Calificación de documentos Cláusulas de Ejemplo

Calificación de documentos. Constituida la mesa a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada, lo comunicará a los interesados, bien en el mismo acto público de celebración de la Mesa, bien mediante el correo electrónico facilitado por los licitadores o bien mediante telefax o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas además podrán hacerse públicas por la secretaría de la Mesa a través del Perfil del Contratante. Una vez calificada la documentación administrativa y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa adoptará el acuerdo de admisión definitiva de los licitadores, que consistirá en que la Mesa en acto público hará un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Contra dicho acuerdo, en caso de que algún licitador resultara excluido, podrá interponerse el recurso que corresponda según lo establecido en la cláusula 42 del presente pliego. Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de los licitadores se reunirá la Mesa de contratación procediendo a la apertura, en su caso, del sobre B) de los licitadores admitidos. Una vez abiertos, la Mesa de contratación remitirá la documentación del citado sobre, a fin de que se realice la valoración de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependan de un juicio de valor, donde también se expresará, en su caso, el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo, al órgano de asesoramiento que corresponda según los casos:
Calificación de documentos. Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de contratación junto con el certificado de la persona responsable del Registro, se reunirá la misma para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, por la presidencia se ordenará la apertura del sobre nº 1. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación del sobre número 1, lo comunicará verbalmente y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo de tres días naturales para que las personas licitadoras los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva de la persona licitadora si en el plazo concedido no procede a la subsanación de dicha documentación. Posteriormente se reunirá la Mesa de contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de las personas licitadoras. En los supuestos de adjudicación mediante procedimiento restringido, una vez comprobada la personalidad y solvencia de las personas solicitantes, el órgano de contratación o la Mesa de contratación por delegación de aquél, si así se establece en el anexo I, seleccionará a las personas candidatas que, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho anexo, deban pasar a la siguiente fase, a las que invitará, simultáneamente y por escrito, a presentar, los sobres señalados con los números 2 y 3, en el plazo que se les indique.
Calificación de documentos. 11.4. Apertura, examen, valoración y clasificación de las proposiciones.
Calificación de documentos. Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de contratación junto con el certificado de la perso - na responsable del Registro, se reunirá la misma para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, por la presidencia se ordenará la apertura del sobre nº 1. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación del sobre número 1, lo comu - nicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo de tres dí as naturales para que las personas licitadoras los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación, bajo apercibi - miento de exclusión definitiva de la persona licitadora si en el plazo concedido no procede a la subsanación de dicha documentación. Posteriormente se reunirá la Mesa de contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión defi- nitiva de las personas licitadoras.
Calificación de documentos. Una vez vencido el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la Mesa de Contratación, que estará compuesta conforme a las disposiciones legales vigentes e integra por los siguientes miembros: Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. - Sr. Concejal D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx el cual sustituirá al Presidente en el supuesto de que éste no pueda asistir. - Sra. Concejal Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx. - El Sr. Interventor de Fondos D. Xxxx Xxxx Xxxxx, o en caso de sustitución Doña Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx. - Sr. Vicesecretario Don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx. - El Arquitecto Municipal D. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, actuando como suplente D. Xxxxxx Xx Xxxxxxxxx-Xxxxx Xxxxxxx. - D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Jefe de la Asesoría Jurídica Municipal. - D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Jefe del Servicio de Fomento y Promoción Cultural. - D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. - D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxx. - Un funcionario afecto al órgano de contratación, concretamente la Jefe de Negociado Dña Xxxxx Xxxxxx Xxxxx o funcionario que sustituya a la misma. Tendrá derecho a asistir a las sesiones de las Mesas de Contratación un miembro de la Federación xx Xxxxx Taurinas, el cual tendrá voz pero no tendrá voto. La Mesa de contratación podrá requerir la asistencia de expertos en la materia de la localidad a efectos de su asesoramiento.
Calificación de documentos. Recibidos los sobres y la certificación, los miembros de la Mesa de Contratación del órgano de contratación adoptarán acuerdo, para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A los efectos de la expresada calificación, previa la constitución de la Mesa, el Presidente ordenará la apertura de los sobres denominados B, con exclusión de los relativos a la proposición económica (sobre A), certificando el contenido. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde el siguiente a la comunicación en el tablón de anuncios ó a la recepción de la comunicación por Fax para que el licitador corrija o subsane el error, y presente la documentación ante la propia Mesa de Contratación, debiendo en este caso el licitador remitir al Ayuntamiento acuse de recibo por el mismo medio otorgándose para ello un plazo de 24 horas desde el envío por la Administración transcurrido el cual se entenderá cumplido el trámite comenzando a contar dicho plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a la finalización del plazo de acusar recibo. De lo actuado también se dejará constancia en el Acta que necesariamente deberá extenderse (art. 160 TRLCSP y art. 81 RD 1098/2001).
Calificación de documentos. La Mesa de Contratación revisará en primer lugar si el sobre n° 1 ("Documentación Administrativa") de los licitadores reúne los requisitos exigidos por el Pliego. Esta comprobación tendrá lugar en el lugar, día y hora señalado en el anuncio de licitación. En segundo lugar la Mesa de Contratación abrirá los sobres donde se contengan las garantías provisionales depositadas por los licitadores, rechazándose a aquellos que no hubieran aportado correctamente tales garantías. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en los dos primeros sobres, lo comunicará verbalmente a los interesados y lo hará público a través del tablón de anuncios, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores afectados los corrijan o subsanen, bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si en el plazo concedido no proceden a su subsanación ante la propia Mesa de Contratación (artículo 81.2 del RGLCAP). Tras la calificación de la documentación presentada y una vez subsanados, en su caso, los defectos u omisiones detectados, la Mesa de Contratación procederá a determinar las empresas admitidas a licitación y las que resulten rechazadas, debiendo especificar las causas de su rechazo.
Calificación de documentos. Esta documentación será calificada por la Mesa de Contratación, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. La Mesa de Contratación se pronunciará sobre el resultado de la calificación, indicando las propuestas admitidas y rechazadas, expresando para éstas las causas que motivan su inadmisión. Si observara defectos materiales en la documentación presentada, o la misma necesitara aclaración, podrá conceder al licitador un plazo no superior a tres días hábiles desde la fecha de comunicación de la incidencia observada, para que subsane los defectos materiales o aclare las dudas acaecidas. Dicha comunicación se realizará mediante el envío de correo electrónico.
Calificación de documentos. La Mesa de subasta se constituirá en los diez días hábiles siguientes a la conclusión del plazo de admisión de las proposiciones. La Mesa procederá a examinar la documentación presentada por los licitadores no admitiendo a la subasta a los licitadores que no hayan presentado la documentación requerida o contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables. Si apreciara la existencia de errores subsanables, lo notificará a los interesados para que en un plazo máximo de cinco días hábiles procedan a dicha subsanación. Transcurrido este plazo, la Mesa determinará qué licitadores son admitidos a la subasta.
Calificación de documentos. La Mesa calificará la documentación a que se refiere el art. 140 LCSP relativa a la declaración responsable presentada por el licitador en sobre cerrado (art. 157,1 LCSP). Posteriormente se procederá a la apertura y examen de las proposiciones, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario (art. 157, 1 y 2 LCSP). Cuando para la valoración de las proposiciones hayan de tenerse en cuenta varios criterios, se solicitará antes de formular la propuesta informe técnico para el baremo (art. 157,5 LCSP). La apertura de proposiciones se efectuará en el plazo máximo de veinte días contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas. (art. 157,3 LCSP). En todo caso, la apertura de la oferta económica se realizará en acto público (art. 157,4 LCSP).