Cancelación de garantías. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate o resuelto éste sin culpa del contratista.
Cancelación de garantías. Art. 44 Art. 90.1
Cancelación de garantías. Ejecutado el contrato y transcurrido, en su caso, el plazo de garantía se requerirá informe al órgano gestor sobre la existencia o no de penalidades que ejercer sobre la garantía. En función del informe se procederá a la devolución o incautación de garantía, previo trámite de audiencia.
Cancelación de garantías. Cuando se presenta la cancelación de una obligación, el cajero remite al asociado donde el asesor comercial, quién será el encargado de tramitar la garantía así: • Deudores y codeudores: Entregar el pagaré original con el sello de cancelado y hacer Firmar el libro “Control de Garantías” por el asociado. • Prenda: Para el levantamiento de la prenda se deben entregar los siguientes documentos en dos copias: • Original con el poder para el Xxxxxxxx x Xxxxxx de Comercio. • Una copia para el Asociado. • La copia restante con la documentación antes enviada, se archiva en la carpeta. • Alternativamente la cooperativa debe notificar por escrito a la aseguradora la cancelación del crédito, a fin de que no renueve la póliza del seguro con cargo a la Cooperativa. • Hipoteca: Entregar pagaré original con sello de cancelado y hacer firmar el libro “Control de Garantías”, por el Asociado. • Se realiza carta de autorización de cancelación de la hipoteca una vez cancelada la hipoteca. • Se notifica al asociado que se acerque a la notaría y continuar los trámites pertinentes. • Alternativamente la cooperativa debe notificar por escrito a la aseguradora la cancelación del crédito, a fin de que no renueve la póliza del seguro con cargo a la Cooperativa. • Facturas: Entregar el pagaré original con sello de cancelado y hacer firmar el libro “Control de Garantías” por el asociado. • Devolver las facturas con el debido levantamiento de endoso y • La carta de notificación de la empresa con sello de cancelado de la cooperativa.
Cancelación de garantías. Las Áreas Requirentes en su carácter de responsables de la supervisión de los pedidos o contratos, una vez cumplidos los términos y condiciones establecidos en dichos documentos, deberán comunicarlo por escrito, al Departamento de Recursos Materiales. La DAF o el Departamento de Recursos Materiales serán los facultados para emitir el oficio a los proveedores, mediante el cual se cancelen las garantías presentadas para el cumplimiento de los pedidos o contratos.
Cancelación de garantías. Una vez se verifique la cancelación total de la(s) obligación(es) se procederá a elaborar la minuta de cancelación de hipoteca y/o levantamiento de prenda y hacer la devolución de pagaré(s) y carta(s) de instrucción(es).
Cancelación de garantías. A todos los efectos previstos en la presente Póliza incluso los del pago de la prima, para la cancelación de cada garantía será necesaria la devolución a la Compañía del documento original en que se formalizó, o, en su defecto, la entrega de un documento firmado por el asegurado que acredite en forma fehaciente y a entera satisfacción de la Compañía su cancelación efectiva. Pago de la indemnización: La Compañía queda autorizada para efectuar el pago de las cantidades que le sean requeridas hasta la suma asegurada en el plazo que fije el asegurado, sin necesidad de notificación previa al tomador del seguro ni de que éste muestre o no previamente su conformidad, y sin detenerse a considerar si el requerimiento de pago es o no justificado o procedente ni si el tomador habrá de hacer ulteriormente alguna objeción sobre el particular, quedando asimismo exenta de la obligación de tener que impugnar u oponerse a la ejecución de las garantías.
Cancelación de garantías. El Área administradora de la o las Garantías al concluir la vigencia de estas, solicitará al Administrador del Contrato que, mediante constancia por escrito, informe si se cumplieron las condiciones pactadas en el contrato y en su caso, otorgue su anuencia para su cancelación. El Administrador del Contrato, informará en un término no mayor a 5 días hábiles, mediante constancia, si el Proveedor cumplió con la prestación de los servicios y su anuencia para la cancelación de la Garantía. En el supuesto· de que el Administrador del Contrato o Coordinador de Administradores, informe que no se cumplió con las condiciones pactadas en el contrato, podrá iniciar el procedimiento de rescisión establecido en el contrato
Cancelación de garantías a) GARANTÍA DE ANTICIPO
b) CUMPLIMIENTO DE CONTRATO SERÁ CUANDO SE VERIFIQUE LA RECEPCIÓN SATISFACTORIA DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS, PARA LO CUAL EL ADMINISTRADOS DEL CONTRATO OTORGARÁ POR ESCRITO SU CONFORMIDAD CON EL ACTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA OBRA TERMINADA.
c) VICIOS OCULTOS
Cancelación de garantías a) GARANTÍA DE ANTICIPO