratación. En todo caso, estará constituida por un presidente, un secretario y al menos un vocal, en el propio pliego se consignará la composición concreta de la Mesa de Contratación. Concluido el plazo xx XXXX DIAS HABILESpara la presentación de ofertas la Mesa de Contratación procederá, en acto interno, a contar desde la apertura y examen del sobre 1, suscribiendo la oportuna Acta teniendo en cuenta el día siguiente informe de la Asesoría Jurídica del Instituto. Si la Mesa de Contratación, en su caso, observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, preferentemente a la recepción del requerimientodirección de correo electrónico consignada por los licitadores en su propia oferta o, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatalsu defecto, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4por fax o por correo. En el caso tal caso, se concederá un plazo de tres días hábiles desde dicha comunicación para que el adjudicatario sea una unión temporal los licitadores los corrijan o subsanen. Seguidamente, y también en acto interno, la Mesa de empresarios, cada uno Contratación procederá a la apertura y examen del sobre 2 de los componentes licitadores que no hayan sido excluidos a resultas del examen del sobre 1, suscribiendo la oportuna Acta teniendo en cuenta el informe de la unión aportará certificación positiva Oficina Técnica del Instituto Salvo cuando se prevea que en materia la licitación puedan emplearse medios electrónicos, la Mesa de Hacienda/s Contratación, para la apertura pública de plicas, señalará el día, hora y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento lugar en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentación, el órgano de contratación adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se notificará página web institucional del Instituto xxx.xxxx.xx con notificación a los licitadores concurrentes. En ese acto, la Mesa de Contratación participará los licitadores admitidos, los no admitidos así como las causas de su inadmisión. Asimismo, se procederá a la apertura del Sobre nº 3, redactando el Acta correspondiente en la que se reflejará el resultado del acto de apertura de sobres, así cuantas indicaciones e incidencias sean precisas. La Mesa de Contratación estará presidida por el Gerente de IRVI SA. y formarán parte de la misma como vocales, al menos, un miembro de la Oficina Técnica designado por la Gerencia, de acuerdo a la exigencia de conocimientos que requiera el contrato objeto de licitación y el responsable de la Asesoría Jurídica del Instituto, que actuará como Secretario. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente al Instituto. No obstante, cuando el Consejo de Administración del Instituto no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Realizada dicha adjudicación en sesión convocada al efecto, se comunicará a la empresa elegida y se publicará en el Perfil perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes contratante de la entidad. Asimismo, se procederá a comunicar la adjudicación efectuada al resto de participantes. Transcurrido el plazo mínimo de 15 días, el adjudicatario quedará obligado a suscribir, el documento de formalización contractual a requerimiento del contrato.
5Instituto. El Con carácter general, se formalizarán en documento privado. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de a su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, Cuando el adjudicatario sea una Unión Temporal de Empresas, con anterioridad a la firma del contrato, se deberá formalizar acreditar su constitución en legal forma. Todos aquellos licitadores que no hubieran resultado adjudicatarios podrán retirar la documentación presentada en los sobres 1 y 2 en el contrato en un plazo no superior a cinco días de tres meses a contar desde el siguiente la publicación del anuncio de adjudicación. Transcurrido dicho plazo y no habiendo sido retirada, IRVI S.A. quedará liberado para podrá proceder a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalizaciónsu destrucción.
7. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
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Samples: Contract for the Execution of Works
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presente Recibida la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentaciónsolicitada, el órgano de contratación adjudicará deberá adjudicar el contratocontrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Dicha En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores y y, simultáneamente, se publicará en el Perfil perfil del Contratante de Logroño Deporte.
4contratante. Cuando los licitadores haya concurrido La notificación deberá contener, en Unión Temporal de Empresastodo caso, la escritura información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de constitución deberá aportarse antes adjudicación. La notificación se hará por cualquiera de la formalización del contrato.
5los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. El contratista podrá solicitar Dado que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el presente contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadoreslicitadores o candidatos. Una vez transcurrido dicho Transcurrido el plazo de quince días sin que se hubiera hubiese interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato oo desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación, en su caso, cuando el órgano competente se requerirá al adjudicatario para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar días, contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento requerimiento, Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar: - Que cuenta con un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL que cubra todos los daños y perjuicios que se produzcan a terceros durante la instalación, o por el propio funcionamiento de los equipos durante todo el periodo de arrendamiento, mediante la presentación del correspondiente certificado según modelo del Anexo V. El contrato administrativo, que se firmará junto con el Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos integrantes de la oferta, constituye título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contrato podrá elevarse a escritura pública si así lo solicita el adjudicatario, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el adjudicatario deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
7. Cuando por causas imputables al contratista, licitador no pudiere pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo señaladoindicado, se resolverá el mismo con pérdida la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la fianza e indemnización garantía provisional. La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante del órgano de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatariocontratación.
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Samples: Suministro E Instalación De Equipos Electrónicos De Iluminación Led
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación requerirá Una vez recibida la documentación requerida al licitador que haya presentado y comprobada la oferta económicamente más ventajosa para que, validez y sujeción de la misma a lo dispuesto en el plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo Xxxxxx y restantes disposiciones de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Hacienda/s y Seguridad Social
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3. Recibida la documentaciónaplicación, el órgano de contratación le adjudicará el contratocontrato dentro de los cinco (5) hábiles siguientes. Dicha Ello no supone aceptación irrevocable de la oferta por parte de FIBICO que se reserva el derecho a condicionar la adjudicación se notificará a la aceptación de las condiciones y/o nuevos requerimientos que pueda establecer a la vista de la oferta, a los licitadores efectos de completarla u homogeneizarla para su perfecta adecuación al objeto del contrato y se publicará sin que en ningún caso afecte a elementos esenciales del contrato ni de la oferta. La resolución de adjudicación deberá de ser motivada y será publicada en el Perfil del Contratante perfil de Logroño Deporte.
4. Cuando los licitadores haya concurrido contratante de FIBICO y en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes el Diario Oficial de la formalización del contrato.
5Unión Europea, indicándose toda la información necesaria que permita a las personas interesadas en el procedimiento interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. El contratista podrá solicitar Dado que el contrato al que se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si refiere el contrato presente Xxxxxx es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización del mismo, que se hará mediante el empleo de medios electrónicos, no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación al licitador, conforme a los licitadoreslo dispuesto en el artículo 153.3 y demás disposiciones concordantes de la LCSP. Una El contrato se perfecciona con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre sito el órgano de contratación de FIBICO. Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá a la adjudicataria para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido dicho el citado plazo de quince días, sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato oo desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación. La formalización de los contratos deberá publicarse, en su casojunto con el correspondiente contrato, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Diario Oficial de la Unión Europea. El órgano de contratación enviará el anuncio de formalización al Diario Oficial de la Unión Europea a contar más tardar 10 días después de la formalización del contrato. Asimismo, previo a la formalización, en el caso de que la ejecución del contrato conlleve un tratamiento de datos personales por parte del contratista, este deberá aportar una declaración responsable en la que se ponga de manifiesto dónde estarán ubicados los servidores de dichos datos y desde dónde se prestarán los servicios asociados a los mismos. En lo que respecta a los datos contenidos en dicha declaración, en el siguiente caso de que exista alguna modificación a aquél en que hubiera recibido lo largo de la vida del contrato, el requerimiento contratista tiene la obligación de formalización.
7comunicarlo a FIBICO. Cuando por causas imputables al contratista, a la entidad adjudicataria no pudiere formalizarse se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo señaladoindicado, se resolverá le exigirá el mismo con pérdida importe del 3% del presupuesto base de licitación IVA excluido en concepto de penalidad, que se hará efectiva en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiese constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra B del apartado 2 del artículo 71 de la fianza e indemnización LCSP. Si las causas de la no formalización fueren imputables a FIBICO, la Fundación indemnizará al contratista de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con que la conformidad del nuevo adjudicatariodemora le pudiera ocasionar.
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ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 1El Órgano de Contratación, previos los informes técnicos correspondientes, requerirá y adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa en el plazo máximo de dos meses a contar desde la apertura de proposiciones pudiendo, alternativamente declarar desierta la licitación, sin que tengan derecho los licitadores a reclamación alguna. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo, el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva, en su caso, la garantía depositada. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILESxxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte los documentos exigidos como requisitos para contratar con DEZF y que se detallan en la cláusula 5.1 del presente la documentación abajo indicada:
1. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva
2. Certificaciones positivas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatalpliego, Autonómica y Local.
3. Certificación positiva acreditativa los documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4, de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente, y de haber abonado, en su caso, todos los anuncios de licitación. Asimismo, el órgano de contratación podrá reclamar cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos: - Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y a los efectos previstos en los artículos 13, 14 y 15 del RGLCAP. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, cada uno de los componentes concreto deberán aportarse las certificaciones positivas de la unión aportará certificación positiva en materia Agencia Tributaria y la Tesorería de Hacienda/s y la Seguridad Social
2, respectivamente, así como, certificación de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias a los efectos previstos en el artículo 43.1 f) de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y de la Seguridad Social. De - Alta en el impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Si en el plazo señaladoanteriormente señalado no se cumplimentase adecuadamente el requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas.
3clasificadas las ofertas. Recibida la documentación, el El órgano de contratación adjudicará deberá adjudicar el contratocontrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Dicha adjudicación se Se notificará a los candidatos o licitadores y y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante perfil de Logroño Deportecontratante. La notificación deberá contener los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
4. Cuando b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya concurrido en Unión Temporal de Empresasadmitido su oferta.
c) En todo caso, la escritura de constitución deberá aportarse antes el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. La formalización del contrato.
5. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo deberá efectuarse no más tarde de su cargo los correspondientes gastos.
6. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince cinco días hábiles desde siguientes a aquél en que se remita reciba la notificación de la adjudicación a los licitadoreslicitadores y candidatos en la forma prevista en las instrucciones de contratación de DEZF. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión En caso de la formalización en escritura pública, los gastos serán por cuenta del contrato oadjudicatario. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, en su caso, cuando el órgano competente para DEZF acordará la resolución del recurso hubiera levantado mismo, sin perjuicio de que pueda reclamar la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
7. Cuando entidad contratante por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionadoscausados. Asimismo, pudiéndose adjudicar podrá proceder a la adjudicación del contrato al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden de en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, contando cotando con la conformidad del nuevo adjudicatario. Formalizado el contrato y transcurrido los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación administrativa que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si estos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, DEZF no estará obligado a seguirla custodiando y podrá proceder a su destrucción.
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Samples: Contract for Services