CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos, termina por las siguientes causas: Por xxxx en el pago de la prima anual o de cualquier cuota si la prima anual ha sido fraccionada, vencido el período xx xxxxxx de un mes contado a partir de la fecha de pago pactada. Por vencimiento del Seguro, si éste no se ha renovado. Por revocación unilateral por escrito de cualquiera de las partes. Cuando no sea posible la renovación de la póliza, por ser el grupo asegurado inferior a 10 personas. Por retiro del Asegurado Principal en el seguro conjunto, o deje de pertenecer al grupo por cualquier otra causa. Por muerte o incapacidad del Asegurado. Por terminación del mecanismo de recaudo convenido, tal como tarjeta de crédito, cuenta corriente o de ahorros, o por retiro de la empresa o por incapacidad de pago, cualquiera que sea su mecanismo de descuento. Al vencimiento de la vigencia de la póliza en que el Asegurado cumpla setenta y cinco (75) años de edad, o en la edad que de manera particular se haya consignado en la póliza para el Amparo Básico.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de los asegurados termina por las siguientes causas: Por xxxx en el pago de la prima. Por revocación unilateral. Cuando el asegurado deje de pertenecer al grupo asegurado o cuando se produzca su fallecimiento. En la fecha en la que el asegurado cumpla 66 años de edad. Cuando se haga algún pago de indemnización igual al periodo máximo de pago pactado en la póliza o sus anexos, bien sea que se haya hecho el pago en forma continua o discontinua.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos, termina por las siguientes causas: Por xxxx en el pago de la prima anual o de cualquier cuota si la prima anual ha sido fraccionada, vencido el período xx xxxxxx de un mes calendario contado a partir de la fecha de pago pactada. Por revocación unilateral por escrito del Tomador Pago xxx xxxxxx por muerte o incapacidad del Asegurado. En el seguro de Vida Grupo Deudor, además de las anteriores: (i) cuando la obligación se extinga íntegramente. (ii) Para aquellos asegurados conjuntamente por una misma acreencia, en la fecha del fallecimiento o de la declaratoria de incapacidad total y permanente, de uno cualquiera de los asegurados respecto del cual se realice el riesgo cubierto.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. EL SEGURO DE CUALQUIERA DE LOS ASEGURADOS TERMINA POR LAS SIGUIENTES CAUSAS: POR XXXX EN EL PAGO DE LA PRIMA. POR REVOCACIÓN UNILATERAL. CUANDO EL ASEGURADO DEJE DE PERTENECER AL GRUPO ASEGURADO O CUANDO SE PRODUZCA SU FALLECIMIENTO. EN LA FECHA EN LA QUE EL ASEGURADO CUMPLA 66 AÑOS DE EDAD. CUANDO SE HAGA ALGÚN PAGO DE INDEMNIZACIÓN IGUAL AL PERIODO MÁXIMO DE PAGO PACTADO EN LA PÓLIZA O SUS ANEXOS, BIEN SEA QUE SE HAYA HECHO EL PAGO EN FORMA CONTINUA O DISCONTINUA.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos termina por las siguientes causas: • Por xxxx en el pago de la prima: la xxxx en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato. • Por vencimiento de la vigencia del seguro, si este no se ha renovado • Por revocación unilateral y por escrito del tomador o del asegurado. • Por muerte del asegurado • Al vencimiento de vigencia de la póliza en que el asegurado cumpla 65 años, o la edad que de manera particular se haya consignado en la póliza como edad máxima de permanencia. • Por revocación unilateral de AXA COLPATRIA, previo escrito enviado a la última dirección registrada del tomador o del asegurado, con antelación mínima de 10 días.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de la persona amparada por la presente póliza y sus anexos termina por las siguientes causas:
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. EL SEGURO DE CUALQUIERA DE LAS PERSONAS AMPARADAS POR LA PRESENTE PÓLIZA Y SUS ANEXOS, TERMINA POR LAS SIGUIENTES CAUSAS: • POR XXXX EN EL PAGO DE LA PRIMA ANUAL O DE CUALQUIER CUOTA SI LA PRIMA ANUAL HA SIDO FRACCIONADA, VENCIDO EL PERÍODO XX XXXXXX DE UN MES CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE PAGO PACTADA. • POR VENCIMIENTO DEL SEGURO, SI ESTE NO SE HA RENOVADO. • POR REVOCACIÓN UNILATERAL POR ESCRITO DE CUALQUIERA DE LAS PARTES. • POR MUERTE O INCAPACIDAD DEL ASEGURADO. • AL VENCIMIENTO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA EN QUE EL ASEGURADO CUMPLA SETENTA Y CINCO (75) AÑOS DE EDAD, O EN LA EDAD QUE DE MANERA PARTICULAR SE HAYA CONSIGNADO EN LA PÓLIZA PARA EL AMPARO BÁSICO.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos, termina por las siguientes causas: • Por xxxx en el pago de la prima o de cualquier cuota si la prima anual ha sido fraccionada. • Por vencimiento de la vigencia del seguro, si este no se ha renovado. • Por revocación unilateral por escrito del tomador o del asegurado. • Por muerte del asegurado. • Por terminación o cancelación del mecanismo de recaudo convenido, tal como tarjeta de crédito, cuenta corriente o de ahorros, o por incapacidad de pago. • Al vencimiento de la vigencia de la póliza en que el asegurado cumpla 65 años de edad, o la edad que de manera particular se haya consignado en la póliza. • Por revocación unilateral de AXA COLPATRIA SEGUROS S.A. previo escrito enviado a la última dirección conocida del tomador o del asegurado, con antelación mínima xx xxxx (10) días hábiles.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos, termina por las siguientes causas: • Por xxxx en el pago de la prima anual o de cualquier cuota si la prima anual ha sido fraccionada, vencido el periodo xx xxxxxx de un mes contado a partir de la fecha de pago pactada. • Por vencimiento del seguro, si este no se ha renovado. • Por revocación unilateral por escrito de cualquiera de las partes. • Por muerte o incapacidad del asegurado. Al vencimiento de la vigencia de la póliza en que el asegurado cumpla sesenta y cinco (65) años más 364 días de edad, o en la edad que de manera particular se haya consignado en la póliza para el amparo básico.El retiro del asegurado de la poliza, genera la terminación automática de la asistencia odontológica para él y los beneficiarios designados para el anexo odontológico.
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL SEGURO INDIVIDUAL. El seguro de cualquiera de los asegurados termina por las siguientes causas: Por xxxx en el pago de la prima. Por revocación unilateral. Cuando el asegurado deje de pertenecer al grupo asegurado o cuando se produzca su fallecimiento. En la fecha en la que el asegurado cumpla 66 años de edad. Cuando se haga algún pago de indemnización igual al periodo máximo de pago pactado en la póliza o sus anexos, bien sea que se haya hecho el pago en forma continua o discontinua.