CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES Cláusulas de Ejemplo

CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Tanto el mantenimiento de la convocatoria inicial como sus posibles modificaciones serán objeto de publicidad a través del perfil de contratante (xxx.xxxxxxx.xxx), sin perjuicio de cualquier otro modo de notificación que se estime oportuno. La Mesa de Contratación, procederá a la apertura y calificación de la documentación administrativa contenida en el archivo electrónico nº1, una vez finalizado el plazo de presentación. Será objeto de subsanación por las empresas licitadoras la declaración responsable, a requerimiento del órgano o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada. En tales casos se conferirá a la empresa licitadora afectada un plazo de tres, a contar desde el siguiente al de recepción del requerimiento de subsanación. De no se subsanar en plazo lo requerido, el órgano o la mesa de contratación entenderá que la empresa licitadora desiste de su oferta. Finalizado el acto público, en la misma sesión, la Mesa procederá previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, a evaluar y clasificar las ofertas. El empate entre varias proposiciones (igualdad en la puntuación hasta dos decimales) tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los criterios sociales recogidos en el artículo 147.2 de la LCSP, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. Posteriormente, la Mesa elevará al órgano de contratación su propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación. Previamente, y en relación con la empresa licitadora propuesto como adjudicatario, la Mesa comprobará que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Asimismo, la Mesa requerirá a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación, la documentación necesaria para la adjudicación y, en su caso, cualquier otra documentación que no figure en el Registro de Empresa licitadoras.
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. 20.1. Calificación de la documentación, defectos subsanables.
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), procediendo, para ello, como se señala en el artículo 81 del RGLCAP. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de las empresas licitadoras que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados y las interesadas, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles las empresas licitadoras corrijan o subsanen los defectos observados. La Mesa de Contratación procederá a la apertura pública del sobre “B” (propuesta técnica), y las remitirá al órgano encargado de su valoración, que deberá devolver el informe de valoración antes de la apertura pública de la proposición económica. Las ofertas económicas presentadas (sobre “C”) serán abiertas en acto público en el lugar, fecha y hora que se indiquen el perfil de contratante (xxx.xxxxxxx.xxx) Posteriormente la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), procediendo, para ello, como se señala en los artículos 81 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas determinados en la cláusula 18 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Las ofertas presentadas (sobre “B”) serán abiertas en acto público el 5º día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, a la 12:00 horas (en caso de ser sábado se traslada al siguiente día hábil), salvo en el caso de envío por correo en que se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Primer acto. La apertura de la documentación obrante en el SOBRE A: DECLARACIÓN RESPONSABLE Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 29 de septiembre de 2016 acordó entre otros la constitución de la Mesa de Contratación Permanente del Ayuntamiento de Zarautz, así como su composición y normas de funcionamiento. Asimismo, el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 00 xx xxxx xx 2018, acordó modificar su composición. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a clasificar la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “I”), procediendo, para ello, como se señala en los artículos 81 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Una vez calificada la documentación presentada, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, se procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas determinados en este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. En todo caso, dicha relación será leída públicamente en el acto de apertura pública de las ofertas económicas. La Mesa de Contratación, reunida en ACTO PÚBLICO, procederá a continuación a la apertura del Sobre “II” (Criterios cuantificables por fórmulas) y a la lectura de las ofertas económicas contenidas en las mismas. El acto público de apertura de los sobres “II” se celebrará en el lugar y fechas indicados en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Zarautz. Posteriormente se remitirá para que sean analizados por los técnicos municipales y emitan informe respecto de los criterios evaluables mediante fórmulas aritméticas. La Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato a Alcaldía
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES a) Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa CALIFICARÁ la documentación recibida en tiempo y forma (Sobre A) procediendo para ello como se señala en los artículos 81 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. A tal efecto, podría pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habría de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del Órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicarla Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres (3) días hábiles los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas determinados en la cláusula 18 de este Pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Calificación de la documentación, efectos subsanables

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: