Cláusula de Cancelación Cláusulas de Ejemplo

Cláusula de Cancelación. Este contrato podrá ser revocado unilateralmente por los Contratantes:
Cláusula de Cancelación. La Compañía” no podrá cancelar por ningún motivo esta póliza, a menos que expresamente así lo solicite “El Instituto”. Esta póliza no se podrá cancelar en caso de que no se haya pagado la prima correspondiente en los términos especificados para pago en estas condiciones únicas de operación, obligándose “El Instituto” a liquidar la prima en cuanto exista el recurso presupuestal, contando con un plazo máximo de 120 días naturales a partir de su inicio de vigencia o bien, a partir de cuándo “La Compañía” haya efectuado los trámites de registro en el padrón de proveedores y entregado su recibo de pago a satisfacción de “El Instituto”. “El Instituto” podrá cancelar la póliza por cualquier motivo que afecte sus intereses, dando aviso por escrito a “La Compañía” con 30 días naturales de anticipación. En ambos casos, la prima a devolver o a pagar será calculada en forma proporcional (a prorrata) por el término transcurrido desde el inicio de vigencia o faltante entre la fecha de cancelación y la terminación de vigencia de la póliza.
Cláusula de Cancelación. La Compañía” no podrá cancelar por ningún motivo esta póliza, a menos que expresamente así lo solicite “El Instituto”. “El Instituto” podrá cancelar la póliza por cualquier motivo que afecte sus intereses, dando aviso por escrito a “la compañía” con 30 días naturales de anticipación.
Cláusula de Cancelación. EL CLIENTE ASEGURADO autoriza expresa e irrevocablemente a BANCAMÍA S.A. para que solicite ante la COMPAÑÍA ASEGURADORA la cancelación anticipada del seguro correspondiente a este documento, en el evento en que incurra en xxxx superior a 180 días en el pago del crédito desembolsado por BANCAMÍA S.A. para financiar la prima de dicho seguro. Asimismo, lo autoriza para recibir de la COMPAÑÍA ASEGURADORA los dineros correspondientes a la devolución de las primas no devengadas y para abonar dicho dinero de manera directa al saldo insoluto del crédito en xxxx, aplicándolo primero a comisiones, otros seguros e intereses en xxxx, y finalmente al capital del crédito para reducir valor de cuotas subsiguientes
Cláusula de Cancelación. Esta póliza será cancelada por el Asegurado o por los Reaseguradores, enviado al otro por correo, a la dirección especificada en la póliza, declarando por escrito a no menos de ciento veinte (120) días después de que se haga efectiva la cancelación. El envío por correo de dicho aviso será suficiente prueba de la noticia y la fecha efectiva y hora de cancelación mencionada harán constar la finalización del período de la póliza. La distribución de este aviso será equivalente al envío por correo tanto para el Asegurado como para los Reaseguradores. El Asegurado acuerda, en el evento de una cancelación, reportar los valores en riesgo y por lo tanto pagar la prima a los Reaseguradores como se estipuló en la “Cláusula de Reporte y Ajustes y Primas” hasta la fecha de la cancelación Por medio del presente anexo se acuerda que la compañía reconocerá al asegurado los Gastos de Remoción de Escombros en que incurra con ocasión de un siniestro de una(s) aeronave(s), amparada(s) bajo la presente Póliza, hasta un monto que no exceda de la suma asegurada, por aeronave y por evento. Por medio del presente anexo se acuerda que la compañía reconocerá al asegurado hasta por un monto que no exceda la suma asegurada por concepto de Gastos Incurridos por el asegurado, a consecuencia de Espumación de una pista para impedir o procurar impedir o mitigar un posible siniestro, debido a un mal funcionamiento o a un aparente mal funcionamiento de una aeronave asegurada bajo esta póliza.
Cláusula de Cancelación. 1. Este seguro podrá ser cancelado por el asegurado y se aplicará la devolución de prima en base al cálculo “corto plazo.” O “periodo corto”. Término Porcentaje de la Prima Anual Hasta 2 meses 30% Hasta 3 meses 40% Hasta 4 meses 50% Hasta 5 meses 60% Hasta 6 meses 70% Hasta 7 meses 75% Hasta 8 meses 80% Hasta 9 meses 85% Hasta 10 meses 90% Hasta 11 meses 95% Este seguro no cubrirá y por ende no da derecho a indemnización:
Cláusula de Cancelación. En el supuesto de que un Empleado cese su relación laboral con la Empresa se procederá a la cancelación del mismo en la fecha de dicha terminación. Los costes derivados de dicha cancelación correrán a cargo del Empleado.
Cláusula de Cancelación. Esta Póliza podrá cancelarse en cualquier momento mediante solicitud del Asegurado por escrito al Corredor que haya constituido el seguro, y la prima pagadera se ajustará de tal forma que los Aseguradores reciban o retengan la prima de corto plazo acostumbrada. Esta Póliza también podrá cancelarse por parte o a nombre de los aseguradores mediante aviso por escrito al Asegurado con 90 días de antelación dirigido a su última dirección conocida, y la prima pagadera se ajustará de tal forma que los Aseguradores reciban o retengan la prima prorrateada correspondiente. El aviso se considerará debidamente recibida una vez transcurrido el plazo normal del correo si se envía mediante carta con franqueo prepagado a la dirección apropiada. 2/12/ 35 NMA 355 En razón a la pérdida de cualquier ítem o ítems adjuntos a una carta remisoria de valores, a consecuencia de cualquier causa, mientras este en tránsito durante el curso de cobranza, presentación o pago entre cualquier oficina del asegurado y cualquier lugar en los estados Unidos o Canadá. En caso de que cualquier banco sobre el cual se gira un ítem lo devuelva al asegurado, se considera que dicho item está en tránsito hasta que sea recibido por el asegurado.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.