APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 13.1 La convocante llevará a cabo el trámite para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato cuando: 13.1.1 Se rescinda administrativamente el contrato considerando la parte proporcional del monto de las obligaciones incumplidas. 13.1.2 Se detecten vicios ocultos, defectos de fabricación o calidad inferior a la propuesta de los servicios suministrados. 13.1.3 Por cualquier incumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 20 14. TERMINACIÓN ANTICIPADA O RESCISIÓN DEL CONTRATO.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, CUANDO LA PRESTACIÓN DEL NO SE REALICE EN LA FECHAS SEÑALADAS O QUE LOS MISMOS NO CUMPLAN CON LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO RESPECTIVO, Y UNA VEZ AGOTADO EL PROCEDIMIENTO AL QUE ALUDE EL ARTÍCULO 54 DE “LA LEY” Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 17 14. TERMINACIÓN ANTICIPADA O RESCISIÓN DEL CONTRATO. 18 15. INFRACCIONES Y SANCIONES. 18 16. INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS. 18 17. INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE ANEXOS. 19 18. DEVOLUCIÒN DE PROPUESTAS DESECHADAS. 19 ÍNDICE DE ANEXOS. 20 LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en los Artículos 134 Constitucional, en el Título Tercero, Capítulos Primero y Segundo en sus Artículos 25, 26 Fracción I, 27, 28 Fracción I, 29, 30, 31, 32 segundo párrafo, 33, 34 y en el Título Cuarto, los Artículos 44, 45, 48 fracción II, 50, 51, 52 y 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigente; 26, 30 y 56 de su propio Reglamento, y demás normatividad aplicable en la materia, a través de la Dirección de Adquisiciones, dependiente de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios de la Oficialía Mayor, ubicada en la Av. Xxxxx xx Xxxxx No. 79, 4° piso Esq. con Xx. Xxxxxxxx, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, México, D. F., C.P. 06010, celebrará la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, mediante convocatoria.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO CUANDO: a) SI DESPUÉS DE AGOTADAS LAS PENAS CONVENCIONALES PACTADAS EN LOS CONTRATOS QUE EN SU CASO SEAN APLICADAS POR INCUMPLIMIENTO EN LAS ENTREGAS DE LOS SERVICIOS, SE PERSISTA EL INCUMPLIMIENTO DE LOS MISMOS. b) LOS DOCUMENTOS QUE DEMUESTREN LA RENOVACIÓN DE LAS GARANTÍAS DERIVADAS DE LAS MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS NO SE ENTREGUEN EN LA FECHA ESTABLECIDA PARA TAL EFECTO. c) LAS CONDICIONES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO SEAN INCUMPLIDAS.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La garantía de cumplimiento del contrato se hará efectiva cuando se presente cualquiera de los casos siguientes: Cuando no se cumpla con las características y especificaciones de los SERVICIOS, de conformidad con la propuesta técnica. Cuando se decrete la rescisión por causas atribuibles al PROVEEDOR, Cuando se decrete la terminación anticipada del contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR. En general, cuando no se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el CONTRATO y cause un perjuicio a la ASIPONA DOS BOCAS. En caso de rescisión la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. La garantía de cumplimiento de contrato será liberada en los términos previstos en que fue expedida por la institución afianzadora. Para la cancelación de la garantía de cumplimiento de CONTRATO, se requerirá la manifestación expresa de la ASIPONA DOS BOCAS, mediante oficio de cancelación dirigido a la compañía afianzadora.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 40 21.3. PENAS CONVENCIONALES 40 21.4. DEDUCTIVAS 41 21.5. DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y DEFICIENCIA EN CALIDAD 41 22. SUB-CONTRATACIÓN 41 23. CONFIDENCIALIDAD 41 24. INCONFORMIDADES 42 25. CONTROVERSIAS 42 26. CONSENTIMIENTO PARA DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL 42 27. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES 42 En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27 inciso b, 28, 52, 55 y 56 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, a través de la Dirección de Administración y Finanzas del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México, ubicado en Xx. Xxxxxxxx xxx Xxxxx 000, Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx C.P. 03020, Ciudad de México, para efecto de este procedimiento, convoca a los participantes invitados, personas físicas y/x xxxxxxx, de nacionalidad mexicana, a participar en la Invitación Restringida a cuando menos Tres proveedores, número IR/01/2021, “Contratación de servicios de jardinería y fumigación en inmuebles del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México”, correspondiente al ejercicio 2021, con la finalidad de conseguir mejores condiciones de calidad, precio y oportunidad, de conformidad con las siguientes: Los participantes se obligan a leer detenidamente y cumplir de manera íntegra lo establecido en las presentes Bases, quedando enterados que la omisión o contravención de los puntos o documentos solicitados será motivo de descalificación por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases, en cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 36, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La garantía de cumplimiento del contrato se hará efectiva cuando se presente cualquiera de los casos siguientes: a) Cuando no se cumpla con las características y especificaciones de los SERVICIOS, de conformidad con la propuesta técnica. b) Cuando se decrete la rescisión por causas atribuibles al PROVEEDOR, c) Cuando se decrete la terminación anticipada del contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR. d) En general, cuando no se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el CONTRATO y cause un perjuicio a la ASIPONA Dos Bocas. En caso de rescisión la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. La garantía de cumplimiento de contrato será liberada en los términos previstos en que fue expedida por la institución afianzadora. Para la cancelación de la garantía de cumplimiento de CONTRATO, se requerirá la manifestación expresa de la ASIPONA Dos Bocas, mediante oficio de cancelación dirigido a la compañía afianzadora.
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 16 14. TERMINACIÓN ANTICIPADA O RESCISIÓN DEL CONTRATO. 16 15. INFRACCIONES Y SANCIONES 17 16. INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS. 17 17. INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE ANEXOS. 17 18. DEVOLUCIÓN Y/O DESTRUCCIÓN DE PROPOSICIONES DESECHADAS. 18 ÍNDICE DE ANEXOS. 19 GLOSARIO. Para efectos de esta Convocatoria se entenderá por:
APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 52 19.3. PENAS CONVENCIONALES 52 19.4. DEDUCTIVAS 53 19.5. GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS, SOBRE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O SERVICIOS DEFICIENTES 53 20. SUB-CONTRATACIÓN 54