PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 6.1.- El presupuesto máximo de licitación de la presente contratación, excluido el IVA que debe soportar la Administración, figura en la letra A del Cuadro de características del contrato, y podrá ser modificado a la baja como consecuencia de la negociación. Se indica asimismo el importe correspondiente al IVA y el importe total del contrato IVA incluido. 6.2.- En el supuesto de precio a tanto alzado, la letra A.1 indicará el presupuesto máximo de licitación. 6.3.- En el supuesto de precio unitario e importe total indeterminado, la letra A.2 indicará los precios máximos unitarios de licitación, así como el presupuesto de gasto máximo o indicativo que se prevé para el contrato. El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Administración, que, por tanto, no queda obligada a llevar a efecto una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del importe indicado. Además, por tratarse de un importe meramente indicativo, las necesidades reales podrán determinar un incremento del mismo. 6.4.- En el supuesto de que se utilice otro sistema de determinación del precio del contrato, se indicará dicho sistema en la letra A.2, así como el presupuesto de gasto máximo que se prevé para el contrato. 6.5.- En el supuesto de licitación por lotes, la letra A.3 desglosará el presupuesto máximo de licitación por cada uno de los lotes, e indicará el presupuesto de gasto máximo de la totalidad de los lotes. 6.6.- En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas presentadas y en el importe de la adjudicación, se encuentran incluidos la totalidad de los gastos que al adjudicatario le pueda producir la realización del presente contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 23 del presente Pliego. Igualmente se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido y, en su caso, los gastos de instalación de los referidos bienes. 6.7.- Las anualidades en que se distribuye el gasto, así como la financiación del contrato, en el caso de financiación conjunta, constarán en la letra B del Cuadro de características del contrato. 6.8.- En el supuesto de cofinanciación con fondos europeos, este contrato deberá someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo, y será coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión. 6.9.- El valor estimado del contrato, calculado de conformidad con el artículo 88 del TRLCSP, es el que figura en la letra A.4 del Cuadro de características del contrato.
Definiciones E Interpretación 15.1 En el presente Acuerdo: (a) El término Partner autorizado hace referencia a cualquier Asociado, Distribuidor, Revendedor u otros partners empresariales de McAfee. (b) El término Asociados, respecto a la Empresa, hace referencia a cualquier entidad que directa o indirectamente controle, sea controlada o se encuentre bajo control común directo o indirecto de la otra entidad o de uno o más de los demás Asociados de dicha entidad (o una combinación de varios). Para los fines de esta definición, una entidad controla otra entidad si, respecto a la primera: (i) posee, en usufructo o en titularidad exclusiva, más de un cincuenta por ciento (50 %) de las acciones con derecho a voto de la otra entidad; (ii) puede elegir una mayoría de los directores de la otra entidad; o (iii) se encarga de la gestión diaria de la otra entidad por contrato o como socio gerente. El término Asociado, respecto a McAfee, hace referencia a cualquier subsidiaria directa o indirecta de McAfee, LLC. (c) El término Día hábil hace referencia a cualquier día que no sea xxxxxx, xxxxxxx o festivo en el lugar en que se suministran los Productos de McAfee. (d) El término Servicios en la nube hace referencia a los servicios en la nube que proporciona McAfee a la Empresa, tal y como se especifica en una o varias Cartas de concesión bajo los términos y condiciones del Acuerdo de Servicios en la nube. (e) El término Acuerdo de Servicios en la nube hace referencia a los términos y condiciones que están disponibles en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xx-xx/xxxxx/xxxxx/xxxxx-xxxxx-xx-xxxxxxx.xxxx y gobiernan los Servicios en la nube correspondientes. (f) Información confidencial hace referencia a cualquier información (independientemente de la forma de divulgación o el medio utilizado para almacenarla o declararla) de una parte (Parte divulgadora), incluidos secretos comerciales e información, datos, ideas, conceptos y conocimientos técnicos, financieros o comerciales, que: (i) sea definida como "confidencial" o con palabras similares por la Parte divulgadora en el momento de su divulgación y, si se divulga por medios visuales u orales, que la Parte divulgadora confirme como confidencial por escrito en un plazo de quince (15) días tras la divulgación; o (ii) la parte destinataria (Destinatario) considere razonablemente como confidencial en las circunstancias que rodean su divulgación. Ahora bien, la Información confidencial no incluirá información que: (iii) se demuestre por registros escritos que el Destinatario ha adquirido legítimamente o conocía previamente de manera ajena a la Parte divulgadora; (iv) un tercero comunique sin restricciones respecto a su uso o divulgación, siempre que dicha divulgación no se haga involuntariamente o por error; (v) se ha difundido al público sin que el Destinatario sea responsable y sin infringir los términos del presente Acuerdo u otras obligaciones de confidencialidad; o (vi) ha sido desarrollada de manera independiente por el Destinatario sin infringir el presente Acuerdo, incluyendo cualquier obligación de confidencialidad hacia la Parte divulgadora. (g) El término Daños indirectos se refiere a daños indirectos, especiales, incidentales, punitivos, ejemplares, consecuentes o extracontractuales de cualquier tipo. Por ejemplo, reclamaciones de terceros, pérdida de beneficios, pérdida de buen nombre del negocio, pérdida de salarios del personal, fallos o averías informáticas o del sistema, costes de la sustitución de servicios en la nube, interrupción del trabajo, denegación de acceso o inactividad, perturbación o interrupción del sistema o del servicio, o bien cualquier dato, información o sistema perdido, dañado o robado, así como los costes de recuperación de cualquier dato, información o sistema perdido, dañado o robado. (h) El término DAT hace referencia a los archivos de definición de detección, también denominados archivos de firmas, que contienen los códigos empleados por el software antimalware para detectar y reparar virus, troyanos y programas potencialmente no deseados. (i) El término Distribuidor hace referencia a cualquier entidad autorizada por McAfee para distribuir Productos de McAfee a Revendedores o Usuarios finales. (j) El término Trabajo derivado hace referencia a trabajo que se base en otros trabajos preexistentes (como una revisión, traducción, dramatización, versión cinematográfica, abreviación, condensación, mejora, modificación o cualquier otra forma en que el trabajo preexistente pudiera ser transformado o adaptado) que, si se realiza sin la autorización del propietario de los derechos de autor del trabajo preexistente, constituiría una violación de dicho derecho. (k) El término Documentación hace referencia a materiales explicativos, como guías de usuario, materiales de formación y descripciones de producto, que giren en torno a la implementación y uso de los Productos de McAfee facilitados por McAfee con sus productos. La Documentación se facilita en formato impreso, electrónico u online. (l) El término Usuario final hace referencia a la persona o entidad con licencia o autorizada a usar el Software según este Acuerdo. (m) El término Hecho de fuerza mayor se refiere a cualquier hecho que escape del control razonable de una parte que, por su naturaleza, no podía preverse o, si podía haberse previsto, era inevitable, incluidas huelgas, bloqueos u otros conflictos industriales (que impliquen o no a su personal o al de terceros), fatalidades, guerras, revueltas, embargos, actos de autoridades civiles o militares, actos de terrorismo o sabotaje, escasez de suministros o retraso en la entrega por parte de proveedores de McAfee, incendios, inundaciones, terremotos, accidentes, radiación, indisponibilidad de medios de transporte seguros, fallo de las comunicaciones x xx xxxxxxx de electricidad, daños dolosos, avería de planta o maquinaría, o fallos de proveedores o subcontratistas. (n) El término Carta de concesión hace referencia a cualquier aviso de confirmación por escrito (electrónico o de otro tipo) que McAfee emita a la Empresa a fin de confirmar los Productos de McAfee adquiridos y los Derechos sobre los Productos correspondientes. La Carta de concesión identifica el número SKU, la cantidad, el Periodo de suscripción o el Periodo de soporte, así como otros datos de acceso y de uso. (o) El término Sistema de alto riesgo hace referencia a un dispositivo o sistema que requiere funcionalidades de seguridad adicionales, tales como funciones de rendimiento a prueba de errores o tolerantes a errores, con objeto de mantener un estado seguro cuando sea razonablemente previsible que un fallo del dispositivo o sistema podría acarrear directamente la muerte, lesiones personales o daños materiales catastróficos. Un dispositivo o sistema con una función a prueba de errores en caso de fallo puede volver a un estado seguro en lugar de averiarse, puede incluir un sistema secundario que entre en funcionamiento para evitar un fallo o puede funcionar como respaldo o copia de seguridad en caso de fallo. Un dispositivo o sistema con una función tolerante a errores en caso de fallo puede continuar con su funcionamiento previsto, posiblemente a un nivel reducido, en lugar de dejar de funcionar por completo. A título ilustrativo pero no exhaustivo, los Sistemas de alto riesgo pueden ser necesarios en infraestructuras críticas, plantas industriales, instalaciones de fabricación, dispositivos de soporte vital directo, aeronaves, trenes, embarcaciones o sistemas de navegación o comunicación de vehículos, control del tráfico aéreo, sistemas armamentísticos, instalaciones nucleares, centrales eléctricas, sistemas e instalaciones médicos e instalaciones de transporte. (p) El término Derechos de propiedad intelectual hace referencia a todos los derechos de propiedad intelectual y a otros derechos de propiedad mundiales, ya existan por estatuto, equidad x xxx, en la actualidad o en el futuro, incluidos los siguientes: (i) derechos de propiedad intelectual, de marcas y patentes, secretos comerciales, derechos xxxxxxx, derecho de publicidad, derechos de autor; (ii) cualquier aplicación o derecho de aplicar cualquiera de los derechos contemplados en el párrafo (i); y (iii) cualquier renovación, extensión, continuación, división, restitución o versión de los derechos o aplicaciones contemplados en los párrafos (i) y (ii). (q) El término McAfee hace referencia a: (i) McAfee, LLC, con domicilio en 0000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx., Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx 00000, Xxxxxxx Xxxxxx, (1) si el Software se adquiere en Estado Unidos (excepto según lo dispuesto en el Subapartado (v) siguiente), Canadá, México, América Central, Sudamérica o el Caribe o (2) únicamente como el licenciante del Software si el Software se adquiere en Japón o en Asia Pacífico (incluidos Australia y Nueva Zelanda, pero no China (en RMB)); (ii) McAfee Ireland Limited, con domicilio social en Xxxxxxxx 0000, Xxxx Xxxx, Xxxxx, Cork (Irlanda), si el Software se adquiere en Europa, Oriente Medio o África; (iii) McAfee Co., Ltd., con domicilio social en Xxxxxxx Xxxx Xxxx Xxxx, 1-12-1, Dogenzaka, Xxxxxxx-xx, Xxxxx 150-0043, Japón, en relación con la distribución del Software y suministro de todos los Servicios en la nube y Soporte adquiridos en Japón; (iv) McAfee (Singapore) Pte Ltd., con dirección comercial en 000 Xxxxxxx Xxxx 29-02/05 United Square, Singapore, 307591, Singapur, en relación con la distribución del Software y suministro de todos los Servicios en la nube y Soporte adquiridos en Asia Pacífico (incluidos Australia y Nueva Zelanda, pero no China (en RMB) o la región comúnmente conocida como Oceanía; McAfee (Beijing) Security Software Co. Ltd., con dirección comercial en Xxxx 000, Xx. 0 Xxxxx Xxxxxxx’ Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, si el Software se adquiere en China (en RMB); o (v) McAfee Public Sector LLC, con domicilio en 0000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx., Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx 00000 (Estados Unidos), si el Software es adquirido por el Gobierno de Estados Unidos, una administración estatal o local estadounidense, una organización de atención sanitaria o una institución educativa en Estados Unidos. (r) El término Productos de McAfee hace referencia al Software o Soporte de McAfee. (s) El término Software de código abierto hace referencia a cualquier software exento de regalías que requiera, como condición de uso, modificación o distribución del software o cualquier otro software incorporado en, derivado de o distribuido con el software (Software derivado), cualquiera de las siguientes condiciones: (i) El código fuente del software o de cualquier Software derivado debe publicarse o ponerse a disposición de terceros; (ii) Xxxx concederse permiso para crear trabajos derivados del software o de cualquier Software derivado a terceros; y (iii) Los cambios realizados en el software deben documentarse y divulgarse cuando el software o cualquier Software derivado se esté distribuyendo. El Software de código abierto incluye cualquier software que esté sujeto a la Licencia Pública General de GNU, Licencia Pública General de GNU para Bibliotecas, Licencia artística, Licencia BSD, Licencia pública de Mozilla, Licencias Públicas Generales Affero GNU o cualquier licencia que aparezca en xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx. (t) El término Datos personales o Información personal hace referencia a cualquier información relacionada con una persona identificada o identificable o cualquier otra información que entre dentro de la definición de "Datos personales" según el Reglamento general de protección de datos u otra legislación en materia de protección de datos aplicable. en la medida en que la definición de "Datos personales" según las leyes de protección de datos aplicables es más amplia que las definiciones anteriores. (u) El término Derechos sobre un Producto hace referencia a los tipos de licencia o suscripción establecidos en la Carta de concesión y definidos en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xx- us/assets/legal/mcafee-product-entitlement-definitions.pdf. (v) El término Representantes hace referencia a Asociados, distribuidores autorizados, subcontratistas o agentes autorizados. (w) El término Distribuidor hace referencia a una empresa autorizada por McAfee que ha acordado comercializar y distribuir Productos de McAffe. (x) El término Software hace referencia a cualquier programa de software propiedad de McAfee o cuya licencia haya otorgado McAfee, según el contexto, en formato de código de objeto: (i) con licencia otorgada por McAfee, o comprado a McAfee o a sus Partners autorizados; o (ii) integrado o precargado en un equipo de hardware de la marca McAfee comprado a McAfee o a sus Partners autorizados, en cada caso incluyendo Ampliaciones y Actualizaciones que el Usuario final instala durante el Periodo de soporte aplicable. El Software también puede incluir características o funciones adicionales a las que se puede acceder bien con una suscripción o bien con un Acuerdo de soporte para ciertos Servicios en la nube, según los requisitos de la oferta en cuestión y de conformidad con el Acuerdo de servicios en la nube. (y) El término Estándar hace referencia a una especificación tecnológica creada por un grupo de promoción pública o industrial, por cualquier grupo o entidad similar que cree especificaciones tecnológicas para que otros las utilicen. Algunos ejemplos de Estándares son GSM, LTE, 5G, Wi-Fi, CDMA, MPEG y HTML. Algunos ejemplos de grupos que crean Estándares son IEEE, UTI, 3GPP y ETSI. (z) El término Soporte o Soporte técnico hace referencia a los servicios que McAfee (o un Partner autorizado) proporciona para el soporte y mantenimiento de los Productos de McAfee, tal y como se especifica en los Términos y condiciones de Soporte técnico y mantenimiento. (aa) El término Periodo de soporte hace referencia al periodo durante el cual el Usuario final tiene derecho a Soporte, según se especifique en la Carta de concesión. (bb) El término Términos y condiciones de Soporte técnico y mantenimiento hace referencia a los términos y condiciones de Soporte técnico y mantenimiento de McAfee para hardware y software disponibles en xxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxxxxx- content/path/Enterprise%20Libraries/sp/WebContent/ProgramsAndPolicies/Corporate_TechSupport_T erms.pdf, y sus modificaciones. (cc) El término Actualizaciones hace referencia a cualquier actualización del contenido del Software o los Servicios en la nube, e incluye todos los archivos DAT, conjuntos de firmas, actualizaciones de directivas, actualizaciones de base de datos para el Software o los Servicios en la nube, y actualizaciones de la Documentación relacionada que suele ponerse a disposición de los Usuarios finales tras la fecha de compra del Software o de la suscripción de los Servicios en la nube como parte del Soporte adquirido. McAfee no comercializa ni vende por separado las Actualizaciones. (dd) El término Ampliación hace referencia a todas las mejoras en el Software o en los Servicios en la nube que suelen ponerse a disposición de los Usuarios finales como parte del Soporte adquirido. McAfee no comercializa ni vende por separado las ampliaciones. 15.2 En el presente Acuerdo, a menos que se indique lo contrario: (a) cualquier referencia a una parte incluye sus albaceas, administradores, sucesores y cesionarios autorizados; (b) los títulos se facilitan como referencia únicamente y no afectarán a la interpretación o al significado del presente Acuerdo; (c) el singular incluye el plural y viceversa y las palabras de un género incluirán el otro; (d) otras formas gramaticales o variaciones de las palabras o expresiones cuya definición se facilita tendrán su significado correspondiente; (e) una referencia a una cláusula, apartado, anexo o apéndice de otro tipo es una referencia a una cláusula, apartado o anexo del presente Acuerdo; (f) las palabras "incluyendo", "incluido/a(s)", "como" y expresiones similares no se utilizarán ni se interpretarán como limitativas; y (g) el significado del presente Acuerdo se interpretará desde su totalidad y no por partes aisladas.
CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES Se desecharán las proposiciones de los Licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: 1. Cuando el Licitante no haya dado cumplimiento a lo establecido por los artículos 48 segundo párrafo y 50 de la Ley, en caso de Licitaciones Estatales; 2. Cuando el Licitante se encuentre en alguno de los supuestos previstos por los artículos 17 y 86 de la Ley, en cualquier etapa del procedimiento de contratación; 3. Cuando el Licitante se encuentre en alguno de los supuestos previstos por el artículo 101 del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4. Cuando el Licitante se encuentre como definitivo o presunto en el listado publicado por el Servicio de Administración Tributaria, por ubicarse en los supuestos previstos por el primer y segundo párrafos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; 5. Cuando incurra en cualquier violación a las disposiciones de la Ley o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia, que afecte directamente el presente procedimiento; 6. Cuando se compruebe que los Licitantes han acordado entre sí, situaciones que resulten contraproducentes a los intereses del Estado, como el elevar los precios de los bienes, arrendamientos y/o servicios, objeto de la presente Licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Licitantes; 7. Cuando los Licitantes de un mismo bien, arrendamiento o servicio pertenezcan a un mismo grupo empresarial, lo cual se acreditará cuando uno o más accionistas formen parte de dos o más Licitantes; 8. Cuando se omita la presentación de alguno de los documentos solicitados en los numerales 3.5.1 y 3.5.2 de las Bases; 9. Cuando las proposiciones no se puedan evaluar por falta de documentación o información mínima necesaria para tal fin; 10. Cuando se omita la firma autógrafa del propietario, apoderado o representante legal del Licitante en los documentos solicitados o que la misma no sea realizada por dicha persona; 11. Cuando el Licitante no se ajuste a cualquiera de los términos y las condiciones establecidas en las Bases; 12. Cuando cualquiera de los documentos o información presentada no sea legible; 13. Cuando el Licitante presente más de una proposición para la misma partida o lote; 14. Cuando se oferten bienes, arrendamientos o servicios en cantidades menores a las requeridas; 15. Cuando la validez de la proposición sea por un periodo menor al solicitado en las Bases; 16. Cuando no cumplan con las características y especificaciones o alguno de los requisitos establecidos en las Bases o los que se deriven de la Junta de Aclaraciones, cuyo incumplimiento por sí mismo, o deficiencia en su contenido afecte la solvencia de las proposiciones; 17. Cuando presenten documentos con tachaduras, enmendaduras y/o alteraciones en el contenido de los mismos, así como proposiciones manuscritas a lápiz; 18. Cuando la documentación o información presentada y/o declarada se verifique que es falsa, incompleta o se detecten irregularidades que desvirtúen el contenido de la misma; 19. Cuando no exista congruencia entre la propuesta técnica y la propuesta económica; 20. Cuando el precio ofertado no sea aceptable; 21. Cuando el precio ofertado sea precio aceptable, sin embargo rebase el presupuesto asignado y no se cuente con cobertura presupuestal; 22. Cuando se omitan los precios unitarios en las propuestas económicas; 23. Cuando el Licitante, su representante legal o sus empleados se opongan a la realización o desarrollo de una visita domiciliaria de verificación; o 24. Cuando el Licitante no pueda encontrarse en el domicilio señalado de sus instalaciones o se desconozca su paradero.
CONTENIDO DE LAS OFERTAS El sobre deberá contener la siguiente información y documentación: 1. La cotización, en la forma prevista en el presente Xxxxxx xx X.X.X.X. 2. Estructura de costos. 3. Original de la Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma especificada en las C.A.L.P. 4. Constancia de compra xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones. 5. Constancia expedida por el personal competente de haber efectuado la visita, en caso de que las C.A.L.P. así lo dispongan. 6. Pliego de Bases y Condiciones firmado. 7. Toda la información que figura como requisito en el Art. B.2.II.2 “REQUISITOS PARA SER OFERENTE". 8. Una relación detallada de los servicios o trabajos realizados y en ejecución que permita acreditar acabadamente su experiencia y capacidad para la ejecución del objeto contractual. 9. Cualquier otro documento, elemento o comprobante que sea exigido por el Pliego de Condiciones Administrativas y Legales o por las Especificaciones Técnicas. 10. Declaración Jurada de aceptación explicita de todos y cada uno de los artículos xxx Xxxxxx de CAL, Especificaciones Técnicas y de sus documentos anexos. 11. Para el caso de Licitaciones con 2 sobres, el Sobre Nº 2 sólo deberá contener la Cotización y la Estructura de Costos. 12. Bonificación por pronto pago, de acuerdo a lo establecido en el Art. B.2.V.17 xxx Xxxxxx. La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el Oferente, así como ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida. La documentación presentada en la oferta deberá respetar el orden del presente artículo y estar debidamente foliada.
Contenido de las proposiciones La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.
INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
CONTENIDO DE LA OFERTA Se presentará en un único sobre cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior la denominación del contrato al que se licita, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF, teléfono y fax de contacto o correo electrónico. La oferta se presentará en el Servicio de Contratación y Patrimonio de la Diputación xx Xxxx, sito en el Xxxxxxx Provincial, plaza San Xxxxxxx nº 6 xx Xxxx. En el citado sobre se incorporará: Escrito firmado por quien formula la proposición, en el que conste el domicilio, el número de teléfono y de fax y la persona de contacto y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones que sea preciso realizar durante el procedimiento. La oferta económica, que deberá estar firmada por el empresario o persona facultada para ello y presentarse según modelos previstos por la Diputación xx Xxxx y que constan en la página Web de la misma en el apartado referente al Perfil del Contratante. En la oferta económica se indicará como partida independiente el IVA que deba soportar la Diputación y se entenderán incluidos en la misma todos los gastos que se originen como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Pliego. Aquellas ofertas en las que la cantidad expresada en letra y número sea diferente, se entenderán como válidas y correctas las cantidades expresadas en letra. No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, las que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido así como aquellas que excedan del presupuesto fijado para el contrato. Una declaración responsable de capacidad y solvencia, según modelos previstos por la Diputación xx Xxxx y que constan en el Perfil del Contratante. Se acompañará oferta técnica, en la cual estarán debidamente indicadas, a efectos de poder ser adecuadamente valoradas, las características técnicas de la misma en todos sus aspectos técnicos que acrediten el cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas. La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicionada, por parte del licitador, del contenido de las cláusulas de este Pliego sin salvedad alguna.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Para efectos de este seguro las expresiones o vocablos relacionados a continuación, tendrán el siguiente significado:
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES La Presentación y Apertura de Proposiciones Técnica y Económica, se llevará a cabo el día -- de -- de 2011 a las - Una vez iniciado el acto de presentación de proposiciones y apertura de propuestas, así como la revisión de la documentación presentada, en presencia de los servidores públicos de la Convocante y los Licitantes que asistan al acto, no se permitirá la entrada a ningún participante, ni que introduzca documento alguno. En el acto se efectuará la apertura de las propuestas técnica y económica presentadas, levantándose el acta correspondiente en la que se harán constar las propuestas aceptadas para su posterior evaluación cualitativa, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; asimismo se señalará en dicha acta lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Convocatoria; el cual podrá diferirse siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 (veinte) días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El acta será firmada por los asistentes, entregándoseles copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos. Un Licitante y el servidor público de la dependencia o entidad facultado para presidir el acto o el servidor público que éste designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente, debiendo en seguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas. Los Licitantes que no hayan asistido, podrán acudir al domicilio de la Convocante para obtener copia del acta, o en su caso consultarla en los estrados, a partir de la fecha de su celebración y durante 5 (cinco) días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los Licitantes acudir a enterarse de su contenido. Dejándose constancia en el expediente de la presente licitación, de la fecha, hora y lugar en que se fije el acta correspondiente.
GLOSARIO DE TÉRMINOS Para efectos de estas bases, se entenderá por: